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ANM - Procedimiento - Otorgamiento de Títulos Mineros

ANM - Agencia Nacional de Minería

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Detalles

Título
ANM - Procedimiento - Otorgamiento de Títulos Mineros
Autor
ANM - Agencia Nacional de Minería
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año

Información publica

GENERACIÓN DE TÍTULOS MINEROS CÓDIGO: MIS3-P-008

PROCEDIMIENTO VERSIÓN:

RELACIONAMIENTO SOCIAL PREVIO AL OTORGAMIENTO DE TÍTULOS

MINEROS EN EL TERRITORIO NACIONAL

FECHA DE VIGENCIA

1. OBJETIVO

Desarrollar el procedimiento de relacionamiento social previo al otorgamiento de títulos mineros para el ejercicio del derech o a la participación ciudadana con la comunidad, organizaciones sociales, entidades públicas y privadas, en aplicación de los principios de coordinación y concurrencia nación territorio.

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

La Agencia Nacional de Minería desarrollará el objeto del presente procedimiento a través de los siguientes objetivos específ icos:

2.1 Alistamiento previo institucional y acercamiento al territorio:

  • Impulsar el relacionamiento social con el fin de obtener información de la zona de influencia en la que se ubican las solicit udes mineras objeto del presente procedimiento, las características del territorio y su ordenamiento, las condiciones ambientales y las condiciones económicas, culturales y sociales del territorio y las comunidades, así como la percepción de la actividad minera.
  • Recopilar y analizar la información primaria y secundaria que permita comprender el contexto territorial a través de grupos d e trabajo integrados por actores de la comunidad, organizaciones sociales, instituciones públicas, empresas privadas y la autoridad minera.

2.2 Dar aplicación a los principios de Coordinación y concurrencia, diálogo y participación ciudadana:

  • Articular escenarios de coordinación y concurrencia con las autoridades públicas en el marco de los procesos de titulación mi nera previo al otorgamiento de los títulos con el fin de garantizar un grado de participación razonable orientado al desarrollo sostenible.
  • Propiciar el intercambio abierto y permanente de información de las solicitudes mineras viabilizadas, del instrumento de orde namiento territorial vigente del municipio o distrito y la información primaria y secundaria recopilada sobre las características socioeconómicas, ambientales y las comunidades presentes en el territorio.

2.3 Adelantamiento de Pedagogía y diálogo social mixto:

  • Desarrollar espacios pedagógicos que permitan un intercambio abierto y permanente de información sobre la importancia de la a ctividad minera formal para el país, las características de los proyectos de exploración y explotación de minerales de las solicitu des mineras viabilizadas, así como la identificación de las inquietudes, necesidades, expectativas y aspectos positivos planteados por la comunidad y el ente territorial.
  • Facilitar escenarios de diálogo social y participación ciudadana que permitan la identificación de posibles acuerdos o compro misos preliminares entre los proponentes mineros y las comunidades para desarrollar durante la Audiencia Pública Minera.
  • Fortalecer la gobernanza, la institucionalidad y la confianza social, asegurando el respeto a los derechos humanos, la partic ipación democrática, la buena fe en las relaciones entre Estado, empresas y comunidades, y el equilibrio entre crecimiento económico, bienestar social y protección ambiental en el marco del desarrollo sostenible.

2.4 Celebración de la Audiencia Pública Minera:

entre Estado, empresas y comunidades, y el equilibrio entre crecimiento económico, bienestar social y protección ambiental en el marco del desarrollo sostenible.

2.4 Celebración de la Audiencia Pública Minera:

  • Garantizar el derecho a la participación ciudadana mediante la convocatoria de un espacio de diálogo social para la construcc ión de acuerdos entre los proponentes mineros y las comunidades los cuales serán consignados en el acta de la diligencia, la cual será un anexo de la minuta del contrato de concesión minera en el caso de llegar a otorgarse el título minero y cuyo cumplimiento tendrá seguimiento por parte de la Autoridad Minera en busca de promover la equidad regional, la equidad social y la equidad para la defensa de la competitividad del sector minero.

3. OPORTUNIDAD, PROGRAMACIÓN, ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

A. Oportunidad: El Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM), encuentra la oportunidad de su aplicación durante la etapa precontractual, antes de finalizar el proceso de contratación y titulación minera, respecto de las solicitudes mineras objeto del presente procedimiento (véase literal D. en cuanto a las figuras que proceden) que han cumplido con los requisitos jurídicos, técnicos, ambientales, económicos y demás e xigidos en la Ley y la jurispr udencia aplicable, y que, por lo tanto, tienen la viabilidad de convertirse en título minero.

