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ANTV - Resolución 0364 de 2013

ANTV - Autoridad Nacional de Televisión

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Detalles

Título
ANTV - Resolución 0364 de 2013
Autor
ANTV - Autoridad Nacional de Televisión
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2013

RESOLUCIÓN 364 DE 2013

(febrero 28) Diario Oficial No. 48.726 de 8 de marzo de 2013 AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN Por la cual se modifica la Resolución número 008 de 2012 a través de la cual se adopta el manual de funciones y de competencias laborales de los empleos de la Autoridad Nacional de Televisión según lo dispuesto en la Resolución número 363 de 2013. LA JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN, en uso de las facultades otorgadas por la Ley 1507 de 2012, en especial las conferidas por el artículo 6 o literal i) de la citada ley, CONSIDERANDO: Que la Ley 1507 de 2012 “ Por la cual se establece la distribución de competencias dentro las entidades del Estado en materia de televisión y se dictan otras disposiciones ” dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial, presupuestal y técnica, la cual formará parte del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La entidad estará conformada por una Junta Nacional de Televisión, que será apoyada financieramente por el Fondo para el Desarrollo de la Televisión (Fontv); Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 o de la Ley 1507 de 2012, corresponde a la Junta Nacional de la ANTV adoptar la planta de personal que demande el desarrollo de sus funciones, en virtud de lo cual, mediante Resolución número 07 del 17 de

mayo de 2012 se adoptó parcialmente dicha planta; Que dentro de las funciones de la Junta Nacional de Televisión previstas en el artículo 6 o de la Ley 1507, literal i), se encuentra la relativa a “ Adoptar los manuales, estatutos y reglamentos internos de la entidad, de conformidad con la ley”; Que el artículo 5 o de la Ley 909 de 2004, determina los criterios sobre la clasificación de empleos señalando las excepciones a aquellos de carrera administrativa; Que mediante Resolución número 363 de 2013 se modificó la Resolución número 007 de 2012 a través de la cual “se adopta la planta de personal de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV)” , y se crearon cargos de carrera administrativa; Que de acuerdo con lo anterior, se requiere adoptar el manual de funciones y de competencias laborales de los empleos de la ANTV, conforme la planta de personal definida en la Resolución número 363 de 2013; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Establecer el manual específico de funciones y competencias laborales parala planta de personal de la Autoridad Nacional de Televisión, adoptada mediante Resolución número 363 del 28 de febrero de 2013, cuyas funciones deberán ser cumplidas con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalen a la ANTV, así:

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL:

MIEMBRO DE JUNTA

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

MIEMBRO DE JUNTA

CÓDIGO:

0090

GRADO:

No DE EMPLEOS:

CUATRO (4)

DEPENDENCIA:

JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN

EMPLEO SUPERIOR INMEDIATO:

JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN

II. ÁREA DE DESEMPEÑO: JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Evaluar, proponer, recomendar y realizar seguimiento estratégico frente a los objetivos, funciones, planes, programas y proyectos que desarrolle la ANTV para velar por el acceso a la televisión, garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa, la competencia y eficiencia en la prestación del servicio, evitar prácticas monopolísticas en su operación y explotación y garantizar la efectiva interlocución con los usuarios del servicio de televisión y la opinión pública en relación con la difusión, protección y defensa de los intereses de los televidentes.

IV. FUNCIONES ESENCIALES

1. Participar en las sesiones de la Junta Nacional de Televisión y apoyar a este órgano en la toma de decisiones necesarias para que la ANTV desarrolle sus objetivos, funciones, planes, programas y proyectos.

2. Hacer seguimiento a las decisiones establecidas para el desarrollo de las funciones de la

ANTV.

3. Evaluar y participar en la toma de decisiones sobre el otorgamiento de las concesiones para la prestación del servicio público de televisión, incluyendo la asignación de espectro radioeléctrico, cuando aplique, así como el otorgamiento de las concesiones de espacios de televisión.

