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ANSV - Resolución 028 de 2026

Agencia Nacional de Seguridad Vial

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Detalles

Título
ANSV - Resolución 028 de 2026
Autor
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

Página 1 de 3 RESOLUCIÓN 028 DE 2026 (14 DE ENERO DE 2026) “Por la cual se aprueba el Programa Anual Mensualizado de CajaPAC para la vigencia fiscal 2026” LA DIRECTORA DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 787 de 2015, el Decreto 1207 de 2023, y la aprobación del Consejo Directivo del 31 de enero de 2017, y teniendo en cuenta los siguientes:

CONSIDERANDO Que mediante la Ley 1702 de 27 de diciembre de 2013 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Seguridad Vial - ANSV, como una entidad descentralizada, del orden nacional, que forma parte de la Rama Ejecutiva, con personería j urídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Transporte. El artículo 74 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, compilado por el Decreto 111 de 1996, establece que el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y sus modificaciones financiadas con ingresos propios de los establecimientos públicos, serán aprobados por las juntas o Consejos Directivos con fundamento en las metas globales de pagos fijadas por el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS. modificaciones financiadas con ingresos propios de los establecimientos públicos, serán aprobados por las juntas o Consejos Directivos con fundamento en las metas globales de pagos fijadas por el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS. Que el Decreto 1068 de 2015, por medio de la cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en el artículo 2.8.1.7.2.1., establece que la facultad de aprobar el PAC y sus modificaciones con ingresos propios, la puede d elegar el Consejo Directivo en el Representante Legal de la entidad. Que en la sesión del día 20 de diciembre de 2017, el Consejo Directivo de la ANSV, delegó al director general de la Agencia la facultad de aprobar el PAC y sus modificaciones, con recursos propios, tanto para la vigencia actual como para las reservas presupuestales y cuentas por pagar que se constituyan. Que mediante Radicado 2-2025-082075 del 30 de diciembre de 2025, la doctora Martha Hernández Arango, Secretaria Ejecutiva del CONFIS informó que el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS, en su sesión del 29 de diciembre de 2025, aprobó la meta global de pagos de esta entidad con recursos propios hasta por los montos de las apropiaciones incorporadas en el Presupuesto General de la Nación (PGN) para la vigencia fiscal 2026, más las reservas presupuestales y las cuentas por pagar que se constituyan en 2026 con cargo al presupuesto de 2025. Así mismo, aprobó adicionar la meta de pagos hasta por el monto de los convenios interadministrativos que se aprueben durante la vigencia. por pagar que se constituyan en 2026 con cargo al presupuesto de 2025. Así mismo, aprobó adicionar la meta de pagos hasta por el monto de los convenios interadministrativos que se aprueben durante la vigencia. Que los responsables del Grupo de Gestión de Talento Humano y el Grupo de Servicios Administrativos de la Secretaría General, así como el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación presentaron al Grupo de Gestión Financiera la programación de PAC para Gastos de Personal, Gastos Generales , Adquisición de Bienes yRESOLUCIÓN 028 DEL 14 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 2 “Por la cual se aprueba el Programa Anual Mensualizado de CajaPAC para la vigencia fiscal 2026” Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

Página 2 de 3 Servicios, Transferencias Corrientes, Gastos por Tributos, Multas, Sanciones e Intereses de Mora e Inversión, los cuales corresponden al monto total de la apropiación disponible para la vigencia fiscal 2026. Que el presupuesto inicial de la ANSV, para la vigencia fiscal del año 2026, de conformidad con la Ley 2559 del 22 de diciembre de 2025 “Por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2026”, asciende a la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2026”, asciende a la suma de

DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES

CIENTO CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS

M/CTE ($270.576.141.887), de los cuales TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($31.832.825.000), corresponden a funcionamiento y DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($238.743.316.887), corresponden a inversión. Que se constituyeron cuentas por pagar de la vigencia fiscal 2025 por valor de MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA PESOS CON VEINTICINCO CENTAVOS M/CTE ($1.385.388.980,25) y reservas presupuestales por TRECE MILLONES

CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO

PESOS CON CATORCE CENTAVOS M/CTE ($13.431.438,14).

