ANLA - Resolución 001902 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
ANLA - Resolución 001902 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001902 (17 JUL. 2026) Página 1 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos Ley 2811 de 1974, 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 1226 de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, 3330 de 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, otorgó al municipio de Sabaneta, con NIT 890.980.331-6, autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados, para la ejecución del proyecto “Construcción doble calzada de la carrera 43 a, entre calles 50 sur y calle 66 sur, municipio de Sabaneta, departamento de Antioquia”, por el término de un (1) año contado a partir de la ejecutoria del acto administrativo. La Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, fue notificada el 16 de mayo de 2025, con

de Sabaneta, departamento de Antioquia”, por el término de un (1) año contado a partir de la ejecutoria del acto administrativo. La Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, fue notificada el 16 de mayo de 2025, con constancia de ejecutoria del 3 de junio de 2025 y publicación en la Gaceta de esta Autoridad el 13 de junio del mismo año, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley 99 de 19931. El municipio de Sabaneta, mediante el radicado 20266200437982 del 06 de abril de 2026, presento solicitud de modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados, otorgada mediante la Resolución 925 del 15 de mayo de 2025 “Construcción doble calzada de la carrera 43a, entre calles 50 sur y calle 66 sur, municipio de Sabaneta, departamento de Antioquia”. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante oficio con radicado 20265300388391 del 15 de abril de 2026, efectuó requerimientos relacionados con la solicitud de modificación presentada mediante radicado 20266200437982 del 06 de abril de 2026. 1 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones”

árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 2 de 17 El municipio de Sabaneta, mediante el radicado 20266200594312 del 8 de mayo de 20262, solicitó prórroga del término de vigencia de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante la Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, para la ejecución del proyecto “Construcción doble calzada de la carrera 43 a, entre calles 50 sur y calle 66 sur, municipio de Sabaneta, departamento de Antioquia”. El municipio de Sabaneta, mediante el radicado 20266200627192 del 15 de mayo de 2026, dio respuesta a los requerimientos efectuados mediante oficio 20265300388391 del 15 de abril de 2026, en relación a la solicitud de modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados concedida mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026, concedió prórroga al término de vigencia de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados concedida mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025. La Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026, fue notificada el 26 de mayo de 2026, con constancia de ejecutoria del 11 de junio de 2026 y publicación en la Gaceta de esta Autoridad el 23 de junio del mismo año, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley 99 de 19933.

constancia de ejecutoria del 11 de junio de 2026 y publicación en la Gaceta de esta Autoridad el 23 de junio del mismo año, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley 99 de 19933. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 4837 del 05 de junio de 2026, dio inicio al trámite de modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados concedida mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025. El Auto 4837 del 05 de junio de 2026, fue notificado el 10 de junio de 2026, con constancia de ejecutoria del 11 de junio de 2026 y publicación en la Gaceta de esta Autoridad el 19 de junio del mismo año, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley 99 de 1993. La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) adelantó el estudio técnico de la solicitud, emitiendo el Concepto Técnico No. 7245 del 03 de julio de 2026, el cual sirve como insumo del presente acto administrativo y en el que se concluyó la viabilidad de aprobar la modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados concedida mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025 prorrogada mediante resolución 1468 del 22 de mayo de 2026., en los términos y condiciones que se señalarán

en la parte resolutiva del presente acto administrativo. 2 Expediente AFC0323-00. 3 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 3 de 17 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Decreto Ley 2811 de 1974 4, establece en su artículo 51, que el derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación. La precitada norma establece en su artículo 52, que los particulares pueden solicitar el otorgamiento del uso de cualquier recurso natural renovable de dominio público, salvo las excepciones legales; o cuando estuviere reservado para un fin especial u otorgado a otra persona, o si el recurso se hubiere otorgado sin permiso de estudios, o cuando por decisión fundada en conceptos técnicos, se hubiere declarado que el recurso no puede ser objeto de nuevos aprovechamientos. El artículo 55 del citado Decreto, señala que la duración del permiso será fijada de acuerdo con la naturaleza del recurso, de su disponibilidad, de la necesidad de restricciones o limitaciones para su conservación y de la cuantía y clase de las inversiones, sin exceder de