4. Evaluar y participar en la toma de decisiones sobre el otorgamiento de prórrogas de las

concesiones para la prestación del servicio público de televisión, incluyendo la asignación de espectro radioeléctrico cuando aplique, así como las de las concesiones de espacios de televisión.

5. Evaluar y participar en la toma de decisiones sobre la fijación de tarifas, tasas, precios públicos y derechos ocasionados por la prestación del servicio de televisión.

6. Revisar y participar en la aprobación del proyecto de presupuesto anual de la entidad que le sea presentado por el Director a la Junta Nacional de Televisión, de conformidad con la ley.7. Evaluar y participar en la determinación de la planta de personal de la entidad, creando, suprimiendo o fusionando los cargos necesarios para su buena marcha, de conformidad con la ley.

8. Evaluar y participar en la adopción de los manuales, estatutos y reglamentos internos de la entidad, de conformidad con la ley.

9. Evaluar y participar en la definición de sanciones, de conformidad con las normas del debido proceso y con el procedimiento previsto en la ley, a los operadores del servicio, a los concesionarios de espacios de televisión y a los contratistas de los canales regionales por violación de sus obligaciones contractuales, o por transgresión de las disposiciones legales y reglamentarias o de las de la ANTV, relacionadas con el servicio.

10. Evaluar y participar en la toma de decisión sobre reglamentación de modo general las condiciones y requisitos que deben cumplir los acuerdos que celebren los concesionarios de espacios de televisión y los contratistas de televisión regional para modificar, sin más limitaciones que las derivadas de la voluntad mayoritaria de los mismos y del respeto de los

derechos que los amparan, el carácter y la modalidad de los espacios de que son titulares, la franja de audiencia, los horarios de emisión y la duración de los programas, entre otros.

11. Evaluar y participar en el establecimiento de las condiciones para que los canales regionales de los que hagan parte entidades territoriales de zonas de frontera puedan asociarse, en condiciones de reciprocidad y observando los acuerdos y tratados internacionales de integración y cooperación, con entidades territoriales del país vecino, para la prestación del servicio público de televisión.

12. Evaluar y participar en la definición de reglamentación en lo relativo al servicio de televisión étnica y afrocolombiana a la que se refiere el parágrafo 2o del artículo 20 de la Ley 335 de 1996 como acción afirmativa para que a través de los entes que por mandato legal del artículo 35 de la Ley 70 de 1993 se desarrollen procesos de etnoeducación.

13. Evaluar y participar en la promoción y definición de reglamentación en lo atinente a la participación ciudadana en los temas que puedan afectar al televidente, especialmente lo referido al control de contenidos audiovisuales.

14. Evaluar y participar en la definición de reglamentación de las veedurías ciudadanas en materia de la prestación del servicio público de televisión, así como la promoción y fomentos de las mismas.

15. Cumplir las condiciones pactadas con el empleador para efectos del desarrollo de sus funciones en la modalidad de teletrabajo.

16. Ejercer las demás funciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la entidad, que no estén expresamente asignadas a otra dependencia de la misma.

V. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. La participación en cada sesión de la Junta Nacional de Televisión se realiza con una preparación previa y a profundidad de los temas a discutir para poder aportar recomendaciones claves a la discusión y garantizar que la toma de decisiones esté fundamentada en criterios técnicos y objetivos.2. La definición de toda la reglamentación que concierne a la entidad, la asignación de las concesiones, prórrogas a las concesiones y sanciones, así como la determinación de tarifas, tasas, precios públicos y derechos ocasionados por la prestación del servicio de televisión se realiza de acuerdo a criterios de transparencia, promoción de la competencia y el acceso, la defensa de los intereses de los televidentes y la búsqueda de la eficiencia tanto en el proceso interno de implementación como en la prestación del servicio.

