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BOGOTÁ HUMANA - Adolescentes responsabilidad penal o social

Alcaldía de Bogotá

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Detalles

Título
BOGOTÁ HUMANA - Adolescentes responsabilidad penal o social
Autor
Alcaldía de Bogotá
Categoría
Doctrina
Área del derecho
SRPA
Año

1 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015 ¿Responsabilidad penal o social? Adolescentes en el Sistema de Responsabilidad Penal (SRPA) 2

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Cra 30 Nº 25-90 TORRE B. PISO 1, 5, 8 Y 13

BOGOTÁ D.C.

2015 www.sdp.gov.co ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. “Elaborar una caracterización de adolescentes Gustavo Francisco Petro Urrego vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal Adolecente en Bogotá”. Contrato No. 110. Concurso SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN de méritos No. 008 de 2014. Gerardo Ardila Calderón Secretaría Distrital de Planeación – YanHaas (Advance Market Research)

JEFE OFICINA ASESORA DE

PRENSA Y COMUNICACIONES COORDINADORA GENERAL Angélica del Pilar Molina Reyes Gloria Liliana Maldonado Gómez Profesional especializada SUBSECRETARIO DE Dirección de Equidad y Políticas Poblacionales PLANEACIÓN SOCIOECONÓMICA Secretaría Distrital de Planeación Octavio Fajardo Martínez APOYO TÉCNICO DIRECTOR DE EQUIDAD Y Subdirección de infancia y adolescencia Secretaria POLITICAS POBLACIONALES Distrital de Integración Social Rovitzón Ortiz Olaya

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN

PROYECTO EDITORIAL Melissa Mora T. Dirección de Equidad y Políticas Poblacionales

FOTOGRAFÍAS

EDICIÓN Fotografo: Dario Saavedra

Nora Luz Castrillón Jaramillo Banco de Imágenes Secretaría Distrital de Planeación Secretaría Distrital de Planeación

IMPRESIÓN Y ACABADOS

EXPRECARDS S.A.S.

Este documento es público, ha sido realizado para generar valor público y para el disfrute de quienes están comprometidos con hacer de Bogotá una ciudad más democrática.. Está prohibida su venta. La información contenida en el presente documento puede ser utilizada total o parcialmente mientras se cite la fuente.

ISBN 978-958-8210-886

Impreso en Bogotá Colombia. 3 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015 Contenido

PRESENTACIÓN

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INTRODUCCIÓN

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PRIMERA PARTE

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1. ANTECEDENTES

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2. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

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SEGUNDA PARTE

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1. DESCRIPCIÓN DE LA CONSULTORÍA

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2. RESULTADOS DE LA CONSULTORÍA

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GLOSARIO

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RECOMENDACIONES

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REFERENCIAS WEB Y BIBLIOGRÁFICAS

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5 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015 PRESENTACIÓN El objetivo y el contexto de las políticas públicas es que comparten experiencias comunes entre ellos pero la gente. Otros podrían decir que es la ciudad, el demuy distintas a las que comúnmente se observan en la sarrollo urbano o la economía, pero en síntesis el fin ciudad y que hoy son objeto de políticas públicas. último de la gestión pública y de la acción gubernamental es la vida de la gente: personas de carne y Este es el propósito de ROSTROS Y RASTROS, publihueso que disfrutan o padecen el vivir en un territorio cación periódica de la Dirección de Equidad y Polítideterminado, en el campo o en la ciudad, en las zonas cas Poblaciones de la cual hemos publicado ya ocho urbanizadas o en la periferia poco recordada. números, a saber: 1) Familias más que la suma de sus partes; 2) Elogio de la vejez; 3) Adultez o la segunda En el escenario de lo público, a diferencia del privaadolescencia; 4) la infancia negada; 5) Adolescencias do, cada decisión debe estar orientada hacia la reno el llamado de la vida, 6) Situación de los y las jó- tabilidad social, el fortalecimineto de los derechos venes bogotanas, 7) voces y relatos de la población y libertades ciudadanas y la cohesión social. El proAfrodescendiente en Bogotá; 8) Situacion de las víctipósito de definir políticas y pensar en programas es mas en Bogotá. El presente documento constituye el

