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ANSV - Resolución 095 de 2026

Agencia Nacional de Seguridad Vial

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Detalles

Título
ANSV - Resolución 095 de 2026
Autor
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

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RESOLUCIÓN 095 DEL 2026

(29 DE ENERO DE 2026)

“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD

VIAL.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 787 del 2015, el artículo 2 del Decreto 788 de 2015, los artículos 2.2.5.4.1 y 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015, la Ley 1702 de 2013, el Decreto 1207 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, dispone: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (…)”.

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 122, señala: “ No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 122, señala: “ No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. (…)”.

Que de conformidad con el artículo 123 de la Constitución Política de Colombia: “Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. (…)”.

Que el inciso segundo del artículo 115 de la Ley 489 de 1998, "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones", dispone que los representantes legales de los organismos o e ntidades del estado podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia sus objetivos, políticas y programas.

Que el artículo 8 del Decreto 2489 de 2006:

"Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras

"Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones", señala que " (…) cuando de conformidad con el artículo 115 de la ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se aplica el presenteRESOLUCIÓN 095 DEL 29 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 2

“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

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decreto creen grupos de internos de trabajo, la integración de estos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependan jerárquicamente".

Que, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en concepto C.E. 2030 del 29 de octubre de 2010, indicó que los grupos internos de trabajo pueden ser permanentes o transitorios, según lo establezca el jefe o director de la entidad, atendiendo los objetivos propuestos y las funciones encomendadas. Así mismo, señala que: " La función de coordinador, así como el reconocimiento económico

ser permanentes o transitorios, según lo establezca el jefe o director de la entidad, atendiendo los objetivos propuestos y las funciones encomendadas. Así mismo, señala que: " La función de coordinador, así como el reconocimiento económico especial por el cumplimiento de esta labor, tiene la transitoriedad propia de los grupos de trabajo en la organización de la entidad, y está también sujeta a la facultad discrecional que tiene el director del organismo para ubicar el personal de la entidad en la organización. (...)".

Que mediante la Ley 1702 de 27 de diciembre de 2013, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Seguridad Vial - ANSV, como una entidad descentralizada, del orden nacional, que forma parte de la Rama Ejecutiva, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Transporte.

Que el artículo 2° del Decreto 788 de 21 de abril de 2015, por el cual se establece la planta de personal de la Agencia Nacional de Seguridad Vial otorgó facultades al director general de la entidad para llevar a cabo la distribución de los cargos de la planta de personal global establecida en el artículo 1° del citado Decreto, de acuerdo con la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública en Concepto 605841 de 2020, consideró: “En ese orden de ideas, la planta de personal Global consiste en la relación detallada de los empleos requeridos para el cumplimiento de las funciones de una entidad, sin identificar su ubicación en las unidades o dependencias que hacen parte de la organización interna de la institución. De esta manera, cuando una entidad tiene planta global, cada empleo de la entidad

la relación detallada de los empleos requeridos para el cumplimiento de las funciones de una entidad, sin identificar su ubicación en las unidades o dependencias que hacen parte de la organización interna de la institución. De esta manera, cuando una entidad tiene planta global, cada empleo de la entidad pertenece a ella en general y no a cada dependenc ia en particular, siendo competencia del jefe del organismo distribuir los cargos y ubicar el personal de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que mediante la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, se establecieron los grupos internos de trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, se asignaron sus funciones, así como, la conformación.

Dicho acto administrativo se modificó mediante las Resoluciones números 417 de 2019, 456 de 2023, 558 de 2024, 131, 787 y 1221 del 2025.

Que a través de la Resolución No. 241 del 15 de diciembre de 2020 , se ajustó el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial - ANSV, y se distribuyeron los empleos de la planta de personal global aprobada en el artículo 1° del Decreto 788 del 2015, dicho acto administrativo se modificó mediante las Resoluciones números 83 y 176 de 2021, 022 de 2022, 187 y 203 de 2023, 576 de 2024 y 094 de 2026.

