ANLA - Resolución 001978 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 001978 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 001978 (24 JUL. 2026) Página 1 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA En ejercicio de las facultades otorgadas por el numeral 1 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, numeral 2 del artículo tercero del Decreto-Ley 3573 de 27 de septiembre de 2011, numeral 16 del artículo 2 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, el artículo 2.2.2.3.9.1, del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2938 del 27 de diciembre de 2024, el artículo 2 de la Resolución 496 del 16 de abril de 2025 expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Que mediante la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (en adelante ANLA), otorgó licencia ambiental a la sociedad CLEANENERGY RESOURCES S.A.SCEREX S.A.S., para el proyecto denominado “Área de Perforación Exploratoria (APE) localizado dentro del Bloque Valle Magdalena Medio 39 (VMM 39)”, en jurisdicción de los municipios de Puerto Wilches y Sabana de Torres en el departamento de Santander.

Que en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, y en desarrollo de procedimiento complejo de seguimiento ambiental,

Wilches y Sabana de Torres en el departamento de Santander. Que en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, y en desarrollo de procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimento de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 14 de febrero de 2023, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA – realizó por medios electrónicos la Reunión de Control y Seguimiento Ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del Concepto Técnico 207 del 31 de enero de 2023; y en el respectivo análisis jurídico, que sirvieron de soporte factico y técnico para las determinaciones adoptadas; de lo acontecido en dicha reunión se dejó constancia en el Acta 3 del 14 de febrero de

2023. Es pertinente destacar que en el Concepto Técnico 207 del 31 de enero deResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 2 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 2 de 54 2023 se indicó que la sociedad mediante radicado 2021091989-1-000 del 11 de mayo de 2021 presentó el documento denominado “Plan de Manejo Ambiental – PMA para la Construcción y Operación de la locación San Diego 1 – APE VMM 39”.

En dicho documento se incluyó la ficha SD-SM-P1 - Seguimiento al programa de manejo paisajístico. El 8 de marzo de 2024, la ANLA realizó Reunión de Control y Seguimiento Ambiental

En dicho documento se incluyó la ficha SD-SM-P1 - Seguimiento al programa de manejo paisajístico. El 8 de marzo de 2024, la ANLA realizó Reunión de Control y Seguimiento Ambiental por medios electrónicos, en el marco de un procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimento de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control. Esta reunión se basó en el Concepto Técnico 1262 del 7 de marzo de 2024, y de allí acontecido quedó registrado en el Acta 29 del 8 de marzo de 2024, donde se reiteró, entre otras obligaciones la de presentar en cumplimiento del artículo vigésimo quinto de la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016 y del requerimiento 1 del Acta 003 del 14 de febrero de 2023, el plan de compensación por pérdida de biodiversidad. Que mediante la Resolución 1289 del 8 de julio de 2025, esta Autoridad Nacional resolvió no aceptar el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad presentado por la sociedad CLEANENERGY RESOURCES S.A.S., reiterando en consecuencia la obligación de presentar un nuevo plan definitivo en cumplimiento de lo establecido en el artículo vigésimo quinto de la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016 y los requerimientos de las Actas 003 de 2023 y 29 de 2024, bajo la siguiente motivación: El Concepto Técnico 1573 del 19 de marzo de 2025 determinó que la propuesta presentada bajo el radicado 20246201158822 del 07 de octubre de 2024, no cumple conforme a lo establecido en el Manual de

la siguiente motivación: El Concepto Técnico 1573 del 19 de marzo de 2025 determinó que la propuesta presentada bajo el radicado 20246201158822 del 07 de octubre de 2024, no cumple conforme a lo establecido en el Manual de Compensaciones adoptado mediante Resolución 1517 de 2012 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, debido a que su información cartográfica es deficiente e impide precisar el qué, cuánto y dónde se va a compensar, así como las acciones a desarrollar. Al no identificarse con claridad el área final ni la equivalencia ecológica, no se garantiza la efectividad de la medida ni la prevención del deterioro ambiental del proyecto; obligación que consiste en la inclusión de la ubicación geográfica de áreas bajo criterios de equivalencia ecosistémica, la definición de acciones de conservación o restauración conforme al citado Manual, y la incorporación de indicadores de seguimiento y cronogramas detallados, supeditando la entrega de la información cartográfica al modelo de datos Geodatabase adoptado mediante la Resolución 2182 de 2016. Que en el marco de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, y en desarrollo de procedimiento complejo de seguimiento ambiental, orientado a verificar el cumplimento de las obligaciones ambientales del proyecto, conforme a la normativa vigente y al respectivo instrumento de manejo y control ambiental, el 26 de marzo de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA – realizó por medios electrónicos la Reunión de Control y Seguimiento Ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del ConceptoResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 54

