ANLA - Resolución 002166 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 002166 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 002166 (12 AGO. 2026) Página 1 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA, En uso de las facultades legales establecidas en el numeral 8 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto 3573 de 2011, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto 376 de 2020, el literal a) del numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, acorde con lo establecido en el artículo 3 y 4 de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el artículo 1 de la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanada de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE: Por medio del oficio con radicación 20266200439312 del 06 de abril de 2026, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, dio traslado a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, identificada con el NIT. 900.564.739-9, tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO

Licencias Ambientales – ANLA, de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, identificada con el NIT. 900.564.739-9, tendiente a la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. La sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 1 del artículo tercero de la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008 1, radicó junto con la solicitud la documentación enunciada a continuación: 1 “Por la cual se establece el procedimiento para la expedición del dictamen técnico-ambiental al que alude la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, Decisión 436, de la Comisión de la Comunidad Andina, y se toman otras determinaciones”Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 2 de 33 1.Solicitud diligenciada y suscrita por el señor JAIME DE JESÚS VALENCIA SÁNCHEZ, en calidad de representante legal de la sociedad

AGROCONSULTORIAS S.A.S.

2. Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante.

3. Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($3.068.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación.

2. Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad solicitante.

3. Comprobante de pago por un valor de TRES MILLONES SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($3.068.000) M/CTE, correspondiente al servicio de evaluación.

4. El Estudio Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el Manual Técnico

Andino.

5. Copia del Protocolo de Ensayo de Eficacia debidamente aprobado por el

Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. Cumplidos los requisitos anteriores, se conformó el expediente LAM10278-00 y a petición de la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, se surtió el siguiente:

I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO

1. Inicio de trámite. A través del Auto 2830 del 13 de abril de 2026, esta Autoridad Nacional inició el trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480

SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, el 15 de abril de 2026 y quedó ejecutoriado y publicado en la gaceta de esta Autoridad Nacional el 16 de abril de 2026.

2. Auto de Información Adicional. Mediante Auto 5616 del 26 de junio de 2026, esta Autoridad Nacional requirió a la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, para que en el término de un (1) mes presentara la información adicional necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental.

El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 1 de julio 2026 y quedó ejecutoriado el 17 de julio de 2026.

necesaria para evaluar la solicitud de viabilidad de Dictamen Técnico Ambiental. El citado acto administrativo fue notificado por correo electrónico el 1 de julio 2026 y quedó ejecutoriado el 17 de julio de 2026.

3. Respuesta a requerimientos de información adicional. A través de la comunicación con radicación 20266200930542 del 14 de julio de 2026, la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, presentó la respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad Nacional en el Auto 5616 del 26

de junio de 2026.Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 3 de 33

4. Concepto Técnico. Previa evaluación y análisis de la información y documentación presentada por la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, y de aquella que reposa en el expediente LAM10278-00, el Grupo Técnico de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Subdirección de Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 8236 del 31 de julio de 2026.

II. ASUNTO POR DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir el asunto de la referencia y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental.

En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de

del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el otorgamiento o negación de la solicitud de Dictamen Técnico Ambiental. En ese orden, la decisión abarcará los siguientes elementos: (a) Descripción de actividades, (b) Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional, (c) Consideraciones jurídicas y (d) Consideraciones de la ANLA que motivan a emitir o negar el Dictamen Técnico Ambiental.

a) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.

En primer lugar, evaluada la información presentada, por el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, emitió el Concepto Técnico 8236 del 31 de julio de 2026 donde se ilustran aspectos generales de la actividad a desarrollar, de la siguiente forma: “(…) DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La solicitud tiene por objeto la emisión del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, para ser utilizado como herbicida de uso agrícola para el cultivo de pastos, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado. A continuación, se expone la información del producto formulado e ingrediente activo grado técnico.

PRODUCTO FORMULADO GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL.