B. Programación: Para la programación del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM), la dependencia

delegada y la Presidencia de la ANM definirán y aprobarán, los territorios donde se implementará el procedimiento teniendo en cuenta los criterios de priorización adoptados en el presente procedimiento, así como el cronograma de implementación.

C. Alcance del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM): Comprende la generación y desarrollo de espacios de relacionamiento social orientados a fortalecer la gobernanza, la institucionalidad y la confianza ciudadana, gara ntizando en todo momento el respeto de los derechos humanos, la participación democrática, la buena fe en las relaciones entre el Estado, las empresas y las comunidades, así como el equilibrio entre el crecimiento económico, el bienestar social y la protección ambiental, en el marco del desarrollo sostenible.Información publica En este contexto, el procedimiento promueve el diálogo social entre los diferentes actores involucrados, con el propósito de concertar y, cuando a ello hubiere lugar, suscribir acuerdos entre la comunidad y los proponentes, los cuáles serán consignados en el acta de la diligencia, la cual será un anexo de la minuta del contrato de concesión minera en el caso de llegar a otorgarse y cuyo cumplimiento tendrá seguimiento por parte de la Autoridad Minera. El procedimiento concluye con la divulgación de los resultados de la Audiencia Pública Minera y la incorporación del acta de Audiencia Pública Minera como anexo de la minuta contractual.

D. Ámbito de aplicación del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territori o Nacional (PRSPOTM): El Procedimiento de

del acta de Audiencia Pública Minera como anexo de la minuta contractual.

D. Ámbito de aplicación del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territori o Nacional (PRSPOTM): El Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM) resulta aplicable a las siguientes figuras: (i) las propuestas de contrato de concesión minera; (ii) propuestas de concesión minera con requisitos diferenciales, con excepción de las provenientes de devoluciones de áreas para formalización minera con beneficiario directo y las que recaigan sobre Áreas de Reserva Estratégica Minera para la Formalización y (iii) las solicitudes de licencias de explorac ión.

4. FLUJOGRAMA DE LAS ACTIVIDADES Y FASES DEL PROCEDIMIENTO

5. DEFINICIONES

La Agencia Nacional de Minería desarrollará los criterios de relacionamiento social previo al otorgamiento de títulos mineros para el ejercicio del derecho a la participación ciudadana con la comunidad, organizaciones sociales, entidades públicas y privadas, en aplicación de los principios de coordinación y concurrencia nación territorio, en el marco de la Constitución Política de Colombia, la Ley, los criterios definidos en la Sentencia SU 095 de 11 de octubre de 2018 y conforme las siguientes defini ciones:

Acta: documento en el cual constan por escrito los hechos, actuaciones, acuerdos o decisiones ocurridos en los espacios de diálogo social o de articulación de cada una de las fases en el

marco del procedimiento. El acta no constituye, por sí misma, una decisión administrativa, sino un registro formal y fidedigno de lo acontecido.

Acta de Audiencia Publica Minera APM: Documento escrito donde se relaciona lo sucedido, tratado o acordado durante la celebración de Audiencia Pública Minera APM, suscrita por el funcionario de la autoridad minera que presidió la audiencia y del profesional social encargado de la estrategia d e relacionamiento en el territorio de la audiencia y de la cual hace parte integral el listado de asistencia de la mesa principal, y el registro de video y/o audio, dicho documento se publicará de con formidad con lo establecido en la actividad del numeral 16 del presente procedimiento.

Acta de Coordinación y Concurrencia: Documento escrito donde se relaciona lo sucedido, tratado o acordado durante la reunión de Coordinación y Concurrencia, suscrita por el alcalde o su secretario de despacho delegado mediante acto administrativo o designado por medio de comunicación oficial del alcalde, así como el funcionario designado de la autoridad minera minera que presidió el espacio y de la cual hace parte integral el listado de asistencia y el registro de audio, dicho documento se publicará de conformidad con lo establecido en las ac tividades del numeral 4 y 5 del presente procedimiento.

Actores del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSP OTM): Para efecto del presente procedimiento, se entiende como actores a los siguientes: • Comunidad y/o ciudadanía interesada: Personas naturales que habitan el territorio donde existen propuestas viabilizadas para el posible otorgamiento de títulos mineros, o que presenten interés relacionado con los temas mineros objeto del procedimiento.

