ANSV - Resolución 710 de 2025
Agencia Nacional de Seguridad Vial
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Detalles
- Título
- ANSV - Resolución 710 de 2025
- Autor
- Agencia Nacional de Seguridad Vial
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9
Conmutador: (+57) 601 739 9080
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RESOLUCIÓN 710 DE 2025
(12 DE JUNIO DE 2025)
“Por medio de la cual se modifica la desagregación del presupuesto de funcionamiento asignado para la vigencia fiscal de 2025”
LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el artículo 8 del Decreto 412 de 2018, el Decreto 1207 del 18 de julio del 2023, el artículo 19 del decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 412 de 2018 “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2018 en el Libro 2 Régimen reglamentario sector hacienda y crédito público, parte 8 de Régimen Presupuestal, parte 9 Sistema Integrado de Información FinancieraSIIF NACIÓN y se establecen otras disposiciones”, establece que la clasificación presupuestal requiere una actualización integral que conserve armonía con los estándares internacionales, respetando las necesidades actuales de información y mejorando la presentación del presupuesto.
“Registro de la ejecución presupuestal en el Sistema Integrado de Información Financiera. El registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF
“Registro de la ejecución presupuestal en el Sistema Integrado de Información Financiera. El registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catálogo de C lasificación Presupuestal - CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocer la situación de las finanzas con mayor cercanía al momento de generarse el hecho económico.
Parágrafo. El Departamento Nacional de Planeación para lo de su competencia, tomará la información financiera de la ejecución de la inversión por proyecto y su respectiva relación con los rubros del catálogo de clasificación presupuestal, a través del Sistema Integr ado de Información Financiera SIIF Nación."
Que en el artículo 2 Ibidem, dispone que las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inv ersión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo.
Que mediante el Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024 , se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.
Que mediante el Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024 , fue liquidado el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2025, se detallaron las
vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.
Que mediante el Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024 , fue liquidado el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2025, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos.
Que mediando la Resolución No. 006 del 03 de enero de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó la desagregación del presupuesto asignado para la vigencia fiscal de 2025, disponiendo en sus artículos primero y segundo el detalleRESOLUCIÓN 710 DEL 12 DE junio DE 2025 - HOJA No. 2
“Por medio de la cual se modifica la desagregación del presupuesto de funcionamiento asignado para la vigencia fiscal de 2025”
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del anexo del Decreto de Liquidación correspondiente en ese orden a gastos de personal, adquisición de bienes y servicios para la vigencia fiscal 2025.
Que mediando la Resolución No. 047 del 25 de enero de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó la desagregación del presupuesto asignado para la vigencia fiscal de 2025, disponiendo en su artículo primero el detalle del anexo del Decreto de Liquidación correspondiente a inversión para la vigencia fiscal 2025.
Que mediando la Resolución No. 144 del 04 de febrero de 2025, la Agencia Nacional
vigencia fiscal de 2025, disponiendo en su artículo primero el detalle del anexo del Decreto de Liquidación correspondiente a inversión para la vigencia fiscal 2025.
Que mediando la Resolución No. 144 del 04 de febrero de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó modificación a la desagregación del presupuesto de funcionamiento asignado para la vigencia fiscal de 2025.
Que mediando la Resolución No. 306 del 06 de marzo de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó modificación a la desagregación del presupuesto de funcionamiento asignado para la vigencia fiscal de 2025.
Que mediando la Resolución No. 393 del 27 de marzo de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó modificación a la desagregación del presupuesto de inversión asignado para la vigencia fiscal de 2025.
Que mediando la Resolución No. 470 del 15 de abril de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó modificación a la desagregación del presupuesto de funcionamiento asignado para la vigencia fiscal de 2025.
Que mediando la Resolución No. 707 del 11 de junio de 2025, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, efectuó modificación a la desagregación del presupuesto de inversión asignado para la vigencia fiscal de 2025.
Que mediante memorando 20256000023163 del 10 de junio de 2025, asignado el día 11 de junio de 2025 a través del Sistema Orfeo, el Secretario General ( E ) , solicitó a la Coordinación del Grupo de Gestión Financiera, la modificación de la desagregación presupuestal de crédito y contracrédito, entre los rubros de
solicitó a la Coordinación del Grupo de Gestión Financiera, la modificación de la desagregación presupuestal de crédito y contracrédito, entre los rubros de funcionamiento de la cuenta A -02 - Adquisición de Bienes y Servicios, desde los rubros: A-02-01-01-004-004 -MAQUINARIA PARA USOS ESPECIALES ; A-02-0101-004-009 - EQUIPO DE TRANSPORTE ; A-02-02-01-004-007 -EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNIC ACIONES; A-02-02-02-007-001SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS ; A-02-02-02-008-003SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE INVESTIGACION, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD); A-02-02-02-008-007 - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E INSTALACIÓN (EXCEPTO SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN) , por valor de SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($777.081.844,00 para acreditar los rubros A-02-01-01-004-007 - EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES ; A-02-01-01-004-008 - APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN, RELOJES ; A-02-02-01-002-008DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO) ; A-02-02-01-003-005 - OTROS
INSTRUMENTOS ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN, RELOJES ; A-02-02-01-002-008DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO) ; A-02-02-01-003-005 - OTROS
PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS ART IFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES
HECHAS POR EL HOMBRE); A-02-02-01-003-006 - PRODUCTOS DE CAUCHO Y
PLÁSTICO; A-02-02-01-004-008 - APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS ÓPTICOS
Y DE PRECISIÓN, RELOJES; A-02-02-02-007-003 - SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO O ALQUILER SIN OPERARIO; A-02-02-02-009-002 - SERVICIOS DE EDUCACIÓN ; A-02-02-02-009-003 - SERVICIOS PARA EL CUIDADO DE LA SALUD HUMANA Y SERVICIOS SOCIALES y A-02-02-02-009-006 - SERVICIOS RECREATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS, de conformidad a la justificación del mencionado memorando.