NOMBRE GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL

CLASE DE USO Herbicida agrícola TIPO DE FORMULACIÓN Concentrado soluble – SLResolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de

“Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 4 de 33

COMPOSICIÓN GLIFOSATO: 356 g/L en forma de ácido equivalente a 480 g/L de GLIFOSATO sal isopropilamina DOSIS DE APLICACIÓN Cultivo Blanco biológico Dosis (L/Ha) Número de aplicaciones recomendadas Pastos Malezas 2,0 – 4,0 1

FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN NINGBO SYNAGROCHEM CO., LTD., de China. Proyecto de rotulado. Certificado composición del producto formulado.

INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO GLIFOSATO

NOMBRE COMÚN (ISO) GLIFOSATO

NOMBRE QUÍMICO (IUPAC) N-(phosphonomethyl)glycine

FÓRMULA EMPÍRICA C3H8NO5P

NÚMERO CAS 1071-83-6

GRUPO QUÍMICO Glicinas

GRADO DE PUREZA 95% mín

IMPUREZAS RELEVANTES DE INTERÉS AMBIENTAL Formaldehyde: máximo 1.3 g/kg N-nitroso-Nphosphonomethylglycine: máximo 1mg/kg FABRICANTE Y PAÍS DE ORIGEN NINGBO SYNAGROCHEM CO., LTD., de China. Certificado de composición del ingrediente activo. https://www.legislation.gov.au/F2022L00137/latest/text (…)”.

b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.

Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, a fin de determinar la viabilidad del

(…)”.

b) CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL.

Con el objeto de llevar a cabo la evaluación de la solicitud presentada por la sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, a fin de determinar la viabilidad del Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO para ser utilizado como herbicida de uso agrícola para el cultivo de pastos y de conformidad con los demás documentos presentados que obran en el expediente LAM10278-00; el Grupo de Evaluación de Agroquímicos y Proyectos Especiales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió el Concepto Técnico 8236 del 31 de julio de 2026. En virtud de lo anterior, el referido concepto técnico constituye el fundamento que soporta el presente acto administrativo y del cual se extraen los siguientes aspectos: “(…)Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 5 de 33 EVALUACIÓN AMBIENTAL La evaluación de la información y documentación presentada por la solicitante para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, se realizó de acuerdo con la Decisión 436 de 1998, modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y el Manual Técnico Andino, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO GLIFOSATO Propiedades fisicoquímicas

modificada por la Decisión 804 de 2015 de la Comunidad Andina de Naciones y el Manual Técnico Andino, con las siguientes consideraciones: INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO GLIFOSATO Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Sólido PRESIÓN DE VAPOR 1,31 x 10-5 Pa a 25°C SOLUBILIDAD EN AGUA 100000 mg/L a 20°C COEFICIENTE DE PARTICIÓN n-OCTANOL /AGUA Log Pow = -6,28x10-4 (pH 7 a 25°C)

FACTOR DE BIOCONCENTRACIÓN (BCF) 0,5

COEFICIENTE DE ADSORCIÓN NORMALIZADA Koc 884 mL/g DT50 SUELO 500,3 días DT50 AGUA Estable por hidrólisis77 días por fotólisis METABOLITOS (Con ocurrencia mayor al 10%) AMPA Efectos tóxicos sobre otras especies Efectos sobre aves

TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CRITERIOS CATEGORÍA

ORAL Codorniz (Colinus virginianus) DL50 >1127 mg/Kg bw 500 – 2000 mg/Kg bw Levemente tóxico DIETARIA Pato (Anas platyrhynchos) CL50 4640 mg/Kg 1001 – 5000 mg/Kg Levemente tóxico Efectos sobre organismos acuáticos

TOXICIDAD

AGUDA

CRITERIO

STOXICIDAD ESPECIE

(mg/L) (mg/L) CATEGORÍA ORAL (96 h) Pez luna (Bluegill sunfish) 5,8 1,0 - ˂ 10 Moderadamente tóxico ORAL (48 h) Pulga de agua (Daphnia magna)