RESUELVE ARTÍCULO 1. Aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC para los gastos de funcionamiento e inversión de la vigencia fiscal 2025, más las cuentas por pagar que se constituyan en el 2026 con cargo a las apropiaciones 2025, con gastos de funcionamiento e inversión de la vigencia fiscal 2025, más las cuentas por pagar que se constituyan en el 2026 con cargo a las apropiaciones 2025, con recursos propios de la ANSV, por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCO PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($271.974.962.305,39) conforme al siguiente detalle:

MES GASTOS DE

PERSONAL

ADQUISICIÓN DE

BIENES Y

SERVICIOS

TRANSFERENCIAS

CORRIENTES

GASTOS POR

TRIBUTOS,

MULTAS,

SANCIONES E

INTERESES DE

MORA TOTAL

FUNCIONAMIENTO INVERSIÓN TOTAL PAC

VIGENCIA 2026

CUENTAS POR

PAGAR RESERVAS TOTAL PAC VIGENCIA

2026 MÁS REZAGO

ENERO 984.642.409,00 283.358.161,25 27.000.000,00 1.295.000.570,25 213.314.929.177,50 214.609.929.747,75 1.385.388.980,25 215.995.318.728,00

FEBRERO

1.334.805.667,00 483.992.792,25 10.000.000,00 1.828.798.459,25 5.433.000.000,00 7.261.798.459,25 13.431.438,14 7.261.798.459,25 MARZO 1.388.384.974,00 5.433.000.000,00 7.261.798.459,25 13.431.438,14 7.261.798.459,25 MARZO 1.388.384.974,00 514.078.532,20 5.000.000,00 1.907.463.506,20 19.995.387.709,50 21.902.851.215,70 21.916.282.653,84 ABRIL 1.341.920.350,00 509.038.532,20 5.000.000,00 2.520.000,00 1.858.478.882,20 1.858.478.882,20 1.858.478.882,20 MAYO 1.397.544.514,80 512.341.652,20 5.000.000,00 1.914.886.167,00 1.914.886.167,00 1.914.886.167,00 JUNIO 1.842.099.895,65 520.802.694,86 5.000.000,00 2.367.902.590,51 2.367.902.590,51 2.367.902.590,51 JULIO 2.042.807.770,50 518.549.532,36 5.000.000,00 2.566.357.302,86 2.566.357.302,86 2.566.357.302,86

AGOSTO

1.351.083.703,20 557.997.284,96 5.000.000,00 1.914.080.988,16 1.914.080.988,16 1.914.080.988,16

AGOSTO

1.351.083.703,20 557.997.284,96 5.000.000,00 1.914.080.988,16 1.914.080.988,16 1.914.080.988,16

SEPTIEMBRE

1.469.976.359,25 519.299.310,33 5.000.000,00 1.994.275.669,58 1.994.275.669,58 1.994.275.669,58

OCTUBRE

1.372.109.839,80 546.936.040,83 2.582.873.000,00 370.050.000,00 4.501.918.880,63 4.501.918.880,63 4.501.918.880,63

NOVIEMBRE

1.458.259.306,35 748.030.885,33 1.000.000,00 2.577.340.191,68 2.577.340.191,68 2.577.340.191,68

DICIEMBRE

5.915.760.210,45 1.179.139.581,23 11.422.000,00 7.106.321.791,68 7.106.321.791,68 7.106.321.791,68 TOTAL 21.899.395.000,00 6.893.565.000,00 2.667.295.000,00 372.570.000,00 31.832.825.000,00 238.743.316.887,00 270.576.141.887,00 1.385.388.980,25 13.431.438,14 372.570.000,00 31.832.825.000,00 238.743.316.887,00 270.576.141.887,00 1.385.388.980,25 13.431.438,14 271.974.962.305,39 Artículo 2. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.RESOLUCIÓN 028 DEL 14 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 3 “Por la cual se aprueba el Programa Anual Mensualizado de CajaPAC para la vigencia fiscal 2026” Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

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PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los catorce (14) del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026).

MARIANTONIA TABARES PULGARÍN

Directora AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Proyectó: Luz Angela Rojas – Profesional Especializado Grupo de Gestión Financiera

Revisó: Gloria Rubiano Perdomo – Coordinadora Grupo de Gestión Financiera

Ezequiel Lenis – Contratista Grupo de Gestión Financiera Edith Sofia Santana Salazar – Contratista Dirección General

Aprobó: Teresa Botello Parada - Secretaria General (e)

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