  • Comunidad y/o ciudadanía interesada: Personas naturales que habitan el territorio donde existen propuestas viabilizadas para el posible otorgamiento de títulos mineros, o que presenten interés relacionado con los temas mineros objeto del procedimiento. • Entidades públicas: Entidades estatales de orden nacional, departamental, distrital o municipal que participen en la implementación del procedimi ento de Audiencias Públicas Mineras, entre las cuales se destacan, sin carácter limitativo, las alcaldías municipales o distritales , concejos municipales o distritales, el Ministerio Público, las autoridades ambientales competentes y demás entidades con competencia territorial o sectorial • Proponentes: Personas naturales o jurídicas que hayan presentado propuestas de contrato de concesión minera, propuestas de concesión minera con requisitos diferenciales o solicitudes de licencias de exploración minera, conforme a la normatividad vigente. • Organizaciones sociales: grupos, colectivos, movimientos o procesos organizativos que presentan interés en participar en la implementación del proce dimiento.

Acuerdos: Es el consentimiento entre dos o más sujetos de derecho para crear, modificar o extinguir obligaciones, para el presente proc edimiento se entenderá como, la manifestación de la voluntad de la comunidad y el proponente sobre obligaciones y compromisos específicos respecto a los futuros proyectos mineros sobre las áreas de influencia de los mismos. Los acuerdos que sean establecidos en la fase de Audiencia Pública Minera serán consignados en el acta de la diligencia, la cual será un a nexo de la minuta del contrato de concesión minera en el caso de llegar a otorgarse y cuyo cumplimiento tendrá seguimiento por parte de la Autoridad Minera. La finalidad de los acuerdos c onsiste en establecer mecanismos mediante los cuales los Definición y aprobación del Cronograma de relacionamiento social

Actividad 1

de llegar a otorgarse y cuyo cumplimiento tendrá seguimiento por parte de la Autoridad Minera. La finalidad de los acuerdos c onsiste en establecer mecanismos mediante los cuales los Definición y aprobación del Cronograma de relacionamiento social Actividad 1 Alistamiento Institucional Previo y acercamiento al territorio Actividades 1, 2 y 3 Fase de Coordinación y concurrencia, diálogo y participación ciudadana Actividades 4,5,6 y 7 15 días calendario Fase de Pedagogía Social y Participación Ciudadana Actividad 8 30 días calendario Fase de Audiencia Publica Minera Actividades 9, 10, 11, 12, 13, 14, y 15 Máximo 20 días calendario Comentarios, Suscripción del Acta de APM y Publicación definitiva Actividad 16Información publica proponentes del proyecto minero contribuyan efectivamente a la mitigación de los impactos que su ejecución pueda generar en e l territorio. Asimismo, dichos acuerdos deberán garantizar que las comunidades asentadas en la zona de influencia sean las benefici arias directas del desarrollo del proyecto, asegurando el respeto a sus derechos colectivos y la promoción de su bienestar social, económico y ambiental. Es de anotar que la implementación del procedimiento es una instancia de participación y de intercambio de información entre los actores involucrados y no es una instancia de decisión, teniendo en cuenta que la única entidad en el país encargada de otorgar títulos mineros es la Agencia Nacional de Minería en calidad de autoridad minera,

a su vez para la actividad minera al ser una actividad legal y de interés nacional, no existe ninguna Ley que la vete, por ende no existe el pod er de veto.

Alistamiento Institucional Previo y acercamiento al territorio: En esta etapa se desarrollan una serie de actividades de preparación, alistamiento y relacionamiento de manera previa al inicio de la implementación del procedimiento, con los grupos de trabajo integrados por la ANM (GCM, GCMD, PAR, PAL, Grupo Socioambiental) y las entidades públicas, con el objetivo de identificar y verificar las solicitudes mineras viabilizadas, impulsar el relacionamiento social con enfoque territorial para recopilar información relevante de la zona de influencia en l a que se ubican las solicitudes mineras, como son, las características del territorio y su ordenamiento, las condiciones ambiental es y las condiciones económicas, culturales y sociales del territorio y las comunidades, así como la percepción de la actividad minera y realizar la preparación de institucional de las actividades a realizarse en cada una de las fases del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM).