CATEGORÍA ORAL (96 h) Pez luna (Bluegill sunfish) 5,8 1,0 - ˂ 10 Moderadamente tóxico ORAL (48 h) Pulga de agua (Daphnia magna) 13 10 – 100 Ligeramente tóxicoResolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 6 de 33 Efectos sobre el crecimiento Alga (Scenedesm us quadricauda) 4 1,0 - ˂ 10 Moderadamente tóxico Efectos sobre el crecimiento Diatomea (Skeletonem a costatum) 0,85 0,1 - ˂ 1,0 Altamente tóxico Efectos sobre las abejas TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA DL50 (µg/abeja) CRITERIOS (µg/abeja) CATEGORÍA CONTACTO Abeja (Apis melífera) >100 >100 Prácticamente no tóxico ORAL Abeja (Apis melífera) >100 >100 Prácticamente no tóxico Efectos sobre la lombriz de tierra TOXICIDAD ESPECIE TOXICIDAD AGUDA CL50 (mg/kg) ORAL Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 480 PRODUCTO FORMULADO GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido pH 4 – 8,5 ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Tiempo de vida es estante en envase original a temperatura ambiente INFLAMABILIDAD No inflamable

Propiedades fisicoquímicas ASPECTO Líquido pH 4 – 8,5 ESTABILIDAD EN EL ALMACENAMIENTO Tiempo de vida es estante en envase original a temperatura ambiente INFLAMABILIDAD No inflamable DENSIDAD RELATIVA 1,16 g/ml EXPLOSIVIDAD No explosivo CORROSIVIDAD No corrosivo EVALUACIÓN DE RIESGO AMBIENTAL INGREDIENTE ACTIVO GLIFOSATO La solicitante desarrolló la evaluación del riesgo ambiental - ERA del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO con una dosis máxima de aplicación del producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL de 4,0 L de PF/ha, una concentración de ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO en forma de ácido de 356 g/L, realizando una aplicación, lo cual es equivalente a 1,42 Kg de GLIFOSATO /ha. Evaluación de riesgo ambiental en suelo. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente suelo, se reporta para el ingrediente activo GLIFOSATO un tiempo de vida media aeróbico en suelos de DT 50Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 7 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 7 de 33 de 500,3 días y un valor para la constante de adsorción normalizada Koc de 884 ml/g, concluyendo que la sustancia es persistente y no es móvil. De otra parte, se indica que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO se degrada en el metabolito AMPA con una fracción de ocurrencia mayor al 10%, por lo

concluyendo que la sustancia es persistente y no es móvil. De otra parte, se indica que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO se degrada en el metabolito AMPA con una fracción de ocurrencia mayor al 10%, por lo cual reporta los siguientes parámetros de vida media en el suelo y Koc, como se indica en la siguiente tabla: Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) Observaciones AMPA 958 1119 Persistente y no móvil Evaluación de riesgo ambiental en agua subterránea. Para la evaluación del riesgo ambiental en agua subterránea, se reporta que el potencial de lixiviación (GUS) para el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO se calculó a partir de la ecuación de Gustafson, con los datos DT 50 de 500,3 días y Koc de 884 mL/g, obteniendo un valor de GUS igual a 2,84. Con base en el resultado obtenido, la solicitante concluye que el ingrediente activo grado técnico presenta alto potencial de lixiviación hacia este componente ambiental. Para el metabolito AMPA del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, la solicitante calculó el potencial de lixiviación a partir de la ecuación de Gustafson, obteniendo los siguientes resultados: Metabolito DT50 (días) Koc (mL/g) GUS Observaciones AMPA 958 1119 2,83 Alto potencial de lixiviación De acuerdo con el resultado obtenido para el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO y el metabolito AMPA, la solicitante realiza una evaluación refinada en la que determina la concentración del ingrediente activo y metabolito mencionado en agua subterránea mediante el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA, tomando

