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ASOBANCARIA - Informe de regulación internacional 10

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Título
ASOBANCARIA - Informe de regulación internacional 10
Autor
ASOBANCARIA - Asociación Bancaria de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año

9 de Julio de 2014 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010 Liz Marcela Bejarano C. Nicolás Torres G. Tatiana Vargas S. Dirección de asuntos PARA SUSCRIBIRSE AL INFORME INTERNACIONAL, y riesgos financieros

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ELECTRÓNICO A:

ovargas@asobancaria.com 1 Informe de Regulación Internacional Edición 10 En 1001010 En esta edición encontrará la reseña de las normas publicadas por organismos internacionales durante el segundo trimestre de 2014:

ORGANISMO NORMA Pág.

Marco supervisor para calcular y controlar grandes exposiciones al riesgo. 3 BIS Principios para la eficiencia de los colegios de supervisión. 3 IOSCO Divulgación de información en los procesos de venta de los sectores de seguros, banca y valores del foro conjunto. 4 EBA Lineamientos para el manejo de quejas en los sectores bancario y de seguros. 4 PRA Implementación de las directivas de requerimientos de capital (CRD) IV: Capital Buffer. 5 5 Revisión del régimen de portafolios de clientes para los negocios de inversión. FCA Mejoras de la eficiencia del Régimen de Inscripción en Bolsa. 6 Cambios a las reglas relacionadas con el manejo de comisiones cobradas por los intermediarios. 6 Restricciones en la venta de activos para compañías financieras cubiertas por el FDIC. 7 FDIC Regulacion de reserva de capital: mejoramiento de los estándares del ratio de apalancamiento para los grupos financieros bancarios y sus instituciones depositarias de seguros. 7

Aplicación del concepto de “security-based swap dealer” y “major security-based swap participant” a las actividades relacionadas con SEC 8 swaps transfronterizos. CNBV Disposiciones de carácter general aplicables a las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores. 9 2 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES

1. MARCO SUPERVISOR PARA CALCULAR Y CONTROLAR GRANDES EXPOSICIONES AL RIESGO El marco supervisor para calcular y controlar grandes También se define la suma de todos los valores de exposición exposiciones al riesgo se ha diseñado con el fin de reforzar y de un banco frente a una contraparte o grupo de contrapartes complementar la regulación de capital para hacer frente al conectadas, como una “gran exposición al riesgo” cuando sea riesgo. En él se incluye un requerimiento para que los bancos igual o superior al 10% de la base de capital admisible de dicho apliquen el enfoque de Transparencia siempre que sea posible banco, sin superar en ningún momento al 25% de la misma. y evalúen posibles riesgos adicionales que no estén relacionados con sus activos subyacentes, sino más bien con Por otro lado, se define el tratamiento para los distintos tipos de características específicas de su estructura de capital y con la exposición: bancarias frente a soberanos y sus bancos influencia que pueden tener terceros en ella. Una vez centrales, interbancarias, bonos garantizados, empresas para la identificados estos riesgos, debe reconocerse una nueva inversión colectiva, sociedades de titularización y otras exposición al riesgo cuando proceda, la cual estará sujeta al estructuras y entidades de contrapartida central. No se incluyen

límite de riego establecido por la regulación. las exposiciones intragrupo, pese a que también podrían considerarse otra fuente de riesgo de concentración que Este marco supervisor también define contrapartes conectadas perjudicar la viabilidad de la actividad bancaria. como dos o más personas físicas o jurídicas que forman un grupo con relación de control y/o interdependencia económica. Los bancos deberán ajustar sus exposiciones de modo que Además, se disponen los criterios para que los bancos cumplan el límite para grandes exposiciones al riesgo a partir controlen sobre el grado de interconexión entre contrapartes y del 1 de enero de 2019. la determinen a partir de la interdependencia económica.

