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BERNAL JAIME ET AL - Reflexiones jurídicas sobre la Jurisdicción Especial para la Paz JEP

Jaime Bernal,Humberto Sierra,Alejando Ramelli,Luisa Caldas

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Título
BERNAL JAIME ET AL - Reflexiones jurídicas sobre la Jurisdicción Especial para la Paz JEP
Autor
Jaime Bernal,Humberto Sierra,Alejando Ramelli,Luisa Caldas
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Transicional
Año

r.o ro lazarLuisa en Cienctas.PMlileli'CJl Externado de CoJombta; lilamaliit'ácfo,fiQ"e deradlQ penal económico en 1a UnfVersfi-cJe Castilla La Mancha. Actualmente cursa estudfos de doctorado en la Universidad fxtemado de Colombia Jasan Alexander Andrade castro. Abogado y magfster en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia; ha realizado estudios en la Georg-August Universitiit Gtittlngen. Actualmente es docente de la Universidad Externado de Colombia. Laura Sofía Zambrano Salazar. Abogada y magíster on Derechos Humanos de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPfC). Magíster en Construcción de Paz de la Universidad de los Andes. Actualmente trabaja en la Jursidicción Especial para la Paz (JEP).Reflexiones jurídicas sobre la Jurisdicción Especial para la PazJaime Bernal Cuéllar Humberto Sierra Porto Alejandro Ramelli Arteaga Luisa Fernanda Caldas Botero Alexander Andrade Castro Laura Sofía Zambrano Salazar Reflexiones jurídicas sobre la Jurisdicción Especial para la Paz Universidad Externado de ColoII1biaReflexionesjur(dicas sobre la Jurisdicción Especial para la Paz/ Jaime Berna! Cuéllar, Humberto Sierra Porto, Alejandro Ramelli Arteaga, Luisa Fernanda Caldas Botero, Alexander Andrade Castro, Laura Sofía Zambrano Salazar. --Bogotá: Universidad Externado de Colombia. 2022. --Primera edición. 377 páginas: gráficos; 21 an. Incluye referencias bíbliográficas.

ISBN: 9789587909777 (impreso)

Externado de Colombia. 2022. --Primera edición. 377 páginas: gráficos; 21 an. Incluye referencias bíbliográficas.

ISBN: 9789587909777 (impreso)

l. Justicia transicional --Aspectos ¡·urfdicos - Colombia 2. Jurisdicción especial para la paz --Aspectos jurídicos - Co ombia 3. Solución de conflictos --Aspectos jurídicosColombia 4. Proceso de paz --Aspectos jurídicos -- Colombia 5. Víctimas del conflicto armado --Aspectos jurídicosColombia 6. Conflicto armado --Aspec­ tos jurídicos -- Colombia l. Berna! Cuéllar, Jaime, 1940II. Sierra Porto, Humberto Antonio, 1966 -m. Ramelli Arteaga, Alejandro IV. Caldas Botero, Luisa Femanda V. Andrade Castro, JasonAlexander VI. Zambrano Salazar, Laura Sofía VII. Institución

VIII. Título 303.66 SCDD 21

Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca. Procesos Técnicos. EAP. noviembre de 2022

ISBN 978-958-790-977-7

© 2022, JAIME BERNAL CUfiLLAR, HUMBERTO SIERRA PORTO,

ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, LUISA FERNANDA CALDAS BOTERO,

ALEXANDER ANDRADE CASTRO, LAURA SOFÍA ZAMBRANO SALAZAR

© 2022, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

Calle 12 n.º 1-17 Este, Bogotá Teléfono (+57) 601342 0288 publicaciones@uexternado.edu.co www.uexternado .edu.co Primera edición: noviembre de 2022

Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones

Teléfono (+57) 601342 0288 publicaciones@uexternado.edu.co www.uexternado .edu.co Primera edición: noviembre de 2022

Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones

Corrección de estilo: Alfonso Mora Jaime

Composición: Karina Betancur Olmos Impresión: Xpress Estudio Gráfico y Digital S.A.S. - Xpress Kimpres­ Tiraje de 1 a 1.000 ejemplares

Impreso en Colombia Printed in Colombia Prohibida la reproducción o cita impresa o electrónica total o parcial de esta obra, sin autorización expresa y por escrito del Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad de los autores.

