ANLA - Resolución 002251 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 002251 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 002251 (24 AGO. 2026) Página 1 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” El SUBDIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de las facultades legales establecidas en el numeral 6 del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el literal 2 del artículo tercero del Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, los literales 1 al 8 de artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto 1076 de 2015, el numeral 1 del artículo décimo del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 828 del 2 de mayo de 2025, el numeral 4 del artículo sexto de la Resolución 1226 del 27 de junio 2025, modificado por el artículo cuarto de la Resolución 3129 de 24 de noviembre de 2025 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, y,

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Que mediante Resolución 1544 del 20 de septiembre de 2016, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS, levantó de manera parcial la veda para especies pertenecientes a los grupos taxonómicos de Bromelias, Orquídeas y Líquenes, que serán afectadas por el desarrollo del proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía El 15 - San Carlos – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San

Carlos”.

afectadas por el desarrollo del proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía El 15 - San Carlos – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos”. Que mediante la Resolución 898 del 1 de agosto de 2017, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (en adelante esta Autoridad Nacional), otorgó Licencia Ambiental a la CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S, para la ejecución del proyecto denominado “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía El 15San Carlos – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos”; localizado en el municipio de San Carlos, departamento de Córdoba, licencia correspondiente al expediente LAV0011-00-2017. Que mediante el Auto 7570 del 3 de diciembre de 2018, esta Autoridad Nacional realizó el seguimiento y control ambiental al proyecto, requiriendo ajustar el Programa: MA-1 – Manejo de emisiones atmosféricas del plan de manejo ambiental planteando los objetivos, metas, medidas de manejo e indicadores de eficacia y efectividad, entre otras determinaciones.Resolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 2 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 2 de 72 Que mediante la Resolución 321 del 8 de marzo de 2019, esta Autoridad Nacional aprobó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad, para compensar 3.24 Ha correspondiente al ecosistema Arbustales del Zonobioma Seco Tropical del Caribe correspondiente al Distrito Biogeografico Choco_Magdalena Sinu_San_JorgeZonobioma

correspondiente al ecosistema Arbustales del Zonobioma Seco Tropical del Caribe correspondiente al Distrito Biogeografico Choco_Magdalena Sinu_San_JorgeZonobioma Seco Tropical del Caribe, presentado por la CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S mediante comunicación con radicación 2018138091-1-000 del 3 de octubre de 2018. Que mediante el Auto 10606 del 29 de noviembre de 2019, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental al proyecto, requiriendo la presentación los registros documentales que acrediten el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la licencia ambiental y en el plan de manejo ambiental aprobado, entre otras disposiciones. Que mediante el Acta 340 del 28 de septiembre de 2020, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental, requiriendo presentar información relacionada con el número real de árboles a plantar de acuerdo a los sistemas propuestos en el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad y presentar los soportes correspondientes al material vegetal plantado como medida de Compensación, entre otras disposiciones. Que mediante Auto 2715 del 29 de abril 2021, la ANLA avocó conocimiento del expediente ATV 00441, remitido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible correspondiente al trámite ambiental de levantamiento parcial de veda para las especies pertenecientes a los grupos taxonómicos de Bromelias, Orquídeas y Líquenes, en virtud del desarrollo del proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3 denominada vía El 15 – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos”, a cargo de la CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S., el cual entra a hacer parte de la Licencia Ambiental otorgada mediante

(PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos”, a cargo de la CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S., el cual entra a hacer parte de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 898 del 1 de agosto de 2017 correspondiente al expediente ATV0441-00-2020 a fin de adelantar las actuaciones administrativas a que haya lugar. Que mediante la Resolución 1917 del 29 de octubre de 2021, esta Autoridad Nacional autorizó la cesión parcial de las obligaciones contenidas en el Artículo 5, el numeral 2 del Artículo 8 y el artículo 9 de la Resolución 1544 del 20 de septiembre de 2016, por la cual se levantó de manera parcial la veda para las especies pertenecientes a los grupos taxonómicos de Bromelias, Orquídeas y Líquenes, actuaciones contenidas en el expediente ATV0441-00-2020 que hacen parte del expediente LAV0011-00-2017, a favor de la FUNDACIÓN RESTAURAR HÁBITAT. En efecto, a la fecha se tiene que las obligaciones de levantamiento de veda cedidas parcialmente y se encuentran en el expediente LAV004400-2025, respecto de las cuales se seguirá haciendo ejercicios de control y seguimiento ambiental. Que mediante el Acta 718 del 23 de diciembre de 2021, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental, requiriendo aclarar la situación evidenciada en el Seguimiento Documental Espacial SDE No. 29064 del 12 de abril de 2021 donde se identificaron 6 franjas de la Variante El Quince - San Carlos, superpuestas con área de exclusión correspondientes y presentar actualizada la Base de Datos Geográfica temática del proyecto, entre otras disposiciones.

identificaron 6 franjas de la Variante El Quince - San Carlos, superpuestas con área de exclusión correspondientes y presentar actualizada la Base de Datos Geográfica temática del proyecto, entre otras disposiciones. Que mediante Auto 635 del 11 de febrero de 2022, la ANLA efectuó seguimiento y control ambiental al expediente ATV0441-00-2020, requiriendo a la FUNDACIÓN MISIÓN RESTAURAR HABITAT registrar ante la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge – CVS, las plantaciones forestales, cerca viva, barreras rompevientosResolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 3 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 3 de 72 y sombríos de finalidad protectora o protectora-productora que se realicen en el proceso de enriquecimiento vegetal e incluir el cronograma de actividades de la medida de manejo, en concordancia con el cronograma de ejecución de obra, donde se especifique la fecha de inicio de las obras del proyecto y la fecha de inicio de las acciones de enriquecimiento vegetal, entre otras disposiciones. Siendo importante indicar que, a la fecha, las actividades de control y seguimiento ambiental desarrolladas en el auto en mención no corresponden al expediente LAV011-00-2017, toda vez que corresponden al expediente LAV0044-002025. Que mediante el Acta 582 del 7 de septiembre de 2022, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental requiriendo presentar la efectividad de las acciones denominadas “Instalación de señales de tránsito” y la “Mitigación del efecto barrera” y la implementación de medidas de manejo (aislamiento, encausamiento con vegetación nativa,

denominadas “Instalación de señales de tránsito” y la “Mitigación del efecto barrera” y la implementación de medidas de manejo (aislamiento, encausamiento con vegetación nativa, señalización, entre otras) que garanticen la eficiencia de los pasos de fauna silvestre de acuerdo a la “Medida 6 Mitigación del efecto barrera” de la Ficha MB-5. Manejo de la Fauna silvestre, entre otras disposiciones. Que mediante el Auto 9330 del 24 de octubre de 2022, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental, requiriendo a la FUNDACIÓN MISIÓN RESTAURAR HÁBITAT registrar ante la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge – CVS, las plantaciones forestales, cerca viva, barreras rompevientos y sombríos de finalidad protectora o protectora-productora que se realicen en el proceso de enriquecimiento vegetal y allegar a esta Autoridad Nacional el sexto informe semestral de seguimiento y monitoreo para la medida de enriquecimiento vegetal, entre otras disposiciones. Que mediante el Acta 593 del 15 de septiembre de 2023, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental requiriendo a la sociedad CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S presentar el registro de la plantación protectora ante la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge – CVS de los individuos sembrados en el marco de la medida 6 "Compensación por tala” de la Ficha MB-2 Manejo del aprovechamiento forestal, arreglar la plataforma del paso de fauna ubicado en el K15+830, entre otras disposiciones. Que mediante el Acta 228 del 30 de abril de 2024, esta Autoridad Nacional realizó

