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ANSV - Circular 021 de 2026

Agencia Nacional de Seguridad Vial

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Detalles

Título
ANSV - Circular 021 de 2026
Autor
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Página | 1

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

CIRCULAR No. 021 DEL 7 DE ABRIL DE 2026

DE: Secretaría General

PARA: Directores/as Técnicos, Jefes/as de Oficina, Asesores/as, Coordinadores/as de Grupo, Servidores/as Públicos y Contratistas de la

Agencia Nacional de Seguridad Vial – ANSV.

ASUNTO: Lineamientos administrativos con ocasión de la declaratoria de día cívico el 17 de abril.

Cordial saludo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 500 de 2024, mediante el cual se declara el tercer viernes de abril de cada año como el "Día Cívico de la Paz con la Naturaleza", la Secretaría General se permite impartir las siguientes instrucciones obligatorias para los servidores públicos y contratistas de la

Agencia:

1. Suspensión de Actividades Laborales y Atención al Público De conformidad con el artículo 2 del mencionado Decreto, el viernes 17 de abril se establece como día no hábil para efectos laborales y de términos administrativos en la ANSV. Por tanto, las instalaciones permanecerán cerradas y no se realizará atención al público.

2. Garantía de Servicios Críticos En cumplimiento del artículo 4 del Decreto 500 de 2024 que indica: “ARTÍCULO 4. Continuidad de los servicios: Las entidades y funcionarios que por la naturaleza de sus funciones tienen como objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, tales como policía, salud pública, emergencias,

“ARTÍCULO 4. Continuidad de los servicios: Las entidades y funcionarios que por la naturaleza de sus funciones tienen como objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, tales como policía, salud pública, emergencias, atención y prevención de desastres, movilidad, seguridad y orden público continuarán con el cumplimiento de sus funciones con total normalidad” Se exceptúan de lo anterior aquellas actividades indispensables para garantizar: • La seguridad privada de la Entidad. • El soporte técnico de la infraestructura tecnológica. • Las comisiones de servicio programadas previamente para atender las intervenciones y temas de movilidad y seguridad vial a nivel nacional de conformidad con la misionalidad de la ANSV, labor que es de carácter permanente en la entidad.

3. Gestión de PQRSD y Trámites UrgentesPágina | 2

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

Las dependencias encargadas de la gestión de PQRSD y trámites contractuales urgentes deberán asegurar que el flujo de trabajo no se vea afectado para el cumplimiento de los términos legales en las fechas subsiguientes.

4. Fomento de la Sostenibilidad Ambiental Se insta a todo el personal y colaboradores de la ANSV, a dar cumplimiento al objetivo principal del Decreto 500 de 2024, adoptando medidas de ahorro de energía eléctrica y agua potable durante la jornada, como una contribución necesaria ante la situación climática actual.

Cordialmente,

DARIO RINCÓN JARAMILLO

Secretario General (E)

energía eléctrica y agua potable durante la jornada, como una contribución necesaria ante la situación climática actual.

Cordialmente,

DARIO RINCÓN JARAMILLO

Secretario General (E) Agencia Nacional de Seguridad Vial Proyectó: Julieth Andrea Capera – Coordinadora Grupo de Gestión Talento Humano

Revisó: Vanessa María Arrieta Sampayo– Abogada Contratista – Secretaria General

Firmado digitalmente por Julieth Capera Gonzalez

Fecha: 2026.04.07

11:26:54 -05'00'

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