🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ANSV - Protocolo de actuación sistemas integrales de orientación a familiares y victimas de siniestros viales

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ANSV - Protocolo de actuación sistemas integrales de orientación a familiares y victimas de siniestros viales
Autor
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Transporte
Año

Protocolo de actuación Sistemas integrales de orientación a familiares y víctimas de siniestros viales Agencia Nacional de Seguridad Vial

INDICE

1. OBJETIVO

3

2. ALCANCE 3 2.1 Lineamientos para la orientación y/o asesoría

4 2.1.1 Psicológica 5 2.1.2 Social 6 2.1.3 Jurídico 7

3. TERMINOS Y DEFINICIONES

8

4. RESPONSABILIDAD

9

5. NORMATIVIDAD

11

6. DESARROLLO

12

7. DOCUMENTOS DE CONSULTA

13

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

SISTEMAS INTEGRALES DE ORIENTACIÓN A FAMILIARES Y VÍCTIMAS DE SINIESTROS VIALES Describir las pautas de actuación para la orientación inicial a Familiares y Víctimas de Siniestros Viales en el marco del Sistema Integral de Acompañamiento del Plan Nacional de Seguridad vial. El sistema integral de orientación a familiares y víctimas de siniestros viales, busca brindar la información inicial necesaria desde los enfoques psicológicos, sociales y jurídicos a los afectados, con el fin de facilitarles herramientas que les permitan conocer y apropiarse de los derechos que les asisten, así como los programas sociales disponibles en sus territorios y los espacios de contención o apoyo emocional. Los centros o unidades de orientación son creados por los entes territoriales, para brin dar atención telefónica, virtual o presencial a través de un grupo de profesionales idóneos que realicen la orientación respecto a las herramientas legales existentes, las afectaciones psicológicas, así como la activación de las redes de apoyo para el abordaje, intervención, acompañamiento y superación de las dificultades

que pudieron surgir a raíz del siniestro. Para una adecuada implementación, es necesario establecer un protocolo que integre las áreas mencionadas y que sea guía para los profesionales que interactúan con los familiares de las víctimas y/o las víctimas que solicitan orientación posterior a la ocurrencia de un siniestro vial. Este documento es susceptible de ser adaptado a las necesidades de cada territorio para que sea una herramienta efectiva que permita el fortalecimiento de las capacidades de las entidades que se encargan de este proceso. 13 2.1 Lineamientos para la orientación y/o asesoría. El proceso de atención se inicia con la recepción de la solicitud de la víctima de siniestro vial y/o sus familiares por cualquiera de los canales dispuestos para ello (redes sociales, WhatsApp, correo electrónico, formulario de registro, contacto telefónico o sede física), mediante el diligenciamiento de los formatos correspondientes, se obtienen los datos básicos del solicitante, así como elementos que permitan identificar y orientar de acuerdo a los profesionales disponibles, a qué dependencia debe dirigirse el interesado. Es muy importante informar al solicitante, que la orientación que se suministra es inicial y no implica el acompañamiento permanente de Contar con herramientas de apoyo como ninguna de las áreas, por lo anterior es documentos o formatos para el registro y necesario diligenciar consentimiento informado manejo de información. (Consentimiento en el que se plasmen las condiciones de la informado, asentimiento, base de datos, etc.) atención, las remisiones, derivaciones y articulaciones a que haya lugar de acuerdo con Tener protocolos o guías que indiquen el

las necesidades del solicitante. proceso de atención y orientación que realiza el personal. Para la atención y orientación solicitada se recomienda: Establecer la calidad de las personas que serán atendidas, identificando si conforme a lo Disponer de un o varios mecanismos de establecido en la ley tiene la legitimación atención y orientación idóneo para el para actuar y emprender cualquier tipo de territorio (redes sociales, WhatsApp, correo reclamación. electrónico, formulario de registro, contacto telefónico o sede física) así como con el Identificar la fecha del siniestro, con el fin de recurso humano suficiente que pueda ejercer reconocer si las acciones se encuentran la labor de atención y orientación. prescritas, para determinar el acompañamiento que se genere en el área Garantizar la privacidad y seguridad de los jurídica. usuarios. 4 Exponer claramente los derechos de la persoDeterminar la competencia para realizar el na durante la atención que se le brinda, el abordaje de la orientación conforme al lugar alcance del acompañamiento a través del de ocurrencia de los hechos (factor territorial establecimiento de objetivos y la de la competencia) y/o lugar de residencia profundización de las dificultades o lo establecido por el organismo de manifestadas por lav íctima. tránsito. Orientar de acuerdo con las necesidades y Identificar la cantidad de sesiones requeridas particularidades que presenta el solicitante para conocer la información y brindar la con el fin de dar las herramientas necesarias orientación. para el manejo de la situación problemática. A continuación, se describen las acciones generadas en cada una de las áreas durante la orienSi se percibe riesgo hacia la integridad de la