Auto de trámite: Acto administrativo de carácter preparatorio o interlocutorio que no decide de fondo la actuación administrativa, sino que se limita a impulsarla, ordenando las actuaciones necesarias para su desarrollo y avance, conforme al principio de eficacia (artículo 3 del CPACA) y sin que proceda recurso en contra de los mismos, salvo disposición legal expresa (artículo 75 del CPACA)

Autoridades públicas: Se entiende por autoridades públicas aquellas instituciones, órganos y funcionarios que ejercen funciones de dirección, regulación, control, administración o prestación

de servicios en nombre del Estado colombiano, conforme a la Constitución Política y la Ley. Comprenden tanto las autoridades del nivel nacional como las de los niveles departamental, distrital y municipal, de acuerdo con la distribución de competencias prevista en los artículos 1, 2, 113, 209, 288 y 311 de la Constitución Política.

Canales oficiales de la autoridad minera: Los canales oficiales de la autoridad minera son todos los de administración exclusiva de la Agencia Nacional de Minería dent ro de los cuales están, la página web oficial, el canal oficial de YouTube, redes sociales oficiales, correos electrónicos con dominio oficial, entre otros y aquellos que se dispongan posteriormente.

Criterios de priorización: Son aspectos o variables que la Autoridad Minera determina de manera discrecional conforme a las orientaciones del Gobierno N acional, el Plan Nacional de Desarrollo, políticas públicas y metas institucionales entre otros, para definir cuáles son los munic ipios donde se dará aplicación al Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM) y que permitirán establecer el cronograma de implementaci ón del procedimiento en cada semestre del año. Estos criterios se establecen en el presente documento, no obstante, son evaluados y redefinidos según las condiciones sociales, ju rídicas, políticas, económicas y de orden público del país y atendiendo a normatividad o jurisprudencia que los regule, entre otros aspectos.

Comisión verificadora del Acta de Audiencia Pública Minera (APM): personas participantes en la Audiencia Pública Minera que de manera voluntaria deciden integrar la comisión durante

la Audiencia Pública Minera para verificar que el acta refleje lo ocurrido en la Audiencia Pública Minera APM, así como apoya r en la elaboración, revisión y ajustes del acta en los términos previstos en el presente procedimiento. Es importante que los integrantes de esta comisión cuenten con disponibilidad de tiempo y puedan ser fácilmente contactados. De la participación de estas personas se dejará constancia en el acta y en el listado de asistencia de la mesa principal de la Audiencia Pública Minera. En todo caso esta comisión estará integrada por un máximo de dos (2) personas asistentes a la Audiencia Pública Minera.

Comunidad impactada: Se trata de aquella colectividad de personas, organizada o no, que habita, desarrolla actividades económicas, sociales, cultu rales o ambientales en un territorio determinado, y que puede verse afectada positiva o negativamente, directa o indirectamente por la llegada y ejecución de futuros proyectos mineros en dicho espacio geográfico

Coordinación y concurrencia nación territorio: El artículo 288 de la Constitución Política de Colombia dispone que las competencias atribuidas a los distintos niveles terri toriales deben ejercerse bajo los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. En desarrollo de dicho mandato, la Co rte Constitucional, mediante la Sentencia de Unificación SU-095 de 2018, estableció criterios vinculantes para la definición de mecanismos de participación ciudadana y para la implementación de inst rumentos de coordinación y concurrencia entre la Nación y las entidades territoriales, particularmente en lo relativo a la explotación del subsuelo y de los recursos naturales no renovables (RNNR). Tales lineamientos buscan garantizar un equilibrio entre

la unidad estatal y la autonomía territorial, asegurando que las decisiones se adopten de manera articulada y armónica.

Cronograma de Relacionamiento Social: Es el instrumento de planificación de la ANM para la implementación semestral del Procedimiento de Relacionamiento Social Pre vio al Otorgamiento de Títulos Mineros en el Territorio Nacional (PRSPOTM), en el cual, de conformidad con los criterios de priorización, definen los territorios para el despliegue de las actividades de relacionamiento social dicho cronograma se publicará de forma semestral en la página oficial de la Agencia Nacional de Min ería.

Diálogo Social: Se entiende como uno o varios espacios de encuentro vinculados a todas las fases del procedimiento, promovidos y facilitados por la Agencia Nacional de Minería (ANM), cuyo propósito es generar escenarios de interacción entre la comunidad impactada o interesada, los proponentes y demás interesados. Estos espacios se desarrollan bajo la metodología de diálogo social, tomando como referencia el listado de inquietudes, necesidades, expectativas y aspectos positivos expresados por la comunidad, con el fin de id entificar preacuerdos que serán presentados en la Audiencia Pública Minera (APM) garantizando así la transparencia, la participación ciudadana y la con strucción colectiva de soluciones.

