ASOBANCARIA - Informe de Regulación Internacional 52
Detalles
- Título
- ASOBANCARIA - Informe de Regulación Internacional 52
- Autor
- Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
ENERO DE 2025
Liz Marcela Bejarano Castillo Gabriela Montilla Dueñas Henry Esteban Pérez Ramírez
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En esta edición encontrará la reseña de las normas publicadas por organismos internacionales durante el cuarto trimestre de 2024:
ORGANISMO NORMA Pág.
Sistema de La Reserva Federal (FED). Declaración interinstitucional sobre la explotación financiera de las personas mayores. 3
Autoridad Bancaria Europea (EBA).
Directrices para garantizar la aplicación de medidas financieras restrictivas. 3 Instrucciones conjuntas sobre el sistema de intercambio de información sobre la evaluación de la idoneidad. 4 Prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en el sector de los criptoactivos de la Unión Europea. 4 Directrices sobre plantillas de explicaciones y la prueba normalizada para la clasificación de criptoactivos. 5 Banco de Pagos Internacionales (BIS). Enmiendas técnicas al Marco de Basilea. 5 Gama de prácticas para aplicar un colchón de capital anticíclico neutro positivo. 6 Directrices finales para la gestión del riesgo de crédito de contraparte.
6 Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO). Servicios de reducción del riesgo posttransacción y buenas prácticas para su consideración. 7 Banco de Inglaterra (BoE). Marco de Grandes Exposiciones. 7 Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Servicios de reducción del riesgo posttransacción y buenas prácticas para su consideración. 7 Banco de Inglaterra (BoE). Marco de Grandes Exposiciones. 7 Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Instrucciones para la inscripción de prestadores de servicios financieros Fintech. 8 Asociación Internacional de Swaps y Derivados (ISDA). Normas contables para créditos de carbono. 8 Banco Central de Brasil (BCB). Terminología y diligencia de la Declaración de Riesgo de Mercado. 9 Manual de Experiencia del Cliente en Open Finance. 9 Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Guía de evaluación nacional de riesgos de lavado de dinero. 103
Sistema de la Reserva Federal (FED)
1. Declaración interinstitucional sobre la explotación financiera de las personas mayores.
La FED emitió un documento dirigido a las instituciones financieras supervisadas para fomentar estrategias orientadas a combatir la explotación financiera de las personas mayores.
En este sentido, se destaca la importancia de: (i) las políticas de gestión de riesgos ; (ii) los controles internos ; y (iii) la capacitación continua para la detección y respuesta a señales de alerta. Además, se mencionan prácticas como el uso de contactos de confianza por parte de los titulares de las cuentas bancarias y la presentación de informes de actividades sospechosas para mejorar la protección de l as personas de la tercera edad.
Finalmente, se concluye que es relevante implementar prácticas efectivas y trabajar en conjunto con agencias de
actividades sospechosas para mejorar la protección de l as personas de la tercera edad.
Finalmente, se concluye que es relevante implementar prácticas efectivas y trabajar en conjunto con agencias de protección y autoridades legales, con el objetivo de crear un entorno más seguro para los adultos mayores. A simismo, la educación y la concientización de los consumidores son esenciales para reconocer y prevenir posibles abusos financieros.
Fecha de publicación: 5 de diciembre de 2024
Documento: www.federalreserve.gov
Autoridad Bancaria Europea (EBA)
1. Directrices para garantizar la aplicación de medidas financieras restrictivas.
Los lineamientos establecen que las instituciones financieras están obligadas a implementar políticas, procedimientos y controles internos actualizados para cumplir con las medidas restrictivas como la congelación de activos, la prohibición de proporcionar fondos a personas o entidades incluidas en listas de sancionados por la Unión Europea (UE), entre otras.
Aunado a lo anterior, el documento detalla que cada entidad debe ajustar la estructura de gobernanza, sistema de monitoreo, nivel de exposición y reporte de alertas según su tamaño, naturaleza y complejidad. Además, estos criterios buscan armonizar las expectativas de supervisión en toda la UE, mejorando así la estabilidad y la integridad del sistema financiero.