tomar decisiones y actuar lo más ajustado posible a número nueve y está dedicado a las personas adoleslas demandas, deseos e intereses de los distintos centes que a la fecha están vinculadas al Sistema de grupos poblacionales de la ciudad. Este es el ejerciResponsabilidad Penal para Adolescentes en Bogotá, cio más democrático para los gobiernos: ponerse en un programa de restauración y restitución de los delos zapatos de otras personas y ser conscientes de su rechos y libertades de las personas infractoras de la propia vulnerabilidad. ley entre los 14 y 17 años, once meses y 29 días que se encuentren bajo medidas / sanciones no privativas El principio por excelencia de toda política pública es de libertad. la toma de decisiones para la vida, para mejorar las condiciones de vida, premisa que fundamenta más Como su nombre lo indica, la publicación pretende aún la razón de ser de las políticas públicas poblaciodar cuenta y registrar los rostros y rastros (caracterísnales, dadas sus características, para afrontar las acticas, indicadores) de las personas en sus distintas tratuales contingencias. yectorias, transiciones, discontinuidades, convivencia, además de su situación en este medio: qué hacen, a Una de esas características es la pluralidad y la diversiqué se dedican, sus conflictos en términos de relaciodad étnica, los flujos del curso de vida o del transcurrir nes internas, y su propia percepción sobre la situación vital, además de la diferente situación socioeconómica que viven como personas vinculadas al Sistema de o la capacidad de pago y estrato, su condición de disResponsabilidad Penal para adolescentes en el Districapacidad, la situación de desplazamiento u orientato, así como provocar la reflexión sobre el quehacer ción sexual diferente a la heterosexual. Esta pluralidad de la institucionalidad y la sociedad frente al problema se vive en todas las zonas de Bogotá, urbana o rural, de la población adolescente que infringe la Ley. en medio de cotidianidades igualmente variables. Por eso, vale la pena preguntarnos y conocer cómo son las Esperamos, con la ayuda del lector o lectora de estas prácticas cotidianas de la gente en comunidad, dentro páginas, cumplir con las expectativas y tener aún más de un grupo familiar, en una trayectoria o transición razones de vida para construir ciudad. determinada; o también dentro de grupos étnicos El presente documento consta de dos partes. En la

7 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015 INTRODUCCIÓN Primera Parte damos cuenta de los antecedentes histados, última fase desarrollada mediante consultoría tórico - sociales e institucionales a partir de los cuacon la firma Yanhaas S.A. les se establece el Sistema de Responsabildad Penal para Adolescentes en Colombia. En este recorrido Los resultados del Contrato 110 de 2014 suscrito entre podemos observar los tratamientos jurídicos, sociales la SDP y la firma Yanhaas S.A., cuyo objeto fue "Caracy culturales dados a niños, niñas y adolescentes1 enterizar las y los adolescentes vinculados al Sistema de frentados a la ley, en oposición a las normas jurídicas Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), que y legales que sancionaban sus conductas irregulares cubre las edades entre los 14 y 17 años 11 meses y 29 cuando estos aún eran considerados y tratados como días, SRPA en Bogotá que se encuentran bajo medi- “adultos pequeños” (SDP, 2014 a). Igualmente da das / sanciones no privativas de libertad, bajo medida cuenta de la transición de un regímen policivo punitien medio abierto y restablecimiento de derechos”, vo y una doctrina de la situación irregular, un modelo sumados a todo el proceso previo de diagnóstico y de atención integral basado en la pedagogía, en la planeación es lo que constituye la Segunda Parte de reparación del daño hecho a la víctima y en la justieste documento. cia restaurativa, no sin antes describir los contextos jurídico normativos que le dieron paso al Código de Así, en el presente estudio se articula una estrategia