con la naturaleza del recurso, de su disponibilidad, de la necesidad de restricciones o limitaciones para su conservación y de la cuantía y clase de las inversiones, sin exceder de diez años, estableciendo que los permisos por lapsos menores de diez años serán prorrogables siempre que no sobrepasen en total, el referido máximo. El artículo 211 del Capítulo II “De los aprovechamientos forestales” del Decreto 2811 de 1974, dispuso que “se entiende por aprovechamiento forestal la extracción de productos de un bosque”. El artículo 2.2.1.1.2.2., del Decreto 1076 del 2015 5, establece los principios generales que orientan la aplicación e interpretación del régimen de aprovechamiento forestal. El Decreto 1076 del 2015, indicó en su artículo 2.2.1.1.7.1, el procedimiento de solicitud de aprovechamiento de bosques naturales o productos de la flora silvestre ubicados en terrenos de dominio público o privado. El artículo 2.2.1.1.7.9 ibidem, señala que todos los aprovechamientos forestales de bosques naturales o de la flora silvestre deben ser revisados por lo menos semestralmente por la Autoridad competente; donde de la visita realizada, se elaborará un concepto técnico en el cual se dejará constancia de lo observado en el terreno y del cumplimiento o no de las obligaciones establecidas en el acto administrativo que otorgó el Permiso. Adicionalmente, se determina que, en caso de incumplimiento de las obligaciones, se iniciará el procedimiento sancionatorio correspondiente, mediante acto administrativo motivado. El Decreto 1076 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.9.4., establece que cuando se requiera

iniciará el procedimiento sancionatorio correspondiente, mediante acto administrativo motivado. El Decreto 1076 de 2015, en su artículo 2.2.1.1.9.4., establece que cuando se requiera talar, trasplantar o reubicar árboles aislados localizados en centros urbanos, para la realización, remodelación o ampliación de obras públicas o privadas de infraestructura, construcciones, instalaciones y similares; se solicitará autorización ante la autoridad ambiental competente y tramitará la solicitud, previa visita realizada por un funcionario competente, verificando la necesidad de tala o reubicación aducida por el interesado, para 4 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”. 5 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”Resolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 4 de 17 lo cual, emitirá concepto técnico, consagrando la obligación de reponer las especies que se autoriza talar y las condiciones de la reubicación o trasplante cuando sea factible. El artículo 2.2.2.3.1.1. del Decreto 1076 de 2015, establece que se entienden por medidas de compensación, las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados

de compensación, las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mitigados. El artículo 125 del Decreto - Ley 2106 de 2019 6, señala los requisitos únicos de los permisos o licencias ambientales, estableciendo en el parágrafo segundo que “para el desarrollo o ejecución de proyectos, obras o actividades que requieran licencia, permiso, concesión o autorización ambiental y demás instrumentos de manejo y control ambiental, que impliquen intervención de especies de la flora silvestre con veda nacional o regional, no se requerirá adelantar el trámite de levantamiento parcial de veda. La autoridad ambiental competente, impondrá, dentro del trámite de la licencia, permiso, concesión o autorización ambiental y demás instrumentos de manejo y control ambiental, las medidas a que haya lugar para garantizar la conservación de las especies vedadas”. El Municipio de Sabaneta, mediante el radicados 20266200437982 del 06 de abril de 2026 y 20266200627192 del 15 de mayo de 2026, presento solicitud de modificación de la autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados, otorgada mediante la Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, para la ejecución del proyecto “Construcción doble calzada de la carrera 43a, entre calles 50 sur y calle 66 sur, municipio de Sabaneta,