CONTENIDO

PRÓLOGO 31

RASGOS DEFINITORIOS, SISTEMAS DE FUENTES,

ESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS ANTE LA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ 23

23 23 Introducción

I. Rasgos definitorios de la JEP

A. La JEP en la evolución de la judicialización del conflicto armado

l. Primera etapa: entre la justicia ordinaria 24 y la justicia de excepción 25

2. Segunda etapa: primer proceso de justicia transicional 27

3. Segundo proceso de justicia transicional: la creación del SIVJRNR 33

B. Aspectos esenciales de la JEP 39

l. El principio de centralidad de las víctimas 39 a. La centralidad de las víctimas y los objetivos de su participación en la JEP 40

2. La persecución penal de los máximos responsables 41

3. Relaciones entre beneficios condicionados, aporte a verdad plena y un incidente procesal

a. La centralidad de las víctimas y los objetivos de su participación en la JEP 40

2. La persecución penal de los máximos responsables 41

3. Relaciones entre beneficios condicionados, aporte a verdad plena y un incidente procesal para verificar el incumplimiento del régimen de condicionalidad y las sanciones 47

a. La concesión de beneficios penales condicionados 47 b. El aporte él verdad plena 50 c. El incidente de verificación del incumplimiento del régimen de condicionalidad 54

4. La coexistencia de dos modelos de justicia 57

78

II. Sistemas de fuentes de la JEP y recalificación de las conductas

A. Estándares internacionales

B. Fuentes de derecho interno

l. Acuerdo de Paz

2. Acto Legislativo 01 de 2017

3. Acto Legislativo 02 de 2017

4. Ley 1820 de 2016

5. Ley Estatutaria 1957 de 2019

6. Ley 1922 de 2018

III. Estructura y procedimientos

Bibliografía

LA JUSTICIA TRANSICIONAL COMO

MODELO PENAL BASADO EN EL CONSENSO

Introducción l. Ámbitos de aplicación de la Jurisdicción Especial para la Paz Introducción

A. Factores material y espacial de competencia

l. Cláusula general de competencia y alcance territorial

2. Criterios de conexidad de los hechos con el conflicto armado

3. Criterio estatutario de ruptura de la conexidad con el conflicto armado tratándose de delitos relacionados con narcotráfico

4. Fases procesales e intensidad del juicio de conexidad con el conflicto armado

B. Factor personal de competencia

con el conflicto armado tratándose de delitos relacionados con narcotráfico

4. Fases procesales e intensidad del juicio de conexidad con el conflicto armado

B. Factor personal de competencia

l. Marco normativo general

2. Del Acuerdo Final a la regulación actual y el principio de juez natural

3. Competencia de la JEP por razón de la calidad personal

a. Actores directos o indirectos del conflicto armado b. Terceros financiadores o colaboradores de actores del conflicto c. Agentes del Estado

C. Factor temporal

59 59 70 72 74 75 77 79 82 82 85 89 89 96 96 97 97 102 107 109 110 110 114 122 122 125 131 135 9

11. Tratamiento de los ilícitos conexos al delito político 142

Introducción 142

A. Aproximación al concepto de delito político 144

l. Conceptualización del delito político 144

2. Regulación del Acuerdo Final y desarrollo normativo 149

a. Delitos objeto de amnistía o indulto 151 b. Delitos no amnistiables o indultables 154

B. Sobre la institución jurídica de la conexidad 156

l. Concepto general de conexidad 156 a. Conexidad en virtud de autoría y participación 157 b. Conexidad en virtud de hechos punibles 157 c. Conexidad en virtud de otros factores 159

2. Concepto de conexidad relevante para efectos del delito político 160

C. Ilícitos conexos al delito político: concepto y límites 161

l. Caracterización general de los delitos conexos

c. Conexidad en virtud de otros factores 159

2. Concepto de conexidad relevante para efectos del delito político 160

C. Ilícitos conexos al delito político: concepto y límites 161

l. Caracterización general de los delitos conexos al político 161

2. Los delitos conexos al político en el Acuerdo Final 175

a. Criterios determinantes o excluyentes de conexidad al delito político 175 b. Inexistencia de inhabilidad y exclusión de acción de repetición 181