GLIFOSATO y el metabolito AMPA, la solicitante realiza una evaluación refinada en la que determina la concentración del ingrediente activo y metabolito mencionado en agua subterránea mediante el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA, tomando como base una aplicación por ciclo de cultivo, un ciclo de cultivo al año y una dosis de 1,26 lb/acre y 0,68 lb/acre, respectivamente; obteniendo una concentración de 3,89x10 -1 ppb para el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO y 2,08x10 -1 ppb para el metabolito AMPA. De los resultados obtenidos, la solicitante reporta que la concentración en agua subterránea para el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO y el metabolito AMPA, se encuentran por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social.Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 8 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 8 de 33 Evaluación de riesgo ambiental en agua superficial. En la evaluación del riesgo ambiental para agua superficial, se indica que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO para hidrólisis es estable. Para el caso de fotólisis, presenta una vida media de 77 días, concluyendo que es persistente en este componente ambiental. Evaluación de riesgo ambiental en aire. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el

de fotólisis, presenta una vida media de 77 días, concluyendo que es persistente en este componente ambiental. Evaluación de riesgo ambiental en aire. En la evaluación del riesgo ambiental para el componente aire, se reporta que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO presenta una presión de vapor de 1,31 x 10-5 Pa a 25°C y una degradación fotoquímica oxidativa de 1,6 horas; por lo cual, la solicitante considera que el ingrediente activo tiene un moderado potencial para volatilizarse y no es persistente en aire. Evaluación del riesgo ambiental en aves En la evaluación de riesgo ambiental en aves, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), basada en la dieta de grass corto. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 1: Nivel 1 DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA

PEOR

ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO)

1,42 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 91,42 mg/kg bw >1127 mg/Kg bw 0,08 0,1 NO DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA

PEOR

ESCENARIO EEC TOXICIDAD AGUDA RQ NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO)

1,42 Pato (Anas platyrhynchos) Grass corto 304,73 mg/kg 4640 mg/Kg 0,06 0,1 NO Teniendo en cuenta los resultados obtenidos, donde no se cumplió con la totalidad de criterios del primer nivel, la solicitante continuó realizando la evaluación para el segundo nivel. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de riesgo ambiental del Nivel 2: Nivel 2Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 9 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 33 DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA

PEOR

ESCENARIO EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO)

1,42 Codorniz (Colinus virginianus) Grass corto 304,73 mg/kg 200 mg/kg 1,52 1,0 SI De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico para la especie evaluada fue mayor al nivel crítico 1,0; por lo cual, la solicitante realizó la refinación del nivel 2. En la siguiente tabla se observa el resultado obtenido en la refinación basada en hábitos alimenticios de la especie indicadora codorniz (Colinus virginianus). Nivel 2 – refinado DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO)

1,42 Codorniz (Colinus

DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA EEC TOXICIDAD CRÓNICA RQ NIVEL CRÍTICO (LOC) RIESGO (SI/NO)

1,42 Codorniz (Colinus virginianus) 110,09 mg/kg 200 mg/kg 0,55 1,0 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo crónico refinado para la especie evaluada fue menor al nivel crítico 1,0; por lo cual, no se requiere pasar al siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental. Por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo crónico en aves y, por ende, no es necesario continúar con la evaluación en el siguiente nivel. Evaluación del riesgo ambiental en organismos acuáticos. En la evaluación de riesgo ambiental para organismos acuáticos, la solicitante tomó como especies indicadoras más sensibles en el primer nivel al pez, invertebrados, alga y planta acuática. Se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC), utilizando la fórmula A/B del Manual Técnico de la Norma Andina y un porcentaje de escorrentía del 5%. En la siguiente tabla se presentan los valores y resultados obtenidos de la evaluación del Nivel 1: Nivel 1

DOSIS DE

I.A. (kg/ha)