Por último, es importante resaltar que la aplicación efectiva de estas pautas resulta fundamental para que las instituciones financieras reduzcan los riesgos legales y de reputación vinculados al incumplimiento de las restricciones establecidas.
Fecha de publicación: 14 de noviembre de 2024
instituciones financieras reduzcan los riesgos legales y de reputación vinculados al incumplimiento de las restricciones establecidas.
Fecha de publicación: 14 de noviembre de 2024
Documento: www.eba.europa.eu4
2. Instrucciones conjuntas sobre el sistema de intercambio de información sobre la evaluación de la idoneidad.
El documento establece orientaciones para el sistema de intercambio de información relevante en la evaluación de la idoneidad e integridad de los titulares de participaciones cualificadas, directores y responsables de funciones clave en las entidades y participantes de los mercados financieros.
En particular, la plataforma incorpora una base de datos transversal y directrices sobre el manejo y el intercambio de información, con el objetivo de aumentar la eficiencia y
coherencia en las evaluaciones, garantizar la protección de datos y fortalecer la colaboración entre las autoridades.
Finalmente, el objetivo principal de est os lineamientos es mejorar la eficiencia y efectividad de las evaluaciones de idoneidad y probidad, promoviendo prácticas de supervisión coherentes y uniformes en toda la Unión Europea.
Fecha de publicación: 20 de noviembre de 2024
Documento: www.eba.europa.eu
3. Prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en el sector de los criptoactivos de
la Unión Europea. La EBA publicó un documento guía del Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCAR, por sus siglas en inglés), este define un marco regulatorio unificado para la emisión, el comercio y la prestación de servicios relacionados con criptoactivos.
Mercados de Criptoactivos (MiCAR, por sus siglas en inglés), este define un marco regulatorio unificado para la emisión, el comercio y la prestación de servicios relacionados con criptoactivos.
Este marco incluye : (i) las directrices de supervisión y regulación de una amplia gama de proveedores de servicios de criptoactivos; (ii) los requisitos de autorización ; (iii) las medidas contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo; y (iv) las políticas internas para gestionar y mitigar estos riesgos.
En conclusión, el objetivo principal de esta propuesta normativa es sentar los criterios esenciales de cumplimiento, barreras de acceso y mecanismos de supervisión necesarios para fomentar el desarrollo de un mercado de criptoactivos transparente, competitivo y ético, garantizando al mismo tiempo la protección de los consumidores y la estabilidad financiera.
Fecha de publicación: 4 de diciembre de 2024
Documento: www.eba.europa.eu5
4. Directrices sobre plantillas de explicaciones y la prueba normalizada para la clasificación de criptoactivos.
La EBA desarrolló una guía que define los lineamientos para el formato y contenido de las explicaciones y análisis legales necesarios para la clasificación de los criptoactivos. Además, incluye plantillas diseñadas para garantizar que los participantes del mercado proporcionen información precisa y alineada con las expectativas de las autoridades competentes.
Adicionalmente, es importante destacar que se introduce una prueba estandarizada que facilita la identificación de la categoría regulatoria de los criptoactivos, teniendo en cuenta tanto la normativa como las guías aplicables a nivel europeo y nacional.
Adicionalmente, es importante destacar que se introduce una prueba estandarizada que facilita la identificación de la categoría regulatoria de los criptoactivos, teniendo en cuenta tanto la normativa como las guías aplicables a nivel europeo y nacional. En conclusión, las directrices presentadas en este informe permitirán una implementación coherente y eficiente de la regulación, asegurando el cumplimiento de los requisitos establecidos y promoviendo un entorno de mayor transparencia y confianza en el mercado de criptoactivos.
Fecha de publicación: 10 de diciembre de 2024
Documento: www.eba.europa.eu
Banco de Pagos Internacionales (BIS)
1. Enmiendas técnicas al Marco de Basilea.
El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea publicó un documento que contiene enmiendas técnicas finales para promover una implementación global y coherente del Marco de Basilea.
En particular, incluye do s cambios principales: (i) la definición de préstamos especializados que se ha unificado entre el enfoque estandarizado y el basado en calificaciones internas, para calcular los requisitos de capital regulatorio del riesgo de crédito ; y (ii) el ajuste de la fórmula para calcular el cargo de curvatura en criptoactivos, evitando costos de capital para mejorar la precisión y consistencia en la gestión de riesgos.
En conclusión, e stas modificaciones buscan mejorar la claridad y consistencia en la aplicación de los estándares de Basilea, alineando el tratamiento de los criptoactivos y fortaleciendo así la estabilidad financiera global.
Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2024
claridad y consistencia en la aplicación de los estándares de Basilea, alineando el tratamiento de los criptoactivos y fortaleciendo así la estabilidad financiera global.
Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2024
Documento: www.bis.org6
2. Gama de prácticas para aplicar un colchón de capital anticíclico neutro positivo.
El documento analiz ó la implementación del buffer de capital contracíclico positivo neutral (CCyB , por sus siglas en inglés) y detalló cómo distintas jurisdicciones han adoptado este mecanismo para reforzar la resiliencia del sistema financiero.
Además, reseña las diferencias en los marcos legales, las configuraciones institucionales y las técnicas de calibración del CCyB que pueden variar según la jurisdicción debido a las particularidades de las normativas locales y las condiciones económicas específicas de cada región.
Finalmente, el documento destaca que la recalibración busca reflejar de manera más precisa las fluctuaciones en las tasas de interés y su impacto en los balances de las entidades, proporcionando una herramienta más robusta para gestionar el riesgo. Asimismo, responde a la necesidad de un marco estandarizado y transparente que permita a supervisores e instituciones f inancieras adoptar mejores prácticas en la medición y control del Riesgo de Tasas de Interés en el Libro Bancario.
Fecha de publicación: 28 de noviembre de 2024
Documento: www.bis.org
3. Directrices finales para la gestión del riesgo de crédito de contraparte El BIS publicó un documento que incluye prácticas clave
Fecha de publicación: 28 de noviembre de 2024
Documento: www.bis.org
3. Directrices finales para la gestión del riesgo de crédito de contraparte El BIS publicó un documento que incluye prácticas clave para resolver las debilidades de larga data de la industria en la gestión del Riesgo de Crédito de Contraparte (CCR, por sus siglas en ingles.
Sobre el particular, se resaltan los siguientes procedimientos: ( i) llevar a cabo una debida diligencia integral tanto en la incorporación inicial como de forma continua; (ii) desarrollar una estrategia integral de mitigación del riesgo de crédito para gestionar eficazmente las exposiciones de las contrapartes; (iii) medir, controlar y limitar el CCR utilizando una amplia varied ad de métricas complementarias; y (iv) construir un marco sólido de gobernanza.
Finalmente, e stas directrices están dirigidas a diversas entidades bancarias y, por lo tanto, deben ser adaptadas de forma proporcional a su perfil de riesgo. En este sentido, su implementación no solo fortalecerá la estabilidad financiera, sino que también optimizará la gestión de riesgos.
Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2024
Documento: www.bis.org7
Organización Internacional de Comisiones de Valores
(IOSCO)
1. Servicios de reducción del riesgo post-transacción y buenas prácticas para su consideración.
La IOSCO p ublicó un informe que resalta los beneficios y desafíos de los Servicios de Reducción de l Riesgo PostTransacción (PTRRS, por sus siglas en inglés).
La IOSCO p ublicó un informe que resalta los beneficios y desafíos de los Servicios de Reducción de l Riesgo PostTransacción (PTRRS, por sus siglas en inglés). En particular, entre sus ventajas se destaca la disminución de exposiciones y la mejora de la eficiencia operativa . Por otro lado , se resaltan los diversos retos del mercado para mejorar los PTRRS: (i) la transparencia; (ii) la gobernanza; (iii) el riesgo operacional ; (iv) la integridad y seguridad de los datos; (v) la certeza legal ; (vi) el riesgo de contraparte; (vii) la concentración de mercado y la competencia ; y (viii) la estandarización y predictibilidad.
Finalmente, el informe resalta la necesidad de una mayor atención reguladora y coordinación global para abordar los riesgos y maximizar los beneficios de los PTRRS asegurando un entorno sólido y eficiente para todos los participantes del mercado.