LA PRIORIZACIÓN Y LA SELECCIÓN DE CASOS

EN LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ 195

I. Precisiones conceptuales 195

II. Los criterios de priorización en la JEP 204

III. La praxis de la priorización y la selección en la JEP 206

A. Aspectos generales 206

B. Diferencias entre priorizaciones territorial y temática 211

C. De la priorización a la selección 214 rv. A modo de conclusión 217

Bibliografía 218

LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL CONTEXTO

DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ 221

Introducción 221 l. Aspectos generales 22310 11

A. Tipos de medidas cautelares decretadas por la JEP 224 l. Procedimiento dialógico para casos

1. Medidas de protección de información 225 de aceptación de responsabilidad 290

2. Medidas cautelares de aseguramiento y de a. Actuaciones a cargo de la Sala garantía del buen fin de los procesos adversariales 226 de Reconocimiento de Verdad

3. Las medidas cautelares previstas en el artículo 22 y de Responsabilidad 290 de la Ley 1922 de 2018 226 b. Juicio a cargo de la Sección de Primera

garantía del buen fin de los procesos adversariales 226 de Reconocimiento de Verdad

3. Las medidas cautelares previstas en el artículo 22 y de Responsabilidad 290 de la Ley 1922 de 2018 226 b. Juicio a cargo de la Sección de Primera

B. Presupuestos para el decreto y el levantamiento Instancia de Reconocimiento de Verdad de las medidas cautelares 228 y de Responsabilidad del Tribunal 298

II. Avances jurisprudenciales y escenarios de actuación 231 c. Imposición de sanciones y verificación

A. Existencia de medidas cautelares del cumplimiento 301 en relación con casos potenciales 232 2. Procedimiento adversaria! para casos

B. Naturaleza restaurativa de las de no aceptación de responsabilidad 303 medidas cautelares colectivas 233 a. Etapa de investigación 304

C. Escenarios de articulación del SIVJRNR 235 b. Juicio a cargo de la Sección de Primera

D. Protección de lugares donde se presume Instancia de Ausencia de Reconocimiento la existencia de personas desaparecidas de Verdad y de Responsabilidad 307 por el conflicto armado interno 238 3. Revisión de condenas y redosificación de rn. A modo de conclusión 241 penas impuestas por la justicia ordinaria 309

Bibliografía 242 a. Revisión de condenas 310 b. Revisión de condenas 313 PROCEDIMIENTOS EN LA JURISDICCIÓN B. Procedimientos para definición de ESPECIAL PARA LA PAZ 245 situaciones jurídicas que no establecen l. Diferencias entre los fines del Sistema Integral responsabilidad ni imponen sanciones 314 de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y los C. Amnistías e indultos 318

ESPECIAL PARA LA PAZ 245 situaciones jurídicas que no establecen l. Diferencias entre los fines del Sistema Integral responsabilidad ni imponen sanciones 314 de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y los C. Amnistías e indultos 318 fines del proceso de la Jurisdicción Especial para la Paz 245 l. Beneficios transicionales para ex integrantes

II. Generalidades de los procedimientos y ex colaboradores de las FARC-EP 318 en la Jurisdicción Especial para la Paz 250 a. Del beneficio de libertad 318

A. Objetivos del componente de justicia 250 b. Del beneficio de amnistía 322

B. Características de la JEP 251 Reflexiones finales 354

C. Características de los procesos a cargo de la JEP 252 A Mecanismos de terminación del proceso

l. Diversidad normativa 253 aplicables por la Sala de Definición de

2. Procedimiento mínimo y flexible 255 Situaciones Jurídicas (sosJ) 355

3. Cosa juzgada condicionada 257 l. Ámbitos personal y material de aplicación 357

4. Procedimiento para restaurar el tejido social 262 a. Personas que no hayan tenido una participación

5. Procedimiento atípico o innominado 264 determinante en casos graves y representativos

D. Principios aplicables a los procesos a cargo de la JEP 266 (combatientes o terceros) 357

III. Procedimientos en la Jurisdicción Especial para la Paz 286 b. Personas que hayan realizado comportamientos

A. Procedimientos para establecer responsabilidad punibles en ejercicio del derecho a la protesta e imponer sanciones 288 social o en el marco de disturbios internos 35912

c. Personas que hayan realizado comportamientos punibles siendo menores de edad d. Agentes del Estado

2. Tiempo de realización de la conducta

e imponer sanciones 288 social o en el marco de disturbios internos 35912 c. Personas que hayan realizado comportamientos punibles siendo menores de edad d. Agentes del Estado

2. Tiempo de realización de la conducta o ámbito temporal

3. Clases de tratamientos penales especiales

a. Efectos de los tratamientos penales especiales Bibliografía

LOS AUTORES

361 362 363 363 364 369 375 PRÓLOGO La implementación de un modelo de justicia transicional en Colombia, resultado del Acuerdo Final de Paz suscrito en el año 2016 por el Estado, en cabeza entonces del presidente Juan Manuel Santos, con la guerrilla de las FARC-EP, ha sig­ nificado para nuestro país afrontar un reto de dimensiones significativas como lo es la investigación y sanción de los máximos responsables de crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad acaecidos en el marco del conflicto armado colombiano, cuya duración supera el medio siglo, desarro­ llando y aplicando un paradigma de justicia restaurativa hasta ahora inédito en el mundo, cuyo principal objetivo es dejar atrás una larga historia de impunidad que ha supuesto el no reconocimiento y el silenciamiento de las víctimas, más de diez millones de personas, la indiferencia cómplice de la sociedad y la paulatina apropiación en el imaginario colec­ tivo de la guerra como una realidad cotidiana inevitable. El punto 5 de Acuerdo Final consagró la obligación del Es­ tado, vinculante obviamente para la guerrilla que lo suscri­ bió, de implementar el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR.), cuyo componente de

El punto 5 de Acuerdo Final consagró la obligación del Es­ tado, vinculante obviamente para la guerrilla que lo suscri­ bió, de implementar el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR.), cuyo componente de justiciase le encargó ala Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Se trata de un modelo cuya aplicación nos confronta con una tradición jurídica y un modelo de justicia retributiva que a lo largo de décadas ha dejado una impronta de impunidad e ineficacia que ha validado la barbarie y la degradación a la que ha llegado la guerra interna en Colombia. 1314 En un mundo globalizado, como en el que vivimos, el cumplimiento de las obligaciones por parte de los Estados que se predican democráticos y pretenden su inserción le­ gítima en la comunidad de naciones se impone y está sujeto a la observación y al cuestionamiento de los órganos internacionales diseñados para verificarlas. Una de esas obligaciones es la de investigar y sancionar los delitos cometidos en el marco de conflictos armados no internacionales tanto por integrantes de organizaciones armadas al margen de la ley -organizaciones subversivas, por ejemplocomo por agentes del Estado que en cumpli­ miento de sus deberes constitucionales y legales desbordan sus competencias e incursionan en el escenario delictivo cometiendo graves infracciones al DIDH y al DIH, atentando contra la dignidad y los derechos de las personas e interfi­ riendo la realización del derecho a la paz de todos y cada uno de los asociados. El proceso de implementación de ese modelo de justicia se inició a finales de 2017, en un contexto político complejo en que prevalecía el debate político orientado y desarrollado

riendo la realización del derecho a la paz de todos y cada uno de los asociados. El proceso de implementación de ese modelo de justicia se inició a finales de 2017, en un contexto político complejo en que prevalecía el debate político orientado y desarrollado por detractores y defensores del proceso de paz. Mientras tanto en la comunidad jurídica, nacional e internacional, había expectativas, reservas y dudas de distintos sectores y escuelas de pensamiento, que esperaban prudentemente el avance de la jurisdicción en el difícil proceso de admi­ nistrar justicia restaurativa, valga decir de garantizar que no hubiese impunidad, alcanzar el máximo de verdad y reparación para las víctimas, y contribuir con la apertura de espacios para la reinserción de quienes dejaron las armas y con la erradicación de las causas estructurales de la guerra, lo cual requiere el compromiso y la acción del propio Estado y todos los sectores de la sociedad. Durante los últimos cuatro años la JEP ha dedicado todos sus esfuerzos a desarrollar su mandato, consignado en el Acto Legislativo 01 de 2017 y las normas legales que lo han desarrollado. Ha sido un camino difícil que ha tenido que 15 recorrer en medio de la confron tación política e ideológica impulsada especialmente por quienes equivocadamente han querido desconocer su condición esencial: la JEP es un tribunal de paz para la paz, conformado por jueces y jue­ zas idóneos y comprometidos con su principal propósito: justicia para las víctimas a través de garantía de verdad y reparación y sanción para los responsables, abriendo espa­ cio a su reincorporación. Ello implica que el Estado asuma y desarrolle afectivamente sus competencias y contribuya