Fecha de publicación: Abril de 2014 – Documento http://www.bis.org

2. PRINCIPIOS PARA LA EFICIENCIA DE LOS COLEGIOS DE SUPERVISIÓN De acuerdo con los principios para los Colegios de Supervisión Principio 6: Los Supervisores locales y extranjeros deben llegar creados en 2010, el presente documento se emite para proveer a acuerdos en los tipos de retroalimentación proporcionada a mayor claridad en lo concerniente a la relación entre los los bancos y garantizar la coherencia en este proceso. supervisores de origen y anfitriones; con el fin de reflejar Principio 7: Para reflejar la existencia de grupos de expectativas más realistas sobre las funciones típicas de los administración de crisis (CMG, por sus siglas en inglés), este miembros de los colegios de supervisión, basadas en principio ha sido renombrado “Administración para la crisis”. Se experiencias de años anteriores. Por tal razón, se realizaron establecen diferencias entre aquellos bancos que tienen grupos

modificaciones en seis de los ocho principios, como se presenta de administración de crisis (como los bancos de gran a continuación. importancia sistémica) y otros bancos que no los tienen. Para el primer grupo de bancos, el Principio orienta sobre la Principio 1: En la definición de los colegios de supervisión se comunicación y coordinación que debe existir entre el colegio y enfatiza en la colaboración y en compartir información de la CMG. manera más regular entre los miembros de los mismos. Principio 8: Se dividió la información establecida en el Principio Principio 2: Se incluye la expectativa de logar un equilibrio entre macroprudencial entre los demás Principios debido a que la la eficiente del Colegio de supervisor y la participación de misma se presentaba de forma muy general y se vio la miembros ocasionales. necesidad de desarrollarla mas a fondo. Principio 3: Los Supervisores locales y extranjeros deben garantizar los mecanismos necesarios para un efectivo intercambio de información entre ellos.

Fecha de publicación: Junio de 2014 – Documento http://www.bis.org

3 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE VALORES

1. DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN EN LOS PROCESOS DE VENTA DE LOS SECTORES DE SEGUROS, BANCA Y VALORES DEL FORO CONJUNTO En el documento “Revisión de la naturaleza diferenciada de los 2. Los reguladores solo deben referirse a los principios ya alcances de la regulación financiera” del Foro Conjunto del año establecidos internacionalmente por la OECD, IOSCO e IAIS, 2010, se le solicitó al Comité de Basilea de Supervisión para la protección del consumidor.

Bancaria (BCBS), la Asociación Internacional de Supervisión de 3. Los documentos para divulgación de información de los POS Seguros (IAIS) y la Organización Internacional de Valores deben incluir las características claves de los productos y la (IOSCO) identificar y evaluar las diferencias y brechas en los información de los derechos y obligaciones del consumidor. enfoques normativos de la divulgación de los Procesos de 4. Los materiales de marketing deben ser diseñados para atraer Venta (POS por sus siglas en inglés), en relación con la al consumidor con información clara. inversión o productos de ahorro en el sector de seguros, banca 5. El proceso de divulgación de información del POS pueden y valores. Dado que pueden surgir brechas a partir de las contener detalles de los productos de manera independiente. diferencias legítimas en los objetivos regulatorios sectoriales, 6. La disponibilidad de información más detallada debe ser así como en las características de los productos. De acuerdo comunicada claramente cada vez que se utiliza un documento con la información obtenida, el grupo entregó las siguientes de síntesis. recomendaciones: 7. Los reguladores deben establecer quiénes tienen la responsabilidad de entregar o hacer las recomendaciones del

1. La regulación debe considerar la implementación concisa ya documento de divulgación de los POS. sea por escrito o de forma electrónica de los documentos 8. El régimen de regulación para la divulgación de los POS debe acordados para la divulgación de los POS. otorgar las recomendaciones, capacidades y alcances para su implementación.

Fecha de publicación: Abril de 2014 – Documento: http://www.iosco.org/

AUTORIDAD BANCARIA EUROPEA

1. LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE QUEJAS EN LOS SECTORES BANCARIO Y DE SEGUROS

Con el fin de mejorar las guías sobre el manejo de quejas ya 4. El registro debe garantizar que las empresas proporcionen establecidas por el “Insurance Undertakings” (lineamientos información sobre las denuncias y quejas para uso de las EIOPA), se elaboraron siete directrices para dar un mejor autoridades competentes o del defensor del pueblo. Estos manejo a las reclamaciones: datos deben reportar el número de quejas recibidas.