forestal, arreglar la plataforma del paso de fauna ubicado en el K15+830, entre otras disposiciones. Que mediante el Acta 228 del 30 de abril de 2024, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental requiriendo a la sociedad CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S la presentación del diagnóstico de los individuos arbóreos en general de la Compensación por tala, identificando aquellos que requerirán reemplazo y/o algún tratamiento especial, la presentación de la certificación del registro de la plantación forestal ante la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge – CVS de los individuos sembrados, entre otras disposiciones. Que mediante el Acta 527 del 29 de julio de 2025, esta Autoridad Nacional realizó seguimiento y control ambiental requiriendo a la sociedad CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S la presentación de la localización geográfica de los 343 individuos sembrados y establecidos por especie vegetal para la compensación por tala en La Hacienda San José; la presentación de un balance de los objetivos, metas, indicadores, resultados y acciones desarrolladas para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad, entre otras disposicionesResolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 4 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 4 de 72 Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256201008882 del 25 de agosto de 2025 la CONCESION RUTA AL MAR SAS, presentó el informe de cumplimiento Ambiental 17, correspondiente al proyecto San Carlos durante el periodo comprendido entre el 1 de

Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256201008882 del 25 de agosto de 2025 la CONCESION RUTA AL MAR SAS, presentó el informe de cumplimiento Ambiental 17, correspondiente al proyecto San Carlos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio del 2025, en cumplimiento de la Resolución ANLA 898 del 01 de agosto de 2017. Que mediante Resolución 2909 del 7 de noviembre de 2025, esta Autoridad Nacional aclaró los artículos primero, segundo, cuarto y sexto de la Resolución 1917 de 29 de octubre de 2021, en el sentido de indicar que el nombre correcto de la sociedad cesionaria es FUNDACIÓN MISIÓN RESTAURAR HÁBITAT, identificada con NIT 900924892-3, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo y se creó el expediente LAV0044-00-2025 para el correspondiente control y seguimiento ambiental a las obligaciones de levantamiento de veda cedidas parcialmente a favor de la Fundación Misión Restaurar Hábitat. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20256201472132 del 25 de noviembre de 2025 la CONCESION RUTA AL MAR SAS., solicitó ante esta Autoridad Nacional, se dé cumplimiento al procedimiento previsto en el Articulo 2.2.2.3.9.2 del decreto 1076 del 2015 en el sentido de dar por cumplidas las obligaciones ejecutadas y para ello, solicitando el cierre y archivo del expediente. Que mediante oficio 20254801160221 del 30 de diciembre de 2025 la Autoridad Nacional de licencias Ambientales da respuesta al comunicado con radicado ANLA 20256201472132 del 25 de noviembre de 2025 enviado por la CONCESION RUTA AL MAR SAS, el contenido

de licencias Ambientales da respuesta al comunicado con radicado ANLA 20256201472132 del 25 de noviembre de 2025 enviado por la CONCESION RUTA AL MAR SAS, el contenido del oficio informa que la Autoridad Ambiental en el marco de las actividades de control y seguimiento ambiental durante la vigencia 2026, realizará el análisis correspondiente al cumplimiento de las obligaciones vigentes del instrumento ambiental, así como de aquellas obligaciones relacionadas con las actividades de desmantelamiento y abandono, y, posteriormente, se pronunciará de manera formal mediante actuación administrativa. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20266200162532 del 6 de febrero de 2026, la CONCESION RUTA AL MAR SAS solicitó cierre del expediente LAV0011-00-2017Proyecto “Construcción de la Variante San Carlos, reiterando a esta Autoridad Nacional la solicitud de emitir un pronunciamiento de fondo, mediante la expedición del acto administrativo que declare el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo décimo primero de la Resolución 898 del 1 de agosto de 2017 y en la ficha MB-2 Manejo de Aprovechamiento Forestal y en consecuencia, se disponga el archivo del expediente correspondiente. Que mediante comunicación con radicado ANLA 20266200229922 del 20 de febrero de 2026, la CONCESION RUTA AL MAR SAS, presentó el Informe de Cumplimiento Ambiental 18 que reporta las actividades del Proyecto “Construcción de la Variante San Carlos para el periodo comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre del 2025, en cumplimiento de la Resolución ANLA 898 del 01 de agosto de 2017. Que mediante radicado ANLA 20266200398172 del 27 de marzo de 2026, la CONCESION

