ANLA - Resolución 002143 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 002143 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 002143 (11 AGO. 2026) Página 1 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, En uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 3 y 4 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Por medio del oficio con radicación 20266200313452 del 10 de marzo de 2026, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, dio traslado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., identificada con el NIT. 900.564.739-9, para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BRILLIANCE
Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., identificada con el NIT. 900.564.739-9, para la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC, a partir del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE, tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. La sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., en cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 1 del artículo tercero de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 1, radicó junto con la solicitud la documentación enunciada a continuación: 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones”Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 34 1.Solicitud diligenciada y suscrita por el representante legal de la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., el señor JAIME DE JESÚS VALENCIA SÁNCHEZ. 2.Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($3.068.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación.
SÁNCHEZ. 2.Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante. 3.Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($3.068.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación. 4.El Estudio Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el Manual Técnico Andino. 5.Copia del Protocolo de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. Cumplidos los requisitos anteriores, se conformó el expediente LAM10250-00 y, a petición de la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., se surtió el siguiente:
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO
1. Inicio de trámite: A través del Auto 1989 del 17 de marzo de 2026, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC, a partir del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., el 18 de marzo de 2026, quedando ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad Nacional, el 19 del mismo mes y año.
2. Auto de Información Adicional: Mediante el Auto 4670 del 02 de junio de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental.
El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 3 de junio de 2026, quedando ejecutoriado el 22 de junio de 2026.
necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 3 de junio de 2026, quedando ejecutoriado el 22 de junio de 2026.
3. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de las comunicaciones con radicaciones 20266200857602 y 20266200858162 del 30 de junio, la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 4670 del
02 de junio de 2026.Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 34
4. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., y de aquella que reposa en el expediente LAM10250-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 8007 del 27 de julio de 2026.
II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de
del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental. En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a emitir o negar el Dictamen Técnico Ambiental. CUESTIÓN PREVIA Previo al pronunciamiento de fondo objeto del trámite iniciado por medio del Auto 1989 del 17 de marzo de 2026, se advierte la necesidad de aclarar el Concepto Técnico 8007 del 27 de julio de 2026. Lo anterior, se hace en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, el cual señala que la autoridad, en cualquier momento, previo a la expedición del acto, podrá corregir las irregularidades que se presenten en la actuación administrativa y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1437 de 20112. Denominación del Programa de Monitoreo Ambiental En el numeral 4.4 del citado concepto técnico, el programa fue enunciado como "Programa de monitoreo ambiental", mientras que en su desarrollo, contenido en el numeral 4.4.3, fue denominado "Programa de seguimiento y monitoreo ambiental". Verificado el Plan de Manejo Ambiental presentado por la solicitante, mediante el oficio con radicación 20266200313452del 10 de marzo de 2026, se constató que 2 “Artículo 3o. Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este
2 “Artículo 3o. Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. (…)
11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho
material objeto de la actuación administrativa. (…)”Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 34 tanto en la tabla de contenido como en el título del numeral 2.2 del cuerpo de dicho documento, tal programa se denomina "Programa de Monitoreo Ambiental". En consecuencia, se establece que esta última es la denominación correcta de dicho programa, la cual será corregida en el presente acto administrativo. a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Evaluada la información presentada por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 8007 del 27 de julio de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…)
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
emitió el Concepto Técnico 8007 del 27 de julio de 2026, donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud corresponde a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC, a partir del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE, para ser utilizado como herbicida de uso agrícola para cultivos de Arroz y Caña de azúcar, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico: PRODUCTO FORMULADO BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC NOMBRE BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC CLASE DE USO Herbicida de uso agrícola TIPO DE FORMULACIÓN CONCENTRADO EMULSIONABLE – EC COMPOSICIÓN CLOMAZONE: 800 g/L
CULTIVO, BLANCO
BIOLOGICO, DOSIS Y
NÚMERO DE
APLICACIONES Cultivo Blanco biológico Dosis Número de aplicaciones recomendadas Arroz Control en pre-emergencia y post-emergencia de malezas en el cultivo del arroz 0,63 a 1,8 L/Ha 1 Caña de azucar Malezas en el cultivo de la caña de azúcar 1,25 a 1,75 L/Ha 1 FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN WEIFANG CYNDA CHEMICAL CO., LTD., de China Proyecto de rotulado. Certificado de composición.