departamento de Antioquia”. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, con fundamento en la documentación obrante en el expediente AFC032300 y en la visita técnica de evaluación efectuada el 19 de junio de 2026, adelantó el estudio técnico de la solicitud de modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026, teniendo como resultado el Concepto Técnico No. 7245 del 03 de julio de 2026, mediante el cual estableció la viabilidad de otorgar la modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados al municipio de Sabaneta. De acuerdo con el análisis en el sub numeral 4.1 y numeral 6 del Concepto Técnico No. 7245 del 03 de julio de 2026 se determina la viabilidad de conceder la modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026, de acuerdo a las consideraciones efectuadas en la parte resolutiva del presente acto administrativo. 6“Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública”Resolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada

“Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 5 de 17 Los artículos 220 y 221 del Decreto Ley 2811 del 18 de diciembre de 1974 7, el artículo 42 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993 8 y el Decreto 1390 del 02 de agosto de 2018 9, establecen el pago de la tasa compensatoria por los aprovechamientos forestales persistentes o únicos; por lo que teniendo en cuenta que la presente autorización se trata de un aprovechamiento forestal de árboles aislados, no se genera pago de la mencionada tasa. Finalmente, se advierte al municipio de Sabaneta, que la inobservancia a los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en el presente acto administrativo, así como a las demás disposiciones estipuladas en la Resolución 925 del 15 de mayo de 2025 prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y en los demás actos administrativos emitidos en el expediente AFC0323-00, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sancionatorias que sean aplicables, según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 200910, modificada por la Ley 2387 de 202411. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y, en su artículo 2°, señala que es la encargada de que los proyectos, obras o actividades

COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y, en su artículo 2°, señala que es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1° del artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011, establece dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), de conformidad con la ley y los reglamentos. El numeral 1° del artículo 11º del Decreto 376 de 202012, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. La Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante el numeral 13 del artículo 8° de la Resolución 1226 de 2025, modificada por la Resolución 3129 de 2025, delegó en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales la función de otorgar o negar permisos, concesiones y/o autorizaciones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales renovables de competencia de la Entidad, que no sean de competencia de la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales.

función de otorgar o negar permisos, concesiones y/o autorizaciones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales renovables de competencia de la Entidad, que no sean de competencia de la Subdirección de Evaluación de Licencias Ambientales. 7 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente 8 “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones” 9 “Por el cual se adiciona un Capítulo al Título S, de la Parte 2, del Libro 2, del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la Tasa Compensatoria por Aprovechamiento Forestal Maderable en bosques naturales y se dictan otras disposiciones” 10 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. 11 “Por medio de la cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones”. 12 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”.Resolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones”

árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 6 de 17 En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo Primero de la Resolución No. 925 del 15 de mayo de 2025, en el sentido de autorizar el aprovechamiento forestal de ciento ochenta (180) individuos arbóreos adicionales a los setenta y nueve (79) autorizados, para la ejecución del proyecto «Construcción doble calzada de la carrera 43a, entre calles 50 sur y calle 66 sur, municipio de Sabaneta, departamento de Antioquia», a desarrollarse en el municipio de Sabaneta, departamento de Antioquia, para el tratamiento silvicultural de tala con un volumen total de ciento veinte unidades con seiscientos sesenta y ocho milésimas de metros cúbicos (120,668 m³), de los cuales ciento setenta y tres (173) son objeto de tala (volumen de 120,385 m³) y siete (7) para traslado (volumen de 0,283 m³)., conforme a lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo y el Concepto Técnico 7245 del 03 de julio de 2026 distribuidos de acuerdo con la siguiente tabla: Individuos adicionales viabilizados para el tratamiento silvicultural de tala requerido para el

