ANLA - Resolución 003588 de 2025

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Resolución 003588 de 2025
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 003588 (19 DIC. 2025) Página 1 de 4 “Por medio de la cual se niega una solicitud de Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal y se toman otras determinaciones” EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto 1076 de 2015, y en cumplimiento de lo establecido en las Resoluciones 762 de 2022,1226 de 2025 modificada por la 3129 de 2025, y 3330 de 2025 y

CONSIDERANDO QUE: La sociedad VENTO MOTOS COLOMBIA S.A.S., con NIT 901.680.494-1, radicó ante esta Autoridad la solicitud de aprobación del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica

(CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal, correspondiente al expediente No. PDA3248-00-2025, mediante la comunicación de radicado 20256201270522 del 15 de octubre y número VITAL 6800090168049425009, para la Motocicleta marca VENTO modelo CRUISER 200, código de identificación PCM6J, año modelo 2026. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA emitió el Concepto Técnico 11384 del 15 de diciembre de 2025, fundamento del presente acto administrativo, en el que concluyó que no es viable aprobar la solicitud del

la ANLA emitió el Concepto Técnico 11384 del 15 de diciembre de 2025, fundamento del presente acto administrativo, en el que concluyó que no es viable aprobar la solicitud del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal referida anteriormente. CONSIDERACIONES JURÍDICAS En cumplimiento de los requisitos legales para la expedición del reglamento técnico, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 762 de 20221. Revisada la documentación técnica aportada por las sociedades solicitantes, el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad emitió el Concepto Técnico 11384 del 15 de diciembre de 2025 y determinó que 1 “Por la cual se reglamentan los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres, se reglamentan los artículos 2.2.5.1.6.1, 2.2.5.1.8.2 y 2.2.5.1.8.3 del Decreto 1076 de 2015 y se adoptan otras disposiciones”Resolución No. 003588 Del 19 DIC. 2025 Hoja No. 2 de 4 “Por medio de la cual se niega una solicitud de Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 la solicitud de aprobación del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica, objeto del presente acto, no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución

determinaciones” Página 2 de 4 la solicitud de aprobación del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica, objeto del presente acto, no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución 762 de 2022, tal como se indican los numerales 2.1 y 5.1 del citado concepto; razón por la cual no es posible emitir el CEPD, ni otorgar el Visto Bueno por Protocolo de Montreal pretendido. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El numeral 1 del artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011 establece, dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), de conformidad con la ley y los reglamentos. Así mismo, el numeral 1 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 asignó a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA la función de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividades de su competencia, de acuerdo con la normativa vigente; y el numeral 8° del artículo 8° de la Resolución 1226 del 27 de junio de 2025 modificada por la Resolución 3129 del 24 de noviembre de 2025, delega por parte de la Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, la función de aprobar o negar los Certificados de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD). En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

en la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales, la función de aprobar o negar los Certificados de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD). En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Negar el Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal solicitado por la sociedad VENTO MOTOS COLOMBIA S.A.S., con NIT 901.680.494-1, correspondiente al expediente No. PDA324800-2025, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto. PARÁGRAFO. La sociedad VENTO MOTOS COLOMBIA S.A.S., podrá presentar nuevamente la solicitud de aprobación del Certificado de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal, con el lleno de los requisitos legales, para su correspondiente evaluación. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad VENTO MOTOS COLOMBIA S.A.S., a través de su representante legal, apoderado debidamente constituido o persona autorizada para el efecto. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 11384 del 15 de diciembre de 2025. ARTÍCULO TERCERO. Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo, ordenar el archivo definitivo del expediente PDA3248-00-2025. ARTÍCULO CUARTO. Publicar el contenido del presente acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.Resolución No. 003588 Del 19 DIC. 2025 Hoja No. 3 de 4 “Por medio de la cual se niega una solicitud de Certificado de Emisiones por Prueba

de esta Entidad.Resolución No. 003588 Del 19 DIC. 2025 Hoja No. 3 de 4 “Por medio de la cual se niega una solicitud de Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 ARTÍCULO QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con los requisitos establecidos en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 20112.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 19 DIC. 2025

JORGE ALBERTO SANABRIA MORALES

SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

JOHANNA MONTES ACOSTA

CONTRATISTA

Expediente No. PDA3248-00-2025 Concepto Técnico N° 11384 del 15 de diciembre de 2025

Fecha: 18 de diciembre de 2025

Proceso No.: 20255000035884

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Resolución No. 003588 Del 19 DIC. 2025 Hoja No. 4 de 4 “Por medio de la cual se niega una solicitud de Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD) y Visto Bueno por Protocolo de Montreal y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4

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