tación: persona (Ideación o intento suicida) se 2.1.1 Psicológica deberá activar la ruta de atención de forma inmediata (La ruta puede incluir que un El profesional del área de psicología se encargafamiliar o la persona que él o ella dejó en el rá de analizar las dificultades emocionales que consentimiento informado tenga surgen a partir del siniestro y la manera en que conocimiento de la situación) inciden en el desarrollo de las actividades cotidianas. Estás pueden estar relacionadas con En los casos en los que se requiere iniciar un malestares físicos, cognitivos, proceso terapéutico se realizará la remisión o comportamentales o emocionales que se derivación a las entidades de salud que presmanifiestan en dolores o malestares corporales, ten el servicio de atención psicológica o a la dificultades para concentrarse, dificultades EPS a la que la persona se encuentre afiliada, para tomar decisiones, aislamiento social, con el fin de dar continuidad a su atención. problemas en las relaciones interpersonales y tristeza, angustia, ira, impotencia. Realizar seguimiento después de finalizada la orientación, con el fin de verificar el bienestar En relación con esto es importante abordar las emocional de la persona. dificultades que manifieste el usuario, de manera que se puedan realizar procesos de contención emocional y psicoeducación que exploren las herramientas internas las cuales disponga la persona para afrontar sus dificultades. En el proceso de orientación psicológica, se debe tener en cuenta:

Los espacios de orientación pueden darse de manera individual o familiar, conforme las necesidades de acompañamiento de la víctima, por lo cual se deberá establecer las estrategias de acompañamiento a nivel familiar. Es importante mencionar que la orientación psicológica es un espacio de contención emocional y psicoeducación, diferente a un espacio terapéutico y que se realizarán las derivaciones necesarias de acuerdo al análisis de las dificultades. Adicionalmente se establecerá la cantidad de sesiones para la orientación conforme a las condiciones y el alcance que el mismo centro o unidad de atención considere. 2.1.2 Social La atención del profesional del área social se direcciona hacia la identificación de los impactos que han sufrido los sistemas familiares posterior a la ocurrencia del siniestro vial, mismos que pueden reflejarse en cambios en la dinámica familiar, apropiación de recursos, ausentismo laboral y/o educativo, entre múltiples factores que pueden verse alterados. En ese sentido, es fundamental realizar una aproximación a la realidad de la familia e individuo a través del instrumento de valoración socio familiar que se tenga a disposición en el Centro de Orientación correspondiente, en todo caso, se sugiere que se contemple como mínimo los siguientes elementos: Datos de identificación y contacto. Dinámica y roles del sistema familiar. Actividad económica y apropiación de recurRed de apoyo. sos. Conclusiones, recomendaciones y concepto Grado de escolaridad. social. Composición familiar. 5 6 La información obtenida permite al profesional identificar nodos de intervención, necesidades de apoyo y pertinencia de articulación y remisión a otros profesionales o entidades. Así las cosas, el

profesional deberá identificar la necesidad de iniciar proceso de intervención planteando los objetivos a trabajar o remitir el caso a quien corresponda adjuntando la valoración inicial cuando no es posible una atención directa por parte del Centro de Orientación en función del alcance que se haya definido para este. Acompañamiento comunitario y reparación de tejido social Los procesos de intervención y acompañamiento comunitario tienen diversos objetivos, desde el empoderamiento de las comunidades hasta la reparación del tejido social. No obstante, el hecho de presentarse un siniestro vial con impacto en la comunidad se relaciona de manera directa con la reparación del tejido social y procesos de acompañamiento psicológico y social. El acompañamiento comunitario y los procesos de intervención influyen en los niveles micro sociales entendidos estos como el individual, familiar y grupal. En ese sentido, cuando son comunidades las que presentan afectaciones posteriores a un evento de alto impacto, como por ejemplo un siniestro de una ruta escolar, y se solicita la orientación por parte de alguno de los afectados, se debe evaluar la pertinencia de activar el equipo psicosocial y plantear estrategias de intervención y acompañamiento conjunta en función de las necesidades de la población afectada y en articulación y/o coordinación con otras entidades. 2.1.3 Jurídico A través del proceso de acercamiento con el solicitante se busca conocer la situación ocurrida, la revisión documental en caso de ser posible y brindar la orientación correspondiente para el inicio de las reclamaciones administrativas, contravencionales y judiciales. La orientación está dirigida a ofrecer la información necesaria para el inicio de las reclamaciones y procesos a los que haya lugar, aclarando que solo es un proceso de orientación inicial, que no implica

el acompañamiento permanente o defensa técnica, ni garantiza el resultado efectivo de las acciones que se emprendan. Con el conocimiento de la situación se brindará la orientación jurídica correspondiente para que el solicitante pueda iniciar las reclamaciones ante el SOAT o la ADRES según corresponda, se haga parte dentro del proceso penal que se encuentre en curso, o se inicie acción civil, recomendando la observancia de los términos otorgados en la Ley. Se revisará la viabilidad de entregar formatos de ayuda para diligenciar querellas, demandas o reclamaciones. 6

Accidente de Tránsito: El Código Nacional de Tránsito TerrestreLey 769 de 2002, define accidente de tránsito como “Evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en el e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho.” Adicionalmente, el Decreto 780 de 2016 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social” dentro del capítulo de subcuenta de seguro de riesgos catastró- ficos y accidentes de tránsito (ECAT) indica que para los efectos del mismo se entiende por accidente de tránsito, el suceso ocurrido dentro del territorio nacional, en el que se cause daño en la integridad física o mental de una o varias personas, como consecuencia del uso de la vía, donde esté involucrado al menos un vehículo automotor.