– ANLA – realizó por medios electrónicos la Reunión de Control y Seguimiento Ambiental, la cual se llevó a cabo con fundamento en los resultados del ConceptoResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 3 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 3 de 54 Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026 y en el respectivo análisis jurídico, que sirvieron de soporte factico y técnico para las determinaciones adoptadas; de lo acontecido en dicha reunión se dejó constancia en el Acta 159 del 26 de marzo de 2026.

CONSIDERACIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS

AMBIENTALES – ANLA.

Así mismo, el equipo técnico del Grupo Medio Magdalena en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026 señaló lo siguiente: “(…) Etapa en la que se encuentra el proyecto Etapa en la que se encuentra el proyecto ETAPA DESCRIPCIÓN Preconstrucción •La Sociedad informó el inició de la etapa constructiva mediante radicado 2022231589-1-000 del 18 de octubre de 2022. •Las actividades constructivas de la locación San Diego finalizaron entre el 1 y 30 de noviembre de 2023. •Mediante radicado 202420236201044742 del 26 de diciembre de 2023, la Sociedad avisó el inicio de actividades de perforación del pozo San Diego 1X en la locación San Diego, dando inicio a la fase operativa de la locación San Diego. Objetivo del proyecto El proyecto “Área de Perforación Exploratoria (APE) localizada dentro del Bloque Valle

actividades de perforación del pozo San Diego 1X en la locación San Diego, dando inicio a la fase operativa de la locación San Diego. Objetivo del proyecto El proyecto “Área de Perforación Exploratoria (APE) localizada dentro del Bloque Valle Magdalena Medio 39 (VMM 39)” tiene como objetivo inicialmente la perforación de un (1) pozo exploratorio denominado San Diego, cuyo propósito era delimitar la estructura del subsuelo y, a partir de esto, precisar el desarrollo del APE localizado dentro del Bloque VMM 39. Localización El proyecto “Área de Perforación Exploratoria (APE) localizada dentro del Bloque Valle Magdalena Medio 39 (VMM 39)”, se localiza en el departamento del Santander en jurisdicción de los municipios de Sabana de Torres y Puerto Wilches. (Ver imagen 1 en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026)

ANÁLISIS REGIONAL

Sensibilidad AmbientalResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 4 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 4 de 54 El ejercicio de Sensibilidad Ambiental, desarrollado por el Grupo de Regionalización y el Centro de Monitoreo de la Subdirección de Instrumentos y Permisos Ambientales (SIPTA, 2024), comprende el análisis de la oferta y demanda de recursos naturales, en relación con aspectos de importancia ambiental según su localización geográfica dentro del territorio nacional. Este análisis se enmarca en las condiciones actuales del licenciamiento ambiental e incluye factores como la criticidad por subsector, la frecuencia de proyectos por región, las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de origen natural y antrópico, el cambio climático,

nacional. Este análisis se enmarca en las condiciones actuales del licenciamiento ambiental e incluye factores como la criticidad por subsector, la frecuencia de proyectos por región, las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de origen natural y antrópico, el cambio climático, entre otros. Este ejercicio fue desarrollado a partir de información secundaria y la contenida en las bases de datos de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). De esta forma, la Sensibilidad Ambiental para el proyecto Área de Perforación Exploratoria (APE) localizada dentro del Bloque Valle del Magdalena Medio 39 - VMM 3 se estableció como categorías Muy alta, Alta, Media, como resultado de la ponderación de los criterios de los componentes o sensibilidades intermedias evaluadas. Donde se presenta el resultado de sensibilidad para los diferentes componentes. (Ver figura 9. Análisis de Sostenibilidad Ambiental del Proyecto, en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026) Tabla. Categoría de sensibilidad por componentes Sensibilidad por Componentes Categoría a) Licenciamiento Ambiental Moderada (99.99%) b) Componente Hídrico SuperficialCantidad del agua Baja (100.0%) c) Componente Hídrico SuperficialCalidad del Agua Muy Alta (100.0%) d) Componente Hídrico SubterráneoCantidad Muy Alta (100.0%) e) Componente Hídrico SubterráneoCalidad Moderada (48.83%), Baja (24.36%), Alta (23.07%), Muy Alta (3.72%), Muy Baja (0.02%) f) Componente Atmosférico Media (100.0%) g) Componente Geotécnico Moderada (98.86%), Alta (1.14%)