justicia para las víctimas a través de garantía de verdad y reparación y sanción para los responsables, abriendo espa­ cio a su reincorporación. Ello implica que el Estado asuma y desarrolle afectivamente sus competencias y contribuya en lo que le corresponde con el cumplimiento de las sancio­ nes propias que se impongan, diseñando políticas públicas y asignando recursos que permitan erradicar las causas es­ tructurales del conflicto. Las premisas fundamentales del trabajo de la jurisdicción han sido el máximo rigor jurídico aplicando y desarrollando los principios que la rigen, entre ellos el de centralidad de las víctimas, el principio dialógico que la caracteriza, los principios pro homine y pro víctima y el de estricta temporali­ dad¡ la investigación y el esclarecimiento de los más graves y representativos crímenes cometidos en el marco del con­ flicto, a través de macrocasos, que permitan identificar pa­ trones de criminalidad, estructuras organizadas, fuentes de financiamiento y modalidad del daño individual y colectivo causado, propiciando espacios dialógicos para arribar a la verdad completa, única garantía de una paz real, reparación integral y no repetición; aplicación estricta de las distintas fuentes consignadas en el artículo S.º del Acto Legislativo 01 de 2017, garantizando los derechos fundamentales que rigen y sustentan la administración de justicia en un Estado de­ mocrático de derecho, los cuales reclaman, obviamente, una interpretación respetuosa del ordenamiento superior, que trasciende la que tradicionalmente se les da en el marco de la justicia penal ordinaria. Derechos como la presunción de inocencia, el de contradicción y no autoincriminación, entre

interpretación respetuosa del ordenamiento superior, que trasciende la que tradicionalmente se les da en el marco de la justicia penal ordinaria. Derechos como la presunción de inocencia, el de contradicción y no autoincriminación, entre otros, adquieren en el marco de la justicia restaurativa otras16 dimensiones, que deben ser identificadas y desarrolladas a la luz de los propósitos y fines que la definen. Con un acumulado a junio de 2022 de más de 63.061 decisiones judiciales adoptadas por la Jurisdicción Especial para la Paz, universidades, centros de pensamiento y de investigación, reconocidos académicos expertos en estas materias, estudiantes en proceso de formación, analistas sociales, entre muchos otros, se han animado a incursionar en el análisis crítico y necesario de ellas. Sus opiniones cali­ ficadas, precedidas del estudio exhaustivo de sus conteni­ dos, sin duda contribuirán a la consolidación del modelo que tanta expectativa y esperanza ha traído consigo. Muestra de ello es el libro Reflexiones jurídicas sobre la Jurisdicción Especial para la Paz, cuyos autores, destacados y destacadas juristas que se distinguen por sus invaluables aportes al estudio del derecho, de manera generosa me han invitado a escribir su prólogo, tarea que ha significado para mí un ejercicio de lectura con distancia de nuestras propias decisiones, que se retroalimenta en la medida en que con diversidad de ópticas, modelos de pensamiento, posiciones jurídicas e ideológicas, analizan con rigor y objetividad las decisiones adoptadas, propendiendo en todo caso a contri­ buir al debate constructivo de ellas y a la consolidación de una jurisdicción que no tiene antecedentes ni referentes en el mundo jurídico.