Infancia y Adolescencia, o Ley 1098 de 2006, con el de investigación documental, mediante una revisión cual se inició una gran transformación al considerar a previa de la literatura existente sobre el tema para los niños, niñas y adolescentes sujetos de derecho con encontrar y dar respuesta a las cuestiones planteadas responsabilidades sociales. en la actualidad. En esta no se requirió que el investigador o la investigadora participara directamente del En la Segunda Parte presentamos el proceso y los objeto de estudio sino de una visión externa que geresultados del trabajo realizado con personas adolenerara reflexiones como insumo para futuras investicentes vinculadas a los centros de atención del Distrito gaciones. Estas reflexiones se articulan, decíamos enintegrados al Sistema de Responsabilidad Penal para tonces, con una investigación mixta en cuanto utiliza Adolescentes de Colombia. Este trabajo, desarrollatécnicas, intrumentos y metodologías cualitativas y do en dos momentos durante 13 meses (febrero de cuantitivas en los procesos, en el análisis y en la inter2014 a marzo 2015), contó con la coordinación de una pretación de las diversas fuentes tanto primarias como profesional de la Dirección de Equidad y Políticas Posecundarias relacionadas con el tema. blacionales de la SDP y el apoyo técnico de la Secretaría de Integración Social - Subdirección de Infancia Por lo mismo, como un todo, no constituye un análisis y Adolescencia, quienes adelantaron el acopio y aceral Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescencamiento a las fuentes de información, pasando por el tes, ni a sus problemas como sabemos que los tiene diseño y prueba de los intsrumentos hasta llegar a la (hacinamiento por falta de cupos, uso del derecho pefase de aplicación de los mismo y obstención de resulnal como remedio para todos los problemas sociales, expansión del poder punitivo en algunos casos). Es, 1 Por esa época no existía tal distinción. El tratamiento jurídico siguiendo la pretención política que le dio origen, un diferenciado de la infancia adolescencia en América Latina se remonta a acercamiento a la situación actual de las personas las primeras décadas del siglo XX. 8 adolescentes vinculadas al Sistema y un diagnóstico males, que intervienen en el tema de la criminalidad, preliminar que, a la vuelta de la esquina, permita, por por tanto define las reglas de la persecución penal, un lado, identificar dónde reside el problema detectalos fines de esa persecución, la actuación policial, judo por la autoridades de Control en sus evaluaciones dicial, los métodos de selección de la "clientela" que al SRPA, o dónde se esconde la solución más demoentra dentro de esa persecución, las políticas de precrática a la desobediencia propia de toda adolescenvención, humanización del sistema punitivo, así como cia frente a la Ley, la disciplina y la seguridad. el tratamiento a poblaciones especiales: niños niñas, mujeres, personas de avanzada edad, "pobres", marA modo de posta, y en el umbral de este documento, ginados, y es aquí en donde interesa resaltar que, por retrotraemos la siguiente reflexión, convencidos de tanto, define las reglas de penalización respecto a la que en un estado social de derecho las cosas son así, población infantil, la edad requerida para ser persepero también pueden ser de otra manera: guido penalmente y bajo qué sistema se va a producir

el juzgamiento de estas personas. La escogencia del "La política criminal de un Estado forma parte de su sistema de protección para la población de niños, nisistema de ejercicio del poder y se une a todas las de- ñas y adolescentes, determina por tanto el sistema de más políticas, tales como las de salud, educación, soselección y juzgamiento" [Burgos, M: 2005: 11]. ciales, etc. La política criminal determina la actuación de todos los sistemas y subsistemas, formales e inforPRIMERA PARTE DE LA SITUACIÓN IRREGULAR A LA DOCTRINA2 DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL 2 “En el mundo jurídico, se entiende por doctrina, el conjunto de la producción teórica elaborada por todos aquellos de una u otra forma vinculados con el tema, desde el ángulo del saber, la decisión o la ejecución ( ). Los avances en la doctrina aparecen invariablemente acompañados por contradicciones y discrepancias (García M: 1997 a). 11 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015

1. Antecedentes3 3 Fuentes: Unicef Madrid, Uruguay, Chile, Colombia: 1999, 2004, 006,2007); Giselle N. Holguín-Galvis (2010); ICBF (2007; Jiménez Marín, 2009); Beloff, 1998; García Méndez, 1997; 1998; Burgos M, 2005; CEPAL, 2003). 1.1. El menor infractor miento y protección, pero frente a la segunda se requería tomar medidas policivas o tutelares, es decir, responLa historia del tratamiento de niños, niñas y adolessabilizar a sus tutores directos (la familia cuando la había) centes4 enfrentados a la ley o en oposición a las noro asignarle un tutor para que respondiera por ellos frenmas jurídicas y legales que sancionaban sus conductas te al estado y la sociedad. En otras palabras, “si lo de irregulares inicia a mediados del siglo XVII cuando esvíctima y victimario se ha dicho que son roles fácilmente tos aún eran considerados y tratados como “adultos intercambiables en el ámbito de la justicia penal, no cabe