ESPECIE

INDICADORA EEC (mg/L)

TOXICIDAD

AGUDA (mg/L) RQ NIVEL

CRÍTICO

(LOC)

RIESGO

(SI/NO) Pez luna (Bluegill sunfish) 5,8 0,006 0,1 NO Pulga de agua (Daphnia magna) 13 0,002 0,1 NO1,42 Alga

(LOC)

RIESGO

(SI/NO) Pez luna (Bluegill sunfish) 5,8 0,006 0,1 NO Pulga de agua (Daphnia magna) 13 0,002 0,1 NO1,42 Alga (Scenedesmus quadricauda) 0,0356 4 0,008 0,1 NOResolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 10 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 33 Diatomea (Skeletonema costatum) 0,85 0,04 0,1 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el cociente de riesgo agudo para las especies evaluadas fue menor al nivel crítico (RQ agudo <0,1); asimismo, cumple con los demás criterios de evaluación para el primer nivel; por lo tanto, la solicitante concluye que no se presenta riesgo agudo en organismos acuáticos, y por ende no continúa con en el siguiente nivel de la evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en abejas Para la evaluación de riesgo ambiental en abejas, la solicitante tomó una dosis de aplicación de producto formulado de 4,0 L de PF/Ha, con una composición en forma de ácido de 356 g/L, equivalente a 1424 g i.a./ha, realizando una aplicación. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1

DOSIS DE I.A.

(g/ha)

TOXICIDAD AGUDA

(μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO (SI/NO)

resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1

DOSIS DE I.A.

(g/ha) TOXICIDAD AGUDA (μg/abeja) QHC QHO NIVEL CRÍTICO RIESGO (SI/NO) >100 (Contacto) 14,24 - 50 NO1424 >100 (Oral) - 14,24 50 NO De acuerdo con los anteriores resultados, el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para abejas, contenido en el Manual Técnico Andino; por lo cual, no es necesario pasar al siguiente nivel de evaluación. Evaluación del riesgo ambiental en lombriz de tierra Para la evaluación de riesgo ambiental en lombriz de tierra, se determinó la Concentración Ambiental Esperada (EEC) suponiendo que el plaguicida se distribuye en los 5 cm superiores del suelo, en donde el suelo intercepta el 50% del plaguicida. Los resultados obtenidos de la evaluación del riesgo ambiental del Nivel 1 se presentan en la siguiente tabla: Nivel 1 DOSIS

DE I.A.

(kg/ha)

ESPECIE EEC (mg/kg)

PORCENTAJE

QUE

ALCANZA EL

SUELO

TOXICIDAD

AGUDA (mg/kg)

RQ NIVEL CRÍTICO RIESGO (SI/NO)

1,42 Lombriz de tierra (Eisenia foetida) 0,95 50% 480 0,001 < 0,5 NOResolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 11 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental

(Eisenia foetida) 0,95 50% 480 0,001 < 0,5 NOResolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 11 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 11 de 33 De acuerdo con el anterior resultado, el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO cumple con el criterio para el Nivel 1 de evaluación de riesgo ambiental para lombriz de tierra contenido en el Manual Técnico Andino, por lo cual la solicitante no desarrolla el siguiente nivel de evaluación de riesgo ambiental. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Programas del Plan de Manejo Ambiental El Plan de Manejo Ambiental propuesto por la solicitante para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL tiene en cuenta la identificación y evaluación de los riesgos ambientales y las medidas de manejo. El Plan de Manejo Ambiental está conformado por los siguientes programas:

1. Programa de acción

2. Programa de reducción de desechos

3. Programa de monitoreo – seguimiento ambiental

4. Programa específico aves Los programas que conforman el Plan de Manejo Ambiental se presentan mediante formatos de fichas que contienen los siguientes aspectos: objetivos, metas, alcance, impactos a controlar, etapa, tipo de medida, acciones a desarrollar, lugar de aplicación, indicadores de seguimiento, personal requerido, responsable de ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma.

