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ANM - Concepto 20201200273771 de 2020

ANM - Agencia Nacional de Minería

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Detalles

Título
ANM - Concepto 20201200273771 de 2020
Autor
ANM - Agencia Nacional de Minería
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

AGENCIA NACIONAL DE

M1NERIA

DIM Bogota D.C., 27-01-2020 16:04 PM 1[1ULI IMO 011 FLUERadicado ANM No 20201200273771 Senor GEYNER ANTONIO CAMARGO CADENA gacc27hotmail,com

Celular: 3118893558

Calle 16 No. 9-11

Sogamoso - Boyaca Asunto: Articulo 28 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo — Liberaci6n de Areas Cordial saludo.

De conformidad con la solicitud de concepto por usted presentada mediante radicado 20199030593852, a traves del cual plantea una serie de inquietudes sobre la disposicion contenida en el articulo 28 de la Ley 1955 de 2019 par la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", sobre liberacion de areas nos permitimos dar respuesta, en los siguientes terminos: lCuando el inciso primero del articulo 28 de la Ley 1955 de 2019, refiere que "las areas que hayan sido objeto de una solicitud minera", hace referenda y por tanto aplicaria para los siguientes casos: solicitudes de pro puesta de contrato de concesian minera, solicitudes de legatizacion de mineria tradicional y de hecho y areas de reserva especial? El articulo 28 sobre "liberacion de areas", c,ontenido en la Ley 1955 de 2019 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", setiala: "ARTICULO 28. LIBERACION DE AREAS. Las areas que hayan sido objeto de una solicitud minera y que

por cualquier cause queden libres, solo podran ser objeto de propuesta de contrato de concesiOn trascurridos quince (15) dias despues de la firmeza del ado administrativo de rechazo o desistimiento o cualquiera otro que implique la libertad del area. El area que haya sido objeto de un contrato de concesi6n minera, que (ermine par cualquier cause, solo se podra desanotar de/ Catastro Minero Nacional denim de los quince (15) dias siguientes a la suscripciOn del acta de liquidaciOn bilateral o a la liquidaciOn unilateral del mismo. En el caso de los titulos mineros que no son objeto de liquidaciOn se seguiran las reglas de este articulo sabre solicitudes mineras. El ado administrativo a que se refiere el inciso primero de este articulo, el que establece la liquidaciOn del contrato, o el que do por terminado el titulo miner°, deberan ser publicados en la pagina electrtnica de la Autoridad Minera o en el media que hiciere sus veces den Ira de los cinco (5) dies siguientes a la ejecutoria o fimieza del ado. Denim de este Ultimo termino debera inscnbirse en el Registro Minero Nacional.' El articulo en cita, distingue entre las areas que hayan sido objeto de solicitudes mineras, y as que hayan sido objeto de contrato de concesion minera, asi cuando el inciso primero del articulo seriala que: "las areas que Bogota D.C., Avenida Calle 26 No. 5951 Pisos 8, 9 y 10 Telefono: (571) 2201999

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MINERIA

Radicado ANM No 20201200273771 II hayan sido objeto de una solicitud minera y que por cualquier causa queden libres (.1", se esta refiriendo a

MINERIA

Radicado ANM No 20201200273771 II hayan sido objeto de una solicitud minera y que por cualquier causa queden libres (.1", se esta refiriendo a todas las solicitudes tendientes a obtener un titulo minero, sin hacer distincion alguna, encuadrandose alli las enunciadas en su pregunta. Cuando el mismo inciso primero del articulo 28 de la Ley 1955 de 2019, se indica "o cualquiera otro que implique la libertad del area" iCuales podrian Ilegar a ser esos actos administrativo que impliquen libertad de area? Los actos que implican la libertad de area, son todos aquellos mediante los cuales se da por finalizado el tramite de la solicitud minera de que se trate, los cuales pueden ser rechazo 0 desistimiento, entre otros. Cuando el inciso segundo del articulo 28 de la Ley 1955 de 2019, se indica "El area que haya sido objeto de un contrato de concesiOn minera" zSe debe aplicar a titulos mineros cuya naturaleza juridica esta circunscrita al contrato de concesiOn minera del Decreto 2655 de 1988 y el de la Ley 685 de 2001, o se debe entender que su aplicacion, se extiende a los demas tipos de titulos mineros que contempla la legislaciOn minera colombiana que aim estan vigentes, esto es, por ejemplo licencias de exploracion, licencias de explotaciOn, licencias especiales de explotacion, contratos en virtud de aporte, autorizaciones ternporales. El inciso segundo del articulo 28 de la Ley 1955 de 2019, establece: d El area que haya sido objeto de un contrato de ponces& minera...,", bajo esta redaccion y conforme a la interpretaciOn gramatical prevista en el articulo 27 del Codigo Civil, segim la cual 'Cuando of sentido de la ley sea claro, no se desatendera su tenor literal a