1. Las políticas de gestión de las quejas deben ser estipuladas 5. La entidad debe elaborar seguimiento interno para por las compañías, definirse y aprobarse por la alta identificar y abordar cualquier problema recurrente o dirección de la empresa, exponerse en un documento; y sistémico y los riesgos legales y operativos potenciales. estar disponibles para el personal pertinente. 6. El suministro de información debe garantizar que las

2. Las autoridades competentes deben garantizar la empresas entreguen y publiquen la información escrita investigación y análisis de los posibles conflictos de interés sobre su proceso de tratamiento de las reclamaciones. que se identifiquen y mitiguen dentro de las mismas. 7. El procedimiento para responder a las quejas es: (a)

3. El registro debe garantizar que las empresas manejen a recopilar e investigar todas las pruebas; (b) comunicar a la nivel interno las quejas de conformidad con los tiempos entidad; (c) dar respuesta; (d) si la decisión final no nacionales ya establecidos. satisface plenamente la demanda, se debe dar una explicación detallada.

Fecha de publicación: Junio de 2014 – Documento: http://www.eba.europa.eu

4 Informe de Regulación Internacional Edición 10

1001010

AUTORIDAD DE REGULACIÓN PRUDENCIAL

1. IMPLEMENTACIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE REQUERIMIENTOS DE CAPITAL (CRD) IV: RESERVAS DE CAPITAL La Autoridad de Regulación Prudencial (PRA) estableció las importe total de exposición al riesgo de capital. De esta manera reglas y estamentos de supervisión que se enfocan en las se modifican los porcentajes de capital para el periodo reservas de capital introducidas por CRD VI, con el fin de comprendido entre el 1 de Enero de 2016 y el 31 de Diciembre conocer si los seguros que mantienen las firmas tienen la de 2018. cantidad suficiente de capital para resistir periodos de tensión, de acuerdo a los requerimientos mínimos ya establecidos. Por Con respecto a la reserva de capital contracíclica las firmas ende, la normativa propende reducir la probabilidad de fracaso deben calcularla teniendo en cuenta que el capital ordinario y contribuir al objetivo de la PARA (promover la seguridad y la nivel 1 es igual a la exposición total al riesgo multiplicado por el solvencia de las firmas reguladas). promedio ponderado de la tasa de reserva de capital contracíclica. La exposición de crédito al riesgo se establece de El documento expedido contiene las definiciones de reserva de acuerdo a la jurisdicción del país donde se encuentra la conservación del capital, reserva de capital combinado, tasa de empresa. La reserva de capital contracíclica se aplicará según reservas de capital contracíclicas y otros instrumentos que se lo establecido hasta el 31 de Diciembre de 2015. aplicarán a todas las firmas que están bajo los Requerimientos de Regulación de Capital (CRR, por sus siglas en inglés). Así Igualmente, se dictan disposiciones y restricciones para el

mismo se establece el cálculo de la reserva de conservación cálculo de la reserva de capital combinado y el plan de como el capital ordinario de nivel 1, el cual es igual a 2,5% del conservación del capital. .

Fecha de publicación: Abril de 2014 – Documento: http://www.bankofengland.co.uk

AUTORIDAD DE CONDUCTA FINANCIERA

1. REVISIÓN DEL RÉGIMEN DE PORTAFOLIOS DE CLIENTES PARA LOS NEGOCIOS DE INVERSIÓN El documento establece cambios en la regulación establecida establecen los procedimientos a seguir dados los cambios en en el “Libro fuente del portafolio de clientes” (CASS por sus las características de los depósitos de los clientes a raíz de siglas en ingles); con el fin de mitigar riesgos específicos a transacciones realizadas. Además se establecen mejoras para través de los requisitos que las empresas deben cumplir, dadas las fiduciarias, prohibiciones de colocación de dinero de los las mejoras en el régimen del portafolio de los clientes. clientes en depósitos con plazos superiores a 30 días y se aclara lo concerniente al pago de los intereses de los depósitos.

Se modificaron las normas sobre el proceso de transición (CASS 1), colaterales (CASS2), custodia (CASS 6), deposito de De acuerdo con lo establecido, para finalizar el año las normas los clientes (CASS7), mandatos (CASS 8) e información de relacionadas con la prestación de la información u obtención de clientes (CASS 9), las cuales contienen los procesos de la aprobación de nuevos clientes y la documentación de modificaciones para los auditores, proveedores de terceras acuerdos y arreglos con cualquier nueva entidad, deben estar partes, infraestructura de mercado, bancos, custodios u otras incluidos en los requisitos de notificación a los clientes. Esto

terceras partes, administradores judiciales y en general para cuando se opera la exención bancaria y la imposición del uso aseguradoras intermediarias. Entre otras disposiciones, se de cartas de reconocimiento de plantilla con nuevas cuentas eliminan los requisitos para la confirmación de los auditores con bancarias del cliente y sus transacciones. Las demás normas respecto a los métodos alternativos de conciliación y el correcto entraran en vigencia a partir del 1 de Julio de 2014. uso de las disposiciones para bienes en custodia y se Fecha de publicación: Junio de 2014 – Documento http://www.fca.org.uk 5 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

2. MEJORAS DE LA EFICIENCIA DEL RÉGIMEN DE INSCRIPCIÓN EN BOLSA Para mejorar la eficiencia del Régimen de Inscripción en Bolsa Las normas establecidas implementan medidas que proveen para emisores de títulos del Reino Unido, extranjeros admitidos protección para accionistas minoritarios, a través de la a cotización o títulos inscritos en dicho país, empresas de colocación de requisitos en la inscripción previa de compañías y asesoramiento sobre emisión de títulos y empresas o personas un control de accionistas a través de un acuerdo obligatorio. Se que inviertan en títulos que se cotizan allí mismo, se establecen realizan mejoras en las medidas de supervisión, para que la cambios en la normativa. revelación de información se entregue de acuerdo con lo establecido o pactado por las partes.

Se espera incrementar la confianza de los inversionistas, promocionar grandes accesos de capital para los diferentes Además, se entrega poder de voto adicional para los negocios e incentivar el crecimiento del país; por lo tanto las accionistas minoritarios al elegir o reelegir consejeros

mejoras se encuentran en línea con estrategias que tienen independientes para una empresa previamente inscrita donde como objetivo hacer que los mercados funcionen correctamente un accionista de control está presente. Así mismo, los y avancen en lo relativo a la protección al consumidor. accionistas minoritarios de una empresa inscrita con control accionario pueden cancelar o transferir la inscripción en bolsa.

Fecha de publicación: Mayo de 2014 – Documento http://www.fca.org.uk

3. CAMBIOS A LAS REGLAS RELACIONADAS CON EL MANEJO DE COMISIONES COBRADAS POR LOS INTERMEDIARIOS Los cambios al “Conduct of Business Sourcebook” elaborados de investigación cuando se juntan con los bienes o servicios por la “Financial Conduct Authority” (FCA) tienen como objetivo que no son de investigación. Esto también será relevante mejorar la protección al consumidor e integrar el mercado por cuando los bienes o servicios se incluyen con el acceso de las los seguros de comisiones de negociación, aclarando las reglas empresas. y reforzando los requisitos existentes para el acceso corporativo y los servicios de datos del mercado. Se define “Servicio de acceso corporativo” como la organización o contacto para atraer el administrador de Se enfatizó en la exención del manejo de comisiones para los inversión y un emisor o potencial emisor. Igualmente, los tres componentes (administrador de inversión, receptor de servicios de acceso corporativo se incluyen explícitamente en la bienes y servicios y los bienes y servicios como tal). Se lista de bienes relacionados con la ejecución de las operaciones estableció que en retorno a los comisionistas, el aseguramiento o la auditoria debe ser recibido solo por bienes y servicios. También que los inversionistas deben actuar en pro de los intereses del De igual manera, se ordena al administrador de inversiones

consumidor al momento de decidir si se deben o no aumentar llevar un registro base donde un bien o servicio en particular las tarifas a sus clientes. pueda ser recibido en la liberación durante un cambio de manejo de comisión. Lo anterior para asegurar que las Se establece que las empresas que actúen buscando proteger empresas puedan demostrar que cumplen con los requisitos de el interés de sus clientes a la hora de cobrar los cargos a través la FCA. del manejo de comisión y en las evaluaciones de uso mixto; es decir, cómo las empresas deben evaluar los bienes o servicios Fecha de publicación: Mayo de 2014 – Documento http://www.fca.org.uk 6 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

CORPORACIÓN FEDERACIÓN DE DEPÓSITOS DE SEGUROS

1. RESTRICCIONES EN LA VENTA DE ACTIVOS PARA COMPAÑÍAS FINANCIERAS CUBIERTAS POR EL FDIC De acuerdo con la Ley de Protección al Consumidor y la Así mismo no restringe la venta a: (i) cualquier contrato Reforma Dodd-Frank a Wall Street, la Corporación Federal de financiero comercializado a través de un intermediario Seguro de Depósitos (FDIC) estableció el proceso de auto financiero. (ii) venta judicial o la venta de un administrador de la certificación como prerrequisito para la compra de acciones de propiedad que garantiza una obligación a la FDIC en el que no compañías financieras cubiertas por la FDIC y se establecieron se realicen o se controlen por la FDIC, y (iii) venta o restricciones para la venta de acciones a compañías financieras transferencia de acciones de entidades que hacen parte de cubiertas por la misma. obligaciones o títulos ya solicitados por la FDIC.

Las acciones a las que se les imparten las restricciones son: (i) Cualquier persona que quiera comprar una acción a través de acciones de las compañías financieras reguladas por la FDIC la FDIC, debe certificar que no incumple ninguna de las como receptoras o en estas capacidades corporativas, (ii) restricciones ya establecidas. Sin embargo, son exceptuadas acciones de Sociedades financieras, si la venta no está en el del requisito de auto certificación el Estado o subdivisiones del curso ordinario de los negocios de la sociedad financiera o lo mismo, agencias federales, reguladores federales, empresas establecido en la normativa de la FDCI para estas entidades, y patrocinadas por el Estado y compañías financieras (iii) acciones respaldadas por un conjunto de activos que establecidas por la FDIC. Esto, ya que la naturaleza de estas pueden incluir los activos de una empresa financiera cubierta entidades, incluyendo su propósito y objetivos están bajo por un fideicomiso u otra entidad. estricto control y supervisión gubernamental.

Fecha de publicación: Abril de 2014 – Documento: http://www.regulations.gov

2. MEJORAMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE LA RAZÓN DE APALANCAMIENTO PARA LOS GRUPOS FINANCIEROS BANCARIOS Y SUS INSTITUCIONES DEPOSITARIAS DE SEGUROS La Oficina del Controlador de la Moneda (OCC), la Reserva establecen las disposiciones aplicables a las empresas que no Federal y la Corporación de Depósitos de Seguros Federal están cubiertas y las compañías cubiertas pero riesgosas.

(FDIC) adoptaron la implementación de mejoras prudenciales La ley establece los estándares en la razón de apalancamiento en los requerimientos establecidos por la sección 165 de la complementario para cubrir los BHCs y sus IDIs subsidiarias.

Reforma Dodd – Frank a Wall Street sobre Protección al Además, implementa mejoras en la base del riesgo y los Consumidor Financiero. La norma de regulación de capital es requerimientos de capital, liquidez, administración del riesgo, aplicada a cualquier Compañía de Holding Bancaria (BHC por pruebas de estrés, y el límite deuda-capital para compañías que sus siglas en Ingles “Bank Holding Company”) de primer piso el Consejo que establezca como una grave amenaza para la de los Estados Unidos y cualquier institución depositaria de estabilidad financiera de los Estados Unidos. seguros (IDI) subsidiaria de los mismos. Igualmente, se reglamenta el umbral para la formación de compañías de Holding Intermedio en este país, los límites para Las normas fueron establecidas para mejorar la supervisión y la implementación de organizaciones de Holding extranjero con regulación de la cobertura en las compañías que son más bienes consolidados iguales o superiores a $10 billones de riesgosas, de acuerdo a lo establecido en el sistema bancario y dólares y la supervisión de compañías financieras no bancarias las características de riesgo de la empresa. Además se por la Fed. Las reglas establecidas serán implementadas a partir del 01 de Enero de 2018.

