ANM - Auto 18 de 2025
ANM - Agencia Nacional de Minería
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Detalles
- Título
- ANM - Auto 18 de 2025
- Autor
- ANM - Agencia Nacional de Minería
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
AgenciaNacional de Minería AUTO NÚMERO__ 108 DE 22/ABR/2025 “Por medio del cual se suspende la celebración de la Audiencia Pública Minera,en el municipio de Chivor, departamento de Boyacá" LA COORDINACIÓN DEL GRUPO DE CONTRATACIÓN MINERA En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el DecretoNo. 4134 del 03 de noviembre de 2011, la Resolución No. 839 del 3 de diciembrede 2024, por medio de la cual se asignan y modifican algunas funcionesestablecidas en la Resolución No 206 del 26 de marzo de 2013, modificada porla Resolución 223 del 29 de abril de 2021, la Resolución No. 130 del 08 de marzode 2022, la Resolución No. 681 del 29 de noviembre de 2022, la Resolución No.915 del 19 de octubre de 2023, la Resolución 839 del 3 de diciembre de 2024 yla Resolución No. 1099 del 22 de diciembre de 2023, expedidas por la AgenciaNacional de Minería; teniendo en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDO
Que la Honorable Corte Constitucional en Sentencia SU-095 de 2018 fijó criteriospara la definición de mecanismos de participación ciudadana e instrumentos decoordinación y concurrencia nación territorio específicos para la explotación delsubsuelo y de recursos naturales no renovables -RNNR. En tal sentido ordenó ala Agencia Nacional de Minería mantener y fortalecer los programas y proyectospara robustecer el diálogo, la comunicación y la información con las entidadesterritoriales y sus autoridades locales, así como aplicar la estrategia departicipación ciudadana.Que por su parte mediante Circular No. 6 de 2023 expedida por la ProcuraduríaGeneral de la Nación, se exhorta entre otras a la Agencia Nacional de Minería, agarantizar el ejercicio del derecho a la participación ciudadana pluralista ymaterializar instrumentos de coordinación y concurrencia entre los sectoresnacionales y el territorio, específicos para la explotación del subsuelo y de losrecursos naturales no renovables.Que en virtud de lo anterior, a través de la Resolución No. 1099 del 22 dediciembre de 2023, modificada parcialmente por la Resolución No. 558 de 2024,la Agencia Nacional de Minería (ANM) adoptó el procedimiento de AudienciaPública Minera, con el objeto de “(...) garantizar el derecho a la participaciónreal, inclusiva y efectiva de la comunidad, organizaciones sociales y entidadespúblicas y privadas en los procesos de titulación minera; así como la aplicaciónde los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en el proceso detitulación minera con el fin de armonizar la legislación ambiental, las políticas ynormas municipales y/o departamentales con el desarrollo de los
proyectosmineros”, el cual inició en el mes de octubre de 2024 en el municipio de Chivor(Boyacá).Que el día 22 de noviembre de 2024 se llevó a cabo la reunión de coordinacióny concurrencia entre el municipio de Chivor y la Agencia Nacional de Minería,analizando la información geológica, ambiental y minera del municipio,especificamente para las solicitudes de contrato de concesión que seencontraban viabilizadas a la fecha, correspondientes a las solicitudes Nos.506459 y 505974, a efectos de lograr la aplicación de los principios decoordinación, concurrencia y subsidiariedad en el proceso de titulación minera,
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con el fin de armonizar las políticas del municipio y sus normas, y el desarrollode proyectos mineros. Así mismo se analizaron conjuntamente las condicionesdel área de las solicitudes, basados en el instrumento de ordenamiento territorialvigente.Que en consecuencia de lo anterior y adelantados los trámites del procedimientode Audiencias Públicas Mineras, mediante Auto No. 032 del 19 de marzo de 2025,notificado por estado No. GGDN-2025-EST-051 del 20 de marzo de 2025, elGrupo de Contratación Minera de la Vicepresidencia de Contratación y Titulaciónen el marco del procedimiento de Audiencias Públicas Mineras, garantizando losmecanismos de participación ciudadana e instrumentos de Coordinación yConcurrencia entre la Nación y el territorio para la explotación del subsuelo yRecursos Naturales No Renovables - RNNR, ordenó en su artículo primero lacelebración de la Audiencia Pública Minera en el municipio de Chivor en eldepartamento de Boyacá.Que en el artículo cuarto del mencionado Auto, se indicó que la Audiencia PúblicaMinera se llevaría a cabo el día veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco(2025), en el Aula Multifuncional, en el municipio de Chivor, Departamento deBoyacá, a las 08:00 a.m.Que la Juez Octava de Familia de Bogotá dentro del trámite de la acción de tutelabajo radicado No.11001-3110-008-2025-0247-00, impetrada por la empresaMineros de Novita S.A.S., mediante Auto del día veintidós (22) de abrilde dosmil veinticinco (2025),
resuelve "PRIMERO: ORDENAR la a SUSPENSION de laAudiencia Pública Minera prevista para llevarse a cabo el 23 de abril de 2025, enel municipio de Chivor, departamento de Boyacá, hasta que se resuelva de fondola presente acción de tutela”.Que conforme a lo ordenado por la señora Juez, y según lo dispuestoanteriormente, se hace necesario suspender la realización de la AudienciaPública Minera que se llevaría a cabo el día veintitrés (23) de abril de dos milveinticinco (2025), en el Aula Multifuncional, en el municipio de Chivor,Departamento de Boyacá, a las 08:00 a.m.Que la presente decisión se adopta con base en la decisión judicial emitida porel Juzgado Octavo de Familia de Bogotá D.C.Que en mérito de lo expuesto,
DISPONE ARTÍCULO 1. - SUSPENDER la celebración de la Audiencia Pública Minera enel municipio de Chivor, departamento de Boyacá, en atención a lo ordenado porla Juez Octava de Familia de Bogotá dentro del trámite de tutela bajo radicadoNo.11001-3110-008-2025-0247-00 impetrada por la empresa Mineros de NovitaS.A.S. en contra de la Agencia Nacional de Minería, hasta tanto se decida defondo la mencionada acción constitucional.ARTÍCULO 2. - NOTIFICACIÓN DE LA COMUNIDAD. Se ordena lapublicación del presente Auto en la página electrónica de la Agencia Nacional deMinería a través del Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, en el Puntode Atención Regional de la Agencia Nacional de Minería, en la Alcaldía delmunicipio de Chivor, se fijará en un lugar visible a partir de la notificación porestado hasta el día de la celebración de la audiencia, de conformidad con elartículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo. Página 2 de 3AgenciaNacional de Minería ARTÍCULO 3. - NOTIFICACIÓN. Por medio del Grupo de Gestión Documentaly Notificaciones de la Vicepresidencia Administrativa y Financiera de la AgenciaNacional de Minería, NOTIFÍQUESE POR ESTADO el presente actoadministrativo a los interesados de las propuestas de contrato de concesiónrelacionadas en la parte motiva, de conformidad con el artículo 269 del Códigode Minas. ARTÍCULO 4. - RECURSOS. Contra el presente auto no procede recurso alguno,por ser un acto administrativo de ejecución y trámite de conformidad con elartículo 75 de la Ley 1437 de 2011.Dada en Bogotá D.C., 22/ABR/2025
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE KARINA MARGARIT SRTEGA MILLERCoordinadora Grupo de Contratación Minera Proyecto: NCP - Abogada contratista GCM,Revisó: LCSL - Abogada contratista GCM. ~NCP - Abogada contratista GCM; Página 3 de 3