caña de azúcar 1,25 a 1,75 L/Ha 1 FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN WEIFANG CYNDA CHEMICAL CO., LTD., de China Proyecto de rotulado. Certificado de composición. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO CLOMAZONEResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 34 NOMBRE COMÚN (ISO)1 CLOMAZONE NOMBRE QUÍMICO (IUPAC)1 2-(2-chlorobenzyl)-4,4-dimethyl-1,2-oxazolidin-3-one
FÓRMULA EMPÍRICA1 C12H14ClNO2
NÚMERO CAS1 81777-89-1
GRUPO QUÍMICO Isoxazolidinone GRADO DE PUREZA2 96,0% mínimo w/w
IMPUREZAS RELEVANTES
DE INTERES AMBIENTAL3 No reporta
FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN2 WEIFANG CYNDA CHEMICAL CO., LTD., de China 1 Dossier técnico
2Certificado de composición del ingrediente activo 3 Conclusion regarding the peer review of the pesticide risk assessment of the active substance CLOMAZONE. página 29, https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/epdf/10.2903/j.efsa.2007.109r
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., a fin de determinar la viabilidad del
b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.
Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORÍAS S.A.S., a fin de determinar la viabilidad del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC, a partir del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE para ser utilizado como herbicida agrícola para los cultivos de arroz y caña de azúcar y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAM10250-00; el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 8007 del 27 de julio de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…) EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC a partir del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998 modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones, y a la Resolución 2075 del 02 de agosto de 2019 por la cual se adopta el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con las siguientes consideraciones:
INGREDIENTE ACTIVO GRADO CLOMAZONE
Propiedades fisicoquímicasResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental
con las siguientes consideraciones:
INGREDIENTE ACTIVO GRADO CLOMAZONE
Propiedades fisicoquímicasResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 34 ASPECTO Líquido, Pajizo pálido, Sin olor.
PRESIÓN DE VAPOR 5,04 x 10-2 Pa a 25°C SOLUBILIDAD EN AGUA 1212 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN nOCTANOL /AGUA Log Pow = 2.58
FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓNBCF
40 L/Kg COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 33 mL/g DT50 SUELOS 195 días DT50 AGUAS Estable por hidrólisis y por fotólisis METABOLITOS CON FRACCION DE OCURRENCIA SUPERIOR AL 10% N-((2-chlorobenzyl))-3-hydroxy-2,2 dimethylpropanamide (FMC 653167) Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA ORAL Codorniz de virginia (Colinus virginianus)/ Pato Mallard (Anas platyrhynchos) DL50 > 2224 mg/kg bw > 2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico DIETARIA Codorniz de virginia (Colinus virginianus)/ Pato Mallard (Anas platyrhynchos)
DL50 > 2224 mg/kg bw > 2000 mg/Kg bw Prácticamente no tóxico DIETARIA Codorniz de virginia (Colinus virginianus)/ Pato Mallard (Anas platyrhynchos) CL50 > 5620 mg/Kg > 5000 mg/Kg Prácticamente no tóxico Efectos sobre organismos acuáticos
ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOSmg/L CATEGORÍA Trucha arcoíris
(Oncorhynchus mykiss) CL50 = 14,4 mg/L 10 - 100 Ligeramente Tóxico Pulga de agua (Daphnia magna) CL50 = 5,2 mg/L 1,0 - ˂10 Moderadamente tóxico Alga diatomea (Navicula pelliculosa) EC50 = 0.136 mg/L 0,1 - < 1,0 Altamente Tóxico Microalga verde (Scenedesmus subspicatus) EC50 = 0,8 mg/L 0,1 - < 1,0 Altamente Tóxico Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍAResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 7 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 34 DL50 (µg/abeja) (µg/abeja)
CONTACTO Abeja (Apis mellifera) > 25 10 – 100 Ligeramente tóxico ORAL Abeja (Apis mellifera) > 76,33 10 – 100 Ligeramente tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDACL50 (mg/kg) ORAL Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 78 mg/kg PRODUCTO FORMULADO BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido, amarillo claro, sin olor acre ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Estable a 2 años bajo condiciones normales de almacenamiento (temperatura 20°C, humedad 40-70°C, y atm). pH 5–8 INFLAMABILIDAD Para líquidos, punto de inflamación 113°C DENSIDAD RELATIVA 1.12 – 1.16 g/cm3 EXPLOSIVIDAD No explosivo CORROSIVIDAD No corrosivo
EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL - INGREDIENTE ACTIVO GRADO
TÉCNICO CLOMAZONE.