Adres: Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Atención psicosocial: Proceso de acompañamiento individual, familiar o comunitario, orientado a hacer frente a las consecuencias de un impacto traumático y a promover el bienestar, el apoyo emocional y social de las personas, estimulando su adaptación y el desarrollo de sus capacidades. (Fundación SES, Chile. 2016) Beneficiario: Es la persona que acredite tener derecho a los servicios médicos, indemnizaciones y/o gastos de que trata el Capítulo 4 del Decreto 780 de 2016, de acuerdo con las coberturas allí señaladas.

Consulta psicológica: Es una valoración y orientación realizada por un profesional en psicología que consta de: Anamnesis, evaluación general del estado emocional, socio afectivo y comportamental, incluyendo de ser necesario la aplicación de prueba o pruebas psicológicas, así como la determinación de un plan de tratamiento.

(Resolución 5521 de 2013) Enfoque diferencial: Conforme al DANE, el enfoque diferencial es una perspectiva de análisis que permite obtener y difu dir información sobre grupos poblacionales con características particulares en razón de su edad o etapa del ciclo vital, género, orientación sexual, identidad de género, pertenencia étnica, y discapacidad, entre otras características; para promover la visibilización de situaciones de vida particulares y brechas existentes, y guiar la toma de decisiones públicas y privadas (adaptado del artículo 13 de la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas).

Homicidio: Acto de quitarle la vida a una persona.

7

Inmovilización: Suspensión temporal de la circulación de un vehículo.

Lesiones Personales: El que cause a otro daño en el cuerpo o en la salud, incurrirá en las sanciones establecidas en los artíc los 112 y siguientes del Código Penal Colombiano.

Psicoeducación: Es la explicación de manera comprensiva y empática a la víctima y a los demás miembros del equipo, que las reacciones y síntomas emocionales y psicológicos que presenta el individuo son respuestas normales ante situaciones que son anormales en sí mismas, que son debidas a reacciones del organismo. (Ministerio de salud. Guía básica de atención médica prehospitalaria, universidad de

Antioquia, 2012) Salud mental: Se define como un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad. (Ley 1616 de 2013) Víctima de siniestro vial: Conforme a lo establecido en las definiciones del Artículo 2.6.1.4.3. Decreto 780 de 2016, víctima es toda persona que sufre daño en su salud como consecuencia de un accidente de tránsito. Estrategia que refiere a la disponibilidad de lugares o instrumentos tecnológicos (líneas de sufrir el siniestro vial y donde se centralice gica. 8 ción, documentación y brindar el proceso de LEY social. 9

NORMATIVIDAD

5. Constitución Política de Colombia. 1991. Ley 115 de febrero 8 de 1994. Por la cual se expide la ley general de educación.

Ley 361 de 7 de febrero de 1997. Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones. Ley 599 de 2000 “Por la cual se crea el código Penal Colombiano” Ley 762 de 5 de agosto de 2002. Por medio de la cual se aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad" Ley 769 de 2002. “Por la cual se crea el Código Nacional de Tránsito” Ley 906 de 2004 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal” Ley 1090 de 2006 Código Deontológico y Bioético para el Ejercicio de la Profesión de Psicología. Ley 1098 de 2006 del 8 de noviembre de 2006, por el cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley estatutaria 1618 de 27 de febrero de 2013. por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Ley 1616 de 2013 por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones. Decreto 780 de 2016. “Por medio de/cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social” Ley 1850 de 19 de julio de 2017. Por medio de la cual se establecen medidas de protección al adulto mayor. Decreto 1430 del 29 de julio de 2022. "Por medio del cual se aprueba el "Plan Nacional de Seguridad

Vial 2022-2031” 10 No. INDICACIÓN ACTIVIDAD REGISTRO RESPONSABLE Documentos de Se identifica cuáles son las apertura (Registro de necesidades de quién solicita Apoyo datos, 1 Recepción la orientación para guiarla al administrativo o consentimiento, área correspondiente quien se designe informado, (psicológica, social y/o jurídica) asentimiento informado entre otros) Se realiza el proceso de atención Profesionales Atención y y orientación desde el área que Documentos de Psicología, 2 orientación responde a la necesidad del atención y Trabajo social, orientación solicitante. Derecho Se realiza el seguimiento del Profesionales Documentos de solicitante verificando la Psicología, 3 Seguimiento atención y orientación continuidad del proceso con Trabajo social, las entidades externas. Derecho (cuandoa plica) Profesionales Documentos de Se finaliza el proceso de Psicología, 4 Cierre cierre de atención y orientación. Trabajo social, orientación Derecho 11 12

Consultar sobre este documento ...