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BONILLA M - El derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados

Marisol Bonilla

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Título
BONILLA M - El derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados
Autor
Marisol Bonilla
Categoría
Doctrina
Área del derecho
SRPA
Año

EL DERECHO DE LOS NINOS, NINAS Y iempre que nos disponemos a diligencia en Ia que se intenta reconocer el ADOLESCENTES A SERESCUCHADOS escuchar al menor debemos tener derecho que tienen los ninos, ninas y presente: Las normas legales que adolescentes de expresar su opinion rigen Ia materia; el asunto de que se trata; libremente en cualquier asunto que le Marisol Bonilla de Arrocha Ia edad y grado de madurez del menor de afecte. edad; Ia capacidad legal para expresar sus pensamientos, ideas, opiniones que a su En lo que respecta a Ia forma y vez hace alusi6n a Ia titularidad del oportunidad de llevar a cabo Ia diligencia derecho y Ia capacidad de su ejercicio; el judicial de escuchar a los ninos, ninas y ambiente en el que debe ser escuchado. adolescentes no tenemos normas jurfdicas que establezcan pautas mfnimas para tal A nadie se le ocurrirfa pensar que Ia efecto. De allf que los jueces y juezas, cada expresi6n "conversatorio con el menor" se cual, le imprime su propia modalidad que, a cre6 cuando el juez, tuvo Ia iniciativa de Ia postre influyen al momento de su realizar una diligencia para "escuchar Ia valoraci6n. opinion del menor" dentro de un proceso en el que se regularfan las visitas para Algunas veces cuando se practican las establecer Ia forma en que mantendrfa diligencias judiciales, en las que se da contacto con su padre. Con elfin de llevarla participaci6n a los ninos, ninas y a cabo el senor juez consider6 pertinente adolescentes los mismos son re efectuar una audiencia especial. victimizados sometiendolos a reiterados

interrogatories con Ia apariencia de Como no era usual realizar audiencias conversaci6n. Ello sucede comunmente en con Ia participaci6n de ninos, ninas o Ia investigaci6n del maltrato de menores, adolescentes, el secretario del tribunal le especialmente en los de abuso sexual y pidi6 mas detalles para fijar Ia fecha de Ia sobre todo cuando lo cometen parientes audiencia. El juez le explic6 que deseaba cercanos o personas que mantienen conversar con el menor, ofr de su propia vfnculos estrechos con ellos. voz que estaba pasando con sus padres, saber si uno de ellos lo manipulaba para Sobre todo se busca sustentar Ia que rechazara al otro. De ese modo detenci6n preventiva del agresor en pretendfa romper las tradicionales garantfa de sus derechos de imputado. ritualidades procesales. El secretario crey6 Desde un inicio los ninos, ninas y haber entendido sus indicacionesyelabor6 adolescentes son entrevistados sobre los una providencia que deda: sefialase e/ tristes hechos que han vivido. Se le hacen dfa ........ del mes ............ para realizar un evaluaciones psicol6gicas, supuestamente conversatorio con e/ menor. ........ .. para conocer su afectaci6n emocional; son escuchados por el Juez; tam bien en alguno En adelante es el termino que que otro caso ha pedido intervenir el impropiamente se emplea para disponer representante del Ministerio Publico y que el menor sea escuchado. Es una participa en Ia medida de lo posible, el 75 defensor del menor. para Ia determinacion de sus derechos y preceptos dos garantfas fundamentales a Cuota Alimenticia, asf como e/ Aumento de