Fecha de publicación: Abril de 2014 – Documento: http://www.regulations.gov

7 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

COMISIÓN DE SEGURIDAD E INTERCAMBIO

1. APLICACIÓN DEL CONCEPTO DE “SECURITY-BASED SWAP DEALER” Y “MAJOR SECURITY-BASED SWAP

PARTICIPANT” A LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON SWAPS TRANSFRONTERIZOS.

La Securities and Exchange Commision (“SEC”) adoptó consistente con la regulación y compatible con los estándares medidas para el cumplimiento de la Ley de Valores de 1934, las internacionales. cuales fueron adicionadas en el subtitulo B del Titulo VII de la Se establecieron disposiciones sobre el Major security-based Reforma Dodd-Frank a Wall Street y la Ley de Protección al swaps participant, actividades delictivas en canjes basados en consumidor, para propender por la seguridad transfronteriza swaps transfronterizo y excepciones para la agregación de durante el intercambio actividades realizadas. grupos filiales. Además, se aborda el alcance de la autoridad de la SEC contra el fraude dentro y fuera de los Estados Las normas y directrices dictan disposiciones con el fin de Unidos, donde las violaciones estén relacionadas con definir la clasificación de las transacciones transfronteriza en los transacciones de seguridad que involucren inversionistas o registros de acuerdo si es “security-based swap dealer” o asesores extranjeros. “major security-based swap participant”. De igual manera estipula las garantías transaccionales y procedimientos de Por otro lado, la Comisión adoptó una norma de procedimiento autorización de los participantes del mercado para cumplir con en relación con la presentación de solicitudes para el las demás normas estadounidenses. cumplimiento sustituido de los reguladores extranjeros o los participantes del mercado. Esta norma representa el primer Para dar claridad a los procesos transfronterizos se incluyen paso de la SEC en su esfuerzo de estabilización en el marco los impactos económicos que pueden afectar al sistema, así dirigido a la posibilidad de que los participantes del mercado como se establece una definición para Anti-Evasión y puedan ser tema de más de un conjunto de regulaciones

transparencia en el sistema financiero de riesgo de los EEUU comparables a través de jurisdicciones.

Fecha de publicación: Junio de 2014 – Documento http://www.sec.gov

8 Informe de Regulación Internacional Edición 10 1001010

BANCO DE MÉXICO

1. DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS SOCIEDADES QUE ADMINISTRAN SISTEMAS PARA FACILITAR OPERACIONES CON VALORES La Ley de mercado de Valores ha sido modificada en los En el Capítulo Tercero se establecen las obligaciones de las últimos años por lo cual se establecen las disposiciones de Sociedades y los mandatos para prestar los servicios con las carácter general en cuatro capítulos. El primero de ellos fue instituciones de crédito, casas de bolsa, demás inversionistas expedido con el fin de difundir cotizaciones mediante la institucionales, nacionales o extranjeros, así como con las utilización de equipos automatizados o de comunicación, entidades financieras del exterior del mismo tipo que las suministrar información relativa a las cotizaciones y prestar señaladas. Igualmente se señala el procedimiento para servicios a través de estos sistemas para llevar a cabo entregar información a terceros. operaciones para los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, que puedan ser negociados fuera de las bolsas de En el Capítulo Cuarto se señalan las facultades de la Comisión valores, las operaciones derivadas sean estandarizadas o no, para ordenar a las Sociedades la suspensión temporal de los así como otros activos financieros. servicios que las mismas ofrezcan a determinadas instituciones de crédito, casas de bolsa o demás inversionistas En el Capítulo Segundo, se señala que solo gozarán de institucionales, nacionales o extranjeros, así como a entidades

autorización las sociedades anónimas constituidas de acuerdo financieras del exterior del mismo tipo que las señaladas; con lo dispuesto por la Ley General de Sociedades Mercantiles, cuando las operaciones de estos últimos no se ajusten a las para las cuales se requiere autorización de la Comisión, previo disposiciones aplicables, a las sanas prácticas o se presenten acuerdo de su Junta de Gobierno. Así mismo se establecen las condiciones desordenadas en el mercado. disposiciones y funciones del consejo de administración de las Sociedades y el contralor normativo.

Fecha de publicación: Junio de 2014 – Documento http://www.cnbv.gob.mx

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