La solicitante en la información presentada describe la evaluación del riesgo ambiental para los componentes ambientales suelo, agua superficial y subterráneas, aire, y para las especies de aves, organismos acuáticos, abejas y lombriz de tierra, considerando como dosis máxima de aplicación 1,8 L/ha del producto, con una composición del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE de 800 g/L, realizando una (1) aplicación, representando una dosis de ingrediente activo de 1,44 kg i.a/ha. A continuación, se realiza la descripción de los resultados presentados por la solicitante, en la evaluación del riesgo ambiental. Evaluación del riesgo ambiental en suelos:
kg i.a/ha. A continuación, se realiza la descripción de los resultados presentados por la solicitante, en la evaluación del riesgo ambiental. Evaluación del riesgo ambiental en suelos: De los resultados de la evaluación del riesgo ambiental en suelos, la solicitante reportó para el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE, un tiempo de vida media en suelos de 195 días y un valor para la constante de adsorción normalizada Koc de 33 mL/g, concluyendo que la sustancia es persistente y móvil en suelos. De otra parte, se indica que el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE se degrada en el metabolito N-((2-chlorobenzyl))-3-hydroxy-2,2-dimethylpropanamide (FMC 653167), el cual cuenta con un porcentaje de ocurrencia mayor al 10%; por loResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 8 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 34 cual, reporta los siguientes parámetros de vida media en el suelo y Koc, como se indica en la siguiente tabla: Metabolito Porcentaje de ocurrencia (%) DT50 (días) Koc (mL/g) Persistencia Movilidad FMC 653167 25% 2,3 26,2 No Persistente Móvil Evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea: Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se calculó el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE mediante
Evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea: Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se calculó el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE mediante la ecuación de Gustaffson a partir de los datos DT 50 de 195 días y K oc de 33 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 5,68. Del resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico tiene alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea. De otra parte, se determinó el potencial de lixiviación (GUS) para el metabolito FMC 653167 a partir de la ecuación de Gustaffson, obteniendo los siguientes resultados: Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) GUS Potencial de lixiviación FMC 653167 2.3 26.2 0.9339 No lixivia De los anteriores resultados, la solicitante realiza una evaluación refinada en la que determina la concentración del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE en agua subterránea mediante el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA, tomando como base una (1) aplicación, dos (2) ciclos de cultivo al año, con los siguientes resultados: valor de la mediana Del resultado obtenido, se tiene que la concentración en agua subterránea para el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE se encuentra por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social. Evaluación del riesgo ambiental en agua superficial: Respecto a la evaluación del riesgo ambiental en agua superficial, la solicitante
Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social. Evaluación del riesgo ambiental en agua superficial: Respecto a la evaluación del riesgo ambiental en agua superficial, la solicitante reportó que el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE, es estable por hidrólisis y por fotolisis, con lo cual concluye que el ingrediente activo es persistente en agua superficial. Sustancia DT50 (días) Koc (mL/g) DOSIS I.A. (Lb/acre) Concentración (mg/L) CLOMAZONE 29,4 33 1,28448 0,00161Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 9 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 34 Evaluación del riesgo ambiental en el aire: En la evaluación del riesgo ambiental al aire, se reportó que el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE cuenta con una presión de vapor de 5,04 x 102 Pa y una vida media en aire de 0,567 días. Por lo cual, concluye que el ingrediente activo presenta alto potencial para volatilizase y es no persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves: En la Evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), asumiendo como escenario más restrictivo la dieta de consumo basada en grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel I: DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