obligaciones de orden civil, laboral, favor de los menores: LA IGUALDAD ANTE dicha Cuota, por /o que a nuestro juicio, Ia En particular, considero que se requiere fiscal o de cualquier otro caracter. LA LEY DE TODOS LAS PERSONAS norma transcrita se ha cumplido, ya que en tener claro el sentido y Ia finalidad de Ia INDEPENDIENTE DE SU EDAD. Y EL ella se establece que se le dara participaci6n diligencia de ofr y escuchar a los menores Se trata del derecho que tienen las DERECHO A SER OfDO 0 ESCUCHADO EN a/ menor de conformidad con las normas de para que todas estas personas puedan personas de ser ofdos en ambitos TODOS LOS ASUNTOS QUE LES AFECTAN. procedimiento de Ia ley nacional. A este participar en ella, con el verdadero jurisdiccionales que se extienden mas alia respecto, e/ artfculo 769 del C6digo de Ia proposito de conocer lo que piensa el de las causas penales. En cuanto al LA CONVENCION DE LOS DERECHOS Familia y e/ menor reza asf: menor para tomar las decisiones que concepto de persona, Ia pro pia Convencion DEL NINO, Aprobada por nuestro pafs ''Artfculo 769. Los menores podran ser favorezcan su bienestar. indica que comprende a todo ser humano mediante LEY 15 DE 1990 establece el representados ante Ia Jurisdicci6n de Familia (artfculo 1.1 de Ia Convencion) de allf que derecho que tienen los ninos, ninas y y Jurisdicci6n Especial de Menores por sus La incorporacion de los ninos al mundo no se puede privar a los ninos, ninas y adolescentes de ser escuchados y a ascendientes, por otros parientes pr6ximos,

de los derechos es un fenomeno de adolescentes de ese derecho. Ante todo, expresar su opinion libremente en el por las personas que los tienen bajo su reciente data, puede decirse que se haya son sujetos de derechos, concepcion artfculo 12 en sus numerales 1 y 2 que a Ia cuidado, o pore/ defensor del menor; ademas vinculado al proceso evolutivo de los propia de Ia doctrina de Ia proteccion letra expresamente dice: de Ia representaci6n legal que corresponde a derechos humanos, cuyo desenvolvimiento integral, cuyo modelo a seguir intenta Los Estados Partes garantizaran a/ nino los padres." Est a norma -internade C6digo tiene Iugar a partir de Ia segunda mitad del poner en practica los derechos de los que este en condiciones de formarse un de Ia Familia se complementa con Ia de Ia siglo XX en el ambito de Ia normativa mnos, nmas y los adolescentes y los juicio propio e/ derecho de expresar su Convenci6n sabre los Derechos del Nino, por internacional. 1 mandates establecidos que los Estados, Ia opinion libremente en todos los asuntos que cuanto ambas senalan que e/ menor puede sociedad y las familias deben observar para afectan a/ nino, teniendose debidamente en ser representado por sus ascendientes-padres En ese marco historico LA poner en marcha y hacer posible el cuenta las opiniones del nino, en funci6n de o abue/os-, otros parientes, personas a cargo CONVENCION AMERICANA DE LOS ejercicio de tales derechos. 2 Ia edad y madurez del nino. de su cuidado o e/ defensor del menor; es

DERECHOS HUMANOS en el CAPITULO II 2. Con tal fin, se dara en particular a/ nino decir, Ia representaci6n indirecta que sobre los DERECHOS Y DEBERES POLITICOS En el mismo orden jurfdico es oportunidad de ser escuchado en todo mencionamos a/ referirnos a/ articulo 72 de consagra en su artfculo VIII un derecho importante hacer enfasis en el principio de procedimiento judicial o administrative que Ia Convenci6n e/ Menor, y como ya humano fundamental que a Ia vez sustenta igualdad que inspira Ia CONVENCION DE afecte a/ nino, ya sea directamente o por sena/amos, esa representaci6n se ha una garantfa judicial que bien merece LOS DERECHOS DEL NINO, Ia cual medio de un representante o de un 6rgano cumplido en este caso .. " hacerla extensiva a los ninos, ninas y contempla en su articulado Ia existencia de apropiado, en consonancia con las normas adolescentes. derechos y Jibertades que toda persona de procedimiento de Ia ley nacional. Vale Ia pena anotar que cuando el tiene, sin distincion alguna, por motives de derecho a ser escuchado previsto a favor El citado artfculo preceptua que toda raza, color, sexo, idioma, religion, opinion La Corte Suprema de Justicia, al de los menores de edad se ejerce por persona tiene derecho a ser ofda, con las polftica o de otra fndole, origen nacional o interpretar esta norma en fallo de 8 de intermedio de un representante nos lleva a debidas garantfas y dentro de un plazo social, posicion economica, nacimiento o septiembre de 2000 sostuvo: Ia reflexion de dos temas sensitives tales

