ANM - Concepto 20231200287261 de 2023
ANM - Agencia Nacional de Minería
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Detalles
- Título
- ANM - Concepto 20231200287261 de 2023
- Autor
- ANM - Agencia Nacional de Minería
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
Radicado ANM No: 20231200287261
Bogotá D.C., 01-11-2023 16:42 PM
Señor:
RESERVADO
Asunto: Imposición de multas por parte de la Autoridad Minera.
Tasación de las multas impuestas a titulares mineros tiene fundamento en lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001, y en lo previsto en la Resolución 9 1544 de 2014 del Ministerio de Minas y Energía.
Cordial saludo.
En atención a la solici tud radicada con el número 20231002642552, relacionada con la temática indicada en el asunto, se precisa que de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 12 del Decreto Ley 4134 de 2011, “por el cual se crea la Agencia Nacional de Minerí a, ANM, se determina su objetivo y estructura orgánica”, corresponde a esta Oficina Asesora Jurídica, elaborar conceptos jurídicos sobre las normas, proyectos o materias legales que afecten o estén relacionadas con la misión, objetivos y funciones de la Entidad, no obstante se aclara que, el presente es emitido en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, razón por la cual carece de efectos vinculantes.
Por lo tanto, teniendo en cuenta que este concepto está dirigido a brindar una ilustración jurídica general y no particular, en asuntos mineros de competencia de la ANM, en tratándose de casos particulares, deberá estarse a la decisión que, de conformidad con las funciones legales asignadas,
general y no particular, en asuntos mineros de competencia de la ANM, en tratándose de casos particulares, deberá estarse a la decisión que, de conformidad con las funciones legales asignadas, corresponda a la entidad competente o área misional encargada.
Aclarado lo anterior pasa a responderse la inquietud planteada en los siguientes términos:
¿Sírvase informar sobre el fundamento legal bajo el cual la Autoridad Minera sustenta la tasación en la imposici ón de las multas, toda vez que, el citado artículo 115° de la Ley 685 solamente manifiesta que la valoraci ón será fijada de forma objetiva con sustento en la índole de la infracción y sus efectos perjudiciales para el contrato, razón por la cual, la tasación objetiva debe estar sustentada en un fundamento legal, llámese decreto reglamentario, resoluci ón, o artículo aplicado por analogía.?
La Autoridad Minera sustenta la tasación de las de multas impuestas a titulares mineros , con fundamento en lo establecido en el artículo 115 de la Ley 685 de 2001, y en lo previsto en laRadicado ANM No: 20231200287261
Resolución 9 1544 de 24 de diciembre de 2014 emitida por el Ministerio de Minas y Energía, por medio de la cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por incumplimiento de las obligaciones contractuales emanadas de los títulos mineros, y la cual puede descargar en el siguiente enlace https://www.anm.gov.co/?q=content/resolución-9-1544-de-2014
En los anteriores términos, esperamos haber atendido su inquietud. Cordialmente,
siguiente enlace https://www.anm.gov.co/?q=content/resolución-9-1544-de-2014
En los anteriores términos, esperamos haber atendido su inquietud. Cordialmente,
IVÁN DARÍO GUAUQUE TORRES
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Anexos: “0”.
Copia: NA
Elaboró: Adriana Motta Garavito – Abogada OAJ Revisó: NA Fecha de elaboración: 31/10/2023
Número de radicado que responde: 20231002642552
Tipo de respuesta: Total
Archivado en: OAJ