ANLA - Resolución 003565 de 2025
Detalles
- Título
- ANLA - Resolución 003565 de 2025
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 003565 (17 DIC. 2025) Página 1 de 11 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones”
LA ASESORA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 1442 del 14 de agosto de 2008, del hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las Resoluciones 2930 del 10 de noviembre de 2025 y 3129 del 24 de noviembre de 2025, emanadas de esta Autoridad, y CONSIDERANDO QUE Por medio de la Resolución 599 del 9 de abril de 2024, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió a nombre de la sociedad AGRINET S.A.S., con NIT. 900.358.377-3, el Dictamen Técnico Ambiental para el producto formulado FEELING 500 SC, a partir de los ingredientes activos grado técnico FENHEXAMID y FLUAZINAM. El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, por medio de oficio con radicación 20256200880652 del 28 de julio de 2025, trasladó a esta Autoridad Nacional, la solicitud presentada por la sociedad AGRINET S.A.S., con el objeto de modificar el
El Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, por medio de oficio con radicación 20256200880652 del 28 de julio de 2025, trasladó a esta Autoridad Nacional, la solicitud presentada por la sociedad AGRINET S.A.S., con el objeto de modificar el Dictamen Técnico Ambiental emitido mediante la Resolución 599 del 09 de abril de 2024, en el sentido de cambiar el nombre del producto formulado por el de
ALCATRAZ 500 SC.
Mediante el Auto 6676 del 1 de agosto de 2025, esta Autoridad Nacional inició a nombre de la sociedad AGRINET S.A.S., el trámite administrativo de modificación de la Resolución 599 del 09 de abril de 2024, en el sentido de cambiar el nombre del producto formulado por el de ALCATRAZ 500 SC.Resolución No. 003565 Del 17 DIC. 2025 Hoja No. 9 de 11 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 9 de 11 RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. – Modificar el Dictamen Técnico Ambiental, emitido mediante la Resolución 599 del 9 de abril de 2024, a nombre de la sociedad AGRINET S.A.S., con NIT. 900.358.377-3, para el producto formulado FEELING 500 SC, a partir de los ingredientes activos grado técnico FENHEXAMID y FLUAZINAM, en el sentido de cambiar el nombre del producto formulado por el de ALCATRAZ 500 SC, de conformidad con lo expuesto en el presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. La sociedad AGRINET S.A.S., deberá presentar en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental, la etiqueta del producto formulado
ALCATRAZ 500 SC, de conformidad con lo expuesto en el presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO. La sociedad AGRINET S.A.S., deberá presentar en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental, la etiqueta del producto formulado ALCATRAZ 500 SC, aprobada por el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA. ARTÍCULO TERCERO. – Los demás términos, condiciones y obligaciones contenidos en la Resolución 599 del 9 de abril de 2024, que no fueron objeto de modificación expresa o pronunciamiento en el presente acto administrativo, conservan su vigencia y son de obligatorio cumplimiento. ARTÍCULO CUARTO. – Notificar el presente acto administrativo al representante legal, apoderado debidamente constituido y/o a la persona debidamente autorizada de la sociedad AGRINET S.A.S., o a quien haga sus veces, de conformidad con los artículos 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. – En el evento en que el titular del presente Dictamen Técnico Ambiental entre en proceso de disolución o régimen de insolvencia empresarial o liquidación regulados por las normas vigentes, informará inmediatamente de esta situación a esta Autoridad, con fundamento, entre otros, en los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 95 numeral 8 de la Constitución Política de 1991, en la Ley 43 de 1990, en la Ley 222 de 1995, en la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 del 25 de julio de 2024 y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable.
PARÁGRAFO: La sociedad AGRINET S.A.S., deberá aprovisionar contablemente
la Ley 2387 del 25 de julio de 2024 y demás normas vigentes y la jurisprudencia aplicable.
PARÁGRAFO: La sociedad AGRINET S.A.S., deberá aprovisionar contablemente las obligaciones contingentes que se deriven de la existencia de un procedimiento ambiental sancionatorio conforme con el artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 2387 del 25 de julio de 2024 o la norma que la adicione, modifique o derogue.
ARTÍCULO SEXTO. - Comunicar este acto administrativo al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Procuraduría delegada con funciones mixtas 3: para Asuntos Ambientales, Minero energéticos y Agrarios y al Instituto Colombiano Agropecuario – ICA.Resolución No. 003565 Del 17 DIC. 2025 Hoja No. 10 de 11 “Por la cual se modifica un Dictamen Técnico Ambiental y se adoptan otras determinaciones” Página 10 de 11 ARTÍCULO SÉPTIMO. – Publicar en la Gaceta Ambiental de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, el encabezado y la parte resolutiva del presente acto administrativo de conformidad con los términos señalados en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993. ARTÍCULO OCTAVO. - Contra la presente Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse por escrito en la diligencia de Notificación Personal o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 74, 76, 77 y siguientes de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
dispuesto en los artículos 74, 76, 77 y siguientes de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 17 DIC. 2025
CLAUDIA LILIANA QUIJANO
ASESORA
ALEXANDRA GARZON SARMIENTO
CONTRATISTA
HELENA ANDREA HERNANDEZ MARTINEZ
CONTRATISTA
Expediente No. LAM9368-00 Concepto Técnico 11026 del 5 de diciembre de 2025
Fecha: 15 de diciembre de 2025
Proceso No.: 20251000035654
Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad