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ASOBANCARIA - 61.-EL SECTOR FINANCIERO ESTRUCTURA DESAROLLO Y PERSPECTIVAS

ASOBANCARIA - Asociación Bancaria de Colombia

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Título
ASOBANCARIA - 61.-EL SECTOR FINANCIERO ESTRUCTURA DESAROLLO Y PERSPECTIVAS
Autor
ASOBANCARIA - Asociación Bancaria de Colombia
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Financiero
Año

SECTOR

EL

FINANCIERO

:

ESTRUCTURA,

DESARROLLO

Y PERSPECTIVAS Las opiniones expresadas en los diferentes trabajos representan los puntos de vista de los autores y no comprometen en modo alguno a las instituciones a las cuales hayan estado o estén vinculados. Esta obra recoge los documentos presentados en el simposio sobre mercado de capitales 1982, realizado en la ciudad de Medellín, bajo los auspicios de la Asociación Bancaria de Colombia.

Coordinación Editorial: Sociedad de Asesoría Industrial CLACEC Ltda.

Carátula: Marlene Zamora

Composición y Armada: Conceptos Gráficos y Cía.

Impresión: Industria Continental Gráfica

INDICE

........................

UNA APROXIMACION AL TEMA XI

Guillermo Núñez Vergara

EL TEMA JURIDICO

CAPITULO 1

MARCO JURIDICO INSTITUCIONAL DEL SECTOR:

............

ANTECEDENTES, SITUACION Y ALTERNATIVAS 19

Carlos Esteban Jaramillo .......

I. Panorama Jurídico del Sistema Financiero en Colombia 21 .................................

1. Introducción 21

2. Títulos Constitucionales y Legales que justifican el control y el gobierno de las actividades bancarias por parte del Estado co- ................................... lombiano 23

3. Inspección y vigilancia gubernamentales sobre las actividades de intermediación en el mercado de recursos financieros 28

4. El Control Público sobre la creación de la Empresa Bancaria y sobre los factores pe .rs .on .a .le .s ..en ..la ..ex .p .lo .ta .c .ió .n ..d .e .lo .s ...... negocios financieros 30

................... La Banca Extranjera en Colombia 32 . El Banco de la República ......................... 34 _<IC501. Las Funciones de las Empresas Financieras en la Legislación de 1923 ................. ................... 39 .

II. Conclusiones ................................... 42

CAPITULO II

PROPUESTAS SOBRE EL MARCO JURIDICO INSTITUCIONAL ............................

DEL SECTOR FINANCIERO 51

COMENTARIOS SOBRE EL REGIMEN JURIDICO DEL SISTEMA FINANCIERO COLOMBIANO ............................ 53

. Alfonso Charria Angulo I Introducción ................................... 53

II. De la Banca Múltiple al Desorden Legal .................. 54 ............................

III. Los Grupos Financieros 57 ...........................

IV. Banca Universal Múltiple 62 ............................

V. Inspección y Vigilancia 66

........................

VI. Protección a los Ahorradores 69

ALGUNAS SUGERENCIAS SOBRE EL REGIMEN FINANCIERO COLOMBIANO ........................................... 73

Ramón E. Madriñán

I. Consideraciones Generales sobre el Régimen Financiero ....... 73

II. Consideraciones sobre la Vigilancia Estatal ............... 74

III. Algunas Precisiones y Reformas en Particular .............. 76

1. Auditoría Externa con Información al Público ........... 76 .....................................

2. Encaje 77

.....................

3. Criterio para medir la solvencia 77

.....................

4. Dispersión del riesgo crediticio 77 ...........................

5. Seguro de Depósito '. 77

6. Modificaciones al Régimen Sancionatorio ............... 78

REFORMAS AL SISTEMA FINANCIERO ................... 79

Sergio Rodríguez Azuero

I. Introducción ................................... 79 ..............................

II. Marco de Referencia 80 .................................

1. Multiplicidad 80

2. Concentración () formación de grupos ................. 83 .........................

3. Falta de profesionalismo 85 ..........................

4. Deficiencias de control 87 ...............................

5. Tasas de interés 92

........................

6. Delincuencia e inseguridad 96

7. Proliferación de normas e interpretaciones .............. 98 .........................

III. Síntesis y Recomendaciones 100

........................

1. Simplificación de] sistema 100

.......................

2. Control único y actualizado 101 ..........................

3. Ejercicio por concesión 102

4. Estatuto penal ................................ 102 ..........................

5. Seguro de los depósitos 102 ..........................

6. Acceso al Banco Central 102

........................

7. Reafirmación de principios 103

PROPUESTAS DE UN SISTEMA JURIDICO BANCARIO ...................................

PARA COLOMBIA 104

Fernando Londoño Hoyos .............................

1. Estado de la Cuestión 105 ................................ — La Ley Vigente 105 ...........................

1. Compañías de Seguros 110

2. Sociedades Capitalizadoras .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. 110

3. Corporaciones Financieras 110

4 5. . S Co oc ri pe od ra ad ce ios neA sd dm ein Ais htr oa rd ro ora ys Vd ie viI en nv de arsió .n .y ..F .o .n .do .s ..M .u .t .uo .s .... . 11 11 11 76 .. CA oso nc soia rc ci io on ses CoM mu et ru ca iali ls et sas .d .e .A .h .o .rr .o .y ..P .ré .s .ta .m .o ... .. .. .. .. .. .. .. .. .. 111 111

..............

8. Compañías de Financiamiento Comercial ...........................

9. Sociedades Fiduciarias 113 ...........................

10. Compañías de Leasing 113 .........................

11. Compañías de Factoring 113 ...............................

12. Mesas de Dinero 113

13. Compañías de Autofinanciamiento Industrial o de Servicios 114 ...............................

14. Bancos comerciales 114

15. Bancos hipotecarios 114 ...............................

16. Cajas de ahorro 114

17. Almacenes generales de depósitos 114 … Como está o puede estar realmente la Banca Colombiana . . . . 115 .............................

II. Razón de la Propuesta 120 ...........................

III. Las bases de la Propuesta 121 ...............................

1. Qué es un Banco 121 .........................

Competencia excluyente 122 Estructura de la Empresa Bancaria ................... 123 ....................... Prohibiciones y limitacio .n .e .s ........................ 124 La profesión bancaria 125 ...................... Los accionistas de los Bancos 126 prw<mweww. Banca Pública o Privada .......................... 126 . Banca Colombianizada o abierta .................... 127 . Cuántos Bancos ............................... 128 ...................... La Competencia Interbancaria 130 r—M—A La Comisión Nacional Bancaria y la Superintendencia .................................... Bancaria 131 ,..ro El Criterio Teológico de Interpretación de la Ley ......... 133

EL TEMA FINANCIERO

CAPITULO III

EL SECTOR FINANCIERO: ITINERARIO DE UNA ............................

DECADA 137

Carlo—s bál£ua.lluerol Argiáez. Mauricio Abella Fedesarrollo ............................

Marco Teórico General 140 ..............

1. El proceso de financiación de la economía 141

2. El balance como instrumento para conocer la evolución del ............................... sector financiero 145

II. Antecedentes .y.C .o .n .t .ex .t .o .d .e .l .D .e .sa .r .ro .ll .o ..F .in .an .c .ie .r .o .e .n .l .o .s ..... años setenta 146 .................................

1. Antecedentes 146

2. El Marco Económico e Ideológico de los años setenta ...... 150

III. Indicadores de la Evolución del Sector Financiero en los años ....................................... setenta ..............................

1. Conceptos básicos ............................ 2, Evolución estadística 157

3. Comentarios sobre las cifras del balance y los indicadores . . . . 167

IV. Interpretación: La econom ía y el sector financiero 1970-1982 171

A manera de conclusión: Mayor intervención y menos interferencia ................................... 177 .......................................

VI. Anexos 181

CAPITULO IV

REFLEXIONES SOBRE LA ESTRUCTURA PATRIMONIAL DEL ...............................

SISTEMA FINANCIERO 225

Juan Camilo Restrepo Santiago Madriñán de La Torre Gilberto Gómez A.

I. Introducción ................................... 227

II. Aspectos cuantitativos del crecimiento patrimonial de los .............................. bancos colombianos 230

III. De la relación Capital-Pasivos a la relación Capital-Activos de riesgo (hacia un refinamiento en las medidas de ..................................... solvencia) 243

1. La controversia sobre el margen de capitalización adecuado de los Bancos en los Estados Unidos .................. 243

2. La relación Capital-Pasivos en Colombia ............... 247

3. Necesidad y posibilidad de desarrollar otros indicadores que detecten el grado de seguridad y estabilidad de los Bancos 251 ...................................

