ANLA - Resolución 001913 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 001913 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001913 (17 JUL. 2026) Página 1 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas en el numeral 6 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 2 del artículo tercero del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el numeral 2 del artículo segundo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, los literales 1 al 8 del artículo 2.2.2.3.9.1. del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024 de la ANLA y 496 del 16 de abril del 2025 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y,
CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Que mediante la Resolución 83 del 29 de enero de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA (en adelante esta Autoridad Nacional), otorgó a la UNIÓN TEMPORAL DESARROLLO VIAL DEL VALLE DEL CAUCA y CAUCA, Licencia Ambiental para la ejecución del proyecto: "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461" localizado en jurisdicción del
Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461" localizado en jurisdicción del corregimiento de Loboguerrero y vereda La Yolomba del municipio de Dagua, en el departamento del Valle del Cauca. Que mediante el Auto 3565 del 2 agosto de 2016, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461", requiriendo la presentación del Plan de Revegetalización en cumplimiento de la ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico de la ficha de seguimiento y monitoreo deResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 24 revegetalización -contenida en el artículo noveno de la Resolución 83 del 29 de enero de 2015-, entre otras disposiciones. Que mediante el Auto 7881 de 11 de diciembre de 2018, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461", requiriendo el cumplimiento de la
Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461", requiriendo el cumplimiento de la ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico, de la ficha de seguimiento y monitoreo de revegetalización. Que mediante el Auto 3692 de 30 de abril de 2020, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461”, requirió la entrega del Plan de Revegetalización para su aprobación, en cumplimiento de la ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico, de la ficha de seguimiento y monitoreo de revegetalización. Que mediante el Auto 7844 del 20 de septiembre del 2021, esta Autoridad Nacional efectuó control y seguimiento ambiental al proyecto, reiterando la entrega del Plan de Revegetalización para su aprobación, en cumplimiento de la Ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico, entre otras disposiciones. Que mediante la Resolución 278 del 31 de enero de 2022, se subrogó en el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS – INVIAS, la totalidad de los derechos y obligaciones derivados de la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 83 del 29 de enero de 2015, para la ejecución del proyecto "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de
obligaciones derivados de la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 83 del 29 de enero de 2015, para la ejecución del proyecto "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461" localizado en jurisdicción del corregimiento de Loboguerrero y vereda La Yolomba del municipio de Dagua, en el departamento del Valle del Cauca. Que mediante el Auto 5902 del 31 de julio del 2023, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental al proyecto “Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461”, reiterando la presentación del Plan de Revegetalización para su aprobación, en cumplimiento de la Ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico de la ficha de seguimiento y monitoreo de revegetalización, entre otras disposiciones. Que mediante la Resolución 1926 del 3 de septiembre del 2024, esta Autoridad Nacional autorizó en el artículo primero la Cesión Total de los derechos y obligaciones establecidas en la Resolución 83 del 29 de enero de 2015, y demás actos administrativos que obran en el expediente LAM4215, del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS – INVIAS en calidad de CEDENTE, a favor de la AGENCIAResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 24
“Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 24 NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA -ANI en calidad de CESIONARIO. Así mismo, en el artículo segundo de este mismo acto administrativo, cedió la totalidad de los derechos y obligaciones de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA -ANI en calidad de CEDENTE, a favor de la sociedad UNIÓN VIAL CAMINO DEL PACÍFICO S.A.S. identificada con NIT 901.621.257-9, en calidad de CESIONARIO. Que mediante el Acta 781 del 30 de septiembre del 2024, la Autoridad Nacional efectuó Control y Seguimiento Ambiental al proyecto reiterando la presentación del Plan de Revegetalización para aprobación de esta Autoridad Nacional en cumplimiento de la ficha Manejo 12 Programa de revegetalización y diseño paisajístico de la ficha de seguimiento y monitoreo de revegetalización y otras disposiciones. Que mediante comunicación con radicado 20256200221872 del 28 de febrero de 2025, la sociedad UNIÓN VIAL CAMINO DEL PACÍFICO S.A.S. presentó el “Plan de Revegetalización y Diseño Paisajístico. Que, en virtud de las funciones de control y seguimiento ambiental, esta Autoridad Nacional verificó el cumplimiento de las obligaciones asociadas al “Plan de Revegetalización y Diseño Paisajístico”, emitiendo el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025, el cual fue acogido por el Acta 504 de la misma fecha, y que sirve de sustento las decisiones que se adoptan en el presente acto administrativo.
de julio de 2025, el cual fue acogido por el Acta 504 de la misma fecha, y que sirve de sustento las decisiones que se adoptan en el presente acto administrativo. CONSIDERACIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, como parte de la verificación de los aspectos referentes al proyecto: "Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461", contenida en el expediente LAM4215 emitió el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025 en el cual se evaluó la comunicación con radicado 20256200221872 del 28 de febrero de 2025 con la que se presentó el Plan de Revegetalización y Diseño Paisajístico por la sociedad UNIÓN VIAL CAMINO DEL PACÍFICO S.A.S. Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación se citan las consideraciones técnicas que sirven de fundamento al presente acto administrativo sobre dicho Plan: “(…) ALCANCE El objetivo del presente seguimiento ambiental consiste en verificar los aspectos referentes al proyecto Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461 en su fase de Construcción, seguimiento integral con base en información documental presentadaResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones”
“Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 24 por el titular del instrumento de manejo y control ambiental, y la información que reposa en el expediente hasta el 07 de mayo de 2025, la cual se relaciona en el numeral 1 del presente concepto técnico. Cabe señalar que la construcción del proyecto se encuentra suspendida de acuerdo con la información del expediente, desde el 6 de diciembre de 2016, en virtud de la declaratoria de nulidad absoluta del Contrato Adicional No.13 de 2006 al Contrato de Concesión No.005 de 1999, mediante Laudo Arbitral del 25 de noviembre de 2016. Así las cosas, y teniendo en cuenta lo observado en la visita técnica, no se están ejecutando obras o actividades relacionadas con la fase constructiva del proyecto, el cual, según lo indicado en la reunión de inicio por la Concesionaria Unión Vial Camino del Pacífico, actual titular de la licencia ambiental, hace falta construir 1.77 km del total del tramo autorizado en este expediente. De conformidad con lo anterior, se orientará en realizar el seguimiento y verificación a los requerimientos vigentes o pendientes de cumplimiento, resultantes tanto de la implementación del Plan de Manejo Ambiental aprobado mediante la Resolución 0083 del 29 de enero de 2015, como de los demás actos administrativos que se han proferido por parte de esta Autoridad, en el marco del seguimiento y control del proyecto. Tipo de Seguimiento Control y Seguimiento ambiental integral con visita, el cual incluye el SDE 48635 del 14 de enero de 2025. Etapa en la que se encuentra el proyecto
parte de esta Autoridad, en el marco del seguimiento y control del proyecto. Tipo de Seguimiento Control y Seguimiento ambiental integral con visita, el cual incluye el SDE 48635 del 14 de enero de 2025. Etapa en la que se encuentra el proyecto El proyecto se encuentra en etapa de construcción, sin embargo, fue suspendido desde el 6 de diciembre de 2016, en virtud de la declaratoria de nulidad absoluta del Contrato Adicional No.13 de 2006 al Contrato de Concesión No.005 de 1999, mediante Laudo Arbitral del 25 de noviembre de 2016. Objetivo del proyecto El proyecto Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461 ubicado en la vía Buga - Buenaventura, en el departamento Valle del Cauca. Localización El proyecto Construcción de la Segunda Calzada Loboguerrero - Mediacanoa, Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461 se localiza en el departamento del Valle del Cauca municipio de Dagua. (Ver Imagen 1. Área del proyecto. Fuente: GeoVisor ANLA, Julio de 2025 y Tabla 2. Coordenadas del área del proyecto. Fuente: Licencia Ambiental, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025). (…)Resolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 24
“Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 24 OTRAS CONSIDERACIONES Plan de Revegetalización en áreas intervenidas (…) Mediante el radicado 20256200221872 del 28 de febrero de 2025, se ha observado un documento relacionado con el requerimiento 13 del Acta 781 del 30 de septiembre del 2024, en el cual la UNIÓN VIAL CAMINO DEL PACÍFICO S.A.S. presentó el "Plan de Revegetalización y Diseño Paisajístico en respuesta al Numeral 13 del Acta 781 de 2024 y al Literal 'n' del Artículo Décimo de la Resolución 0083 del 29 de enero de 2015, Expediente LAM4215 " en el cual se exponen las siguientes consideraciones: Dentro del documento técnico se plantea la reconformación revegetalización y diseño paisajístico para las áreas de intervención por la construcción de la Segunda Calzada Zabaletas-Mediacanoa Sector 1 Subsector de Zabaletas, identificando el área de estudio o donde se llevarán a cabo las diferentes medidas e ilustrando una metodología donde se estipula y caracteriza las condiciones florísticas de las zonas propensas de descapote y que se deben recuperar. El documento presentó un diagnóstico claro, sustentado mediante inspección de campo, identificación florística, georreferenciación y registro fotográfico. Se clasificaron seis tipos de áreas según la pendiente y el tipo de sustrato, lo que permite una planificación diferenciada por microzona, así: . “(…) 1 INTRODUCCIÓN Durante la construcción de la segunda calzada Zabaletas-Mediacanoa, Sector 1planificación diferenciada por microzona, así: . “(…) 1 INTRODUCCIÓN Durante la construcción de la segunda calzada Zabaletas-Mediacanoa, Sector 1Subsector de Zabaletas, se produjeron afectaciones al suelo, al paisaje y a las características de la vegetación, lo cual requiere un manejo adecuado mediante revegetalización y mejoramiento paisajístico. Aunque los impactos derivados de las actividades de construcción fueron descritos en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que respaldó la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 083 del 29 de enero de 2015 por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), no se incluyeron acciones específicas para la revegetalización y el diseño paisajístico. Estas acciones fueron requeridas nuevamente en el Artículo Décimo, Literal "n" de la Resolución mencionada y solicitadas en el Acta de seguimiento 781 del 30 de agosto de 2024 (Expediente LAM4215), donde se establece que las actividades de revegetalización deben ser presentadas para su aprobación como parte de la "Ficha 12: Programa de revegetalización y diseño paisajístico". Este requerimiento motivó la realización de una inspección de campo entre el 11 de enero del presente año en los sectores afectados por el trazado de la vía, que serán objeto de un plan de revegetalización y diseño paisajístico. Con la información obtenida, se definieron metodologías más adecuadas para aplicar en las áreas intervenidas, asegurando que las nuevas áreas revegetalizadas se integren como elementos vivos del espacio, en armonía con la infraestructura vial y sus elementos construidos.Resolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 24
que las nuevas áreas revegetalizadas se integren como elementos vivos del espacio, en armonía con la infraestructura vial y sus elementos construidos.Resolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 24 Teniendo en cuenta lo anterior, se describen a continuación, las acciones y metodologías que contribuyen a responder a los requerimientos solicitados por la ANLA. 2 OBJETIVOS ✓ Proponer un programa de revegetalización y diseño paisajístico para las áreas de intervención por la construcción de la Segunda Calzada Zabaletas-Mediacanoa Sector 1 Subsector de Zabaletas. ✓ Dar cumplimiento a las obligaciones ambientales asociadas a las estrategias de manejo para la revegetalización y recuperación de las áreas intervenidas por las actividades de construcción de la Segunda Calzada Zabaletas-Mediacanoa Sector 1-Subsector de Zabaletas. 3 METODOLOGÍA 3.1 ÁREA DE ESTUDIO El lugar en donde se implementarán la revegetalización el mejoramiento paisajístico se encuentra ubicado Tramo 7, Sector 1, Subsector de Zabaletas, comprendido entre los km 71+790 al km 74+461, en un tramo de este sector equivalentes a 2,5 Km (Figura 1). Presenta coberturas de Pastos, pertenecientes al Orobioma bajo de los Andes, que corresponde a las áreas de montaña y lomerío localizadas aproximadamente entre los 500 y 2.500 msnm, donde se presentan temperaturas
los Andes, que corresponde a las áreas de montaña y lomerío localizadas aproximadamente entre los 500 y 2.500 msnm, donde se presentan temperaturas entre los 18°C y 24°C y precipitaciones de 1000 mm a 3000 mm por año. A este orobioma comúnmente se le asigna el nombre de piso subandino, dada su relación con la cordillera de los Andes. (Ver figura 1. Localización área de implementación de diseño paisajístico LAM4215.