decisiones adoptadas, propendiendo en todo caso a contri­ buir al debate constructivo de ellas y a la consolidación de una jurisdicción que no tiene antecedentes ni referentes en el mundo jurídico. Todos ellos reconocen la necesidad de nuevos paradig­ mas de interpretación, ajustados a la realidad de un mundo complejo, cuyos habitantes en su mayoría observan inde­ fensos el escenario de las guerras que determinan líderes e intereses que desconocen el principio fundamental que debe regir al mundo civilizado, esto es: el respeto a los derechos y a la dignidad humana. Cada uno de sus capítulos plantea debates de fondo, imprescindibles para alcanzar el cometido último: contri­ buir a la realización plena de los derechos de las víctimas y a alcanzar la paz; aportan reflexiones significativas para 17 identificar si la jurisprudencia que se construye día a día responde a los fundamentos y principios del modelo y del sistema y si se requiere o no de replanteamientos que ga­ ranticen su cumplimiento. El primer capítulo, "Rasgos definitorios, sistemas de fuentes, estructura y procedimientos ante la Jurisdicción Es­ pecial para la Paz", contiene un análisis bastante completo sobre la creación y puesta en marcha del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición o, como los autores lo denominan, "segundo proceso de justicia tran­ sicional", asumiendo que el sistema creado en el Acuerdo Final de Paz derivó del proceso de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005). Gracias a ese análisis, los lectores podrán conocer los aspectos esenciales de la JEP, entre ellos los postulados que la rigen: el de centralidad de las víctimas, la persecución

de 2005). Gracias a ese análisis, los lectores podrán conocer los aspectos esenciales de la JEP, entre ellos los postulados que la rigen: el de centralidad de las víctimas, la persecución penal a máximos responsables y la concesión de tratamien­ tos penales especiales. Igualmente, se explica la coexistencia y articulación que existe entre los dos modelos de justicia que operan en el interior de esta jurisdicción, pues si bien el modelo de la JEP está fundamentado principalmente en la justicia restaurativa, también es cierto que la ausencia de reconocimiento de responsabilidad por parte de los compa­ recientes activa la justicia retributiva, en la medida que no puede permitirse la impunidad en materia de investigación y sanción de crímenes internacionales. Es de resaltar que este análisis, así como los demás que contiene el libro en sus diferentes capítulos, en mucho se fundamenta en la jurisprudencia propia de la JEP. En par­ ticular, en los desarrollos jurisprudenciales que sobre di­ versos temas ha adelantado la Sección de Apelación del Tribunal, órgano de cierre hermenéutico de la jurisdicción. Los lectores podrán conocer entonces a los debates y deci­ siones que se dan en el interior de las salas y secciones de la Jurisdicción Especial para la Paz. El segundo capítulo, ,.,La justicia transicional como mo­ delo penal basado en el consenso", estudia lo relativo a los18 tres factores de competencia de la JEP: factores temporal, personal y material, que sirven para definir la procedencia o no de la comparecencia ante el componente de justicia del sistema. En el capítulo se hace un análisis que presenta con bastante lucidez los principales problemas jurídicos que, en

personal y material, que sirven para definir la procedencia o no de la comparecencia ante el componente de justicia del sistema. En el capítulo se hace un análisis que presenta con bastante lucidez los principales problemas jurídicos que, en especial, las Salas de Definición de Situaciones Jurídicas y de Amnistía o Indulto han tenido que enfrentar a la hora de estudiar su cumplimiento en los casos que día a día llegan a la jurisdicción. Esta serie de planteamientos da cuenta de la complejidad del conflicto armado colombiano, reflejado vivamente en las solicitudes de los beneficios consagrados, entre otras, en la Ley 1820 de 2016, las cuales exigen, en unos casos, una interpretación amplia, contextual y finalista de la normatividad que rige la JEP, sin la cual sería imposible materializar las aspiraciones del Acuerdo Final de Paz, así como la inclusión efectiva de otros actores no combatien­ tes que contribuyeron con sus acciones u omisiones en los horrores de la guerra. Así mismo, los lectores podrán conocer con suficiente detalle lo relativo a la construcción jurisprudencia! de la JEP en lo relacionado con la conexidad entre el delito político y otras conductas comunes, en la medida en que esta temá­ tica no solo se presenta desde la doctrina penal clásica, sino también desde los desarrollos que propusieron en el pasa­ do tanto la Corte Constitucional como la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Sumado a las nuevas interpretaciones, quizás mucho más contextuales y en el marco propio de la justicia transicional, que ha realizado la Sección de Apelación de la JEP. El tercer capítulo, "La priorización y la selección de casos

