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ANSV - Circular 059 de 2024

Agencia Nacional de Seguridad Vial

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Disponible

Detalles

Título
ANSV - Circular 059 de 2024
Autor
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

Página 1 de 2

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

CIRCULAR No. 059 DEL 07 DE NOVIEMBRE DE 2024

PARA: DIRECTORES TÉ CNICOS, JEFES DE OFICINAS, ASESORES,

COORDINADORES DE GRUPO, SUPERVISORES Y

COLABORADORES DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD

VIAL.

DE: SECRETARIO GENERAL

ASUNTO: CIERRE DE EXPEDIENTE CONTRA CTUAL EN LA PLATAFORMA

SECOP II

Reciban un cordial saludo:

En atención a la Circular Externa No. 005 de 2024 1 expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.4.3. del Decreto 1082 de 2015, se establece lo siguiente: “Vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, la Entidad Estatal debe dejar constancia del cierre del expediente del Proceso de Contratación” (Negrilla y resaltado fuera de texto).

Por lo tanto, solicitamos a los supervisores de contrato s realizar la identificación de aquellos contratos a su cargo que ya han sido liquidados o que, aun sin requerir liquidación, cumplan con las siguientes condiciones:

1. Se ha cumplido el plazo de ejecución del contrato.

2. Se han vencido las garantías.

aquellos contratos a su cargo que ya han sido liquidados o que, aun sin requerir liquidación, cumplan con las siguientes condiciones:

1. Se ha cumplido el plazo de ejecución del contrato.

2. Se han vencido las garantías.

3. Se ha cumplido con el plazo de las condiciones de entrega de los servicios o bienes.

En línea con lo anterior y en concordancia con el principio de publicidad, se requiere que los contratos que reúnan est as condiciones cuenten con todos los informes y soportes de ejecución correspondientes, debidamente publicados en la plataforma SECOP II, previo a la solicitud de cierre del expediente. Esto, dado que una vez cerrado el expediente, no será posible realizar ninguna publicación o modificación adicional.

1 Circular Externa No. 005 de 2024Página 2 de 2

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

Una vez identificados estos contratos, es necesario que el supervisor remita un memorando de solicitud de cierre del expediente contractual, dirigido a la Directora de la ANSV a través del correo institucional liquidacionescontratos@ansv.gov.co, con el propósito de gestionar el cierre del expediente en la plataforma SECOP II.

Finalmente, hacemos un llamado a todas las dependencias para que aseguren el estricto cumplimiento de est e lineamiento , en concordancia con l as directrices impartidas en la Circular Externa No. 005 de 2024, las cuales deben ser cumplidas antes del 30 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto por Colombia

estricto cumplimiento de est e lineamiento , en concordancia con l as directrices impartidas en la Circular Externa No. 005 de 2024, las cuales deben ser cumplidas antes del 30 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto por Colombia Compra Eficiente. Por lo tanto, las solicitudes de cierre deberán radicarse a más tardar el 22 de noviembre de 2024, teniendo en cuenta el tiempo que se requiere para adelantar la revisión, posibles observaciones y la gestión del cierre en la Plataforma SECOP II.

Agradecemos de antemano su colaboración y compromiso con el cumplimiento de estas directrices.

Cordialmente,

ALEXANDER DÍAZ UMAÑA

Secretario General

Proyectó: Ana María Noriega García -Profesional Especializada Grado 24

Juan Felipe Vera – Contratista Grupo de Gestión Contractual.

Revisó: Néstor Fernando Martínez Gaitán - Contratista Grupo de Gestión Contractual Revisó: Magali del Socorro Rosero Ortiz – Asesor Código 1020 - Grado 16 de la Dirección General, con funciones de

Coordinación del Grupo de Gestión Contractual

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