Fuente: Pro Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025) 3.2 MUESTREO Para la inspección de áreas susceptibles de revegetalización y mejoramiento paisajístico se realizó un recorrido a pie en los 2,5 km, donde se observó la composición de árboles nativos presentes en la zona, estos fueron fotografiados e identificados en campo. Además, se tomó el track de recorrido y puntos GPS para distinguir las zonas viables para realizar la propuesta de diseño paisajístico. Se tuvo en consideración el estado actual de la vegetación presente, tipo de sustrato y respectiva inclinación, la cual es muy determinante para la selección de especies ideales para tal lugar.
(Ver Fotografía 1 y Fotografía 2. Fuente: Pro-Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025). 4 RESULTADOS Como resultado del recorrido del tramo de 2,5 km, se observó una variedad de características vegetativas en las diferentes secciones del área intervenida. EnResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 7 de 24
4 RESULTADOS Como resultado del recorrido del tramo de 2,5 km, se observó una variedad de características vegetativas en las diferentes secciones del área intervenida. EnResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 7 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 24 términos generales, se identificó una mezcla de herbáceas, pastos enmalezados, pequeños parches de arbustales y algunas zonas completamente desprovistas de vegetación. En cuanto a las especies de herbáceas, se destacan varias plantas de la familia de las Asteráceas, como Baccharis pedunculata (chilca) y Clibadium surinamense (pintadilla), que se encontraron en varias partes del tramo y que son indicativas de una vegetación pionera adaptada a suelos alterados. Además, entre las especies herbáceas más abundantes se encuentran Furcraea foetida (cabuya), una planta suculenta resistente que se ha extendido por la zona, y Homolepis aturensis (pasto amargo), que ha proliferado en áreas con escasa cobertura vegetal y suelos compactados. Por otro lado, la vegetación arbustiva es bastante escasa, con pocos ejemplares que logran desarrollarse en las condiciones del terreno. Entre las especies arbustivas identificadas se encuentran Trema michranthum (guayuyo o surrumbo), un arbusto de crecimiento rápido, y Muntingia calabura (chitato), un arbusto que se encuentra principalmente en áreas de bosque secundario. A pesar de la presencia de algunas de estas especies, la cobertura arbustiva en el tramo sigue siendo muy
un arbusto de crecimiento rápido, y Muntingia calabura (chitato), un arbusto que se encuentra principalmente en áreas de bosque secundario. A pesar de la presencia de algunas de estas especies, la cobertura arbustiva en el tramo sigue siendo muy limitada, lo que refleja la falta de desarrollo natural en muchas de las zonas afectadas. En cuanto a la vegetación arbórea, su presencia es casi nula; se registraron únicamente dos especies arbóreas: Sapindus saponaria (jaboncillo), conocido por sus frutos ricos en saponinas, y Ochroma pyramidale (balso), un árbol de crecimiento rápido que se encuentra en áreas de baja fertilidad. La combinación de estos elementos vegetativos sugiere que el ecosistema ha experimentado una considerable perturbación, y que muchas de las áreas afectadas todavía están en proceso de recuperación. La Fotografía 3 presenta algunas de las especies mencionadas, mostrando su distribución en el terreno y ayudando a ilustrar el estado actual de la vegetación en el área intervenida. (Ver Fotografía 3. Hierbas comunes de las áreas inspeccionadas para la revegetalización (LAM4215), a la izquierda Clibadium surinamense (pintadilla), a la derecha Furcraea foetida (cabuya). Fuente: Pro Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025) Se identificaron preliminarmente 6 tipos básicos de áreas, clasificados según su inclinación o pendiente, el tipo de sustrato (rocoso, compactado no rocoso) y subnivelados por tipo de vegetación presente (arbustiva, herbazal y pastos enmalezados). La clasificación se estableció de la siguiente manera:
inclinación o pendiente, el tipo de sustrato (rocoso, compactado no rocoso) y subnivelados por tipo de vegetación presente (arbustiva, herbazal y pastos enmalezados). La clasificación se estableció de la siguiente manera: ➢ Tipo I: Áreas rocosas de 50° a 90 grados de pendiente (Fotografía 4). ➢ Tipo II: Áreas rocosas de 30° a 49° grados de pendiente (Fotografía 5). ➢ Tipo III: Áreas rocosas menores a 30° grados de pendiente (Fotografía 6). ➢ Tipo IV: Áreas de suelo compactado de 50° a 90 grados de pendiente (Fotografía 7). ➢ Tipo V: Áreas de suelo compactado de 30° a 49° grados de pendiente (Fotografía 8). ➢ Tipo VI: Áreas de suelo compactado menores a 30° grados de pendiente (Fotografía 9).Resolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 8 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 24 Esta clasificación permitirá determinar la mejor estrategia de manejo para la revegetalización y el mejoramiento paisajístico de las áreas de taludes y/o pendientes adyacentes al descapote generado por el trazado de la vía. (Ver fotografías 4,5,6 y 7. Fuente Pro Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025). Se identificaron diversas especies de la flora local con un alto potencial para ser
(Ver fotografías 4,5,6 y 7. Fuente Pro Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025). Se identificaron diversas especies de la flora local con un alto potencial para ser utilizadas en las actividades de revegetalización, ya que estas especies están mejor adaptadas a las condiciones climáticas y edáficas de la zona, lo que facilita su establecimiento y crecimiento. Además, existe la posibilidad de adquirir estas especies en viveros registrados que producen plántulas de especies nativas, lo cual garantiza su disponibilidad y la viabilidad de su uso en el proceso de revegetalización (Fotografía 10 y Fotografía 11). Entre las especies identificadas se destacan Muntingia calabura (chitato), Pithecellobium dulce (chimimango), Trema micranthum (guayuyo/surrumbo), Ochroma pyramidale (balso) y Furcraea gigantea (cabuya), que son ejemplares comunes en la zona y tienen un gran potencial para contribuir a la recuperación del paisaje. Además, se registraron pastos como Axonopus micay (pasto micay) y Homolepis aturensis (pasto amargo), que son esenciales para la estabilización del suelo, la prevención de la erosión y la creación de una cobertura vegetal inicial que favorezca el establecimiento de otras especies. Es importante destacar que, para las actividades de revegetalización y diseño paisajístico, se propondrán principalmente especies de herbáceas y arbustos de bajo porte. Estas especies son más adecuadas para las áreas afectadas por el trazado de la vía, ya que proporcionan una cobertura vegetal rápida que contribuye a la restauración del equilibrio ecológico en la zona. Además, se buscará que estas
bajo porte. Estas especies son más adecuadas para las áreas afectadas por el trazado de la vía, ya que proporcionan una cobertura vegetal rápida que contribuye a la restauración del equilibrio ecológico en la zona. Además, se buscará que estas especies sean capaces de integrarse armoniosamente con la infraestructura vial, asegurando que el paisaje resultante sea visualmente agradable y ecológicamente funcional. (Ver fotografías 10 y 11. Fuente: Pro Regiones Colombia 2025, en el Concepto Técnico 5567 del 25 de julio de 2025) Como se puede observar en lo plasmado por la sociedad Unión Vial Camino del Pacifico el documento presenta la identificación del área de estudio el cual esta direccionado a las zonas desprovistas las cuales son caracterizadas por su inclinación o pendiente, el tipo de sustrato (rocoso, compactado no rocoso) y subnivelados por tipo de vegetación presente (arbustiva, herbazal y pastos enmalezados) en los 2,5 kilómetros del proyecto vial. Se identificaron en campo especies propias de la región como Muntingia calabura (chitato), Pithecellobium dulce (chimimango), Trema micranthum (guayuyo/surrumbo), Ochroma pyramidale (balso) y Furcraea gigantea (cabuya), que son ejemplares comunes en la zona y tienen un gran potencial para contribuir a la recuperación del paisaje. En la propuesta presentada en atención al presente requerimiento, la sociedad incluyó el ajuste de la Ficha de Manejo Ambiental No. 12, correspondiente al Programa de Revegetalización y Diseño Paisajístico. Este ajuste contempla actividades y medidas orientadas al plan de revegetalización de las zonas desprovistas dentro del proyecto.