Fecha de publicación: 25 de noviembre de 2024
Documento: www.isda.org
Banco de Inglaterra (BoE)
1. Marco de Grandes Exposiciones.
El BoE publicó un documento que busca complementar y ahondar en los requisitos de capital ponderados por riesgo con el objetivo de proteger a las entidades de grandes pérdidas derivadas del impago repentino de una sola contraparte o de grupos de contrapartes vinculadas.
En este contexto, la guía destaca cuestiones como: (i) la modificación del método de cálculo para exposiciones a operaciones de financiamiento mediante valores; (ii) los límites a la s exposiciones de la cartera de negociación; (iii)
En este contexto, la guía destaca cuestiones como: (i) la modificación del método de cálculo para exposiciones a operaciones de financiamiento mediante valores; (ii) los límites a la s exposiciones de la cartera de negociación; (iii) la implementación del enfoque de mitigación de riesgo crediticio; y (iv) las exenciones dentro del marco de límites de grandes exposiciones.
Finalmente, el informe destacó que los costos asociados con estas propuestas probablemente serán menores a los beneficios esperados. Esto se debe a que los recursos necesarios para la implementación de esta normatividad son relativamente limitados en comparación con las ventajas potenciales, como el cumplimiento de estándares internacionales y una gestión de riesgo de mayor calidad, lo que podría ayudar a las empresas a fortalecer el compliance y mejorar la rendición de cuentas.
Fecha de publicación: 18 de octubre de 2024
Documento: www.bankofengland.co.uk8
Comisión para el Mercado Financiero - Chile (CMF)
1. Instrucciones para la inscripción de prestadores de servicios financieros Fintech.
La Norma de Carácter General (NCG) N° 502 tiene como propósito perfeccionar las disposiciones relacionadas con el registro y la autorización de los prestadores de servicios financieros contemplados en la Ley Fintech N° 21.521, además de especificar algunas de sus obligaciones.
En este sentido, la regulación busca: (i) establecer principios como la proporcionalidad, la modularidad y la neutralidad tecnológica; (ii) a bordar inquietudes sobre requisitos ambiguos, costos elevados y falta de certificadoras, ajustando normativas según el tamaño y complejidad de las empresas ;
como la proporcionalidad, la modularidad y la neutralidad tecnológica; (ii) a bordar inquietudes sobre requisitos ambiguos, costos elevados y falta de certificadoras, ajustando normativas según el tamaño y complejidad de las empresas ; (iii) c lasificar a los prestadores según sus obligaciones correspondientes; (iv) incluir criterios para evaluar el gobierno corporativo y la gestión de riesgos; y (v) adaptar exigencias según actividades específicas, como asesorías e intermediación financiera introduciendo ajustes para garantizar la continuidad operativa, la transparencia y la protección de clientes e inversionistas.
Esta norma tiene como propósito garantizar estándares adecuados para la innovación tecnológica sin comprometer la estabilidad del mercado financiero ni la confianza pública.
Fecha de publicación: 03 de diciembre de 2024
Documento: www.cmfchile.cl Asociación Internacional de Swaps y Derivados (ISDA)
1. Normas contables para créditos de carbono.
La ISDA presentó un documento donde se exponen las prácticas contables desarrolladas para registrar las transacciones asociadas a los créditos de carbono regulados. Además, examinó cómo las normas e interpretaciones contables actuales podrían utilizarse con el fin de crear un marco contable para las entidades que poseen o realizan transacciones en mercados voluntarios de carbono.
También explica las diferencias contables entre los créditos de carbono voluntarios (VCCs) y de cumplimiento (CCCs). Mientras que los VCCs se clasifican como activos intangibles o inventarios y se valoran según su uso y beneficios futuros, los CCCs se manejan con enfoques como el pasivo neto o el
Mientras que los VCCs se clasifican como activos intangibles o inventarios y se valoran según su uso y beneficios futuros, los CCCs se manejan con enfoques como el pasivo neto o el de subvenciones, dependiendo de las emisiones y el precio de mercado.