de ponces& minera...,", bajo esta redaccion y conforme a la interpretaciOn gramatical prevista en el articulo 27 del Codigo Civil, segim la cual 'Cuando of sentido de la ley sea claro, no se desatendera su tenor literal a pretext° de consulter su espiritu.n, lo previsto en dicho inciso aplica para contratos de concesion minera de cualquier regimen, mas no pare otra clase de titulos mineros, no enlistados alli. Para el caso de las areas ocupadas por un titulo minero o area de reserva especial, que ha de terminar por cualquiera de las causas legales iCuando se entiende que dicha area queda libre para ser solicitada por otras personas, mediante la presentacion de una propuesta de contrato de concesion? esto es: a partir del dia siguiente de la firmeza del acto que ordenO su terminaciOn, el mismo dia que quede desanotado del Catastro Mm era Colombian°, el dia siguiente de la desanotaciOn Catastro Minero Colombiano, el dia de la suscripci6n del acta de liquidaciOn, al finalizar los 5 dias que el articulo 28 menciona para que la autoridad minera realice la publicacion en pagina electrOnica, el dia siguiente al de la inscripcian del acto de terminacion del titulo minero en el Regis fro Miner° Nacional? Entratandose de contratos de concesion minera, el inciso segundo del articulo 28, establece como regla general, que: ia desanotacion del Catastro Miner° Nacional, de un area que haya sido objeto de un contrato de concesion minera, que termine por cualquier causa, se hara dentro de Fos quince (15) dias siguientes a la

suscripcion del acta de liquidaci6n bilateral o a la liquidacibn unilateral del mismo. Acto seguido, y como quiera que no todos los titulos mineros, son objeto de liquidaci6n, se sefiala que: "en el caso de los titulos mineros que no son objeto de liquidacion se seguiran las reglas de este articulo sabre solicitudes mineras", lo que quiere decir que, para un titulo minero que no es objeto de liquidacion, se tendra en cuenta la firneza del acto Bogota D.C., Avenida Calle 26 No. 59 - 51 Pisos 8, 9 y 10 Telefono: (571) 2201999

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AGENCIA NACIONAL DE

MINER1A

1111111II III 11111111111111EIUMRadicado ANM No 20201200273771 administrativo que implique la libertad del area, que en este caso seria el que da por terminado el titulo minero. Conforme a lo anterior, el articulo 28 de la Ley 1955 de 2019, establece como presupuestos para entender que un area puede ser objeto de una nueva solicitud o propuesta de contrato de concesiOn: a) Si ha sido objeto de una solicitud minera: trascurridos quince (15) dias despues de la firmeza del acto administrativo de rechazo o desistimiento o cualquiera otro que implique la libertad del area. ) Si ha sido objeto de un contrato de concesion minera, que termine por cualquier causa y en este procede la liquidacion: dentro de los quince (15) dias siguientes a la suscripcion del acta de liquidacion

bilateral o a la liquidacion unilateral del mismo. c) Si ha sido objeto de un contrato de concesion minera, que termine por cualquier causa y en este no proceda la liquidacion: trascurridos quince (15) dias despues de la firmeza del acto administrativo que implique la libertad del area —que en este caso sera el que declare la terminacion del contrato-. En todo caso, en los 3 escenarios, la norma prey& el deber de publicacian (del acto administrativo de rechazo o desistimiento o cualquiera otro que implique la libertad del Area, — en el caso de solicitudes mineras-, del acta de liquidaciOn bilateral o a la liquidacion unilateral del mismo—en el caso de los contratos de concesion minera en los que proceda la liquidacion-, y del acto administrativo que implique la libertad del area (acto administrativo que declara terminado el titulo minero) —en el caso de los contratos de concesiOn minera en los que no proceda la liquidacion-); en la pagina electronica de la Autoridad Minera o en el medio que hiciere sus veces dentro de los cinco (5) dias siguientes a la ejecutoria o firmeza del acto. Termino dentro del cual debera inscribirse en el Registro Minero Nacional. Pueden mediante ejemplos explicanne en que momento o a partir de que dia, es juridicamente viable presen tar una propuesta de contrato de concesion, para un area de un titulo minero que ha de terminar. Un contrato de concesi6n en el que no procede la liquidacien y que mediante el correspondiente acto administrativo, se le declara su terminacion, el dia 14 de enero de 2020, encontrandose el mismo dia