ajuste de la Ficha de Manejo Ambiental No. 12, correspondiente al Programa de Revegetalización y Diseño Paisajístico. Este ajuste contempla actividades y medidas orientadas al plan de revegetalización de las zonas desprovistas dentro del proyecto. Asimismo, se detallan los objetivos, la justificación, las metas, las acciones generadoras deResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 9 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de manejo de taludes y terraplenes y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 24 impactos, las medidas a implementar, los indicadores para el seguimiento y control ambiental, así como el cronograma de ejecución y el presupuesto correspondiente, asi.
PROGRAMA DE REVEGETALIZACIÓN Y
DISEÑO PAISAJISTICO
12
1. OBJETIVOS ➢Establecer las acciones a seguir para la revegetalización de las áreas intervenidas en la zona de influencia del proyecto. ➢Dar un manejo adecuado a las áreas intervenidas por el proyecto, a partir de la implementación de actividades como la revegetalización y protección de las superficies expuestas del suelo. ➢Recuperar la calidad visual del paisaje.
2. JUSTIFICACIÓN Y/O ALCANCE La ejecución de actividades de descapote del suelo y eliminación de la cobertura vegetal hace que el terreno sea susceptible a factores erosivos, como el viento, la radiación solar directa y, especialmente, la lluvia. Esta última, al arrastrar sedimentos, provoca el lavado de nutrientes y materia orgánica, lo que lleva a la esterilización del suelo y favorece el crecimiento de vegetación marginal o incluso la exposición de suelos desnudos, lo que deteriora la calidad visual del paisaje.
sedimentos, provoca el lavado de nutrientes y materia orgánica, lo que lleva a la esterilización del suelo y favorece el crecimiento de vegetación marginal o incluso la exposición de suelos desnudos, lo que deteriora la calidad visual del paisaje. Por ello, se hace indispensable implementar acciones de revegetalización que mitiguen los factores erosivos mencionados. Las raíces de las especies a sembrar proporcionan estabilidad a los suelos, evitando deslizamientos y el arrastre de sedimentos, además de promover la formación de la capa de materia orgánica y fomentar la actividad del microbiota que recicla nutrientes. Estas acciones también facilitan la infiltración de las aguas por escorrentía, favoreciendo la retención de agua en el subsuelo y ayudando a mantener la fertilidad de los suelos en las áreas intervenidas. El uso de técnicas de revegetalización, como la empradización, junto con actividades complementarias que incluyan diseños de arreglos con especies vegetales de bajo porte o herbáceas, es esencial. Estas prácticas no solo ayudan a reducir la erosión, sino que también previenen riesgos como la caída de rocas, el desprendimiento de porciones de suelo o incluso deslizamientos de tierra, que podrían poner en peligro el tráfico vehicular. Además, las actividades propuestas en esta ficha no solo mitigan y revierten la pérdida de suelo original, sino que también aumentan la calidad paisajística mediante el incremento de estratos vegetales y la diversidad cromática, entre otros beneficios.
1. Metas Realizar la revegetalización y/o mejoramiento paisajístico en al menos del 80% de las áreas alteradas por descapotamiento y perdida del suelo original por las
vegetales y la diversidad cromática, entre otros beneficios.
1. Metas Realizar la revegetalización y/o mejoramiento paisajístico en al menos del 80% de las áreas alteradas por descapotamiento y perdida del suelo original por las actividades constructiva de la Segunda Calzada Zabaletas-Mediacanoa Sector 1Subsector de Zabaletas.
4. ACTIVIDADES QUE LOS
PRODUCEN
5. IMPACTOS A MANEJARResolución No. 001913 Del 17 JUL. 2026 Hoja No. 10 de 24 “Por la cual se aprueba un plan de revegetalización y diseño paisajístico en el marco de la ficha de man
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