razonable, por un juez 0 tribunal cualquier otra condici6n. ''La norma revelo que e/ menor de edad como: Ia contradiccion que pueda darse competente, independiente e imparcial, tendra participaci6n directa por sf mismo-o entre los intereses de aquellos y los de sus establecido con anterioridad por Ia ley, Dicha Convencion consagra entre sus indirecta a troves de su representanteen e/ representantes legales y el reconocimiento proceso; en e/ caso que nos ocupa, los de Ia personalidad jurfdica de los ninos, menores MM han participado en e/ proceso a ninas y adolescentes en el reclamo de sus ISABEL FANLO, DERECHO DE LOS NINOS. Una Contribuci6n Hist6rica, Ediciones Coyoacan, Mexico D.F., 2004, pag. 7. troves de su madre, MG, quien en su derechos. 2 representaci6n promovi6 el proceso de LIGIA GALV IS ORTfZ, Las Ninas, Los Nines y los Adolescentes. Titulares Actives de Derechos, Ediciones Aurora, Bogota, 2006, pag. 132. Solicitud de Libre y Total Administraci6n de Ia Se dice que de Ia no diseccion correcta 76 77 del titular del derecho o de quien hace el padres para evitar el cumplimiento de Ia El articulo 908 que invoco el precitado resulta contraproducente para escuchar Ia ejercicio o lleva Ia defensa ante los obligacion de dar alimentos o para castigar fallo de Ia Corte Suprema de Justicia opinion de los menores, no solo porque tribunales, en su caso, puede derivarse afectivamente al conyuge impidiendoles establece que son absolutamente inhabiles afectarla su libertad de expresarse, tambien

alguna distorsion o alguna disfunciona que vean a sus hijos. Son todos casos en los para declarar en todos los procesos los por las lesiones a las relaciones familiares lidad, e incluso, en su caso, algun perjuicio cuales es inmensamente valiosa Ia menores de siete an os. (Articulo 908.13). que necesariamente conlleva. para el me nor titular. 3 expresion de Ia opinion de los hijos, bajo el principio de inmediacion en el que el juez El articulo 913 contempla los dos Procesalmente habra que ponderar con En este sentido, en casos muy de ninez y de familia juega su mejor papel supuestos en que se admite Ia declaracion mucho cuidado Ia disyuntiva entre Ia particulares sera preciso aplicar las reservas al escucharlos. de men ores que son: El menor que tiene (7) necesidad de resguardar el secrete de lo que establece Ia ley en cuanto a Ia anos y es menor de (14) catorce anos que el nino expresa, cuando es llamado en representacion legal de los padres en En lo que respecta a Ia edad y el grado requiere de curador para declarar. El menor virtud de lo previsto en el articulo 12 de Ia ejercicio de Ia patria potestad. El Codigo de de madurez, de todo cuanto se ha dicho, se que tenga (14) catorce anos o mas no Convencion de los Derechos del Nino, es Familia exceptua de Ia representacion legal advierte que son condiciones esenciales necesita curador, pero el juez debe cuidar decir, a los efectos de que su opinion sea de los padres entre otros: el caso de los que deben tenerse debidamente en de que no se le sorprenda con el escuchada, y las que procuran preservar las

actos relativos a derechos que el hijo o cuenta a Ia hora de apreciar Ia opinion de interrogatorio. garantfas del debido proceso, para el caso hija, de acuerdo con las leyes y sus los ninos. En este aspecto Ia ley tampoco de que se les reciba un testimonio. 4 condiciones de madurez, puedan realizar ha fijado una edad determinada como En lo que concierne a tales normas de por sf mismos y cuando exista requisite para que sean escuchados los procedimiento es importante resaltar que En tal sentido, adquiere plena vigencia contradiccion de intereses entre los padres men ores de edad. el derecho que tienen las personas el principia de prevalencia del interes y el hijo o hija, en estos ultimos ha de menores de edad a expresar su opinion es superior del Nino, el cual se impondra nombrarse un defensor que los represente. El Codigo de Familia sigue el sentido de autonomo, se concreta al escucharlos y sobre las formas como garantla del debido (art. 332,333 C.F.). Ia Convencion en este aspecto y reconoce difiere de las declaraciones testimoniales proceso. a favor del menor el derecho que tiene a que rindan en cualquier tipo de causa. En cierto modo, resulta diffcil determi expresar su opinion libremente y conocer Debe quedar claro que estas normas se nar en que momenta Ia representacion de sus derechos. En Ia citada excerta legal se refieren a las edades aceptadas legalmente Las normas generales de los padres afecta el bienestar de los hijos; ha establecido que, en todo proceso que para que los menores de edad rindan procedimiento estan estructuradas dentro