3. La toma de decisiones en los procesos presupuestal, financiero y de recursos humanos, se realiza bajo criterios de transparencia, uso adecuado de los recursos públicos, garantía de la operatividad de la entidad y cumplimiento de los objetivos misionales y estratégicos de la entidad, en concordancia con los objetivos sectoriales.

VI. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN Tipo de entidades: Entidades públicas del nivel nacional, departamental, territorial o cualquier oficina en representación del Estado en el exterior, inversionistas privados nacionales e internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro, organismos multilaterales, organismos internacionales de televisión, organizaciones de la sociedad civil, proveedores de servicios Comunicación: Presencial, telefónica, virtual (correo electrónico, chat, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal

VII. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Planes y políticas sectoriales.

2. Constitución Política de Colombia.

3. Derecho Administrativo.

4. Derecho Laboral.

5. Conocimientos básicos en Ley de Televisión.

6. Conocimientos Básicos en Derecho de Telecomunicaciones.

7. Contratación Pública.

8. Modelos y Sistemas de Calidad, Control y Gestión del Sector Público.

9. Reglamentación Interna del Servicio Público de Televisión.

10. Conocimientos de Gestión Contractual.

11. Herramientas ofimáticas.

VIII. EVIDENCIASDe producto: – Plan estratégico y de inversiones de la entidad. – Resultados del plan estratégico y de inversiones de la entidad. – Informes de gestión de la entidad que incluyan los resultados de las propuestas estratégicas generadas por la Junta Nacional de Televisión y resultados del cumplimiento de los objetivos globales de la entidad.

De desempeño: Observación real en el puesto de trabajo de los desempeños del 1 al 3.

De conocimiento: Pruebas escritas de los puntos 1 a 11.

IX. REQUISITOS Generales – establecidas en la Ley 1507 de 2012

1. Ser ciudadano colombiano mayor de 30 años.

2. Tener título profesional en derecho, comunicación social, periodismo, psicología, sociología, economía, educación, negocios internacionales, administración financiera, pública o de empresas, ingeniería de telecomunicaciones, eléctrica, electrónica, mecatrónica, financiera, civil, de sistemas o mecánica; cine y televisión.

3. Tener título de maestría o doctorado en áreas afines con las funciones del cargo. En caso de no contar con título de maestría o doctorado, deberá acreditar al menos diez (10) años de experiencia y una especialización en los sectores a que hace referencia el numeral IX-2.

4. Tener ocho (8) años o más de experiencia profesional en el sector de las tecnologías de la información, de las telecomunicaciones, cultura y educación.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL:

DIRECTIVO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

DIRECTOR

CÓDIGO:

0015

GRADO: 28

No DE EMPLEOS:

UNO (1)

DEPENDENCIA:

DIRECCIÓN DE LA ANTV

EMPLEO SUPERIOR INMEDIATO:

JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN

II. ÁREA DE DESEMPEÑO: DIRECCIÓN DE LA ANTV

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Ejercer la representación legal de la entidad. Presentar las propuestas de ejecución de planes, programas y proyectos ante la Junta Nacional de Televisión para su aprobación y realizar seguimiento a la implementación y resultados de los mismos por las áreasmisionales, para el desarrollo del sector de televisión en el país. Supervisar el buen funcionamiento de las actividades administrativas de la entidad y dirigir el funcionamiento del Fondo para el Desarrollo de la Televisión.

IV. FUNCIONES ESENCIALES

1. Representar legalmente a la ANTV.

2. Ejecutar e implementar las determinaciones de la Junta Nacional de Televisión de la

ANTV.

3. Designar, nombrar y remover, así como aprobar las situaciones administrativas de los

funcionarios adscritos a la planta de personal de la entidad de conformidad con la normatividad jurídica vigente.

4. Administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, administrativos y de personal, para el adecuado funcionamiento de la ANTV.

5. Presentar para aprobación de la Junta Nacional de Televisión los manuales, estatutos y reglamentos a que haya lugar de conformidad con la presente ley.