pequeños” (SDP, 2014 a). Las autoridades se enconduda de que la justicia penal de menores constituye un traban en el dilema de considerarlos como pobres inbuen ejemplo de ello” (Jiménez, 2009:3). defensos abandonados que hacían cosas irregulares o fuera de lo normal y que, por lo mismo, estaban en Los códigos del menor fueron las primeras normas proceso de formación, o tomarlos como menores pede carácter penal creadas por la sociedad y aplicaligrosos, involucrados con bandas y malandrines de das por los Estados para corregir y controlar al mequienes necesariamente había que defenderse. nor. No sólo en Europa, también en América Latina se impuso una ideología que hasta hace muy poco Frente a la primera situación bastaba con considerarlos consideraba al niño y al adolescente como un indivicomo niños y adolescentes necesitados de acompañaduo “inmaduro” e “incapaz” (SDP, 2014 a), no para acompañarlo, apoyarlo y satisfacer sus verdaderos derechos y necesidades, sino para excluirlo del discurso y la práctica de la razón adulta, inalcanzable 3 Fuentes: Unicef Madrid, Uruguay, Chile, Colombia: 1999, 2004, 006,2007); Giselle N. Holguín-Galvis (2010); ICBF (2007; Jiménez para los infantes y los menores de esa época. Marín, 2009); Beloff, 1998; García Méndez, 1997; 1998; Burgos M, 2005;

CEPAL, 2003).

En Colombia el Decreto 2737 de 1989 o Código del 4 Por esa época no existía tal distinción. El tratamiento jurídico

Menor, que no del NIÑO, da origen y existencia legal diferenciado de la infancia adolescencia en América Latina se remonta a las primeras décadas del siglo XX. 12 a las Comisarías de Familia, disponiendo en el artículo de sus necesidades básicas; 3) Su patrimonio se en295, su carácter policivo y asignándole su organización cuentre amenazado por quienes lo administren; 4) a los Concejos Municipales y Distritales. La creación Haya sido autor o partícipe de una infracción penal; 5) de estas dependencias, constituyó un avance en la acCarezca de representante legal; 6) Presente deficiención del Estado en su obligación de garantizar la procia física, sensorial o mental; 7) Sea adicto a sustancias tección integral de la familia como núcleo fundamenque produzcan dependencia o se encuentre expuesto tal de la sociedad y primer espacio de socialización a caer en la adicción; 8) Sea trabajador en condiciones del ser humano. no autorizadas por la Ley; 9) Se encuentre en una situación especial que atente contra sus derechos o su Muchos de los artículos del Código de Menor fueron integridad” (Artículo 307: Decreto 2737 de 1989). derogados por el Código de Infancia y Adolescencia, pero en su mayoría mantiene una jurisprudencia conEl Código del Menor también incluía la protección incordante5 bajo la doctrina de la Protección Integral y tegral pero no como principio rector de los derechos las categorías de niño, infancia, y adolescencia descode los niños, niñas y Adolescentes - NNA sino como nocidas anteriormente. medio o favor que el estado les otorgaba para sacarlos de su irregularidad: En su momento el Código del Menor tenía por objeto6 ARTÍCULO 838. Entiéndase por atención integral,

1. Consagrar los derechos fundamentales del menor el conjunto de acciones que se realizan en favor de

2. Determinar los principios rectores que orientan las los menores en situación irregular, tendientes a satisnormas de protección al menor, tanto para prevefacer sus necesidades básicas y a propiciar su desanir situaciones irregulares como para corregirlas. rrollo físico y psicosocial, por medio de un adecuado ambiente educativo y con participación de la familia

3. Definir las situaciones irregulares bajo las cuales y la comunidad. pueda encontrarse el menor; origen, características y consecuencias de cada una de tales situaciones.

La atención integral se brindará básicamente a través

4. Determinar las medidas que deben adoptarse con de actividades sustitutivas del cuidado familiar, esel fin de proteger al menor que se encuentre en colaridad, formación prelaboral y laboral, educación situación irregular. especial cuando se trate de menores con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, y atención a la salud.

