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ANM - Concepto 20231200284941 de 2023

ANM - Agencia Nacional de Minería

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Detalles

Título
ANM - Concepto 20231200284941 de 2023
Autor
ANM - Agencia Nacional de Minería
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

Radicado ANM No: 20231200284941

Bogotá D.C., 17-02-2023 14:09 PM

Señor

RESERVADO

Asunto: Sustracción de área de reserva forestal Cordial saludo.

En atención a la solicitud de concepto radicada bajo el número 20231002216682, relacionada con la sustracción de área de reserva forestal; se precisa que de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 12 del Decreto Ley 4134 de 2011, “por el cual se crea la Agencia Nacional de Minería, ANM, se determina su objetivo y estructura orgánica”, corresponde a esta Oficina Asesora Jurídica, elaborar conceptos jurídicos sobre las normas, proyectos o materias legales que afecten o estén relacionadas con la misión, objetivos y funciones de la Entidad, no obstante se aclara que, el presente concepto es emitido en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, razón por la cual carece de efectos vinculantes.

Por lo tanto, teniendo en cuenta que este concepto está dirigido a brindar una ilustración jurídica general y no particular, en tratándose de casos particulares, deberá estarse a la decisión que de conformidad con sus competencias legales corresponda al área encargada.

Efectuadas las anteriores precisiones, se procede a dar respuesta al interrogante planteado en los siguientes términos:

“Solicito información referente a si la sustracción de área de reserva forestal debe realizarse sobre el área del título minero o el predio sobre el cual se ejecuten las actividades con infraestructura en superficie.”

siguientes términos:

“Solicito información referente a si la sustracción de área de reserva forestal debe realizarse sobre el área del título minero o el predio sobre el cual se ejecuten las actividades con infraestructura en superficie.”

La sustracción de área de reserva forestal, es un proceso mediante el cual la Autoridad Ambienta l, evalúa la pertinencia de levantar la figura jurídica de reserva forestal de Ley 2° de 1959 en un área específica para el desarrollo de un proyecto, obra o actividad; en este sentido la evaluación de sustracción está referida a una decisión de ordenación del área objeto de solicitud. De acuerdo a las competencias legales asignadas, es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Entidad encargada de evaluar las solicitudes y adoptar las decisiones respecto de la sustracción de áreas en reservas f orestales, por lo que para mayor información, frente a este particular deberá acudir a dicha Entidad.Radicado ANM No: 20231200284941

En los anteriores términos, damos respuesta a su solicitud, aclarando que los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas, no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Cordialmente,

IVONNE DEL PILAR JIMÉNEZ GARCÍA

Jefe Oficina Asesora Jurídica

Anexos: (0).

Copias: (0).

Elaboró: Adriana Motta Garavito. – Abogada Oficina Asesora Jurídica Revisó: NA Fecha de elaboración: 14/02/2022

Número de radicado que responde: 20231002216682

Tipo de respuesta: Total

Elaboró: Adriana Motta Garavito. – Abogada Oficina Asesora Jurídica Revisó: NA Fecha de elaboración: 14/02/2022

Número de radicado que responde: 20231002216682

Tipo de respuesta: Total

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