pero ello no es imposible. Por citar solo pueda afectar a los mimos, debera ser ofd o testimonies validos en cualquier tipo de de un regimen de derecho que se remonta unos ejemplos: asf se advierte cuando uno directamente o por medio de un procesos y de ninguna manera deben a Ia Codificacion. De alii su tendencia de los padres demanda alimentos o representante, de conformidad con las constituir un referente para que los jueces, marcadamente influenciada por el caracter renuncia a ellos por conflictos personales normas vigentes y que su opinion debe juezas u otras autoridades restrinjan los privatista del proceso civil, en abierta con el otro. Algunas veces el egofsmo de tomarse en cuenta, considerando para ello derechos de las personas menores de edad contradiccion a los preceptos de interes los padres los lleva a negarles injustamente Ia edad y madurez mental del menor. de ser oldos en un proceso que concierna a social que introduce Ia Convencion de los el derecho que los hijos tienen de (articulo 489.numeral 10 ). sus derechos o les afecta. Derechos del Nino. comunicarse con el progenitor que no conviven. El Codigo Judicial solo regula lo concer La idea de una audiencia similar a las de En el articulo 12, no se alude a una niente a Ia capacidad de los menores de los testigos, a Ia que asistirlan los litigantes simple declaracion testimonial de ninos, Las denuncias infundadas del maltrato edad para rendir testimonies en el articulo de los hijos en ocasiones las presentan sus 908 numeral 3 y el articulo 913. 4

3. ANTONIO TORRES DEL MORAL, El Menor y Su espacio Social. Primeras Jornadas de Protecci6n al Menor en Espana Y MARfA MATILDE RISOUA DE ALCARO, La Opinion del Nino y Ia Defensa de sus Derechos, Los Derechos del Nino en Ia

su Proyecci6n hacia lberoamerica, Casa de America, Madrid, 1999, pag.181. Familia. Discurso y Realidad, Editorial Universidad. Argentina, 2004, pag. 266. 78 79 ninas y adolescentes, se trata del derecho imaginaci6n artfstica, mfstica y mito/6gica, edad si tuviera suficiente juicio, el juez cuenta su opinion; pero el conocimiento de de ser ofdos y por consiguiente de los defirios, etc., han demostrado los pueda escucharlo y valorar Ia opinion que tales especialistas es mas decisive en Ia intervenir de modo directo como sujeto psicoana/istas y que se ha convenido en exteriorice segun Ia orientacion que le primera infancia, por ser una etapa en Ia afectado en los procesos judiciales para /lamar con FREUD e/ pensamiento brinden los especialistas en Ia materia cualla comunicacion es limitada. determinar como se atiende a su interes "simb6/ico" o con BLEULER e/ pensamiento respectiva. superior en cada caso particular. "autfstico" o "no dirigido" que, segun JUNG y Todos los nines, ninas y adolescentes FREUD, es una manera econ6mica y primitiva Cuando el menor no llega a los doce deben ser tratados como sujetos pi enos de El grade de madurez y Ia edad de los de pensar. Se encuentra en e/ nino hasta los anos a partir de los que es preceptive derecho y su opinion no se puede nines, ninas y adolescentes tend ran que ser siete u ocho anos una fa/ta de direcci6n escucharle, no es conveniente establecer considerar como carente de validez o