5. Señalar la competencia y los procedimientos para garantizar los derechos del menor.

El Código del Menor (Artículo 292), también había

6. Establecer y reestructurar los servicios encargados previsto la Procuraduría delegada para la defensa del de proteger al menor que se encuentre en situamenor y de la familia la cual hoy sigue cumpliendo las ción irregular, sin perjuicio de las normas orgánicas funciones de vigilancia judicial y administrativa pero y de funcionamiento que regulan el Sistema Naciodesde la perspectiva de los derechos de los niños, ninal de Bienestar Familiar. ñas y adolescentes9.

Nótese en los objetivos anteriores que el énfasis es en el menor, es decir solo en aquellos niños que se hallaban en situación irregular. 7 Artículo derogado por el artículo 217 de la Ley 1098 de 2006. Ahora bien, dicho código considera que un infante 8 Artículo derogado por el artículo 217 de la Ley 1098 de 2006. se encontraba en "situación irregualr" cuando 1) Se 9 Artículo 211Ley 1098 de 2006 -Código de Infancia y la Adolescencia. Funciones de la Procuraduría General de la Nación. La encuentre en situación de abandono o de peligro; 2) Procuraduría General de la Nación ejercerá las funciones asignadas en Carezca de la atención suficiente para la satisfacción esta ley anterior por intermedio de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la familia, que a partir de esta ley se denominará la Procuraduría Delegada para la defensa de los derechos de la Infancia, la 5 Véase Código del menor EN http://www.icbf.gov.co/ Adolescencia y la Familia, la cual a través de las procuradurías judiciales cargues/avance/docs/codigo_menor_pr007.htm ejercerá las funciones de vigilancia superior, de prevención, control de 6 Artículo 1 derogado por el artículo 217 de la Ley 1098 gestión y de intervención ante las autoridades administrativas y judiciales de 2006. tal como lo establece la Constitución política y la ley. 13 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015

A esta ideología dominante en casi todo el mundo se 1.2. Tratamiento jurídico penal del menor le llamó “doctrina de la situación irregular”10 o “ideología tutelar”, la cual estuvo rigiendo durante casi Se dice que el menor infractor fue el producto de la tres siglos, en mayor o menor grado, en la legislación sociedad industrial (Jiménez, 2009:4); las funciones de sobre menores también en Latinoamérica, incluyendo control informal y de sociabilización estaban a cargo Colombia. Solo sería hasta finales del siglo XX, en los de la familia, la escuela, la Iglesia. Esta última incidía años ochenta, con la Declaración Universal de los Dede tal forma en la educación y en la familia que desde rechos del Niño, aprobada por la Asamblea General el pulpito orientaba e influía en el tipo de crianza y de las Naciones Unidas en noviembre de 1989, que formación que padres y maestros debían dar a sus se promovería un cambio de paradigma y de doctrina hijos la cual se basaba en el trabajo, en las buenas hacia los niños, niñas y adolescentes, para considerarcostumbres y en los preceptos de la religión católica. los parte de la sociedad como sujetos de derecho y Iglesia, familia y escuela juntas configuraban una trinino como objetos de protección-represión. Aún así, dad infalible encargada de regular y encaminar la concorrería mucha agua bajo el puente antes de que los ducta de los niños. Fue así como en Colombia durante países la ratificaran y aplicaran pese a su aceptación. el siglo XIX y XX el poder que controlaba al menor de edad se hallaba en el campo social, donde el niño y el

Antes del siglo XVII los menores se integraban totalmenjoven desempeñaban un papel productor. te al mundo de los adultos. La infancia se encontraba en el centro de la familia y el menor perdía totalmente su Estado y escuela son las dos grandes instituciones autonomía pues se debía proteger, y es por esto que en que hacen emerger a la infancia de las “estructuras esta época existían dos categorías de niños: los infantes, profundas de la historia”11. La intervención del Estaque eran aquellos que asistían a la escuela y tenían famido efectiviza la función de la escuela como espacio lia, y los menores, que se encontraban excluidos, ya que privado, sustrayéndola de la familia y de la comuno contaban ni con familia y mucho menos asistían a la nidad, en vistas a una socialización diferente, más escuela. Para los últimos existía el Tribunal de Menores uniformizante, en pos de una formación y disciplique era la introducción de esa cultura socio-jurídica de la namiento futuro12. protección represión. En 1899 se creó el primer Tribunal de Menores en Illinois (Estados Unidos); posteriormente La escuela pasa a ser el ámbito por excelencia de en Suramérica, en Argentina (1919) y en Venezuela (1939) la infancia, aunque no de toda. La intervención del (Jiménez, 2009:4) Estado incorpora también la figura del niño y del adolescente en el Derecho, en el Derecho Penal en En Colombia, en el siglo XIX, cuando los adolescentes particular, creando para él, cuerpos jurídicos especí- infringían la ley penal, no se preveía un tratamiento jurí- ficos, códigos, tribunales, instituciones para el asilo,