ejecutoriado y en fume, los quince (15) dias a que hace referenda la norma, transcurriran hasta el 4 de febrero de 2020, por lo que para el 5 de febrero de 2020, el area respectiva podra ser objeto de una nueva propuesta de contrato de concesi6n. Si se tratara de un contrato de concesiOn en el que procede la liquidacion y la respectiva acta de liquidacien bilateral o a la liquidacion unilateral del mismo, se diera el dia 14 de enero de 2020, los quince (15) dias a que hace referencia la norma, transcurriran hasta el 4 de febrero de 2020, por lo que para el 5 de febrero de 2020, el area respectiva podra ser objeto de una nueva propuesta de contrato de concesion. En ambos casos, tanto el acto administrativo que declara la terminaci6n, como el acta de tiquidacion bilateral o unilateral del contrato de concesion minera, deberan ser publicados en la pagina electrOnica de la Autoridad Minera o en el medio que hiciere sus veces dentro de los cinco (5) dias siguientes a la ejecutoria o firmeza del acto, termino dentro del cual debera inscribirse en el Registro Minero Nacional, por lo que en consecuencia la publicidad, se sutra mientras transcurre el termino que la norma dispuso para entender liberada el area. Bogota D.C., Avenida Calle 26 No. 59 - 51 Pisos 8, 9 y 10 Telefono: (571) 2201999

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MINERIA 11111 1111111E11 DU

Radicado ANM No 20201200273771 En los anteriores terminos, damos respuesta a su solicitud, aclarando que la presente se emite de conformidad con lo previsto en el articulo 28 de la Ley 1437 de 2011 modificado per el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015, en el cual se establece que los conceptos emitidos por las autoridades come respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas, no seran de obligatorio cumplimiento o ejecuci6n. De la misma manera se informa: Nota: Senor usuario la ANM ha puesto en produce& la plataforma para la gest& integral en linea de todos los tramites mineros Ilamada AnnA Mineria. Para el uso de esta plataforma todo titular y solicitante debe realizar el proceso de activacien de usuario. El acceso a la plataforma lo puede realizar a trues de la pagina de la ANM en el bottin AnnA Mineria. A cada titular o solicitante le debe Ilegar el usuario y contrasena. Si a la fecha no le ha Ilegado debe ingresar a la pagina web de la ANM, men6 tramites y servicios Formularios y Formatos en la seed& Forrnularios y Formatos ANNA MINERIA ingresar en el formulario de Actualizacion de Datos Reqistro Usuario https://www.anm.gov.conq=Formularios Si el correo electrenico registrado es el correcto puede envier el formulario y recibira el usuario y contrasena en dicho correo. Si el correo no corresponde at titular o solicitante o no tiene correo electrenico el usuario debera abercarse at Punto de Atencion Regional de la Agenda mas cercano y actualizar los datos.

Asi mismo, lo invitamos a reviser la documented& de ABC y los tutoriales que ester' en la pagina web en el boten ANNA Mineria ubicada en la pale izquierda de la pagina. https://www.anm.gov.coN:ciclo-1-anna-mineria Ante cualquier duda lo invitamos a comunicarse at correo contactenosANNA0anm.gov.co" Agradeciendo la atencion prestada Atentamente, 10 ARAUJO ARMERO sesora Juridica . (0).

Copies: NA

ElaborO: Adriana Motta Garavito -Abogada Ofidna Asesora Juridica Revise: NA Fecha de elaboraciOn: 15101/2020

Nirmero de radic,ado que responde: 20199030593852

Tipo de respuesta: Total.

Archivado en: Oficina Asesora Juridica

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Dependencla : Oficina Asesora Juridica Usuario Responsable : Adriana Zarate Fecha !racial. 2020-01-28 8:00 am •Fecha Final . 2020-01-28 8:00 am Fecha Generado : 2020-01-28 8:00 am Numero de Reglstros: 2

Radicado 12D3273771 0201200273761 .Fecha de Entrega Usuario que Entrega Observaciones Radicado Padre 20199030593852 20191000399702 Destinatario Direcd6n Municipio Dep arta mento GEYNER ANTONIO CAMARGO CADENA CII 16 No. 9-11 Sogamoso Boyaca HUMBERTO CHAVEZ ORTIZ CII 7 No. 12-18 Barrio Valenda Popayan Cauca Fundonarlo que Redbe 4

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AGENCIA NACIONAL LM ERiANIT.: 900.500.018-2 28 ENE 2020

VENTANILLA DE COlikESPONDENCI.,Avenida Celle 26 No. 591 EdifIclo Arse:Bogola, D.C. - C.ombia

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