Plan de emergencias y de contingencias Con relación a este documento, se enfoca en el desarrollo de tres temas principales: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre. En el

ejecución, temas de capacitación, presupuesto y cronograma. Plan de emergencias y de contingencias Con relación a este documento, se enfoca en el desarrollo de tres temas principales: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre. En el conocimiento del riesgo, se identifican los eventos amenazantes endógenos y exógenos; en el de reducción del riesgo, se definen las medidas necesarias para controlar el riesgo y en el de manejo del desastre, se encuentran los planes estratégicos, operativos e informáticos en caso de materialización del riesgo y atención de un riesgo. Además, establece una estrategia de respuesta para atender un accidente, incidente o emergencia ambiental, responsabilidades y personas que intervienen en la operación. CONSIDERACIONES La sociedad AGROCONSULTORIAS S.A.S, presentó la solicitud del trámite de Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, a partir del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, el cual será utilizado como herbicida de uso agrícola en el cultivo de pastos, de acuerdo con la información presentada en el proyecto de rotulado.

1. El producto GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, será formulado por NINGBO SYNAGROCHEM CO., LTD., de China.Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 12 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 33

2. El fabricante del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO es NINGBO

SYNAGROCHEM CO., LTD., de China.

Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 12 de 33

2. El fabricante del ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO es NINGBO

SYNAGROCHEM CO., LTD., de China.

De acuerdo con el proyecto de rotulado presentado, el cultivo, el blanco biológico a controlar, la dosis y número de aplicaciones recomendadas del producto GLIFOSATO SOUTHAGRO 480 SL, son los siguientes: Cultivo Blanco biológico Dosis (L/Ha) Número de aplicaciones recomendadas Pastos Malezas 2,0 – 4,0 1 Para el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO, el equipo evaluador ambiental, en adelante EEA, tiene las siguientes consideraciones respecto a la evaluación del riesgo ambiental: Para el componente suelo. De acuerdo con la información del análisis del riesgo ambiental, se considera que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO es persistente y no es móvil en suelo. Adicionalmente, el metabolito AMPA es persistente y se clasifica como no móvil en suelo. Para el componente agua subterránea. El potencial de lixiviación (GUS), determinado a partir de la ecuación de Gustafson, permite establecer que el ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO y el metabolito AMPA tuvieron un resultado de 2,84 y 2,83, respectivamente; por tal motivo, el ingrediente activo y metabolito mencionado presentan alto potencial de lixiviación hacia agua subterránea, por lo que se realizó una refinación de la evaluación en este componente empleando el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA para determinar la concentración de esta sustancia en agua subterránea. De los resultados obtenidos, se tiene que la concentración estimada en agua

componente empleando el modelo SciGrow, versión 2.3, de US EPA para determinar la concentración de esta sustancia en agua subterránea. De los resultados obtenidos, se tiene que la concentración estimada en agua subterránea para ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO y el metabolito AMPA se encuentran por debajo de los valores de concentración máxima aceptables de plaguicidas y otras sustancias químicas que se señalan en la Resolución 2115 de 2007 de los hoy Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Salud y Protección Social.Resolución No. 002166 Del 12 AGO. 2026 Hoja No. 13 de 33 “Por la cual se decide una solicitud de Dictamen Técnico Ambiental tendiente a la obtención del Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, y se adoptan otras determinaciones” Página 13 de 33 Para el componente agua superficial El ingrediente activo grado técnico GLIFOSATO para hidrólisis es estable. Para el caso de fotólisis, presenta una vida media de 77 días, por lo que se considera que el ingrediente activo es persistente en agua superficial. Para el componente aire El ingrediente activo grado técnico y el metabolito GLIFOSATO presentan una presión de vapor de 1,31 x 10 -5 Pa a 25°C y una degradación fotoquímica oxida

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