Diálogo y participación ciudadana: En cumplimiento del principio de participación ciudadana consagrado en la Constitución Política, así como de los lineamientos jurisprudenciales fijados por la Corte Constitucional en materia de explotación de recursos naturales no renovables, la Agencia N acional de Minería habilita espacios de encuentro con la comunidad y la ciudadanía interesada. En dichos escenarios, la autoridad minera expone la información relativa a las solicitudes mineras viabilizadas y que eventualmente podrían convertirse en títulos mineros. Estos

interesada. En dichos escenarios, la autoridad minera expone la información relativa a las solicitudes mineras viabilizadas y que eventualmente podrían convertirse en títulos mineros. Estos espacios tienen como finalidad propiciar un diálogo social efectivo que permita identificar y recoger las inquietudes, necesi dades, expectativas y valoraciones positivas expresadas por la comunidad. El resultado de estos encuentros se plasma en un documento oficial denominado “Listado de inquietudes, necesidades, expectativas y aspectos positivos”, el cual const ituye un insumo para la toma de decisiones administrativas, garantizando la transparencia y la participación ciudadana en el proced imiento minero.

Documento base: Documento escrito elaborado por el equipo de la Agencia Nacional de Minería responsable de la implementación del procedimient o en el municipio, que describe el contexto territorial, el mapa de actores y el estado minero base, constituyendo el punto de partida de la fase de acercamiento al territorio.

Enfoque territorial: Se entiende por enfoque territorial el criterio jurídico y administrativo que orienta la adopción de decisiones públicas considerando las particularidades sociales, culturales, ambientales, económicas e institucionales de cada territorio, en armonía con l os principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad previstos en el artículo 288 de la Constitución Política y lo establecido en la Sentencia SU-095 de 2018, donde la Corte Constitucional precisó que las decisiones sobre la exploración y explotaci ón del subsuelo deben adoptarse bajo un esquema de coordinación y concurrencia Nación –territorio, garantizando la participación ciudadana y el respeto por las condiciones específicas de cada comunidad. De esta m anera, el

enfoque territorial se configura como un instrumento jurídico que permite equilibrar la unidad estatal con la autonomía territorial, asegurando que las políticas públicas y proyectos de impacto (como los mineros) se ajusten a las realidades locales y a los derechos colectivos de las comunidades.Información publica

Equipo Implementador del Procedimiento: Es el equipo que conforman profesionales de la Agencia Nacional de Minería, de planta y contratistas, designados por la entid ad para llevar a cabo la implementación del Procedimiento de Relacionamiento Social Previo al Otorgamiento de Títulos Mineros en e l Territorio Nacional (PRSPOTM). / Equipo de Relacionamiento Social / Equipo APM / Equipo PRSPOTM /

Fase: Es una de las grandes divisiones de un proyecto o proceso, que agrupa un conjunto de actividades relacionadas y persigue un o bjetivo general. Es una división de alto nivel que contiene múltiples etapas, que son las unidades de trabajo que deben completarse para que la fase en su conjunto pueda finalizar, por lo tanto, en el presente procedimiento se entenderá como fase cada una de las actuaciones que llevará a cabo de manera secuencial y ordenada la Agencia Nacional de Minería y que en conjunto comprenden e l procedimiento de relacionamiento social previo al otorgamiento de títulos mineros.

Fase de Coordinación y Concurrencia, Diálogo y Participación Ciudadana: Fase del procedimiento orientada a garantizar los principios constitucionales de coordinación y concurrencia (arts. 288 y 311 C.P.), conforme a lo establecido en la Sentencia SU-095 de 2018 de la Corte Constitucional. En ella se articulan con las autoridades territoriales para confrontar las solicitudes mineras viabilizadas con el ordenamiento territorial vigente, analizar la información socioeconómica, ambiental y comunitaria del área de influencia, y propiciar espacios de participación

mineras viabilizadas con el ordenamiento territorial vigente, analizar la información socioeconómica, ambiental y comunitaria del área de influencia, y propiciar espacios de participación ciudadana efectiva. Su finalidad es asegurar que el otorgamiento de títulos mineros se realice con respeto a los derechos fundamentales, la prote cción del ambiente y la promoción del desarrollo sostenible.