Que, la Coordinadora del Grupo de Gestión Financiera, verificó que existe apropiación disponible en los rubros objeto de modificación.RESOLUCIÓN 710 DEL 12 DE junio DE 2025 - HOJA No. 3
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Que, por lo anterior, se hace necesario modificar la desagregación del Presupuesto de Funcionamiento de la Agencia Nacional de Seguridad Vial para la vigencia 2025.
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la desagregación d el presupuesto de Funcionamiento de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, para la Vigencia 2025, así:
FUNCIONAMIENTO
CONTRACRÉDITO:
CONTRACRÉDITO
RUBRO CONCEPTO VALOR
A-02-01-01-004-004 MAQUINARIA PARA USOS ESPECIALES 41.300.000,00
A-02-01-01-004-009 EQUIPO DE TRANSPORTE 344.925.000,00
A-02-02-01-004-007
EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES 201.602.006,00
A-02-02-02-007-001 SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS 73.254.838,00
A-02-02-02-008-003
SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y
TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD) 100.000.000,00
A-02-02-02-008-007
TÉCNICOS (EXCEPTO LOS SERVICIOS DE
INVESTIGACION, URBANISMO, JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD) 100.000.000,00
A-02-02-02-008-007
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E
INSTALACIÓN (EXCEPTO SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN) 16.000.000,00
TOTAL, CONTRACRÉDITO $ 777.081.844,00
CRÉDITO:
RUBRO CONCEPTO VALOR A-02-01-01-004-007 EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES 411.640.000,00
A-02-01-01-004-008 APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS
ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN, RELOJES 13.052.000,00
A-02-02-01-002-008 DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO) 33.067.000,00
A-02-02-01-003-005
OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS
ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES
HECHAS POR EL HOMBRE)
1.080.000,00
A-02-02-01-003-006 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO 16.104.000,00RESOLUCIÓN 710 DEL 12 DE junio DE 2025 - HOJA No. 4
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A-02-02-01-004-008 APARATOS MÉDICOS, INSTRUMENTOS
ÓPTICOS Y DE PRECISIÓN, RELOJES 1.056.000,00
A-02-02-02-007-003 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO O ALQUILER
SIN OPERARIO 80.320.000,00
A-02-02-02-009-002 SERVICIOS DE EDUCACIÓN 78.100.044,00
A-02-02-02-009-003 SERVICIOS PARA EL CUIDADO DE LA SALUD
HUMANA Y SERVICIOS SOCIALES 26.500.000,00
A-02-02-02-009-006 SERVICIOS RECREATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS 116.162.800,00
TOTAL, CRÉDITO $ 777.081.844,00
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C. a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025).
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIANTONIA TABARES PULGARÍN
Directora Agencia Nacional de Seguridad Vial
Proyectó: Sandra Prieto – Contratista Grupo Gestión Financiera
MARIANTONIA TABARES PULGARÍN
Directora Agencia Nacional de Seguridad Vial
Proyectó: Sandra Prieto – Contratista Grupo Gestión Financiera
Revisó: Albeiro Acosta Rendon – Contratista Secretaría General
Gloria Rubiano Perdomo – Coordinadora del Grupo de Gestión Financiera
Isduar Yobany Sastoque - Secretario General ( E )
Edith Sofia Santana Salazar – Contratista Dirección General
ISDUAR YOBANY
SASTOQUE PINEDA Firmado digitalmente
por ISDUAR YOBANY
SASTOQUE PINEDA
SANDRA
PATRICIA PRIETO
BENAVIDES Firmado digitalmente
por SANDRA PATRICIA
PRIETO BENAVIDES
Fecha: 2025.06.12
15:29:43 -05'00' Albeiro Acosta Rendon Firmado digitalmente por Albeiro Acosta Rendon Gloria Rubiano Perdomo Firmado digitalmente por Gloria Rubiano Perdomo Fecha: 2025.06.12 17:54:47 -05'00' Firmado digitalmente por Sofia Santana S.
MARIANTONIA
TABARES PULGARIN Firmado digitalmente por