IV. Conclusiones 257

APENDICE EL MERCADO COMO SUPERVISOR COMPLEMENTARIO DE ......................................

LOS BANCOS 258

Santiago Madriñán de La Torre ................................

V. Bibliografía 261

CAPITULO V

POLITICAS FINANCIERAS Y SU RELACION CON LAS TASAS

DE INTERES: OPCIONES Y PROPUESTAS ..................... 263

FACTORES QUE EXPLICAN EL COMPORTAMIENTO DE LAS TASAS DE INTERES 1980 - 1982 .................. 265

Mauricio Cepeda Pizarro

I. Introducción ................................... 265

II. Marco General de la Política Económica ................. 266

III. Planteamiento General del Problema ................... 268

IV. Factores que han incidido sobre las Tasas de Interés. ...............................

Evidencia empírica 273 .....................

V. Conclusiones y Recomendaciones 288

TASAS DE INTERES Y ASIGNACIONES DEL CREDITO:

PROBLEMAS Y OPCIONES DE POLITICAS ................. 291

Rudolf Hommes

1. Problemas que se derivan del nivel y la tendencia de las tasas ..................................... de interés ..........................

II. Problemas de distribución

....................

III. Problemas de asignación del Crédito 298

IV. Resumen y Conclusiones ........................... 299

POLITICAS ALTERNATIVAS PARA REDUCIR LOS COSTOS .....................................

FINANCIEROS 301

Mauricio Carrizosa S. ...................................

I. Introducción ...................................

II. La evidencia

III. Determinantes de las tasas de interés .......................

.................

IV. Políticas para reducir las tasas de interés

EL SISTEMA DE AHORRO Y VIVIENDA, LA CORRECCION

..............

MONETARIA Y EL MERCADO DE CAPITALES

Luis Eduardo Rosas ...................................

1. Introducción ...................................

II. Antecedentes

..............

III. Lecciones del Sistema de Ahorro y Vivienda ................

IV. Desarrollo de las Captaciones del Sistema

...................

V. Algunas interpretaciones equivocadas

...........

VI. UPAC y Tasas de Interés: Más mitos que realidad

CAPITULO VI

INNOVACIONES FINANCIERAS Y POLITICA MONETARIA 337

Armando Montenegro ................................... Introducción 339 Las Innovaciones Financieras en Colombia ............... 340 ...........

I. El Desarrollo del sector financiero colombiano 343 ............................

2. Cambio tecnológico 346 ............................

3. Proceso inflacionario 349

4. Regulaciones y control monetario ................... 350

III. Las Innovaciones Financieras y la Política Económica ........ 353 21 .. L La as s i in nn no ov va ac ci io on ne es s f fi in na an nc ci ie er ra as s yy ela l cd oe nfi tn roic lión mod ne etd arin ioero ... .. .4...... 33 554 7 ...............................

IV. Comentarios finales 364

Anexo: Algunas consecuencias adicionales de las innovaciones ..................................... financieras 366

1. Las innovaciones financieras y los flujos de capital ........ 366 ..........................

2. Distribución del ingreso 369

3. Las innovaciones financieras y la estabilidad del sector financiero...…...…..........................

370 .

VI. Bibliografía ....... . ............................. 372

CAPITULO VII

LAS INNOVACIONES FINANCIERAS EN LOS ESTADOS UNIDOS

. David Jones ...................................

I. Introducción 377

....................

II. Estructura de la industria financiera 378 ...................................

III. Regulación Q 379

IV. La inflación como impulso de las innovaciones financieras ..... 380

......................

V. Algunas innovaciones específicas 382

.................