el periodo comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre del 2025, en cumplimiento de la Resolución ANLA 898 del 01 de agosto de 2017. Que mediante radicado ANLA 20266200398172 del 27 de marzo de 2026, la CONCESION RUTA AL MAR SAS, presentó solicitud a la ANLA para que se pronuncie de fondo mediante la expedición de un acto administrativo que declare el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo décimo primero de la resolución 898 del 1 de agosto de 2017 y laResolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 5 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 5 de 72 ficha MB 2 Manejo de aprovechamiento forestal y con ello proceda al cierre y archivo del Expediente LAV0011-00-2017. Que mediante el Concepto Técnico 6187 del 5 de junio de 2026, esta Autoridad Nacional verificó el estado del proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía El 15San Carlos – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos”, como también el cumplimiento de las obligaciones contempladas en los diferentes actos administrativos y demás documentos obrantes dentro del expediente LAV0011-00-2017, recomendando la terminación y archivo del expediente, el cual se acoge en el presente acto administrativo. CONSIDERACIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA realizó la verificación de los aspectos referentes al proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía

– ANLA La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA realizó la verificación de los aspectos referentes al proyecto “Construcción de la Unidad Funcional 3.3. denominada vía El 15 - San Carlos – San Carlos (PR10+000 al PR22+500) – Variante San Carlos” e igualmente efectuó una revisión de los documentos obrantes en el expediente LAV001100-2017 verificando los aspectos referentes al cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 898 del 1 de agosto de 2017 emitiendo el Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026, el cual sirve de soporte y fundamento a las disposiciones que se incluyen en el presente acto administrativo: “(…) ALCANCE El objetivo del presente seguimiento ambiental consiste en la verificación de los aspectos referentes al proyecto: “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, con base en información documental, cartográfica y alfanumérica presentada por el titular del instrumento de manejo y control ambiental, la Sociedad Concesión Ruta al Mar S.A.S., con corte documental al 10 de abril de 2026, que incluye los Informes de Cumplimiento Ambiental: ICA 17 (1 de enero al 30 de junio de 2025) e ICA 18 (1 de julio al 31 de diciembre de 2025) y lo observado en la visita de control y seguimiento realizada por el Equipo de Seguimiento Ambiental – ESA de la ANLA entre el 16 y 17 de abril de 2026. Etapa en la que se encuentra el proyecto De acuerdo a la información obrante en el expediente LAV0011-00-2017, se pudo establecer que el proyecto se encuentra en etapa de Operación, ya que de acuerdo con la con la comunicación con

2026. Etapa en la que se encuentra el proyecto De acuerdo a la información obrante en el expediente LAV0011-00-2017, se pudo establecer que el proyecto se encuentra en etapa de Operación, ya que de acuerdo con la con la comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 del 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4 la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”. (…) Objetivo del proyectoResolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 6 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 6 de 72 El proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos” tiene como objetivo la construcción de una vía nacional de primer orden que organice el tráfico de tal forma que los vehículos que circulan por la ruta al mar no tengan que ingresar al casco urbano del Municipio de San Carlos (Córdoba). Localización El proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, se encuentra ubicado en el departamento de Córdoba, municipio de San Carlos, en las veredas Cabuya, Coroza Bajo y Arroyo Grande como en los barrios Remedia Pobre y Porvenir del centro poblado de este municipio. (…)

departamento de Córdoba, municipio de San Carlos, en las veredas Cabuya, Coroza Bajo y Arroyo Grande como en los barrios Remedia Pobre y Porvenir del centro poblado de este municipio. (…) (Ver Figura 1. “Área del proyecto”. Fuente. GEOVISOR ANLA 4 de abril de 2026. Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026.) (…) Estado de avance El proyecto se encuentra en etapa de operación, lo cual fue posible establecer con base en la comunicación con radicado comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 del 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4 la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono de la infraestructura temporal empelada en la fase de construcción del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, este fue verificado a través del concepto técnico 04711 del 31 de julio de 2020 acogido por el Acta 340 del 28 de septiembre del 2020. Así como lo evidenciado en la visita de seguimiento y control ambiental realizada por ANLA, durante los días 16 y 17 de abril de 2026 a las áreas del proyecto, donde se pudo constatar que el proyecto se encuentra en operación y que no se están realizando actividades propias de la etapa constructiva, como se evidencia a continuación: (…) (Ver Fotografía 1. “Recorrido vía variante San Carlos, Concesión Ruta Al Mar SAS”. Fuente.

