Auto interlocutorio 11001032400020250048400
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- Auto interlocutorio 11001032400020250048400
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Bogotá D.C., seis (6) de abril de dos mil veintiséis (2026)
Referencia: NULIDAD Radicación núm.: 11001-03-24-000-2025-00484-00
Demandante: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Tercero con interés: SANDRA MILENA ROMERO IGLESIAS
Auto que inadmite demanda
Encontrándose el Despacho en la oportunidad para decidir sobre la admisión de la demanda, se advierte que el demandante no cumplió con lo establecido en el numeral 2. del artículo 162 y en el artículo 163 de la Ley 1437 de 18 de enero de 20111, por cuanto no expresó con precisión el acto demandado2.
Por lo tanto , conforme lo dispone el artículo 170 de la Ley 1437 , se inadmitirá la demanda para que se corrija el citado defecto.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,
RESUELVE:
PRIMERO: INADMITIR la demanda presentada por el Servicio Nacional de
Aprendizaje - SENA.
SEGUNDO: CONCEDER un término de diez (10) días, contados a partir del día siguiente a la notificación de este proveído, para que el demandante corrija la demanda. Si no lo hiciere en dicho término, será rechazada.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES
Consejero de Estado
CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI.
GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES
Consejero de Estado
CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI.
En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.
1 “[…] Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo […]”. 2 En el acápite de pretensiones se solicitó que “[…] se DECLARE la nulidad del diploma con número de registro 2479410 de fecha 23 de agosto de 2022 […]”; y en el acto aportado el número de registro es 4440522 de 23 de agosto de 2022.