valorados desde el punto de vista del espontcinea, un egocentrismo, un reglas generales en cuanto a Ia edad a credibilidad solo en razon de su edad. La ejercicio del derecho, sin descartar los predominio de las imcigenes confusas y partir del cual deban ser ofdos, ya que ello edad cronologica es un parametro menos efectos que produzca su opinion en el locales sobre los conceptos precisos, en fin, Ia siempre dependera de su desarrollo significative que Ia comprobacion en animo del juzgador para ser considerado inconsciencia en las conexiones en torno a psfquico, de su discernimiento y madurez. concreto de si el nino, nina y adolescente como un testimonio en el caso de las series de imcigenes y a Ia insensibilidad en tiene o no una madurez suficiente para incriminar o juzgar Ia conducta de un Ia contradicci6n. El nino por su experiencia AI hablar de un discernimiento entender Ia situacion personal, familiar y adulto. limitada, es natura/mente un egocentrico. Su suficiente, mas que a Ia edad cronologica expresar su opinion. interes estci en relaci6n con su pequena ha de atenderse a Ia edad mental o Lo interesante de las reglas del Codigo personalidad que /e parece con frecuencia e/ desarrollo psfquico, el cual no guarda Para el reconocimiento de Ia Titularidad Judicial para reconocer valor a las centro de los acontecimientos. Sin embargo, rigurosa equivalencia con Ia primera. 6 Las del Derecho de ser escuchados y de declaraciones de los menores de edad es en los Estados Unidos, ninos de cua/quier circunstancias especiales en cada caso de expresar libremente su opinion de los

que permite que se tomen en cuenta bajo edad pueden dec/arar si e/ juez se encuentra los menores de siete anos de edad nines, ninas y adolescentes, Ia edad de ciertas circunstancias segun su etapa de satisfecho de que poseen capacidad para determinaran Ia conveniencia de estes y su grade de madurez constituyen desarrollo. Lo que en cierta forma indica observar, recordar y comunicar. Asf no ha escucharlos y bajo tales supuestos es elementos esenciales. La capacidad que se esta graduando su madurez segun sido infrecuente que se /es permita declarar preferible tomar en cuenta otras vfas de procesal de los menores para ejercer, como su edad. hasta menores de cuatro a nos". 5 expresion que no sea el lenguaje oral, titulares directamente este derecho como por ejemplo los dibujos. Ademas depende en gran medida de dichos El Doctor JORGE FABREGA P., al De cualquier manera, no pueden debe contarse con el apoyo de elementos. Como todos los aspectos referirse al valor de los testimonies de los admitirse Ia rigidez de las normas profesionales especializados que ayuden al anteriores es una materia que no ha sido nines menores de siete anos, cita Ia procesales aludidas, ni los criterios juez a interpretar adecuadamente lo que particularmente regulada, circunstancia exposicion de GORPHE en su obra critica doctrinales radicales, para restar expresan. que limita el ejercicio del derecho de los del testimonio, en Ia cual expresa: importancia a Ia expresion del nino a nines, ninas y adolescentes de ser ofdos. "No carece de interes que JEAN PJAGET, temprana edad, a fin de conocer sus Lo cierto es que en todas las etapas del

como consecuencia de las experiencias intereses, necesidades y vfnculos. En su desarrollo de los nmos, nmas y En el Derecho de Familia, el menor de cffnicas · hechas sobre criterio numero de gran mayorfa, los ordenamientos jurfdicos " "~"-~~~ adolescentes, laparticipacion de un equipo edad tiene capacidad de ejerc1c1o ninos en eflnstituto J.J. Rousseau en Ginebra parten de Ia edad de 12 anos como Ia interdisciplinario es esencial para acreditar especfficamente en los cases determinados ha aproximado e/ pensamiento del nino a Ia etapa en Ia que debe ser ofdo el menor, por su grade de madurez y asf determinar si en el mismo c6digo y en otras leyes. misma forma de pensamiento cuya su capacidad de razonamiento, pero esta en condiciones de formarse un juicio (Artfculo 5 C.F.). Sin embargo, no hay identidad con los suenos, las quimeras, Ia tambien se ha aceptado que antes de esa propio y de que manera se tomara en disposicion legal que regule Ia capacidad 5 6 JORGE FABREGA P, Medios de Prueba. Torno I, Editores Plaza & Janes, Bogota, Colombia,2001, pag. 308. FRANCISCO RIVERO HERNANDEZ. Ellnteres del Menor. Editorial Dykinson, Madrid,2000, pag. 220. 80 81 de ejercJCIO de derechos del menor, y ADOLESCENTES. TITULARES ACTIVOS DE lenguajes de expresi6n por excelencia y que, traves de Ia manifestacion espontanea de menos, que defina hasta que punto se le DERECHOS, desarrolla una serie de se pierden o se minimizan con Ia adquisici6n sus pensamientos, sentimientos e ideas.