desarrollo del proyecto No. ID Nombre común Nombre científico AB m2 VT m3 Coord Este Coord Norte Interv 1 J1 Mango Mangifera indica 0.12118575 0.7634702 4712073.04707 2239368.47565 Tala 2 J2 Palma Areca Dypsis lutescens 0.01363926 0.01432122 4712074.80792 2239366.11621 Tala 3 J3 Palma Areca Dypsis lutescens 0.01554657 0.09794341 4712074.48877 2239363.96719 Tala 4 J4 Guayacán rosado Tabebuia rosea 0.02667763 0.14939473 4712083.51338 2239363.06815 Tala 5 J6 Naranjo Citrus sinensis 0.05194825 0.23636455 4712067.88229 2239365.49054 Tala 6 J8 Mango Mangifera indica 0.24682146 1.3822002 4712067.86111 2239367.76382 Tala 7 J9 Mango Mangifera indica 0.27412338 1.53509093 4712061.37734 2239365.25023 Tala 8 J10 Palma Chonta Acrocomia aculeata 0.10524121 1.17870151 4712051.02397 2239360.19708 Tala 9 J11 Palma Areca Dypsis lutescens 0.04490565 0.28290557 4712038.14288 2239353.58100 Tala 10 J12 Guayabo Psidium guajava 0.06836405 0.38283868 4712031.06129 2239350.47999 Tala

11 J13 Guayacán amarillo Handroanthus chrysanthus 0.18024496 1.51405768 4712011.62175 2239346.17064 Tala 12 J15 Mango Mangifera indica 0.09734203 0.47697594 4712111.89208 2239384.72718 Tala 13 J16 Mango Mangifera indica 0.12176698 0.76713197 4712112.05423 2239379.19962 Tala 14 J17 Chiminango Pithecellobium dulce 0.79136581 7.20142883 4712099.57533 2239370.38605 TalaResolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 7 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 7 de 17 15 J18 Chiminango Pithecellobium dulce 0.61484037 5.5950474 4712090.17371 2239367.04087 Tala 16 J19 Leucaena Leucaena leucocephala 0.05521793 0.38652553 4711979.50340 2239316.54908 Tala 17 J20 Palma yuca Yucca gigantea 0.13755093 0.77028522 4711976.25633 2239312.63411 Tala 18 J21 Castaño Pachira speciosa 0.04217479 0.26570116 4711975.51808 2239311.41909 Tala

19 J27 Guayabo Psidium guajava 0.0277949 0.07782572 4711907.05535 2239208.22926 Tala 20 J28 Guayabo Psidium guajava 0.05363848 0.30037548 4711883.27182 2239174.98819 Tala 21 J29 Palma payanesa Archontophoenix cunninghamiana 0.03058958 0.21412706 4711867.28503 2239086.21393 Tala 22 J30 Mango Mangifera indica 0.11133875 0.70143413 4711864.55587 2239086.29818 Tala 23 J31 Palma de azúcar Syagrus romanzoffiana 0.07272872 0.45819091 4711863.91543 2239097.75597 Tala 24 J32 Aguacate Persea americana 0.02603648 0.02551575 4711857.16533 2239080.64265 Tala 25 J34 Limón Citrus x limon 0.03452508 0.09667023 4711843.28046 2239078.62039 Tala 26 J35 Limón Citrus x limon 0.0277419 0.08738699 4711840.85915 2239077.75924 Tala 27 J36 Pomo Syzygium jambos 0.05868242 0.4929323 4711840.73838 2239074.33596 Tala 28 J37 Quiebrabarrigo Trichanthera gigantea 0.0221862 0.13977305 4711838.89688 2239087.37556 Tala 29 J38 Aguacatillo Persea caerulea 0.0189509 0.10612503 4711852.19960 2239090.66103 Tala