(23.07%), Muy Alta (3.72%), Muy Baja (0.02%) f) Componente Atmosférico Media (100.0%) g) Componente Geotécnico Moderada (98.86%), Alta (1.14%) h) Medio Biótico Muy Alta (45.22%), Alta (29.17%), Baja (12.81%), Muy Baja (12.71%)

  1. Medio Socioeconómico Baja, Muy Alta j) Cambio Climático Media (70.2%), Alta (28.74%), Muy Alta (1.06%) Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). a) Licenciamiento Ambiental: Para el análisis de la sensibilidad de este componente, se definieron categorías a partir de la frecuencia y criticidad de los proyectos en relación con el área de ocupación sobre cada Subzona Hidrográfica. Este enfoque permite identificar, de manera directa, no solo el porcentaje de área ocupada por proyectos licenciados dentro de una cuenca, sino también la presión potencial que dichos proyectos ejercen sobre los

componentes ambientales, con el fin de determinar la categoría de sensibilidad.Resolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 5 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 5 de 54 Como resultado, para el proyecto se estableció una categoría de sensibilidad moderada en este componente (Figura 10), teniendo en cuenta las subzonas hidrográficas presentes en el área de influencia del proyecto, como se muestra en la Tabla 7. La criticidad por subsector fue establecida como categoría moderada, alta por la vulnerabilidad de los componentes ambientales frente al licenciamiento.

el área de influencia del proyecto, como se muestra en la Tabla 7. La criticidad por subsector fue establecida como categoría moderada, alta por la vulnerabilidad de los componentes ambientales frente al licenciamiento. Tabla.Categoría de sensibilidad de licenciamiento por SZH Subzona hidrográfica Categoría de sensibilidad Río Lebrija y otros directos al Magdalena Moderada Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). (Ver figura 10. Resultado de sensibilidad de Licenciamiento Ambiental del proyecto, en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026) b) Componente Hídrico Superficial - Cantidad del agua: Para valorar la sensibilidad de este componente, se considera el índice de vulnerabilidad hídrica al desabastecimiento (IVH). Este índice se calcula a partir de la correlación entre el índice de regulación hídrica (IRH), tomado del ENA 2022, y el índice de uso del agua (IUA), actualizado según la demanda hídrica de las concesiones de agua superficial otorgadas por la ANLA y las Autoridades Ambientales Regionales, conforme con lo reportado en el SIRH (Figura 21). El resultado final se expresa en la(s) categoría(s) de sensibilidad correspondiente(s), la(s) cual(es) se presenta(n) en la siguiente tabla: Tabla. Sensibilidad del Componente Hídrico Superficial - Cantidad del agua Subzona Hidrográfica Descripción del Índice Vulnerabilidad Hídrica al desabastecimiento (IVH) Categoría de sensibilidad (% de cobertura) Río Lebrija y otros Directos al Magdalena La presión de la demanda es baja con

Descripción del Índice Vulnerabilidad Hídrica al desabastecimiento (IVH) Categoría de sensibilidad (% de cobertura) Río Lebrija y otros Directos al Magdalena La presión de la demanda es baja con respecto a la oferta disponible, y se presenta alta retención y regulación de humedad en la cuenca. Baja (100.0%) Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). c) Componente Hídrico Superficial - Calidad del agua: La sensibilidad de este componente se estimó a partir de tres criterios: el índice de alteración potencial de la calidad del agua (IACAL) del ENA 2022, que identifica las áreas con mayor presión por cargas contaminantes; el índice de calidad del agua (ICA), un valor numérico ponderado basado en seis variables de calidad (oxígeno disuelto, sólidos suspendidos totales, demanda bioquímica de oxígeno, relación fósforo-nitrógeno total, conductividad eléctrica y pH), calculado a partir de la información de calidad del agua reflejada por los monitoreos realizados por los licenciatarios de la ANLA; y el caudal de vertimientos acumulados, determinado según los datos reportados en el SIRH. La estimación del índice de sensibilidad ambiental frente a la calidad del recurso hídrico se basa en la función de máximos entre el IACAL, el ICA y el caudal de vertimientos acumulados.Resolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 6 de 54

acumulados.Resolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 6 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 6 de 54 A continuación, se presenta el resultado de la sensibilidad del territorio donde se localiza el proyecto, según las subzonas hidrográficas presentes. Tabla Sensibilidad del Componente Hídrico Superficial - Calidad del agua Subzona Hidrográfica Sensibilidad hídrica superficial - Calidad del Agua Río Lebrija y otros directos al Magdalena La sensibilidad en la SZH donde se localiza el área de interés se califica como muy alta debido a que el criterio más desfavorable entre los analizados corresponde al IACAL, el cual indica una muy alta presión a la alteración potencial de calidad de agua para año seco.

Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). d) Componente Hídrico Subterráneo - Cantidad: La sensibilidad del recurso hídrico subterráneo, en relación con el riesgo a la alteración potencial de la oferta, y de manera particular para el área donde se localiza proyecto, se estableció como muy alta), en virtud de la permeabilidad de las unidades geológicas de la zona, que se tipifica como alta, de acuerdo con la litología del mapa de permeabilidades (SGC,2011). Asimismo, y con base en los datos del SIRH, Modelos Hidrogeológicos Conceptuales del Servicio Geológico Colombiano (2011) e información de la ANLA, se determina el estado de la demanda del recurso hídrico subterráneo que se ejerce la Subzona Hidrográfica, la cual se categoriza como muy alta.

Colombiano (2011) e información de la ANLA, se determina el estado de la demanda del recurso hídrico subterráneo que se ejerce la Subzona Hidrográfica, la cual se categoriza como muy alta. Tabla. Sensibilidad del Componente Hídrico Subterráneo - Cantidad del agua Categoría de criticidad (% de cobertura) Mapa de permeabilidades de Colombia Estado de la demanda del recurso hídrico subterráneo Muy alta (100.0%) - Mayor a 1680 captaciones Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). e) Componente Hídrico Subterráneo - Calidad: La sensibilidad del recurso hídrico subterráneo, en relación con el riesgo a la alteración de la calidad, y de manera particular para el área donde se localiza el proyecto, se estableció como moderada, baja, alta, muy alta, muy baja a la luz del potencial de recarga hídrica estimado por el Estudio Nacional del Agua - ENA (IDEAM, 2018), que se tipifica como moderado potencial de recarga de los acuíferos, moderada vulnerabilidad ante cargas de contaminación que tienen lugar en superficie, bajo potencial de recarga de los acuíferos, baja vulnerabilidad ante cargas de contaminación que tienen lugar en superficie, alto potencial de recarga de los acuíferos, alta vulnerabilidad ante cargas de contaminación que tienen lugar en superficie, aunado al potencial de contaminación de las aguas subterráneas que, de acuerdo con el tipo de actividades antrópicas que se desarrollan en la zona, se califica como moderada, muy alta, baja. Tabla. Sensibilidad del Componente Hídrico Subterráneo - Calidad del agua Categoría de criticidad (% de

actividades antrópicas que se desarrollan en la zona, se califica como moderada, muy alta, baja. Tabla. Sensibilidad del Componente Hídrico Subterráneo - Calidad del agua Categoría de criticidad (% de cobertura) Zonas potenciales de recarga de aguas subterráneas Fuentes potenciales de contaminaciónResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 7 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 7 de 54 Muy alta (3.72%) Muy alto potencial de recarga de los acuíferos Zonas con agricultura y/o presencia de proyectos potencialmente contaminantes de muy alta criticidad Alta (23.07%) Alto potencial de recarga de los acuíferos Presencia de proyectos potencialmente contaminantes de alta criticidad Moderada (48.83%) Moderado potencial de recarga de los acuíferos Zonas con centros urbanos y/o presencia de proyectos potencialmente contaminantes de moderada criticidad Baja (24.36%) Bajo potencial de recarga de los acuíferos Presencia de proyectos potencialmente contaminantes de baja criticidad Muy baja (0.02%) Muy bajo potencial de recarga de los acuíferosFuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). (Ver figura 11. Resultado de sensibilidad de cantidad del recurso hídrico superficial, calidad del recurso hídrico superficial, cantidad del recurso hídrico subterráneo y calidad del recurso hídrico subterráneo, en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026)

del recurso hídrico superficial, cantidad del recurso hídrico subterráneo y calidad del recurso hídrico subterráneo, en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026) f) Componente Atmosférico: La sensibilidad del componente atmosférico en el área donde se localiza el proyecto en cuestión se tipifica como media debido a las condiciones predominantes de criterios como: concentración de material particulado, velocidad media del viento, precipitación total anual y densidad poblacional, los cuales se categorizan tal como expone a continuación. Tabla. Calificación de criterios sensibilidad del componente atmosférico Categoría de sensibilidad (% de cobertura) Concentración de material particulado Velocidad medía del viento Precipitación Total Anual Densidad poblacional Media (98.42%) Menos de 10 hab/km2 Media (1.58%) PM2.5 entre 15 y 25 µg/m3 y PM10 entre 20 y 30 µg/m3 Velocidad del viento entre 0.2 y 1.5 m/s mayor a 2000 mm 10 a 100 hab/km2