consumo basada en grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel I: DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
PEOR
ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVELCRÍTICO(LOC) RIESGO(SI/NO)
1,44 Codorniz de virginia (Colinus virginianus) Grass corto 92,45 mg/kg bw 2224mg/Kg bw 0,0415 0,1 NO 1,44 Codorniz de virginia (Colinus virginianus)/ Pato Mallard (Anas platyrhynchos) Grass corto 308,16 mg/kg 5620 mg/kg 0,0548 0,1 NO El cálculo del cociente de riesgo RQ agudo obtuvo resultados que no superan el límite de 0,1, y se da cumplimiento a la totalidad de criterios de evaluación del primer nivel, por lo cual, la solicitante concluye que no presenta riesgo agudo para aves, y por ende no es necesario continuar con la evaluación de riesgo ambiental en el siguiente nivel. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos: En la Evaluación de Riesgo Ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como referencia especies indicadoras de pez, invertebrado acuático, alga y planta acuática. Se calculó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), utilizando la ecuación A/B establecida en el Manual Técnico Andino; para el cálculo asumió una escorrentía de 5%. En la siguiente tabla se presentan los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel I: Nivel I DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
escorrentía de 5%. En la siguiente tabla se presentan los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel I: Nivel I DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
AGUDA (mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO)Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 10 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 34 1,44 Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 0.036 14,4 0,0025 0,1 NO 1,44 Pulga de agua(Daphnia magna) 0.036 5,2 0,0069 0,1 NO 1,44 Alga diatomea (Navicula pelliculosa) 0.036 0,136 0,264 0,1 SI 1,44 Microalga verde (Scenedesmus subspicatus) 0.036 0,8 0,045 0,1 NO De los anteriores resultados se tiene que el cociente de riesgo agudo es superior a 0,1 para la especie evaluada de alga, por lo que fue necesario continuar la evaluación en el Nivel II. En la siguiente tabla se indican datos y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel II: Nivel II DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
Nivel II DOSIS
DE I.A.
(Kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA
EEC (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA
(mg/L) RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1,44 Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 0.036 1,0 0,036 1 NO 1,44 Pulga de agua(Daphnia magna) 0.036 2,2 0,016 1 NO 1,44 Alga diatomea (Navicula pelliculosa) 0.036 0,0236 1,525 1 SI 1,44 Microalga marina(Skeletonema costatum) 0.036 0,27 0,133 1 NO Con base en los anteriores resultados, se observa que se presenta riesgo crónico en la especie de alga evaluada, por lo cual la solicitante desarrolló en el nivel II una refinación de la Concentración Ambiental Estimada (EEC) por medio de la metodología Kd, sustentada técnica y bibliográficamente, donde se logró descartar el riesgo crónico en planta acuática. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos en la refinación realizada de la EEC en el Nivel II: Nivel II – Refinado DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE
INDICADORA EEC refinada (mg/L)
TOXICIDAD
CRÓNICA RQ crónico NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1,44 Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 0,0144 1,0 0,0144 1 NOResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 11 de 34
