ASOBANCARIA - Informe de regulación internacional 4
ASOBANCARIA - Asociación Bancaria de Colombia
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- Título
- ASOBANCARIA - Informe de regulación internacional 4
- Autor
- ASOBANCARIA - Asociación Bancaria de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
9 de enero de 2013 Informe de Regulación Internacional Edición 4 Liz Marcela Bejarano C. Nicolás Torres G. Diego Felipe Hernández G. Dirección de asuntos PARA SUSCRIBIRSE AL INFORME y riesgos financieros
INTERNACIONAL, ENVÍE UN
CORREO ELECTRÓNICO A:
dfhernandez@asobancaria.com Informe de Regulación Internacional Edición 4 En esta edición encontrará la reseña de normas publicadas por organismos internacionales durante el cuarto trimestre de 2012: FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Evaluación del riesgo: Se debe implementar políticas 4
1. GUÍA DE SUPERVISIÓN PARA CONSULTAS BAJO EL preventivas y de contingencia frente a los riesgos.
ARTÍCULO IV: Asimismo existe necesidad de identificar los riesgos macroeconómicos y financieros, sus canales de El FMI publica este documento con el propósito de impartir transmisión, sus probabilidades de ocurrencia y su lineamientos a los equipos de visita a los países sobre la impacto potencial. supervisión bilateral y multilateral. Se indica que la Estabilidad financiera: Se debe monitorear y analizar los supervisión debe enfocarse tanto en la estabilidad individual vínculos entre el sector financiero y el sector real. del país miembro como en la operación efectiva del sistema Estabilidad de la balanza de pagos: Hay que evaluar monetario internacional y, por lo tanto, en la estabilidad claramente la cuenta corriente, la competitividad global. Para lograr esto, el documento propone que la asociada al tipo de cambio, las posibles inestabilidades supervisión se priorice hasta el 2014 en los siguientes en la balanza comercial y en la de sus socios
aspectos: comerciales, y la composición de flujos entrantes de la economía. Interconexión: Se busca evaluar el impacto de las La habilidad para influenciar la elaboración de políticas: políticas de un país en la estabilidad global, midiendo Se debe discutir con las autoridades las políticas los vínculos entre sectores y entre países. recomendadas por el FMI.
Fecha de publicación: Octubre 10 de 2012 - Documento: http://www.imf.org/
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BANCO DE PAGOS INTERNACIONALES
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1. MARCO PARA TRATAR CON BANCOS SISTÉMICAMENTE IMPORTANTES A NIVEL LOCAL: Teniendo en cuenta que las actuaciones de un banco local categorías: el primer grupo se enfoca en la metodología de pueden tener efectos colaterales en el sistema financiero de evaluación de los D-SIB y el segundo se concentra en el su país y que estos pueden llegar a traspasar fronteras, el HLA de los D-SIB. Por lo tanto, este marco debe ser Comité de Basilea extiende los principios de metodología entendido como el marco complementario de la de evaluación para los bancos sistémicamente importantes reglamentación de los G-SIB, enfocándose en los efectos a nivel global (G-SIB) y sus requerimientos de absorción de locales de la quiebra o el impago de un banco. No obstante, pérdidas (Higher Loss Absorbency, HLA) a los bancos a diferencia del marco de los G-SIB, la aplicación de estos sistémicamente importantes a nivel local (D-SIB). El HLA principios admite un grado de discreción de las autoridades aplicado a los G-SIB tiene por objeto limitar que las locales para su aplicación, debido a las diferencias en las
externalidades negativas de las actuaciones de los bancos jurisdicciones y a que éstas están mejor posicionadas para traspasen fronteras, por lo que se consideró apropiado evaluar la quiebra de un banco en su sistema financiero. hacer una revisión para su aplicación a los D-SIB, teniendo Por último, los principios fueron desarrollados para ser en cuenta además que el riesgo moral debe ser regulado aplicados tanto a los grupos consolidados como a sus por las autoridades locales. De esta forma, el Comité de subsidiarias. Basilea emite 12 principios para los D-SIB divididos en dos Fecha de publicación: Octubre de 2012 – Documento http://www.bis.org
2. PRINCIPIOS PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO: MARCO DE REVELACIÓN Y METODOLOGÍA DE EVALUCIÓN El Banco de Pagos Internacionales, junto con IOSCO, emite participantes del mercado conocer los riesgos y costos a los 4 este documento con el fin de apoyar la correcta que se enfrentan. Por otro lado, la metodología de implementación de los principios para las infraestructuras evaluación, que se divide en dos partes, provee una guía al de mercados financieros. Este marco de revelación de mercado para evaluar el cumplimiento de estos principios y información y metodología de evaluación está diseñado para hacer seguimiento a las tareas de las autoridades para promover la transparencia, objetividad y regulatorias y supervisoras de los mercados financieros, comparabilidad de la evaluación de los principios para las para que de esta forma se puedan identificar oportunidades infraestructuras de mercados financieros. El documento de mejoramiento en su infraestructura. provee instrucciones sobre la forma y el contenido que debe tener la información revelada para permitir a los Fec ha de publicación: Diciembre de 2012 – Documento http://www.bis.org
3 Informe de Regulación Internacional Edición 4
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE VALORES
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1. RECOMENDACIONES REGULATORIAS PARA LOS MONEY MARKET FUNDS: Los Money Market Funds (MMF) hoy en día representan La discrepancia entre el valor de los activos netos 6 alrededor de un quinto del total del monto invertido en publicado y el valor de los activos, debido a la esquemas de inversión colectiva (CIS) a nivel mundial y amortización de costos y el uso de métodos de redondeo, tienen una gran importancia en el sistema financiero causa una ausencia de referente con los precios del dado que son una fuente importante de crédito y mercado y crea incertidumbre para los inversionistas. liquidez, y son proveedores clave de los fondos de corto El apoyo implícito que los MMF han tenido en numerosas plazo para los bancos. Aunque los MMF no causaron la ocasiones ha causado que los inversionistas perciban a reciente crisis financiera, sí demostraron su capacidad estos fondos como menos riesgosos. para propagarla y amplificarla. Por este motivo, IOSCO La confianza en las calificaciones puede reducir la emite 15 recomendaciones a los administradores de diligencia de los administradores e inversionistas en la estos fondos y a los reguladores para mitigar los riesgos escogencia de instrumentos financieros o de fondos. que estos pueden causarle al sistema financiero. Estas recomendaciones buscan subsanar los siguientes En consecuencia, las recomendaciones publicadas problemas que presentan este tipo de fondos: buscan principalmente mejorar la información que los inversionistas tienen de los MMF, limitar los activos en El valor neto estable da una impresión de seguridad a los que los MMF pueden invertir y los riesgos que
pesar de que los MMF son vulnerables al crédito, a la pueden tomar, mejorar el conocimiento que los tasa de interés y al riesgo de liquidez. administradores tienen de sus inversionistas y establecer La ventaja que tiene el primer inversionista que redime su requerimientos de liquidez y pruebas de estrés participación en un MMF con problemas, ya que el periódicas. primero lo hace al valor del activo neto dejándole los costos a los restantes inversionistas del fondo.
Fecha de publicación: Octubre de 2012 - Documento: http://www.iosco.org Fecha de publicación: Octubre de 2012 - Documento: http://www.iosco.org
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2. PRINCIPIOS PARA LA REVELACIÓN PERMANENTE DE VALORES CON ACTIVOS COMO COLATERAL: Con el objetivo de que los inversionistas cuenten con una Características: Se señala que la información debe ser información que les permita tomar decisiones eficientes, suficiente, clara, completa, no engañosa y fácil de conociendo debidamente el perfil de riesgo de los valores entender para los inversionistas. en consideración, IOSCO emite 11 principios que debería Control: Se indica que las autoridades deben archivar cumplir la revelación de información de los valores con los reportes presentados al mercado, para que puedan activos como garantía. Estos principios están dirigidos a los revisarlos cuando se requiera. Adicionalmente, las reguladores nacionales, y aunque su aplicación es a personas responsables de realizar estos reportes deben discreción de estas autoridades, IOSCO recomienda que se estar identificadas por las autoridades.
haga de la forma más estándar posible con el fin de facilitar Disponibilidad: La divulgación de información debe la comparación de información de estos valores entre hacerse de manera simultánea a todos los países. En consecuencia, los principios se enfocan en los inversionistas. Adicionalmente, el reporte debe ser siguientes cuatro aspectos: homogéneo y equivalente en todos los mercados donde se negocie el título valor, con el fin de que la Frecuencia: Los principios establecen que la información sea comparable. Por último, se señala que información debe ser reportada periódicamente, de la información debe ser almacenada, con el fin de que acuerdo con las necesidades de los inversionistas, y siempre se encuentre disponible para el mercado. cuando existan eventos significativos. .