dico ni sancionatorio diferente al que se les otorgaba a etc., los cuales, como en el caso de la educación los adultos, no se atendía a sus condiciones especiales de pero en sentido inverso, solo era para los hijos de desarrollo físico y síquico, era como si la categoría “niño”, los pobres (Iglesias SF). como sujeto, no existiera solo en el procedimiento se les otorgaba un tutor para que los representara (HolguínEstas sociedades que desde sus inicios estaban segGalvis. 2010:5) mentadas en lo económico, en lo social, pero también en lo cultural, eran sociedades de hombres, de blan10 “La doctrina de la situación irregular tiene sus inicios en el siglo XIX en Estados Unidos y Europa, desde donde se expande como 11 “(…) se ha dicho: la edad moderna “descubrió” la infancia. una cultura de la compasión-represión, que en Latinoamérica asume Descubrir en el sentido preciso que informan los diccionarios: “Manifestar la forma de doctrina de la situación irregular. Como si fuera poco, esta lo que estaba oculto” o “destapar lo que estaba tapado”. Para estos doctrina legitima al Estado para interferir absolutamente frente a estos autores, este siglo XVIII o alrededor de él, “destapó lo que estaba tapado”. sujetos vulnerados, de ahí que el Juez de Menores interviene con la ¿Qué era lo tapado, lo oculto? Digamos mejor con Trisciuzzi y Cambi, que figura del “buen padre de familia” y se aleja de su verdadera función hasta la época moderna, la vida de niños y adolescentes perteneció a lo

jurisdiccional, lo que se ve reflejado claramente en la ideología de la que ellos denominan: “las estructuras profundas de la historia”. Y que en “compasión-represión””. Guiselle N. Holguín-Galvis (2010) Construcción esta dimensión profunda de la historia, la infancia resulta “casi siempre histórica del tratamiento jurídico del adolescente infractor de la ley penal invisible o con frecuencia se la confunde con la naturaleza”. colombiana (1837-2010). Consulta en línea en Galvishttp://webcache. 12 En el siglo XIX el Estado interviene para limitar el trabajo googleusercontent.com/search?q=cache:http://www.policia.gov.co/ infantil, entendiéndolo, amén de otras razones no tan humanitarias-, como imagenes_ponal/dijin/revista_criminalidad/vol52_1/08Construccion.pdf. el mayor obstáculo para la escolaridad. 14 cos y de propietarios, yuxtapuestas a la sociedad de siglo XIX estos no habían sido creados para menoindios, mestizos y negros, no propietarios, mujeres y res de edad, serían enviados al panóptico junto con niños que necesitaban de procesos unificadores y colos adultos, así lo preveía el Art. 252 de la Ley 57 de hesionadores, dada su propia fragmentación como 1887: “El padre tendrá la facultad de corregir y casseres humanos. tigar moderadamente a sus hijos, y cuando esto no alcanzare, podrá imponerles la pena de detención, La educación, la religión, la ley, el orden, el trabajo, hasta por un mes, en un establecimiento correcciola raza, las buenas costumbres, fueron principios recnal. Pero si el hijo hubo de cumplir dieciséis años,