Fuente: Sensibilidad Ambiental para proyectos obras y actividades de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA (SIPTA, 2024). g) Componente Geotécnico: Para la categorización de la sensibilidad geotécnica se tomó como insumo principal el Mapa Nacional de Amenaza por Remoción en Masa (escala 1:100.000), desarrollado en 2017 por el Servicio Geológico Colombiano - SGC; en la elaboración de este mapa se tuvieron en cuenta parámetros como: contexto geológico estructural, litología, calidad de las rocas y geomorfología según las condiciones físicas,

1:100.000), desarrollado en 2017 por el Servicio Geológico Colombiano - SGC; en la elaboración de este mapa se tuvieron en cuenta parámetros como: contexto geológico estructural, litología, calidad de las rocas y geomorfología según las condiciones físicas, químicas, bióticas y climáticas del medio; en cuanto a los suelos se valoró el tipo de estructura, la cobertura vegetal y sus cambios condicionados por la dinámica de la superficie terrestre, y teniendo como factores desencadenantes de los procesos de remoción en masa, la precipitación y los sismos. Dado lo anterior, se estableció para la zona asociada al presente proyecto una sensibilidad geotécnica de categoría moderada.Resolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 8 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 8 de 54 h) Medio Biótico: En el área de estudio predomina una sensibilidad muy alta para el medio biótico, donde no se identifican áreas protegidas según el RUNAP. En cuanto a los ecosistemas en condición de amenaza, el área de interés presenta Vulnerable (VU). En lo referente a ecosistemas acuáticos, cuenta con baja conectividad, alta presencia de peces migratorios y de importancia pesquera. Respecto a la conectividad funcional potencial, se encuentra Área núcleo – núcleo corredor, y en términos de dinámica de transformación del bosque, la zona se relaciona con una muy baja tasa de transformación. Además, en lo que concierne a las áreas de compensación e inversión del 1 %, no se reportan áreas de

bosque, la zona se relaciona con una muy baja tasa de transformación. Además, en lo que concierne a las áreas de compensación e inversión del 1 %, no se reportan áreas de compensación e inversión del 1%. Finalmente, no se registra la presencia de núcleos de deforestación en la zona. i) Medio Socioeconómico: Para determinar la sensibilidad socioeconómica del área de interés se consideran varios factores clave, entre ellos las denuncias por presuntas infracciones ambientales presentadas por los diferentes actores estratégicos del territorio, los procesos judiciales en proyectos licenciados por la Autoridad Nacional y las alertas de conflictividad socioecológica, teniendo en cuenta la fase en que se encuentre dicho conflicto. Considerando lo anterior, el área de interés presenta una sensibilidad socioeconómica baja, muy alta. El resultado final se expresa en una categoría de sensibilidad, tal como se expone en la siguiente tabla: Tabla Sensibilidad medio socioeconómico Departamen to Municipi o Denuncias por presuntas Infraccione s Ambiental es Procesos Judiciales en Proyectos Licenciado s Conflicto Socioecológico Categoría de sensibilida d (% de cobertura) Municipios que se encuentran con una categoría de conflicto en ‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Muy alta (0.0%)Sin información Sin conflictividad registrada Muy alta (0.02%) Municipios que se encuentran con una categoría de conflicto en ‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Muy alta (0.0%) Puerto

registrada Muy alta (0.02%) Municipios que se encuentran con una categoría de conflicto en ‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Muy alta (0.0%) Puerto Wilches 1.0 Procesos CON orden judicial Muy alta (0.01%) Sin información Muy alta (0.15%)Sabana De Torres 5.0 Procesos CON orden judicial Sin conflictividad registrada Muy alta (0.07%) Santander Puerto Wilches 1.0 Sin información Municipios que se encuentran con una categoría de conflicto en Baja (0.0%)Resolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 9 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 9 de 54 Departamen to Municipi o Denuncias por presuntas Infraccione s Ambiental es Procesos Judiciales en Proyectos Licenciado s Conflicto Socioecológico Categoría de sensibilida d (% de cobertura) ‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Sin conflictividad registrada Baja (28.4%) Municipios que se encuentran con una categoría de conflicto en ‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Baja (0.0%)Procesos CON orden judicial Baja (0.05%) Sin información Baja (71.05%)Sabana De Torres