realizando actividades propias de la etapa constructiva, como se evidencia a continuación: (…) (Ver Fotografía 1. “Recorrido vía variante San Carlos, Concesión Ruta Al Mar SAS”. Fuente. Profesional Biótico Pacifico Rio Cauca – ANLA 16 de abril de 2026. Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026.) (…) (Ver Fotografía 2. “Recorrido vía variante San Carlos, Concesión Ruta Al Mar SAS”. Fuente. Profesional Biótico Pacifico Rio Cauca – ANLA 16 de abril de 2026. Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026.) (…) Así mismo, fue visitada el área de ZODME que autorizó la licencia donde la Concesión manifestó no haberlo utilizado por lo que durante la verificación también se observó que en efecto el área no fue modificada, siendo consecuente con lo que expreso la Concesión. (…) (Ver Fotografía 3. “Recorrido Área ZODME, vía variante San Carlos, Concesión Ruta Al Mar SAS”. Fuente. Profesional Biótico Pacifico Rio Cauca – ANLA 16 de abril de 2026. Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026.)Resolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 7 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 7 de 72 (…) Lo anterior igualmente fue corroborado con la información cartográfica GDB enviada en la información del ICA 17 y ICA 18, y esta Autoridad pudo evidenciar que la información era concordante con lo evidenciado en campo, a continuación, en las imágenes se puede observar que

Lo anterior igualmente fue corroborado con la información cartográfica GDB enviada en la información del ICA 17 y ICA 18, y esta Autoridad pudo evidenciar que la información era concordante con lo evidenciado en campo, a continuación, en las imágenes se puede observar que el polígono reportado en las GDB corresponde al área visitada en conjunto con el personal de la concesión (Ver Figura 2. “Verificación del polígono ZODME de la GDB con la visita de campo, Concesión Ruta Al Mar SAS”. Fuente. Profesional Biótico Pacifico Rio Cauca – ANLA 16 de abril de 2026. Concepto Técnico 6187 del 05 de junio de 2026.) De lo anterior es posible concluir que todas las actividades del proyecto efectivamente terminaron, de manera conjunta la solicitud de la Sociedad de dar cierre al expediente. CAMBIOS MENORES El seguimiento a este numeral No aplica, toda vez que según la información obrante en el expediente LAV0011-00-2017, no se encontró solicitudes de cambios menores, adicionalmente, el proyecto se encuentra en etapa de Operación y Mantenimiento según comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 del 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4 la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, el cual fue

2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, el cual fue evaluado y aprobado en el concepto técnico 04711 del 31 de julio de 2020 acogido por el Acta 340 del 28 de septiembre del 2020. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN PÚBLICA (…) Denuncias ambientales. Para presente período de seguimiento con corte documental a 10 de abril de 2026, no fueron halladas denuncias ambientales asociadas al expediente LAV0011-00-2017, por lo que el análisis de este numeral no aplica. CUMPLIMIENTO DE PLANES Y PROGRAMAS A continuación, se presenta el estado de cumplimiento de los Planes y Programas del Proyecto, establecidos mediante los actos administrativos relacionados en los antecedentes del expediente LAV0011-00-2017, lo verificado en la visita de control y seguimiento ambiental realizada los días 16 y 17 de abril de 2026, lo reportado por el titular del instrumento de manejo y control durante el periodo correspondiente al presente seguimiento, y la información en general con que cuenta la ANLA como autoridad ambiental: Aplicabilidad de las fichas del PMA en el periodo de seguimiento El presente período de seguimiento corresponde al período ICA 17 (01 de enero al 30 de junio del 2025) y ICA 18 (01 de julio al 31 de diciembre del 2025) con corte documental a 10 de abril de 2026), por lo que a continuación, se indica la aplicabilidad o no de las fichas del PMA.Resolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 8 de 72