1. Bonos sin cupones de pago de interés 382 ............................

2. Registro de dos años 383 ............................

VI. Innovación tecnológica 385 .............................

1. Cajero automático 385

2. Cámara de Compensación de pago interbancarios ......... 386 ...................................

VII. Conclusiones 386 ....................................

CONCLUSIONES 391

Joaquín Vallejo Arbeláez Tlru1i_ UNA APROXIMACIÓN AL TEMA ñ— vÍ Cuando a comienzos del presente año iniciamos la organización de este encuentro, con el fin de hacer un riguroso examen del sistema financiero colombiano, no habían sucedido en el país los recientes acontecimientos que han provocado un remezón en nuestro sistema bancario, sólidamente estructurado desde el año de 1923 cuando se creó el Banco de la República y se dictó el estatu— to de los establecimientos bancarios comerciales bajo la inspiración del profesor Edwin W. Kemmerer, quien dirigió la misión contratada porel gobierno de esa época para tal propósito y algunos otros relacionados con la organización de la administración pública. Con el transcurso del tiempo y particularmente en los últimos diez años, fueron apareciendo nuevas modalidades en la operación financiera desconocidas en los años veinte. Para acomodarse a

estas realidades se produjeron sucesivamente disposiciones encaminadas a reglamentar los nuevos desarrollos, hasta llegar a conformar en el momento actual una maraña legislativa dentro de la cual se ha perdido la unidad y los propósitos originales del estatuto jurídico promulgado en 1923. No cabe duda que este cúmulo de reglamentaciones nacidas al vaivén de los acontecimientos e inspiradas sin un criterio uniforme han debilitado considerablemente la estructura jurídica del sistema financiero colombiano. Por eso, no es de extrañar que desde hace ya varios años se insista en la conveniencia de revisar nuestro ordenamiento bancario y propugnar por su modernización. Sobre esta preocupación, se escuchan las voces individuales de los propios banqueros, de representantes del parlamento, de diriXIII gentes empresariales y de entendidos en la materia. Sin temor a equivocarme, puedo afirmar que sobre este punto existe un acuer— do general en el país. Por eso, durante las deliberaciones de la última Convención Bancaria, celebrada en la ciudad de Cartagena en el mes de octubre del año pasado, creímos oportuno proponerle al gobierno que se integrara un comité encargado de estudiar, ordenar y actualizar nuestra reglamentación bancaria. El gobierno, con fundamento en la ley marco de la planeación en Colombia (ley 38 de 1981), dictó el decreto 2242 de julio 30 del presente año, por medio del cual se crea la comisión de concertación del sector bancario y ñnanciero, con representantes de la esfera pública y privada. La presente administración, a través de su prestante Ministro

de Hacienda doctor Edgar Gutiérrez Castro, ya expresó el deseo de acometer esta tarea, llamamiento que encontró respaldo inmediato en el seno de la Asamblea General de nuestra entidad. Anoche, el señor Presidente de la República en la alocución televisada, le comunicó al país que se procedería a integrar una comisión para iniciar el estudio legislativo. Recibimos con beneplá— cito y satisfacción esta noticia, con la cual además se puede poner en práctica la política de concertación, que tiene también para el actual gobierno especial importancia. A mi modo de ver, esta tarea de renovación legal va a facilitarse porque en los últimos meses se ha hecho claridad en aspectos de enorme trascendencia en el campo bancario. En primer lugar, porque ahora entendemos mejor que tal em— peño exige reafirmar los principios básicos que sirvieron de sustento y soporte al andamiaje jurídico de la ley 45 de 1923, que descansan en la figura del banquero profesional y que son de aplicación universal y muy antigua. Cuando pronuncio las palabras “banquero profesional” lo hago con profundo respeto, porque no es solo la persona capaz, idónea y competente para el ejercicio de la actividad, sino aquella que entiende que su más sagrado deber es la defensa del ahorrador, del depositante, de aquella persona que ha entregado toda su conñanza a quien ha de manejar y administrar su dinero. Es sobre los hombros de este banquero como se puede mantener un sistema sólido, serio y respetable; así hemos apreciado y entendemos el sistema financiero colombiano. XIV Desgraciadamente esta premisa, que constituye el núcleo alrededor del cual gira el normal funcionamiento de la intermediación financiera, se fue olvidando, cuando se creyó que el ejercicio de la actividad era una cuestión simple, fácil y que entre más entidades y personas hubiera dedicadas a este oficio le iba mejor al país. En forma casi incosciente y sin darnos cuenta se produjo un inusitado y vertiginoso crecimiento en el número de entidades dedicadas a recoger el ahorro de los colombianos, atomizando de paso un mercado limitado y relativamente pequeño y contribuyendo de manera muy precaria al desarrollo y progreso de la vida nacional. Para completar este cuadro, aparece recientemente un estatuto reglamentario de las llamadas “autofinancieras”, empresas que hasta ahora solo caben en la imaginación de los colombianos y que constituyen un verdadero engendro en el ya complejo mundo financiero. Les está prohibido prestar a personas distintas de su propia organización, quedando de esta manera obligadas a entregar la totalidad de los recursos que captan del público a su propio grupo. Es la concentración del crédito llevada al último extremo. Es la contradicción absoluta de los sanos principios que aconsejan evitar en lo posible la concentración del riesgo. Es la forma más peligrosa y absurda de fomentar el endeudamiento de las empresas que reciben el crédito de sus propias autofinancieras. En ñn, es la contradicción hasta de la propia palabra porque autoñnancianiiento no puede significar nada distinto que financiarse con su propio capital. Con esta figura completamos lo único que nos faltaba en el proceso de la desvertebración del sistema financiero que con