Fecha de publicación: Noviembre de 2012. - Documento: http://www.iosco.org
AUTORIDAD EUROPEA DE VALORES Y MERCADOS
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1. DIRECTIVAS SOBRE REPO S Y REPOS INVERTIDOS: La ESMA emitió directrices -d irigi das a las autoridades competentes con el fin de proteger a los inversionistas de carteras colectivas en valores transferibles (OICVM). De esta forma, se establece que el OICVM que adquiera un repo invertido, debe garantizar que es capaz de recuperar en cualquier momento la totalidad del dinero, o terminar el repo invertido ya sea por el valor devengado o al valor de mercado. Cuando el dinero es recuperable en cualquier momento al valor de mercado, el valor de mercado del repo invertido debe ser usado para el cálculo del valor de activos neto del OICVM. Del mismo modo, un OICVM que adquiera un repo, debe asegurarse que puede solicitar en cualquier momento los valores sujetos del acuerdo o de terminar el
contrato de recompra. Finalmente establece que todos los contratos repo y repo invertidos a término fijo que no excedan 7 días, deben considerarse como acuerdos que permiten en cualquier momento recuperar los activos por parte de los OICVM.
Fecha de publicación: Diciembre 4 de 2012. - Documento: http://www.esma.europa.eu
5Informe de Regulación Internacional Edición 4
2. DIRECTIVAS PARA LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y SOCIEDADES GESTORAS DE OICVM: El presente documento contiene directrices formuladas con cartera, se deben informar los costos y comisiones que relación a los requerimientos de información de las puedan deducirse de los ingresos obtenidos por la funciones de los Organismos de Inversión Colectiva en inversión, y se debe garantizar la recuperación en cualquier Valores Mobiliarios (OICVM), a normas cuando los OICVM momento el importe total invertido. realicen operaciones con instrumentos financieros Por último, se establece que cuando un OICVM invierta en derivados no negociados en mercados regulados y a las instrumentos financieros derivados, este debe tener en técnicas de gestión eficiente de la cartera. cuenta los límites de inversión existentes y la exposición En este sentido, se indican los aspectos que debe incluir la subyacente generada. Además, se especifican las información suministrada a los clientes, describiendo condiciones que deben tener las garantías recibidas por el detalladamente los procesos de apalancamiento, la OICVM, en desarrollo de operaciones con instrumentos variación prevista de los índices de referencia y los riesgos financieros derivados, para mitigar el riesgo de contraparte. asumidos. En lo concerniente a las técnicas eficientes de
Fecha de publicación: Diciembre 18 de 2012. - Documento: http://www.esma.europa.eu
BANCO CENTRAL EUROPEO
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1. REGULACIÓN N° 1011 DE 20 12 SOBRE LAS ESTADÍSTICAS EN LAS TENENCIAS DE VALORES: El consejo directivo del BancoCen tral Europeo le solicita una mejor manera la exposición de sectores económicos a las instituciones monetarias financieras, a los fondos de y de grupos bancarios a tipos específicos de valores y, inversión, a los vehículos financieros y a los custodios de por lo tanto los riesgos para la estabilidad financiera. Por valores reportar a sus respectivos bancos centrales con otro lado, esta información apoyará el análisis de los una periodicidad de uno a tres meses, de acuerdo con lo desarrollos en el mercado financiero, y el monitoreo de que estos últimos requieran, sus tenencias en cada uno las variaciones en los portafolios de valores de los de los valores que poseen. Adicionalmente, se establece sectores económicos y de los vínculos entre los que los custodios deben incluir en su reporte las intermediarios financieros y los inversionistas no transacciones financieras realizadas en tal periodo, sobre financieros. De esta forma se podrán comparar los los valores que mantienen en custodia y que están a valores en posesión de los sectores institucionales y la nombre de inversionistas que no reportan sus tenencias, información de emisores alrededor del mundo, y sobre valores emitidos por entidades de la zona euro convirtiéndose esta regulación en una herramienta para que están a nombre de residentes en países fuera de la monitorear los desequilibrios financieros. zona euro y no residentes de la eurozona. La norma se
fundamenta en que esta información permite identificar de Fecha de publicación: Octubre 17 de 2012. - Documento: http://www.ecb.eu 6 Informe de Regulación Internacional Edición 4
AUTORIDAD BANCARIA EUROPEA
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1. DIRECTRICES SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA IDONEIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DE LOS
FUNCIONARIOS CLAVES:
5 Con el objetivo de solucionar las debilidades que fueron De esta forma, las directrices establecen las características identificadas durante la pasada crisis financiera con con las que los funcionarios administrativos, directivos, respecto al gobierno corporativo de las instituciones supervisores y con funciones importantes de las entidades crediticias y de armonizar, dentro de la Unión Europea, la crediticias deben contar, en términos de educación, evaluación de la idoneidad de los funcionarios directivos conocimiento y experiencia, para poder desempeñarde estas instituciones, la EBA emite los requerimientos de eficientemente su labor. Así mismo, se indica la información esta evaluación, de carácter obligatoria, que deben que debe ser provista a las autoridades competentes para cumplir las instituciones crediticias y las autoridades realizar correctamente esta evaluación y se establece que las competentes de cada país. Lo anterior tiene como entidades también deben evaluar el cuerpo directivo de motivación que la debilidad en el gobierno corporativo manera global. Por otro lado, las directrices señalan las contribuye a que las entidades crediticias incurran en medidas correctivas que se deben tomar en caso de que los riesgos excesivos e imprudentes que pueden llevar a su funcionarios no cumplan los requisitos mínimos establecidos. quiebra o causar problemas en el sistema financiero.