En este sentido, el documento concluye que ambos tipos de créditos de carbono enfrentan la ausencia de normas específicas. Por lo tanto, se requiere la colaboración entre las distintas entidades generadoras de normas como el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) y la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB, por sus siglas en inglés) para generar un consenso en el tratamiento contable.
Fecha de publicación: 19 de octubre de 2024
Documento: www.isda.org9
Banco Central de Brasil (BCB)
1. Terminología y diligencia de la Declaración de Riesgo de Mercado.
La instrucción normativa del BCB N° 545 modifica los lineamientos para el diligencia miento de la Declaración de Riesgo de Mercado (DRM) , que tiene como objetivo presentar de forma sintética las exposiciones a distintos factores de riesgo de mercado asociados a las operaciones mantenidas por las entidades bancarias y otras instituciones autorizadas.
Adicionalmente, es importante destacar que esta norma introduce cambios clave como: (i) el ajuste de términos, sustituyendo "valor de mercado" por "valor justo", en línea con la armonización contable de la IFRS 9 ; y (ii) la actualización o deroga ción de las normas consideradas obsoleta, sin alteración de mérito.
sustituyendo "valor de mercado" por "valor justo", en línea con la armonización contable de la IFRS 9 ; y (ii) la actualización o deroga ción de las normas consideradas obsoleta, sin alteración de mérito.
En conclusión, la directriz refuerza la transparencia, y consistencia de los informes financieros sin cambiar su estructura. Asimismo, e sto beneficia tanto a los reguladores como a las instituciones, garantizando una mejor alineación con estándares globales.
Fecha de publicación: 7 de noviembre de 2024
Documento: www.bcb.gov.br
2. Manual de Experiencia del Cliente en Open Finance.
El BCB publicó la normativa N° 559 mediante la que se actualizan los principios básicos de la experiencia del cliente en Open Finance, complementando la regulación vigente. En este sentido, el documento tiene como objetivo garantizar que el proceso del usuario financiero al compartir datos y servicios entre institucion es que participan en este sistema sea seguro, ágil, transparente y conveniente.
Aunado a lo anterior , esta actualización incluye la incorporación de un “servicio de iniciación de transacción de pago sin redireccionamiento ”, esto simplifica el proceso al permitir pagos directamente desde plataformas iniciadoras. Asimismo, se detallan las dinámicas operativas para la vinculación previa de cuentas, garantizando seguridad y control. Además, se introducen requisitos específicos para ambientes de gestión de consentimientos y se establecen pautas para la terminología estándar, promoviendo uniformidad y confianza en las interacciones del Open Finance.
Finalmente, esta normativa busca mejorar la confianza y usabilidad de las finanzas abiertas para los clientes, y generar
terminología estándar, promoviendo uniformidad y confianza en las interacciones del Open Finance.
Finalmente, esta normativa busca mejorar la confianza y usabilidad de las finanzas abiertas para los clientes, y generar una garantía de uniformidad y calidad en las interacciones de los usuarios con las instituciones participantes.
Fecha de publicación: 4 de diciembre de 2024
Documento: www.bcb.gov.br10
Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF)
1. Guía de evaluación nacional de riesgos de lavado de dinero.
Este documento proporciona orientaciones para realizar una Evaluación Nacional de Riesgos (NRA, por sus siglas en inglés) enfocada en el análisis de amenazas relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Sobre el particular, la guía aborda tres aspectos clave para realizar la NRA: (i) la preparación inicial, que incluye un compromiso político, recopilación de datos y la formulación de objetivos; (ii) el análisis de amenazas y vulnerabilidades, con un enfoque estructurado y adaptable a cada contexto; y (iii) las acciones posteriores, que comprenden la comunicación de resultados, ajuste de estrategias y refinamiento del proceso.
Cabe resaltar, que estas directrices, están basadas en buenas prácticas internacionales , por tanto, buscan garantizar la implementación de medidas de mitigación efectivas alineadas con los riesgos identificados en las distintas jurisdicciones.
Fecha de publicación: 06 de noviembre de 2024
Documento: www.fatf-gafi.org