tanto celoy cuidado se manejó durante muchos años. El desajuste del sistema ha venido acompañado, como ya dijimos de una explosión de intermediarios que nos impide conocer cuántos son, qué propósitos y fines cumplen muchos de ellos, hacia dónde dirigen el ahorro, a quién le corresponde su vigilancia y control, porque ya no es la Superintendencia Bancaria el organismo único y exclusivo de llevar a cabo esta función, tal como se diseñó en la ley orgánica de 1923. Pues bien, frente a estos acontecimientos comienza a producirse una reacción general y se va formando un consenso sobre varios puntos que posiblemente sirvan para facilitar la labor encaminada a corregir los desórdenes y lograr una nueva reglamentación que puede resultar más sencilla de lo que se piensa. Me limito a enumerar tales puntos. XV

1. Que la actividad sea ejercida exclusivamente por el “banquero profesional”.

2. Que el número de entidades se limite, evitándose la proliferación y excesiva multiplicidad de las mismas.

3. Que la vigilancia y control recaiga exclusivamente en la Superintendencia Bancaria.

4. Que se revitalice la Superintendencia Bancaria para que pueda cumplir cabalmente con las delicadas funciones que tiene a su cargo.

5. Que se implanten los mecanismos y controles que sean necesarios para evitar la desviación del ahorro, hacia fines distintos de aquellos que significan encauzar el dinero para beneñcio del sector real de la economía.

Sin pretender agotar la materia, estos puntos recogen por lo

menos la esencia de nuestra ley original. Rescatemos su espíritu para que nos acompañe en la delicada misión de adecuar nuestra organización financiera a las realidades presentes. El gobierno y el país pueden tener la certeza que la Asocia— ción Bancaria prestará decidida e irrestricta colaboración para tal ñn. En esta querida tierra antioqueña, cuya raza está íntimamente ligada al desarrollo del país, el foro que hoy inauguramos hará una importante contribución. Difícilmente puede reunirse un grupo tan selecto de expositores y participantes. Prestigiosos profesionales que con tanta generosidad atendieron la invitación de la Asociación Bancaria para exponer sus puntos de vista con la más absoluta libertad, pero también con la má&prcbada seriedad y rigor acadé- mico, como lo demuestran los trabajos y estudios que aquí se van a presentar. Reciban un testimonio de reconocimiento y gratitud de la entidad que preside y mío personal. A usted doctor Joaquín Vallejo que nos honra con su presencia y a quien tanto le debe el país, le expresamos nuestro profundo agradecimiento al aceptar la invitación para clausurar este evento. Mil gracias a los miembros del Comité de la Asociación Bancaria de Medellín, quienes han hecho posible la realización del X SIMPOSIO en esta acogedora ciudad. Medellín, 2 de septiembre de 1982 XVI

¡IiEL TEMA JURIDICO

Capítulo I

MARCO JURIDICO

INSTITUCIONAL

DEL SECTOR:

ANTECEDENTES,

SITUACION

ALTERNATIVAS

Y Carlos Esteban Jaramillo

I. PANORAMA JURIDICO DEL SISTEMA FINANCIERO EN

COLOMBIA

1. Introducción Se ha dicho con acierto que la legislación bancaria que rige en Latinoamérica aparece como la obra de eruditos extranjeros, nó porque estos países carecieran de especialistas capaces de crear la normatividad apropiada, sino por cuanto quisieron aprovechar la experiencia de norteamericanos y europeos para acelerar su propio progreso. Fue esto precisamente lo ocurrido en Colombia como consecuencia del propósito anunciado por el general Pedro Nel Ospina, al asumir la Presidencia de la República para el período 1922 - 1926, de modernizar el sistema bancario a En de vincularlo definitivamente al desarrollo del país, circunstancia ésta que constituyó el antecedente de la Ley 60 de 1922 porla cual el Congreso autorizó al Ejecutivo para contratar los servicios de una misión de expertos extranjeros en asuntos fiscales, administrativos y ñnancieros. Fue así como en el año de 1923 arribó al país, por primera vez, la misión de consejeros que estuvo presidida por el ilustre profesor de la Universidad de Princeton, Edwin Walter Kemmerer, siendo su cometido el de asesorar al Gobierno en la elaboración de importantes proyectos de ley relacionados con aquellas materias y destinados a ser debatidos en las legislaciones subsiguientes. Es en este momento cuando puede decirse que comienza la historia contemporánea de las finanzas en Colombia y poresa razón de él partimos en el análisis al que se circunscríbirá esta breve exposición.

Como es bien sabido, fueron resultado del fecundo trabajo adelantado por Kemmerer y sus colaboradores varias leyes relaciona— 21 das con la organización de la Administración Pública Central, el control de la gestión ñscal a cargo de autoridades y funcionarios, la fuerza restrictiva del presupuesto, la administración y recaudo de rentas nacionales, la creación del departamento de provisiones y, lo que presenta aún mayor interés frente al tema en referencia, fueron también fruto de las labores de la misión las leyes sobre el Banco de la República (Ley 25 de 11 de julio de 1923) y sobre establecimientos bancarios (Ley 45 de 19 de julio de 1923) aparte de la que para entonces fue una novedosa legislación sobre Instrumentos Negociables (Ley 46 de 19 de julio de 1923). Con acierto se ha dicho sobre esta obra que “. la reforma ñnanciera de . . Kemmerer, expedida en 1923, signiñcó en su época un avance extraordinario en la administración pública, y le dió un vuelco saludable a nuestra rudimentaria organización bancaria. Con Kemmerer se inicia en Colombia la intervención del Estado en las actividades crediticias. Se abre la era de la moneda sana, de la tecniñ- cación del presupuesto nacional y del control fiscal preventivo. En esta legislación se destacan por su trascendencia en la vida nacional las leyes orgánicas del Banco de la República, de los establecimientos bancarios, de la Superintendencia Bancaria (. .). A . pesar de la enmiendas que a tales Institutos se les han introducido con el correr de los años, es lo cierto que subsisten en sus lineamientos originales y que se pueden considerar como definitiva— mente incorporados a nuestro derecho escrito. Concretándonos a la industria bancaria, no sobra recordar que, a partir de 1923, nuestros establecimientos de crédito han sorteado con singular fortuna muchas crisis y situaciones de emergencia. No volvieron a presentarse en Colombia las quiebras fraudulentas y los pánicos bancarios. El crédito se ha convertido en un servicio público; su expansión opera del centro a la periferia hasta los más remotos municipios y se orienta hacia la especialización. El banco central, eje del sistema bancario, goza del más sólido prestigio tanto en el país como en el exterior. .” (Abel Cruz Santos. Bogotá 1966). . Aún cuando lamentablemente dicho juicio no puede ser repetido en idénticos términos por virtud de aciagos acontecimientos ocurridos recientemente, lo hemos traído a cuento para puntualizar cómo, a partir de 1923, tuvieron desarrollo real y efectivo las bases de la ordenación jurídica de la banca y el crédito fijadas por los Constituyentes de 1886 luego de un largo proceso histórico que tiene sus orígenes remotos en las deliberaciones del Congreso Constituyente de Cúcuta (1821), bases aquellas que aún hoy en día constituyen soporte inconmovible sobre el cual descansa todo el régimen jurídico de la intervención administrativa en las actividades de intermediación financiera. En los párrafos subsiguientes procuraremos indicar, de manera breve y sumaria, pues nada diferente permite el poco tiempo dis22 ponible, cuales son esos principios cimentadores y en que forma

han evolucionado hasta el presente, todo ello con el propósito exclusivo de esbozar el panorama general de la disciplina pública de la banca en Colombia y formular algunas conclusiones cuyo contenido queda a la consideración de tan esclarecido auditorio.