6. Actualizar, mantener y garantizar la confiabilidad de la información que reposa en la

ANTV.

7. Presentar para aprobación de la Junta Nacional de Televisión el proyecto de presupuesto anual de la entidad.

8. Celebrar los contratos y en general desarrollar las actividades administrativas necesarias de la ANTV para cumplir con su misión.

9. Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo de las funciones a cargo de la

ANTV.

10. Coordinar los grupos misionales de la ANTV.

11. Dirigir y promover la formulación de los planes, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de las funciones de la ANTV.

12. Someter a la aprobación de la Junta Nacional el Plan Estratégico Institucional y el Plan

Operativo Institucional.

13. Presentar para aprobación de la Junta Nacional las recomendaciones hechas por los Grupos Misionales a la Dirección en lo referente a normatividad, promoción, y protección, concesiones, permisos y licencias, fomento de la industria y vigilancia, control y seguimiento.

14. Presentar para aprobación de la Junta Nacional la aprobación de los estados financieros

de la entidad.

15. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Nacional.

16. Atender requerimientos, citaciones del Congreso de la República.

17. Asistir al Gobierno nacional en el estudio y preparación de las materias relativas a los servicios de televisión.18. Asistir acompañar y colaborar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la preparación y atención de las reuniones con organismos internacionales de televisión de los que hace parte Colombia.

19. Coordinar la función disciplinaria, de acuerdo con la normatividad vigente.

20. Dirigir y desarrollar el sistema de control interno de la entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.

21. Definir las políticas de comunicación de la entidad y dar las instrucciones para que estas se cumplan de manera integral y coherente.

22. Coordinar, gestionar y hacer seguimiento a la adecuada atención de las solicitudes, quejas, reclamos y derechos de petición realizados por los ciudadanos de forma particular o a través de las Ligas de Televidentes legalmente establecidas sobre el contenido y calidad de la programación, la publicidad de los servicios de televisión y, en general, sobre la cumplida prestación del servicio por parte de los operadores, concesionarios de espacios de televisión y los contratistas de televisión regional

23. Cumplir las condiciones pactadas con el empleador para efectos del desarrollo de sus funciones en la modalidad de teletrabajo.

24. Velar por el cumplimiento de los sistemas organizacionales de gestión, control, planeación y riesgos al interior de su área.

25. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la

naturaleza y el área de desempeño.

V. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Las directrices, estrategias y determinaciones establecidas en coordinación con la Junta Nacional de Televisión se ejecutan y garantizan el desarrollo, ejecución y cumplimiento de los procesos y objetivos misionales a la vez que responden a las necesidades de desarrollo del sector de la televisión.

2. Los resultados de la gestión de la entidad cumplen con los objetivos, metas y políticas trazadas en el plan estratégico, de inversiones y operativo.

3. El proyecto y la ejecución presupuestal responde al cumplimiento del presupuesto de ingresos y gastos programados por la entidad.

4. Los sistemas integrales de gestión y control implementados están acordes con la naturaleza, estructura y misión de la entidad y permiten el mejoramiento continuo de la organización.

5. Los contratos aprobados por la entidad responden a sus necesidades y apuntan al desarrollo de sus actividades, planes y programas.

6. Los actos administrativos se elaboran de acuerdo con las normas y requisitos establecidos en la ley y los servicios bajo su vigilancia se prestan eficientemente en procura del cumplimiento de las disposiciones que al respecto se dicten.

7. La delegación de funciones se efectúa de acuerdo con lo establecido en la ley y loautorizado por la Junta Nacional de Televisión.

8. El control del manejo de los recursos humanos, físicos y financieros de las dependencias de la entidad se ejerce en el desarrollo de los planes y programas.

9. La administración de personal se ajusta a las normas legales y a las necesidades de la entidad.

10. La administración de la información de la entidad es eficiente y transparente, y facilita la

toma de decisiones objetiva y basada en criterios técnicos.