30 J39 Escobo Alchornea grandiflora 0.02585472 0.14478643 4711841.66186 2239089.90492 Tala 31 J40 Escobo Alchornea grandiflora 0.07689484 0.75356939 4711837.54446 2239078.95646 Tala 32 J41 Escobo Alchornea grandiflora 0.01185672 0.07469737 4711838.13859 2239082.18138 Tala 33 J43 Mango Mangifera indica 0.09730932 0.8173983 4711841.40863 2239081.05867 Tala 34 J50 Palma abanico de la China Livistona chinensis 0.20117981 1.40825864 4711808.39305 2239058.46343 Tala 35 J219 Guadua Guadua angustifolia 0.08688491 21.0000 4711842.52891 2239083.16365 Tala 36 L2 Limón Citrus x limon 0.00944537 0.02644703 4712075.32638 2239370.22384 Tala 37 L5 Cuperlay Nandina domestica 0.02014337 0.03525089 4712061.89841 2239360.71960 Tala 38 L6 Carey Cordyline fruticosa 0.03563479 0.07483306 4712055.91373 2239361.79118 Tala 39 L7 Limón Citrus x limon 0.0238991 0.05855281 4712054.04096 2239357.95201 Tala 40 L8 Arrayán Myrcia sp. 0.00698372 0.01222151 4712053.10458 2239360.48025 TalaResolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 8 de 17

“Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 8 de 17 41 L9 Jaboticaba Plinia cauliflora 0.0400215 0.08404515 4712050.85726 2239358.88840 Tala 42 L10 Plátano Musa sp. 0 0 4712045.96833 2239354.94850 Tala 43 L11 Biflora Rhododendron indicum 0.00257831 0.00306819 4712043.64712 2239356.92199 Tala 44 L12 Cyca Cycas revoluta 0.05614986 0.05109638 4712041.68071 2239357.57746 Traslado 45 L13 Cyca Cycas revoluta 0.0566859 0.06745622 4712042.24254 2239355.51742 Traslado 46 L14 Cyca Cycas revoluta 0.0764262 0.06954785 4712048.98450 2239358.32657 Traslado 47 L15 Croto Codiaeum variegatum 0.00709306 0.01489542 4712032.59780 2239352.14644 Tala 48 L16 Huesito Malphigia glabra 0.00741216 0.02075406 4712009.57085 2239349.01591 Tala 49 L17 Huesito Malphigia glabra 0.01556145 0.04357207 4712017.82369 2239346.20987 Tala

50 L18 Francesino Brunfelsia pauciflora 0.00108225 0.00106061 4712017.15519 2239345.14561 Tala 51 L19 Francesino Brunfelsia pauciflora 0.00632609 0.01328479 4712017.89660 2239346.52815 Tala 52 L20 Plátano Musa sp. 0.04770463 0.23375266 4712019.02795 2239346.08199 Tala 53 L21 Plátano Musa sp. 0.02090508 0.05853423 4712021.30450 2239346.97070 Tala 54 L23 Croto Codiaeum variegatum 0.00390049 0.00546069 4712022.76579 2239347.37089 Tala 55 L26 Duranta Duranta erecta 0.00748227 0.01309398 4711994.17031 2239331.85779 Tala 56 L27 Olivo negro Bucida buceras 0.0154062 0.06470603 4711920.22622 2239230.82412 Tala 57 L29 Limón Citrus x limon 0.0012434 0.00147964 4711860.08724 2239093.61362 Tala 58 L30 Dracaena Dracaena fragrans 0.0993465 1.11268086 4711857.67864 2239094.45140 Tala 59 L31 Limón Citrus x limon 0.01210373 0.02118153 4711855.37476 2239095.28917 Tala 60 L33 Francesino Brunfelsia pauciflora 0.00117974 0.00206454 4711850.97645 2239092.98529 Tala

61 L34 Papayuelo Cnidoscolus aconitifolius 0 0 4711848.25368 2239091.10030 Tala 62 L35 Guayabo Psidium guajava 0.01052293 0.02578117 4711848.25368 2239091.10030 Tala 63 L40 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00623887 0.02183606 4711850.42814 2239094.88805 Tala 64 L43 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00832508 0.02331021 4711851.18589 2239095.07973 Tala 65 L42 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00537944 0.01506242 4711852.31313 2239096.56359 TalaResolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 9 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 9 de 17 66 L44 Francesino Brunfelsia pauciflora 0.0733386 0.09240663 4711851.18589 2239095.07973 Tala 67 L46 Veranera Bougainvillea spectabilis 0 0 4711855.32098 2239097.14389 Tala 68 L47 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00513474 0.01437726 4711857.20598 2239098.40055 Tala