(SI/NO) 1,44 Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) 0,0144 1,0 0,0144 1 NOResolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 11 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 34 1,44 Pulga de agua (Daphnia magna) 0,0144 2,2 0,0065 1 NO 1,44 Alga diatomea (Navicula pelliculosa) 0,0144 0,0236 0,6101 1 NO 1,44 Microalga marina (Skeletonema costatum) 0,0144 0,27 0,0533 1 NO De los anteriores resultados, la solicitante concluye que no presenta riesgo crónico en organismos acuáticos, y no continúa con el siguiente nivel de evaluación. Así mismo dentro del Plan de Manejo Ambiental presentó un programa específico acuáticos. Evaluación del riesgo ambiental en abejas: Para evaluación de riesgo ambiental del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE en abejas, la solicitante tomó una dosis de aplicación equivalente a 1440 g i.a./ha. Los resultados obtenidos en el Nivel I se presentan en la siguiente tabla: Nivel I
DOSIS DE
I.A. (g/ha)
TOXICIDAD
AGUDA (μg/abeja)
QHC QHO NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1440 >25 Contacto 57,6 ---- 50 SI 1440 > 76,33 Oral ---- 18,86 50 NO
AGUDA (μg/abeja)
QHC QHO NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO) 1440 >25 Contacto 57,6 ---- 50 SI 1440 > 76,33 Oral ---- 18,86 50 NO De los resultados anteriores se tiene que el cociente de riesgo agudo es superior a 50, por lo que fue necesario continuar la evaluación en el Nivel II de Evaluación de Riesgo Ambiental en abejas, para lo cual se calculó el cociente de riesgo por vía oral (QHO), tomando como base la dosis y el valor de toxicidad oral del producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC. En la siguiente tabla se indican datos y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel II: Nivel II
DOSIS DE
I.A. (g/ha)
TOXICIDAD
AGUDA (μg/abeja)
QHO NIVEL CRÍTICO
(LOC) RIESGO (SI/NO) 2088 125 Oral 16,704 50 No De los anteriores resultados, la solicitante obtiene un cociente de riesgo menor de 50, por lo cual concluye que el producto no presenta riesgo en abejas.Resolución No. 002143 Del 11 AGO. 2026 Hoja No. 12 de 34 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 34 Evaluación del riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la evaluación de riesgo ambiental del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE en lombriz de tierra, la solicitante determinó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm
Para la evaluación de riesgo ambiental del ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE en lombriz de tierra, la solicitante determinó la Concentración Ambiental Estimada (EEC), suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo y que el porcentaje del plaguicida que alcanza el suelo es el 50%. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel I se presentan en la siguiente tabla: Nivel I DOSIS
DE I.A.
(kg/ha)
ESPECIE TOXICIDAD
AGUDA CL50 (mg/kg) % QUE
ALCANZA
EL SUELO EEC (mg/kg)
RQ NIVEL
CRÍTICO
(LOC)
RIESGO
(SI/NO)
1,44 Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 78 50 0,9648 0,0123 0,5 NO De acuerdo con el anterior resultado, el ingrediente activo grado técnico CLOMAZONE cumple con el criterio para el Nivel I de evaluación de riesgo ambiental para lombriz de tierra, contenido en el Manual Técnico Andino, por lo cual la solicitante no desarrolla el siguiente nivel de evaluación. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL - PMA Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto por la solicitante para el producto formulado BRILLIANCE CLOMAZONE 80 EC contiene la identificación y evaluación de los riesgos ambientales al medio biótico y abiótico, según los resultados obtenidos de la Evaluación de Riesgo Ambiental, y las medidas de manejo ambiental presentadas en los siguientes programas:
1. Programa de acción
2. Programa de reducción de desechos
3. Programa de monitoreo ambiental
Evaluación de Riesgo Ambiental, y las medidas de manejo ambiental presentadas en los siguientes programas:
1. Programa de acción
2. Programa de reducción de desechos
3. Programa de monitoreo ambiental
4. Programa específico acuáticos Los programas que conforman el Plan de Manejo Ambiental se presentan mediante formatos de fichas que contienen los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, impactos a controlar, etapa, tipo de medida, acciones a desarrollar, lugar de aplicación, indicadores de seguimiento, personal requerido, responsable de ejecución, temas de c
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