11. La administración de la estrategia de comunicaciones permite mantener una imagen externa favorable de la entidad y garantizar flujos de comunicación interna adecuados

12. La administración de PQRS permite mantener un contacto permanente con la ciudadanía y realizar los ajustes internos requeridos para garantizar el mejoramiento continuo.

VI. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN Tipo de entidades: Entidades públicas del nivel nacional, departamental, territorial o cualquier oficina en representación del Estado en el exterior, inversionistas privados nacionales e internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro, organismos multilaterales, organismos internacionales de televisión, organizaciones de la sociedad civil, proveedores de servicios.

Comunicación: Presencial, telefónica, virtual (correo electrónico, chat, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal.

VII. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Planes y políticas sectoriales.

2. Constitución Política de Colombia.

3. Conocimientos básicos en Ley de Televisión.

4. Conocimientos básicos en Derecho de Telecomunicaciones.

5. Contratación Pública.

6. Planeación y seguimiento financiero.

7. Planeación estratégica.

8. Evaluación y seguimiento de proyectos.

9. Sistemas integrados de gestión.

10. Herramientas ofimáticas.VIII. EVIDENCIAS De producto: – Plan estratégico, de inversiones y operativo de la entidad. – Resultados del plan estratégico, de inversiones y operativo de la entidad. – Informes de gestión de la entidad que incluyan los resultados sobre proyectos propuestos,

implementados y sus resultados de cada una de los grupos misionales así como de la administración de la Coordinación Legal y Coordinación y Financiera. – Informes de gestión del Fondo Nacional de Televisión (ejecución de recursos y resultados frente a las metas establecidas).

De desempeño: – Observación real en el puesto de trabajo de los desempeños del 1 al 4.

De conocimiento: Pruebas escritas de los puntos 1 a 10.

IX. REQUISITOS Generales Ser ciudadano colombiano mayor de 30 años.

Estudios Experiencia Tener título profesional en derecho, comunicación social, periodismo, psicología, sociología, economía, educación, negocios internacionales, administración financiera, pública o de empresas; ingeniería de telecomunicaciones, eléctrica, electrónica, mecatrónica, financiera, civil, de sistemas o mecánica; cine y televisión. Título de posgrado en la modalidad de maestría o doctorado en áreas afines con las funciones del cargo. Tener título de maestría o doctorado en áreas afines con las funciones del cargo. En caso de no contar con título de maestría o doctorado, deberá acreditar al menos diez (10) años de experiencia y una especialización en los sectores a que hace referencia el numeral segundo del presente artículo. Tener ocho (8) años o más de experiencia profesional en el sector de las tecnologías de la información, de las telecomunicaciones, cultura y educación.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL:

ASESOR

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

ASESOR

CÓDIGO:

1020

GRADO: 18

NATURALEZA DEL CARGO:

LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN

No DE EMPLEOS:

CUATRO (4)

DEPENDENCIA:

GRUPOS MISIONALES

EMPLEO SUPERIOR INMEDIATO:

DIRECTOR ANTVII. ÁREA DE DESEMPEÑO: GRUPOS MISIONALES

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Proponer a la Dirección posibles planes, programas y proyectos de implementación de acuerdo con el objetivo misional de cada uno de los grupos e implementar aquellos que la Dirección, en acuerdo con la Junta Nacional de Televisión, seleccione como los más convenientes y acordes con los objetivos estratégicos de la entidad. Administrar el grupo a cargo y velar por el cumplimiento de las funciones, objetivos, planes, programas y proyectos definidos para el grupo a cargo.

IV. FUNCIONES ESENCIALES

1. Realizar los estudios, análisis e investigaciones solicitados por la Dirección como insumo para la evaluación inicial de posibles iniciativas a desarrollar por cada uno de los grupos misionales de la entidad.