por lo que a continuación, se indica la aplicabilidad o no de las fichas del PMA.Resolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 8 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 8 de 72 Aplicabilidad fichas PMA en el periodo de seguimiento Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad Medio Abiótico MA-1 Manejo de emisiones atmosféricas NO MA-2 Manejo de ruido NO MA-3 Manejo de residuos líquidos NO MA-4 Manejo de residuos convencionales (no peligrosos) y peligrosos NO MA-5 Manejo de ZODMES NO MA-6 Manejo de cruces con cuerpos de agua NO MA-7 Manejo de maquinaria equipos y vehículos Resolución 898 del 1 de agosto de 2017 NO Para el componente abiótico en el presente periodo de seguimiento ICA 17 (1 de enero al 30 de junio de 2025) y ICA 18 (1 de julio al 31 de diciembre de 2025) no aplican las fichas del PMA, en razón a que, el proyecto se encuentra en etapa de operación según comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 del 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4, donde la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de

S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, el cual fue evaluado y aprobado en el concepto técnico 04711 del 31 de julio de 2020 acogido por el Acta 340 del 28 de septiembre del 2020. Lo anterior igualmente fue corroborado en la visita técnica de control y seguimiento ambiental realizada durante los días 16 y 17 de abril de 2026, donde se evidenció que el proyecto no está realizando actividades constructivas y se encuentra en etapa de operación. Medio Biótico MB-1 Manejo de la remoción de cobertura vegetal y descapote Resolución 898 del 1 de agosto de 2017 NO Para el presente periodo de seguimiento ICA 17 (1 de enero al 30 de junio de 2025) y ICA 18 (1 de julio al 31 de diciembre de 2025) no aplican las fichas del PMA, en razón a que, el proyecto se encuentra en etapa de operación según comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 delResolución No. 002251 Del 24 AGO. 2026 Hoja No. 9 de 72 “Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 9 de 72 Código Ficha Nombre Acto

“Por la cual se da por terminada una licencia ambiental y se ordena el archivo de un expediente” Página 9 de 72 Código Ficha Nombre Acto Administrativo que autoriza la ficha Aplica Justificación de la no aplicabilidad 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4, donde la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que, el proyecto se encontraba con un avance del 100% de las actividades constructivas adicionalmente en la información presentada en el ICA 5 con radicado ANLA 2019200580-1-000 del 19 de diciembre del 2019 la concesión presentó el Plan de desmantelamiento y abandono del proyecto “Construcción de la variante vía El Quince – San Carlos”, el cual fue evaluado y aprobado en el concepto técnico 04711 del 31 de julio de 2020 acogido por el Acta 340 del 28 de septiembre del 2020. Lo anterior igualmente fue corroborado en la visita técnica de control y seguimiento ambiental realizada durante los días 16 y 17 de abril de 2026, donde se evidenció que el proyecto no está realizando actividades constructivas y se encuentra en etapa de operación. MB-2 Manejo del aprovechamiento forestal SI Para el presente periodo de seguimiento ICA 17 (1 de enero al 30 de junio de 2025) y ICA 18 (1 de julio al 31 de diciembre de 2025), fue evaluado el requerimiento 2 relacionado con la medida de manejo 6 de esta ficha, a través del Acta 527 del 29 de julio de 2025. MB-3 Empradización y revegetalización NO

de diciembre de 2025), fue evaluado el requerimiento 2 relacionado con la medida de manejo 6 de esta ficha, a través del Acta 527 del 29 de julio de 2025. MB-3 Empradización y revegetalización NO MB-5 Manejo de la Fauna silvestre NO Para el presente periodo de seguimiento ICA 17 (1 de enero al 30 de junio de 2025) y ICA 18 (1 de julio al 31 de diciembre de 2025) no aplican las fichas del PMA, en razón a que, el proyecto se encuentra en etapa de operación según comunicación con radicado ANLA 2019077438-1-000 del 7 de junio de 2019 en la información entregada en el ICA 4, donde la Concesión Ruta al Mar S.A.S., informó que

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