🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ANM - Resolución 1105 de 2023

ANM - Agencia Nacional de Minería

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ANM - Resolución 1105 de 2023
Autor
ANM - Agencia Nacional de Minería
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

República de Colombia AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1105 DE 26 DIC 2023 “Por la cual se efectúa un nombramiento en período de prueba en la planta global de la Agencia Nacional de Minería y se dictan otras disposiciones” EL VICEPRESIDENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA - ANM En ejercicio de las facultades legales conferidas en la Ley 909 de 2004y sus decretos reglamentarios, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto Ley 4134 de 2011 y las Resoluciones 480 del 5 de noviembre de 2020 y 227 del 21 de febrero de 2023, y CONSIDERANDO: Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Que la Agencia Nacional de Minería es una entidad de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional adscrita al Ministerio de Minas y Energía, creada mediante Decreto Ley 4134 de 2011. Que, la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Proceso de Selección No. 1500 de 2020 – Nación 3, en las modalidades de ascenso y abierto, convocó a concurso de méritos los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo de la Agencia Nacional de Minería. Que, agotadas las etapas del citado proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la

Resolución No. 20608 del 14 de diciembre de 2022, por medio de la cual conformó lista de elegibles para proveer dos (2) vacantes del empleo con número OPEC 147537 correspondiente al empleo denominado Técnico Asistencial, Código O1, Grado 04. Que la Agencia Nacional de Minería mediante radicado Nro. 20235400316111del 23 de noviembre de 2023 solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil la aprobación del uso de las listas de elegibles para empleos identificados preliminarmente como equivalentes en vacancia definitiva dentro de la planta de personal de la entidad, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 165 de 2020 modificado por el Acuerdo 0013 de 2021 y el Criterio Unificado “USO DE LISTAS DE ELEGIBLES PARA EMPLEOS EQUIVALENTES” del 20 de septiembre de 2020 de la CNSC. Que, por lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante comunicación con radicado 2023RS158615 del 5 de diciembrede 2023, autorizó a la Agencia Nacional de Minería el uso de lista de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a Empleos Equivalentes, ofertadas en el Proceso de Selección Nro. 1500 de 2020 – Nación 3. Que, en dicha comunicación, se dispone lo siguiente: (…) esta Comisión Nacional efectuó el respectivo análisis de viabilidad de uso de lista de elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, concluyendo que es viable hacer uso de la lista con los siguientes elegibles en orden de mérito, para lo cual se remiten los datos de contacto:

Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código Nro. 198087 denominado TECNICO ASISTENCIAL, Código O1, Grado 4, es posible hacer uso de las listas de elegibles conformadas para el empleo identificado con Código OPEC Nro. 147537, con el elegible que se relaciona a continuación:”

RESOLUCION No. 1105 DE 26 DIC 2023 Hoja No 2 de 3

EMPLEO POSICIÓN CÉDULA NOMBRE 147537 7 88269624 FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO

Que, actualmente el empleo de carrera administrativa denominado Técnico Asistencial código O1 grado 04 asignado al Punto de Atención Regional Cartagena de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera, identificado con No. OPEC 198087 y con id. interno 365, se encuentra en vacancia definitiva. Que la Coordinadora del Grupo de Gestión del Talento Humano de la Agencia Nacional de Minería certificó queel señor FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88269624, cumple con los requisitos de estudios, conocimientos y habilidades establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, para ser nombrado en período de prueba en el empleo denominado Técnico Asistencial código O1 grado 04 asignado al Punto de Atención Regional Cartagena de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera de la Agencia Nacional de Minería. Que existe disponibilidad presupuestal para el presente nombramiento, de conformidad con la certificación

expedida por el Grupo de Recursos Financieros No. 123 del 3 de enero de 2023. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Nombrar en período de prueba a FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88269624, en el empleo denominado Técnico Asistencial código O1 grado 04 asignado al Punto de Atención Regional Cartagena de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución. PARÁGRAFO 1. El período de prueba a que se refiere este artículo tendrá un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión. Una vez sea finalizado este período el jefe inmediato evaluará el desempeño del servidor público, si éste es superado, adquirirá los derechos de carrera en el respectivo empleo y deberá tramitarse ante la CNSC la solicitud de inscripción en el Registro Público de la Carrera Administrativa. PARÁGRAFO 2. Si no supera el período de prueba, una vez en firme la calificación, el nombramiento será declarado insubsistente mediante resolución motivada. ARTÍCULO 2. El señor FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88269624, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6. y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, a partir de la comunicación del presente acto administrativo contará con un término de diez (10) días hábiles para manifestar su aceptación o rechazo del nombramiento y una vez aceptado, deberá tomar posesión del empleo dentro de

los diez (10) días hábiles siguientes. Este término podrá prorrogarse, mediante solicitud escrita, hasta por noventa días (90) hábiles, si no reside en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora. ARTÍCULO 3. Comunicar el presente acto administrativo a FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO. ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de diciembre de 2023

JAIME HUMBERTO MESA BUITRAGO

RESOLUCION No. 1105 DE 26 DIC 2023 Hoja No 3 de 3

Elaboró: Martha Viviana Paramo Perez.

Revisó: Freddy Maurice Cortes Zea.

Aprobó: Esperanza Caceres Salamanca Archivo:Historia laboral FREDY OMAR CHÁVEZ CARRILLO Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

Consultar sobre este documento ...