2. Presentar los resultados de los análisis preliminares y proponer a la Dirección posibles iniciativas a desarrollar.

3. Implementar aquellos planes, programas y proyectos que la Dirección, en acuerdo con la Junta Nacional de Televisión, seleccione como los más prioritarios, convenientes y acordes con los objetivos estratégicos de la entidad.

4. Administrar y hacer seguimiento al cumplimiento de las funciones, objetivos, planes, programas y proyectos asignados al grupo misional a cargo.

5. Realizar unos análisis de riesgos y ruta crítica frente al posible incumplimiento en las

funciones, objetivos, planes, programas y proyectos asignados al grupo misional a cargo y generar alertas, planes de contingencia y control para mitigar los riesgos.

6. Realizar las actividades de planeación, seguimiento y control necesarias para la administración de los recursos asignados al grupo misional a cargo, de forma alineada con todos los grupos misionales de la entidad.

7. Dirigir las actividades de planeación operativa, gestión del conocimiento y de la información y monitoreo y control al interior del grupo misional a cargo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la entidad.

8. Apoyar al Grupo de Atención y Protección en la resolución de PQR y demás solicitudes presentadas.

9. Cumplir las condiciones pactadas con el empleador para efectos del desarrollo de sus funciones en la modalidad de teletrabajo.

10. Velar por el cumplimiento de los sistemas organizacionales de gestión, control, planeación y riesgos al interior de su área

11. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CRITERIOS DE DESEMPEÑO1. Las actividades del grupo se realizan de forma planeada, estructurada, documentada y en concordancia con los objetivos misionales y estratégicos de la entidad para asegurar la alineación de los grupos misionales con los objetivos globales establecidos por la Alta

Dirección.

2. Las propuestas presentadas a la Dirección, así como las propuestas a implementar y el cumplimiento de las funciones, objetivos, planes, programas y proyectos, se estructuran y desarrollan bajo criterios de transparencia, eficiencia, búsqueda del interés general,

protección de los intereses del Estado y del televidente.

3. Para el desarrollo de propuestas a implementar, la implementación de propuestas seleccionadas y el cumplimiento de las funciones, objetivos, planes, programas y proyectos asignados al grupo misional a cargo, se realiza un uso prudente, medido y eficiente de los recursos físicos, humanos y financieros de la entidad.

4. Los riesgos de medio y alto impacto para la entidad serán debidamente identificados, informados y monitoreados y se contará con planes de contingencia adecuados para reducir su impacto en la operatividad de la organización y para proteger los intereses y el patrimonio del Estado.

VI. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN Tipo de entidades: Entidades públicas del nivel nacional, departamental, territorial o cualquier oficina en representación del Estado en el exterior, inversionistas privados nacionales e internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro, organismos multilaterales, organismos internacionales de televisión, organizaciones de la sociedad civil, proveedores de servicios.

Comunicación: Presencial, telefónica, virtual (correo electrónico, chat, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal.

VII. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Planes y políticas sectoriales.

2. Constitución Política de Colombia.

3. Principios de Ley de Televisión.

4. Principios de Derecho de Telecomunicaciones.

5. Principios de Contratación Pública.

6. Evaluación y seguimiento de proyectos.

7. Herramientas ofimáticas.

VIII. EVIDENCIAS De producto: – Estudios/evaluaciones que fundamenten las propuestas que los diferentes gruposmisionales presenten a la Dirección para el cumplimiento de los objetivos misionales de la

entidad. – Informes de gestión sobre la implementación de planes, programas y proyectos solicitados a los grupos misionales por la Dirección.

De desempeño: – Observación real en el puesto de trabajo de los desempeños del 1 al 2.

De conocimiento: – Pruebas escritas de los puntos 1 a 7.