interpretaciones, quizás mucho más contextuales y en el marco propio de la justicia transicional, que ha realizado la Sección de Apelación de la JEP. El tercer capítulo, "La priorización y la selección de casos en la Jurisdicción Especial para la Paz", muestra el funciona­ miento interno de la JEP; sobre todo, da cuenta de los pasos que deben surtirse para que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad decida avocar conocimiento de un macrocaso de investigación de los más graves y represen­ tativos crímenes ocurridos durante el conflicto. El texto les 19 aporta a los lectores suficientes elementos para compren­ der la importancia que tiene la priorización en el marco de la justicia transicional, así como las particularidades que esta metodología de investigación ha tenido en la justicia especial, pues hasta ahora los macrocasos que instruye di­ cha sala de justicia se soportan en la priorización temática (v. gr., secuestro y reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado) o en la priorización territorial (v. gr., Tumaco, Ricaurte y Barbacoas [Nariño], parte de Urabá y el norte del departamento del Cauca). El cuarto capítulo, titulado "Las medidas cautelares en el contexto de la Jurisdicción Especial para la Paz", presenta las particularidades y la importancia que ha tenido esta herramienta en el trabajo de la jurisdicción, pues dado el modelo en el que estas se enmarcan, la justicia transicional así como su relación con los derechos de las víctimas no están necesariamente atadas a un caso ya abierto por la JEP, sino que pueden ordenarse en el marco de casos futuros o "potenciales", lo cual contribuye a la protección de bienes

así como su relación con los derechos de las víctimas no están necesariamente atadas a un caso ya abierto por la JEP, sino que pueden ordenarse en el marco de casos futuros o "potenciales", lo cual contribuye a la protección de bienes jurídicos vinculados con el postconflicto y el cumplimiento del Acuerdo Final de Paz. Además, sirven como herramien­ ta efectiva para los otros órganos que integran el SIVJRNR. Ejemplo de ello, como los autores explican, es la importancia que estas medidas han tenido para la protección de lugares en los que se presume la existencia de cuerpos esqueletiza­ dos de personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto armado interno. Finalmente, en el quinto capítulo, "Procedimientos en la Jurisdicción Especial para la Paz", los lectores se encon­ trarán con un muy interesante abordaje de los principios que articulan el procedimiento de laJEP, porque más allá de enunciar cuáles son esas máximas interpretativas, el análisis le permite al lector advertir, en una perspectiva crítica, no­ vedosas propuestas de interpretación a través de las cuales el operador jurídico transicional ha adecuado una serie de institutos históricos y clásicos del derecho liberal a los retos20 de una justicia transicional que centra su atención en las víctimas y ve en ellos una oportunidad para avanzar en la consolidación de la paz. Igualmente, se adentrarán en el conocimiento de las ca­ racterísticas y del funcionamiento propio de los dos tipos de procedimientos que se surten en el interior de la JEP: por un lado, los que buscan establecer responsabilidad e imponer sanciones, por ejemplo, cuando el compareciente

racterísticas y del funcionamiento propio de los dos tipos de procedimientos que se surten en el interior de la JEP: por un lado, los que buscan establecer responsabilidad e imponer sanciones, por ejemplo, cuando el compareciente no acepta su responsabilidad, lo cual da lugar a la activa­ ción del procedimiento adversaria! a cargo en su primera fase de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP; y, por otro, aquellos en los que no se emitirá una decisión sancionatoria sino algún tipo de beneficio (v. gr., amnistía, indulto, cesaciones de procedimiento, entre otros). Así las cosas, esta obra, rigurosamente descriptiva y crítica, resulta ser una gran herramienta de consulta para quienes quieran adentrarse en el conocimiento de lo que es y cómo funciona la JEP, del tipo de justicia transicional que debe administrar y de su proyección en el mundo jurídico contemporáneo. El libro contiene un estudio muy completo de los ante­ cedentes de la jurisdicción, de sus principios, factores de competencia, procedimientos y metodología de trabajo; pero, sobre todo, da cuenta del enorme trabajo, así como de los complejos problemas jurídicos y los muy interesantes debates que desde el derecho se han dado en estos cuatro años de actividades, los cuales han servido de base para resolver y enfrentar, en su quehacer diario, la multiplicidad de dilemas jurídicos que supone administrar justicia res­ taurativa para garantizar, desde la verdad plena, los dere­ chos de las víctimas, la no impunidad, y la posibilidad de una reinserción efectiva de sus co

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