‘’transformación/Resoluci ón’’ asociada a un POA. Baja (0.0%)Procesos CON orden judicial Baja (0.05%) Sin información Baja (71.05%)Sabana De Torres 5.0 Procesos CON orden judicial Sin conflictividad registrada Baja (0.25%)

Fuente: Elaboración ANLA (SIPTA, 2024).

(Ver figura 12. Resultado de sensibilidad del componente atmosférico, geotécnico, y de los medios biótico y socioeconómico, en el Concepto Técnico 3196 del 27 de marzo de 2026) j) Cambio Climático: Para la determinación de la sensibilidad al cambio climático, se tuvieron en cuenta criterios clave definidos a partir de información secundaria del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) y el Departamento Nacional de Planeación (DNP). Entre estos criterios se incluyen la diferencia porcentual de precipitación y los cambios de temperatura en el escenario 2011-2040, las inundaciones provocadas por el fenómeno de La Niña 2010-2011, el Índice Municipal de Riesgo de Desastres Ajustado por Capacidades (DNP, 2023) y el Índice de Precipitación Estandarizada (SPI) (IDEAM, 2016). Para el área donde se localiza el proyecto, la sensibilidad al cambio climático se califica como media, alta, muy alta. Según las proyecciones para el periodo 2011-2040, el territorio de interés podría experimentar alguno de los siguientes impactos de acuerdo con la categoría de sensibilidad:

como media, alta, muy alta. Según las proyecciones para el periodo 2011-2040, el territorio de interés podría experimentar alguno de los siguientes impactos de acuerdo con la categoría de sensibilidad: Tabla. Impactos del cambio climático según categoría de sensibilidadResolución No. 001978 Del 24 JUL. 2026 Hoja No. 10 de 54 “Por la cual se efectúan unos ajustes vía seguimiento a la Resolución 903 del 19 de agosto de 2016” Página 10 de 54 Categoría de sensibilidad (% de cobertura) Impacto específico que esta sensibilidad genera en la zona de estudio Muy Alta (1.06%) Aumentos de temperatura >1.2°C, lo que podría generar cambios irreversibles como el colapso de ecosistemas y la migración de especies. Asimismo, se prevén variaciones extremas de precipitación (< -40% o > +40%), que podrían dar lugar a sequías severas o eventos hidrometeorológicos extremos. Estas áreas también alta vulnerabilidad y escasa capacidad de respuesta ante eventos extremos, con riesgo climático severo. Alta (28.74%) Aumentos de temperatura entre 1.01°C y 1.2°C aumentarían el riesgo de sequías severas, pérdida de biodiversidad y afectaciones a la seguridad alimentaria. En algunas partes, la precipitación disminuiría entre -39% y -30%, causando sequías prolongadas, reducción crítica de agua y estrés en ecosistemas, mientras que en otras aumentaría entre +31% y +40%, generando inundaciones con daños a cultivos y erosión del suelo. Estas áreas presentan alta exposición a amenazas naturales, capacidades locales insuficientes y vulnerabilidad ante la variabilidad climática. Media (70.2%)

cultivos y erosión del suelo. Estas áreas presentan alta exposición a amenazas naturales, capacidades locales insuficientes y vulnerabilidad ante la variabilidad climática. Media (70.2%) Aumentos de temperatura entre 0.81°C y 1.0°C podrían generar sequías e inundaciones más frecuentes, estrés en ecosistemas como páramos y bosques, afectación a especies sensibles y un ligero déficit de lluvia, sin llegar a condiciones críticas. En algunas partes, la precipitación disminuiría entre -29% y -20%, causando sequías moderadas y reducción de caudales, mientras que en otras aumentaría entre +21% y +30%, provocando inundaciones, daños menores y aumento de plagas. Aunque los municipios enfrentan amenazas, cuentan con capacidades para gestionarlas.

Fuente: Elaboración ANLA (SIPTA, 2024).

(Ver figura 13. Resultado de sensibilidad del cambio climático, en el Concepto Técnico 3196

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