tores para conformar una sociedad integrada, mopodrá extenderlo hasta dieciséis meses a lo más. El derna y avanzada. Pero frecuentemente “los reflejos padre podrá a su arbitrio cesar el arresto”” (2010:7) integracionistas actúan no para generar procesos que devuelvan el sentido, sino para excluir definitivamente Pero cuando fracasan todas estas técnicas de control, esos individuos, o esos grupos, como incapaces de intodos los procedimientos, todas las inversiones conotegrarse a la sociedad” (Bustelo 2012). cidas de domesticación, se presenta el menor que se debe corregir por medio de otros mecanismos. Por En general, lo que buscaba el Estado era la integración esto, se le aplican normas de exclusión por parte de social por distintos medios, y la sociedad era entendiciertos actores: padres, directores de colegios, las cuada como sinónimo de sociedad consensual, distinta les consisten en descalificar, exiliar, rechazar, es decir, de “todo aquello que desunificara, que divergiera, todo un arsenal de mecanismos negativos de exclusión que sonara con un tono disímil, fue síntoma de atraso, (Holguín-Galvis. 2010:7) de riesgo, de desviación y como tal, de exclusión”. Aun así, el control formal que estaba a cargo de la policía, los jueces y en manos de las correccionales La figura por excelencia de la exclusión fue la “situación requirió del tribunal de menores, un instancia difeirregular”. Fueron “irregulares”, y por lo tanto pasibles renciada de control socio-penal que, según Emilio

de medidas coercitivas, aquellos que denotaran en su viGarcía (1998), “buscaba suplir las deficiencias en las vir, su pensar, su vestir, su hablar, cierta discordancia con políticas públicas en torno a esta población, hasta el modelo prevalente. En el universo de la infancia, los el punto de que los que se encontraran en situación “irregulares” se llamaron “menores”. Y con base en una irregular, como por ejemplo, de abandono, podían “doctrina”, se los institucionalizó para protegerlos de sí recibir las mismas medidas que uno que hubiere mismos” (Iglesias, SF: 3) cometido un delito” y por ello se creó un marco jurídico que legitimara la intervención estatal discrecional a los menores. Parafraseando a Foucault, se trataba de aplicar mecanismos legales o jurídicos de vigilancia y correcLa doctrina de la situación irregular legitimaba al Esción, mecanismos disciplinarios y por último de tado para interferir absolutamente frente a “estos” seguridad, pues “en el fondo, cuando se toma la sujetos vulnerados como eran considerados los meinicativa de corregir a un detenido, a un condenanores, de ahí que el Juez de Menores podía interdo, se trata de corregirlo en función de los riesgos venir con la figura del “buen padre de familia” y se de recaída, de reincidencia que presenta, es decir, despojaba de su verdadera función jurisdiccional, lo en función de (…) su peligrosidad (…). Un castigo que se ve reflejado claramente en la ideología de la

calificado de ejemplar era precisamente porque se “compasión-represión” (Jiménez, 2009: 4) pretendía obtener un efecto correctivo, si no sobre el culpable (…) si al menos sobre el resto de la Más adelante se crearía un marco jurídico que lepoblación(Foucault, 2014: 20) gitimaría la intervención del Estado para regular el comportamiento a-social del menor ya que, a raíz de En el mismo sentido, según Holguín-Galvis, en caso la crisis de los años treinta sentida en toda Latinoade que los hijos resultaran incorregibles, el padre mérica (influencia de La Gran Depresión mundial de podía imponerles la pena de detención y enviarlos a la postguerra), la masiva inmigración, la carencia de un establecimiento de corrección, pero como en el recursos y falta de voluntad política, se generó un 15 Publicación Nº 9 Trimestre Enero-marzo 2015 ambiente de caos propicio para judicializar a todo 1.3. Establecimientos de corrección o la menor infractor. En los años cincuenta, los menores “ortopedia del menor” pasaron a ser objetos de derecho, objetos de las políticas públicas, de las políticas distribucionistas, En el siglo XIX abundaron los establecimientos de siendo éste el momento en que los jueces adquirievigilancia (Foucault 1976, 2001), vigilaban las indusron una facultad discrecional de declarar en abantrias, vigilaban las escuelas, vigilaba el gobierno; dono material o moral al menor cuando el control todo un sistema punitivo general donde solo se hainformal no era efectivo. blaba de castigo y represión, memoria de un sistema

penitenciario el cual consistió en encerrar gente bajo Posterior a ello, en los años setenta, hubo una disuna vigilancia especial, en establecimientos cerraminución considerable del gasto social público, dos, hasta que se reformarán. En palabras de Giselle

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