Fecha de publicación: Noviembre 22 de 2012 - Documento: http://www.eba.europa.eu
DEPARTMENT OF THE TREASURY
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1. FONDOS DE INVERSIÓN DE CORTO PLAZO:
7 Teniendo en cuenta que durante la reciente crisis financiera los inversionistas realizaron liquidaciones masivas en sus posiciones de carteras colectivas de corto plazo, haciendo insostenible la estabilidad del valor neto (NAV) y creando una gran volatilidad, se recomendó fortalecer la regulación y la supervisión de los productos financieros que buscan mantener un NAV estable, entre los cuales se encuentran los fondos de inversión de corto plazo. Estos fondos de inversión son un tipo de cartera colectiva en el que cada inversionista es propietario de un interés indivisible de la totalidad de la cartera colectiva. En este sentido, se adicionan requerimientos a los bancos administradores de este tipo de fondos, entre los cuales se encuentra reducir el límite del vencimiento promedio ponderado del fondo de 90 a 60 días, la adopción de estándares de liquidez que incluyen provisiones para hacerle frente a las necesidades de contingencia y la realización de pruebas de estrés del mantenimiento del NAV. Adicionalmente, la norma establece requerimientos de información sobre los activos que hacen parte del fondo, el valor de mercado del fondo y su costo amortizado.
Fecha de publicación: Octubre 9 de 2012. - Documento: http://www.regulations.gov
7Informe de Regulación Internacional Edición 4
FINANCIAL INDUSTRY REGULATORY AUTHORITY
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1. AVISO REGULATORIO 12-52: INVERSIÓN VENTAJOSA La FSA publica la nueva reglamentación sobre la inversión ventajosa que entrará en vigencia el 1° de junio de 2013. Entre otros
cambios la nueva regla aplica para un rango de valores más amplio, incluye material sobre transacciones permitidas y determina que la inversión ventajosa de una orden de un cliente puede violar otras normas de la FINRA o las leyes federales sobre valores. Entre las nuevas situaciones que contempla la norma está que los instrumentos financieros cuyo activo subyacente tiene alguna correlación, positiva o negativa, con el activo objeto de la transacción en bloque también son objeto de la reglamentación. La norma prohíbe que cualquier miembro de una mesa de dinero o persona relacionada con este efectúe alguna orden para comprar o vender un activo o un instrumento financiero cuando el miembro o la persona relacionada cuente con información privilegiada sobre una transacción en bloque en ese instrumento, activo subyacente o cualquier otro valor que tenga alguna relación con el activo sobre el cual se va a dar la orden, antes de que la información concerniente a la transacción en bloque se haya hecho pública o en caso contrario se haya vuelto obsoleta.