En detalle, la fase desarrolla dos componentes i) Coordinación y Concurrencia, se trata de una reunión que se realiza en el c ontexto de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad entre la Agencia Nacional de Minería y la alcaldía para el análisis de las áreas solicitadas según el instrumento de ordenamiento territorial vigente y la información oficial recogida en el espacio de diálogo social sobre las solicitudes mineras viabilizadas y que podrían convertirse en títulos mine ros en jurisdicción del ente territorial. En esta reunión se abre el espacio de diálogo para la escucha activa y análisis entre la autoridad territorial y la autoridad minera, para el intercambi o de información y documentación sobre las áreas que han cumplido con los requisitos de Ley; y, ii) Diálogo y Participación Ciudadana consiste en uno o más encuentros que realiza la Agencia Nacional de Minería con las comunidades impactadas por el posible otorgamiento de títulos mineros y demás ciudadanía interesada, para dar a co nocer las solicitudes mineras viabilizadas y recoger directamente las inquietudes, necesidades, expectativas y aspectos positivos relacionados con la actividad minera. De esta manera se recauda información oficial y no oficial de las ár eas solicitadas las cuales son socializadas con los proponentes para la preparación para la fase de Pedagogía y Diálogo Social Mixto.

aspectos positivos relacionados con la actividad minera. De esta manera se recauda información oficial y no oficial de las ár eas solicitadas las cuales son socializadas con los proponentes para la preparación para la fase de Pedagogía y Diálogo Social Mixto.

Fase de Pedagogía y Diálogo Social Mixto: Fase del procedimiento orientada a desarrollar espacios de relacionamiento social con enfoque pedagógico sobre la importancia de la actividad minera formal para el país, a partir de la divulgación de información de contextualización minera, de características de los proyectos de exploración y explotación de minerales que serían resultado de las solicitudes mineras viabilizadas, desde la determinación de áreas con yacimientos hasta la terminación de l os contratos, e l cierre de los proyectos, el beneficio de las comunicades y el compromiso social de los empresarios mineros; con el fin de fortalecer la gobernanza, la institucionalidad y la confianza social, asegurando el respeto a los derechos humanos, la participación democrática, la buena fe en las relaciones entre Estado, empresas y comunidades, y el equilibrio entre crecimiento económico, bienestar social y protección ambiental en el marco del desarrollo sostenible.

Para ello, la Agencia Nacional de Minería facilitará un escenario de diálogo social y participación ciudadana que permita un intercambio abierto y permanente de información para socializar las inquietudes, necesidades, expectativas y aspectos positivos planteados por la comunidad y el ente territorial, en el cual se priorizará la identificación de posibles acuerdos o compromisos preliminares entre los proponentes mineros y las comunidades para desarrollar durante la Audiencia Pública Minera.

En detalle, la fase desarrolla uno o más encuentros para el diálogo social y escucha que facilita la Agencia Nacional de Minería entre las comunidades impactadas por el posible otorgamiento de títulos y los proponentes que han realizado las solicitudes mineras y que se podrían convertir en títulos mineros. En estos espacios de encuentro se facilita la comprensión de la actividad mineral formal en el país, a su vez, es el escenario donde a partir del listado de inquietudes, necesidades, expectativas y a spectos positivos planteados por la comunidad y el ente territorial se identifica la posibilidad de llegar a acuerdos para la Audiencia Pública Minera, la cual es la fase donde se formalizan lo s acuerdos. De esta manera desde la Agencia Nacional de Minería se está haciendo pedagogía sobre la importancia de la actividad minera formal para el país, asimismo, se está aportando a la prev ención y/o reducción de conflictos socioambientales relacionados con la actividad minera.

Fase de Celebración de Audiencia Pública Minera: Es la última fase del procedimiento, tiene como objetivo específico convocar un espacio de diálogo social que permita y priorice la construcción de acuerdos entre los proponentes mineros y las comunidades a partir de los compromisos o aspectos preliminares identificados en las fases previas y los cuales serán consignados en el acta de la diligencia, la cual será un anexo de la minuta del contrato de concesión minera en el caso de llegar a otorgarse y cuyo cumplimiento tendrá seguimiento por parte de la Autoridad Minera, en busca de promover la equidad regional, la equidad social y la equidad para la defensa de la competitividad del sector minero. Para ello, la Agencia Nacional de

Minería presentará la información detallada de las solicitudes mineras que han cumplido con los requisitos jurídicos, técnico s, ambientales, económicos y demás indicados en la Ley, y que, por lo tanto, tienen la viabilidad de convertirse en título minero.

Funcionarios designados de la autoridad minera: es el servidor público vinculado a la planta de personal de la entidad competente, designado expresamente para presidir la re unión de Coordinación y Concurrencia y/o la Audiencia Pública Minera (APM), quien ejercerá las funciones y responsabilidades asignadas en el marco

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