Que mediante el artículo segundo de la Resolución No. 094 del 29 de enero deRESOLUCIÓN 095 DEL 29 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 3

“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

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2026, se reubicó el empleo denominado profesional especializado, código 2028, grado 16 (ID39) en la Secretaría General – Grupo de Gestión del Talento Humano. Que, en consecuencia, se hace necesario modificar el artículo noveno de la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, modificado mediante las Resoluciones números 417 de 2019, 456 de 2023, 558 de 2024, 131, 787 y 1221 del 2025.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR el artículo noveno de la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019 modificado por las Resoluciones Nos. 417 de 2019, 456 de 2023, 558 de 2024, 131, 787 y 1221 de 2025, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva, el cual quedará así:

“ARTÍCULO NOVENO. CONFORMAR los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con los siguientes empleos:

GRUPO DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

“ARTÍCULO NOVENO. CONFORMAR los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con los siguientes empleos:

GRUPO DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Profesional Especializado 2028 24 2 Profesional Especializado 2028 20 2 Profesional Especializado 2028 16 1 Técnico Administrativo 3124 16 1 Auxiliar Administrativo 4044 19

GRUPO DE GESTIÓN FINANCIERA

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Asesor 1020 16 3 Profesional Especializado 2028 22 1 Profesional Especializado 2028 16 1 Técnico Administrativo 3124 16

GRUPO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Profesional Especializado 2028 22 1 Profesional Especializado 2028 20 1 Profesional Especializado 2028 16RESOLUCIÓN 095 DEL 29 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 4

“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

Agencia Nacional de Seguridad Vial

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1 Profesional Universitario 2044 11 1 Técnico Administrativo 3124 16 1 Conductor Mecánico 4103 20

GRUPO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Profesional Especializado 2028 20 1 Profesional Especializado 2028 16 1 Técnico Administrativo 3124 16 1 Auxiliar Administrativo 4044 19

GRUPO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Asesor 1020 16 1 Asesor 1020 01 2 Profesional Especializado 2028 16 2 Técnico Administrativo 3124 16 1 Auxiliar Administrativo 4044 19

GRUPO DE GESTIÓN CONTRACTUAL

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Asesor 1020 16 1 Profesional Especializado 2028 24 1 Profesional Especializado 2028 16 2 Técnico Administrativo 3124 16

GRUPO DE GESTIÓN DOCUMENTAL

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Asesor 1020 05 1 Profesional Especializado 2028 16

2 Técnico Administrativo 3124 16

GRUPO DE GESTIÓN DOCUMENTAL

No. DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Asesor 1020 05 1 Profesional Especializado 2028 16 2 Técnico Administrativo 3124 16 1 Auxiliar Administrativo 4044 19RESOLUCIÓN 095 DEL 29 DE ENERO DE 2026 - HOJA No. 5

“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 329 del 28 de junio de 2019, por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”

Agencia Nacional de Seguridad Vial

Dirección: Av. La Esperanza - Calle 24 N° 60-50, Bogotá Complejo Empresarial Gran Estación 2, piso 9

Conmutador: (+57) 601 739 9080

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ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar el contenido del presente Acto Administrativo a los servidores públicos de la entidad a través de correo electrónico institucional, asimismo, publicarlo en la página web de la entidad.

ARTICULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá D.C. a los veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil veintiséis (2026).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARIANTONIA TABARES PULGARÍN

Directora General Agencia Nacional de Seguridad Vial

Proyectó: Patricia Gómez Forero. Profesional Especializado. Grupo de Gestión del Talento Humano

MARIANTONIA TABARES PULGARÍN

Directora General Agencia Nacional de Seguridad Vial

Proyectó: Patricia Gómez Forero. Profesional Especializado. Grupo de Gestión del Talento Humano Cristhian Jesús Villalobos Torres. Contratista. Grupo de Gestión del Talento Humano Revisó: Claudia Patricia Fonseca Garcia. Contratista Especializada. Secretaría General.

Edith Sofía Santana Salazar. Contratista. Dirección General

Aprobó: Teresa Botello Parada. Secretaria General (E). Secretaría secretaria

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