2. Títulos constitucionales y legales que justifican el controly el gobierno de las actividades bancarias por parte del estado colombiano.

A. Sea lo primero advertir que es característica del sistema consagrado por la Ley Bancaria (así se conoce en el país ala L. 45 de 1923) la de recoger disposiciones inspiradas, de una u otra forma, en un postulado que tiene capital trascendencia frente ala materia señalada en el epígrafe anterior. Dado el importantísimo papel que desempeña en el tráfico mercantil y atendiendo a las posibilidades que ofrece como instrumento de regulación monetaria y a la vez como técnica de fomento e impulso de determinadas actividades estimadas como prioritarias en la economía nacional, constituye la industria bancaria una realidad que por si misma impone la intervención del poder público en cumplimiento de una acción de “administración económica” que presenta una doble manifestación: De una parte, el establecimiento de todo un sistema de crédito bancario oficial, dirigido, primordialmente, a la promoción y estímulo de ciertos sectores; de otra parte, la modulación que los poderes públicos deben realizar del crédito privado para evitar que el ejercicio de esta industria por los ciudadanos pueda llegar a extremos que contravengan los intereses generales de la comunidad.

En otros términos, para los legisladores de 1923 fue incuestionable la existencia, en la Carta de 1886, de títulos suñcientes para que el Estado pudiese ejercitar una “alta potestad de policía” frente a las actividades bancarias, potestad ésta que le permitía al Congreso, por medio de la promulgación de leyes comunes, tomar todas aquellas medidas que siendo razonables y equitativas, tuvieren “. una relación apropiada con el asunto materia de re- . . gulación, de modo que aparezca claramente que la ley respectiva tiende al bienestar público o a la prevención de alguna ofensaopeligro social. .” (Corte Suprema de Justicia, Sentencia de 12 de . diciembre de 1925). Como todos sabemos, esta interpretación de los textos constitucionales sobre la libertad de empresa y sus limitaciones no resultó desacertada, así como tampoco vinieron a serio los desarrollos particulares de los que fue objeto a lo largo de todo el articulado de la Ley 45; recordemos que en el fallo recién citado —providencia ésta que le puso fin al proceso ventilado ante la H. Corte para debatir la exequibilidad de la propia ley sobre 23 establecimientos bancarios— nuestro supremo Tribunal de Justicia, ratiñcando la doctrina que en forma terminante y enfática había sentado en la sentencia de fecha 25 de septiembre de 1925, hizo importantes consideraciones que en la hora actual recobran palpitante actualidad “. . . según va visto ya, la libertad de las industrias no es irrestricta ni lo es tampoco la de asociación. Para salvaguardia de la moralidad, seguridad y salubridad públicas establece la Constitución el derecho de las autoridades para inspeccionar las industrias; y por esto bien ha podido el legislador, como lo hizo el de 1923, adoptar las medidas de que tratan los artículos acusados, medidas con las cuales se busca la seguridad de las personas que confían sus intereses a los bancos. LA SOLIDEZ DE ESTOS Y SU CAPACIDAD PARA SERVIR AL PUBLICO HAY QUE PROMOVERLA DESDE EL PRINCIPIO, PROCURANDO QUE ESTOS INTERESES NO CAIGAN EN MANOS DE LA IMP tiR ónOV coID ntA ieD nenO aD jE uicL ioA deIM laPE CR oIC rtI eA un(. a. se.) r. ieLo ds e mar etí dc iu dl ao ss qe un ec cu oe ns- - cilian la libertad de industria con la protección de los intereses públicos y privados que el Estado debe dispensar. Facultar a los bancos para ampliar el radio de sus negocios permitiéndoles el establecimiento de secciones bancarias propiamente dichas, secciones fiduciarias de ahorro e hipotecarias, prohibirles que en cualquier forma anuncien su capital suscrito sin que al mismo tiempo indiquen su capital pagado; señalar el minimum de capital de los bancos según el número de habitantes donde van a funcionar

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