69 L50 Balazo Monstera deliciosa 0.005673 0.00714798 4711834.61057 2239079.68849 Tala 70 L51 Balazo Monstera deliciosa 0.00740269 0.01036377 4711835.65779 2239077.80350 Tala 71 L52 Balazo Monstera deliciosa 0.00740269 0.01295472 4711837.12389 2239076.12795 Tala 72 L53 Balazo Monstera deliciosa 0.00281259 0.00295322 4711838.18459 2239073.59979 Tala 73 L55 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.01119058 0.01958352 4711835.70990 2239072.91143 Tala 74 L56 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.03753271 0.0525458 4711834.97196 2239074.88753 Tala 75 L57 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.01241607 0.02172813 4711835.38811 2239073.86362 Tala 76 L58 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.0064184 0.00808718 4711835.79825 2239076.21207 Tala 77 L59 Filodendro sellum Philodendron selloum 0 0 4711834.33215 2239078.51595 Tala 78 L60 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.0118272 0.01655808 4711833.07549 2239080.40094 Tala

79 L61 Filodendro sellum Philodendron selloum 0.01745643 0.02443901 4711833.14761 2239078.36806 Tala 80 L62 Balazo Monstera deliciosa 0.01636113 0.02290558 4711833.74521 2239077.21918 Tala 81 L63 Balazo Monstera deliciosa 0.02896023 0.0506804 4711834.29505 2239076.13292 Tala 82 L64 Palma Areca Dypsis lutescens 0.0041241 0.01010405 4711836.54582 2239071.46418 Tala 83 Lp1 Platanillo Heliconia sp. 0 0 4712079.50933 2239368.42965 Tala 84 Lp5 Platanillo Heliconia sp. 0 0 4712059.55343 2239364.44342 Tala 85 L186 Limón Citrus x limon 0.00385155 0.00674021 4711866.73992 2239085.94846 Tala 86 L188 Algodón Alchornea triplinervia 0.00272354 0.00762591 4711850.12827 2239092.00386 Tala 87 L189 Veranera Bougainvillea spectabilis 0 0 4711850.77025 2239093.79311 Tala 88 L190 Árbol seco Seco 0.00114592 0.00320856 4711852.14218 2239097.24829 Tala 89 L191 Árbol seco Seco 0.00338204 0.00946972 4711851.85526 2239095.39680 Tala 90 L192 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00323283 0.00905194 4711852.44302 2239095.82975 TalaResolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 10 de 17

90 L192 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00323283 0.00905194 4711852.44302 2239095.82975 TalaResolución No. 001902 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 10 de 17 “Por la cual Aprueba Modificación de la autorización para el aprovechamiento forestal de árboles aislados otorgada mediante Resolución 925 del 15 de mayo de 2025, prorrogada por la Resolución 1468 del 22 de mayo de 2026 y se toman otras determinaciones” Página 10 de 17 91 L193 Aguacatillo Persea caerulea 0.00057495 0.00140862 4711853.77981 2239096.62186 Tala 92 L42A Hoja de lanza Miconia caudata 0.00385155 0.01078434 4711852.20682 2239096.39396 Tala 93 L194 Hoja de lanza Miconia caudata 0.00515662 0.01443854 4711842.60326 2239091.91821 Tala 94 L195 Dracaena Dracaena fragrans 0.00114592 0.00240642 4711840.67121 2239088.07013 Tala 95 L196 Veranera Bougainvillea spectabilis 0.0063662 0.00668451 4711847.43090 2239090.31026 Tala 96 L197 Bambú enano Arundinaria nitida 0.00029611 20.9000 4711845.00046 2239089.75146 Tala 97 L198 Veranera Bougainvillea spectabilis 0 0 4711853.80223 2239095.08975 Tala

98 L

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...