Fecha de publicación: Diciembre de 2012. - Documento: http://www.finra.org
FINANCIAL SERVICES AUTHORITY
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1. DOCUMENTO DE POLÍTICA PS 12/23: RÉGIMEN DE ACTIVOS DE CLIENTES La FSA realiza cambios a las r-e gla s sobre los activos de clientes con el fin de adaptarlas a la Regulación de la Infraestructura del Mercado Europeo (EMIR) y que tiene afectación directa en las cámaras de contraparte central en el Reino Unido. Las modificaciones establece n que en el evento en que alguna firma miembro de una cámara de contraparte entre en quiebra, el dinero de sus clientes en una cuenta individual en la cámara de contraparte no puede utilizarse para repartición y distribución
como sucede en el régimen actual. Al mismo tiempo, se aclara que cualquier saldo que esté próximo a depositarse en la cuenta del cliente también goza de la misma exención. Por lo tanto, los fondos existentes en esa cuenta deben devolvérsele al cliente o ser transferidos a otra firma miembro de la cámara, tal como lo decida el cliente. La norma también determina que las firmas miembros de las cámaras de contraparte no deben tener excesos de montos de dinero de los clientes en las cuentas transaccionales, sino que este exceso debe mantenerse en una cuenta bancaria del cliente.
Fecha de publicación: Diciembre de 2012. - Documento: http://www.fsa.gov.uk8
Informe de Regulación Internacional Edición 4
2. DOCUMENTO DE POLÍTICA PS 12/19: REGULACIÓN DE VENTAS EN CORTO.
La FSA publica la norma final sobre ventas en corto, la cual fue modificada con el fin de cumplir con la Regulación Europea de Ventas en Corto (SSR). De esta forma, se establece las características a evaluar para determinar si la caída en el precio de una acción tiene alguna relación con las ventas en corto, y las medidas para prohibir, restringir o limitar las transacciones de ventas en corto. Del mismo modo, se modifican otras normas con el fin de poder garantizar el cumplimiento de esta reglamentación, entre las cuales se pueden resaltar que las firmas deben permitir el acceso a los funcionarios de la FSA, sin necesidad de previo anuncio, para auditar y hacer los controles necesarios, y la aplicación de la política de sanciones a la regulación de las ventas en corto.
Fecha de publicación: Noviembre de 2012. - Documento: http://www.fsa.gov.uk
3. DOCUMENTO DE POLÍTICA PS 12/20: CLASIFICACIÓN DE FIRMAS, SUPERVISIÓN Y REPORTE DE ACTIVOS DE
CLIENTES Y REGLAS SOBR E ENCARGOS.
En el presente documento, la F SA hace precisiones para Igualmente, se especifican las condiciones que los encargos corregir algunas fallas en la reglamentación de la clasificación deben cumplir respecto a la forma, los límites, los controles y y de los requerimientos de vigilanc ia operacional. Con relación otros aspectos operativos. Entre los controles que se deben a las reglas sobre encargos, se clarifica el alcance, con el fin llevar están: un registro completo actualizado de las órdenes de prevenir riesgos y costos inne-c esa rios asociados con la recibidas por la firma, controles para asegurarse que las inconsistencia y el mal entendimiento de las reglas originales. transacciones ejecutadas se hicieron de acuerdo con la orden En este sentido, se preci sa la definición de encargo, impartida y la conservación de los documentos de autorización determinando que es cualquier medio que le da a una firma la por parte del cliente para que la firma pueda ejecutar las capacidad de controlar los activos o pasivos de un cliente. órdenes.
Fecha de publicación: Noviembre de 2012. - Documento: http://www.fsa.gov.uk
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE CHILE
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1. CIRCULAR BANCOS N°3.544: NORMAS SOBRE CRÉDITOS HACIA EL EXTERIOR Por medio de la cual se reglamentan las operaciones en el emitidos y garantizados por una institución internacional a la exterior de los bancos e instituciones financieras. En este que se encuentre adherido el estado de Chile, y sumados a lossentido, la norma establece que los depósitos a la vista y a depósitos a la vista y a plazo, no podrán exceder el 10% del
plazo, incluyendo los overnight, en entidades financieras del patrimonio efectivo del banco depositante, o el 50% en caso exterior no pueden superar el 10% del patrimonio efectivo del de que el emisor esté clasificado con un menor riesgo que el banco depositante, o hasta el 30% del patrimonio efectivo si la establecido en el capítulo. Finalmente, la norma menciona las entidad depositaria está clasificada con un menor riesgo que el disposiciones a las cuales deben sujetarse los bancos para el especificado en el capítulo. Igualmente, establece que las cálculo y constitución de provisiones, cuando se realicen inversiones en títulos emitidos o garantizados por un mismo operaciones de crédito hacia el exterior. estado o Banco Central de un país extranjero, incluyendo los Fecha de publicación: Noviembre 7 de 2012. - Documento: http://www.sbif.cl 9