IX. REQUISITOS

Estudios Experiencia Título profesional en administración financiera, pública o de empresas, ingeniería industrial, economía, negocios, finanzas y relaciones internacionales, ingeniería civil, de telecomunicaciones, eléctrica, electrónica, mecatrónica y derecho. Título de posgrado en la modalidad de maestría y/o especialización en áreas afines con las funciones del cargo. Título profesional, título de posgrado en la modalidad de maestría y cincuenta y nueve (59) meses de experiencia profesional o título de posgrado en la modalidad de especialización y setenta y uno (71) meses de experiencia profesional.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL:

ASESOR

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO:

ASESOR

CÓDIGO:

1020

GRADO: 18

NATURALEZA DEL CARGO:

LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN

No DE EMPLEOS:

UNO (1)

DEPENDENCIA:

GRUPO INTERNO DE TRABAJO

EMPLEO SUPERIOR INMEDIATO:

DIRECTOR ANTV

II. ÁREA DE DESEMPEÑO: GRUPO INTERNO DE TRABAJO

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Garantizar el cumplimiento de las políticas contractuales de la entidad, así como los

procesos judiciales y de cobro coactivo, de acuerdo a los principios y la misión de la entidad.

IV. FUNCIONES ESENCIALES

1. Planificar, dirigir, administrar y coordinar los procesos de contratación de la entidad, así como elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados con dichos procesos, en los casos que se requiera.

2. Planificar, dirigir, administrar y coordinar los procesos judiciales y de cobro coactivo de la entidad.3. Asistir al Director en la determinación de políticas, objetivos y estrategias contractuales de la entidad.

4. Diseñar y coordinar los mecanismos de capacitación para los colaboradores de la ANTV y terceros vinculados sobre políticas y normas contractuales.

5. Recomendar a la Dirección y a la Junta Directiva sobre acciones que deban aplicarse en el proceso de contratación de terceros de apoyo.

6. Coordinar la revisión, evaluación y emisión de conceptos sobre dudas, inconsistencias o sugerencias que puedan surgir en el desarrollo de los contratos.

7. Garantizar que el trámite y legalización de contratos se lleve a cabo dentro de los términos de ley, de la normatividad de la entidad y de los entes reguladores.

8. Coordinar la elaboración de conceptos jurídicos sobre los temas que requieran el Director de la entidad, así como los de las demás áreas.

9. Hacer seguimiento y control a la ejecución de contratos.

10. Cumplir las condiciones pactadas con el empleador para efectos del desarrollo de sus funciones en la modalidad de teletrabajo.

11. Velar por el cumplimiento de los sistemas organizacionales de gestión, control,

planeación y riesgos al interior de su área.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.

V. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. Su labor administrativa garantiza que los contratos hechos por la institución cumplen con las necesidades y capacidades de la ANTV, se rigen por la ley y tienen un seguimiento y control adecuado.

2. Lleva a cabo su labor rigiéndose por el plan estratégico de la entidad, la normatividad vigente y dentro del presupuesto, siempre en línea con la visión y las directrices del Director de la ANTV.

3. La gestión del Fondo para la Administración y Desarrollo de Contenidos cumple con oportunidad y suficiencia con lo que dicta la ley y los objetivos misionales y estratégicos de la entidad.

VI. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN Tipo de entidades: Entidades públicas del nivel nacional, departamental, territorial o cualquier oficina en representación del Estado en el exterior, inversionistas privados nacionales e internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro, organismos multilaterales, organismos internacionales de televisión, organizaciones de la sociedad civil, proveedores de servicios.

Comunicación: Presencial, telefónica, virtual (correo electrónico, chat, teleconferencia, foro virtual).

Información: Escrita, digital, verbal.

VII. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Planes y políticas sectoriales.

2. Constitución Política de Colombia.

3. Derecho Administrativo.

4. Derecho Laboral.

5. Conocimientos básicos en Ley de Televisión.

6. Conocimientos básicos en Derecho de Telecomunicaciones.

7. Contratación Pública.

8. Modelos y sistemas de calidad, control y gestión del sector público.

9. Reglamentación interna del servicio público de televisión.

10. Conocimientos de gestión contractual.

11. Herramientas ofimáticas

VIII. EVIDENCIAS

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