reconoce. argumentaciones Socio-Jurfdicas a fin de dellenguaje articulado. 8 sustentar Ia capacidad de los ninos, las En cuanto a las modalidades para Ia Si bien, jurfdicamente no se discute ninas y los adolescentes para ejercer de Lo mas importante del enfoque que practica de Ia diligencia judicial que se que las personas menores de edad, los manera activa sus derechos en todas las realiza Ia citada autora es el realiza para escuchar a los ninos, ninas y ninos, ninas y adolescentes, tienen derecho etapas de su ciclo vital. En tal sentido, reconocimiento del lenguaje propio de los adolescentes, debemos insistir, en que es a ser escuchados y a que se respete su libre destaca posiciones encontradas de los ninos y ninas para el ejercicio de los necesario salir del esquema de un opinion; no obstante, resta determinar lo autores sobre el tema destacando que para derechos de los cuales son titulares. interrogatorio comun. Es imprescindible mas importante: como ejerce el titular ese algunos los ninos y las ninas no son que los jueces y juezas tengan Ia capacidad derecho, aspecto que Ia doctrina ha titulares de derechos porque no tienen los Finalmente, tenemos que advertir que de empatizar con los ninos, ninas y tratado desde distintos puntos de vista. elementos necesarios para ejercerlos. debe prepararse y educar a los ninos a fin adolescentes. Mientras que resalta que para otros es de que se desenvuelvan en una sociedad El debate de esta materia se centra en posible hablar de titularidad con ejercicio que le reconoce Ia condicion de sujeto de AI respecto, me parece conveniente Ia posibilidad de que el titular pueda, limitado al estadio de desarrollo en el que derecho y que le concede Ia oportunidad

hacer mendon de Ia experiencia de segun su voluntad elegir el ejercicio o no se encuentran los sujetos titulares. de expresar su sentir en los procesos que le Venezuela, pals en el que el Tribunal de este derecho, y tambien, que pueda son inherentes. Supremo de Justicia aprobo un acuerdo decidir si reclamarlo o no, en el caso que le Concluye que para Ia mayorfa, Ia que establece una serie de reglas que sea violado. Ademas se discute el que primera infancia esta excluida del ejercicio Los estudiosos de Ia materia sugieren orientan Ia practica judicial a fin de tenga Ia capacidad de discernir si el de derechos porque no posee elementos que a los ninos se les oriente desde su garantizar el derecho a opinar y a ser ofdo ejercicio del derecho le favorece u ofrece o mfnimos para ello como son el lenguaje etapa escolar con respecto a sus derechos, de los ninos, ninas y adolescentes en los no ventajas. articulado, Ia conciencia moral para exigir o pues a traves de su conocimiento, inician procedimientos judiciales, brindando renunciar a los derechos y los atributos un procedimiento donde aprenden sus criterios, pautas y buenas practicas La forma usual o comun en que se personales necesarios para ejercerlos responsabilidades con los demas, ya que dirigidas a asegurar su efectivo ejerce Ia libertad de expresion, es a traves como son, entre otros Ia autonomfa de descubren que los demas tambien tienen cumplimiento, especialmente sobre Ia del lenguaje oral; por medio del cual Ia locomocion. 7 derechos.9 Consideramos sumamente

forma y oportunidad para realizar el acto. persona es ofda o escuchada. Pero ello necesario que los ninos, ninas y Valdrfa Ia pena que compartieramos el necesariamente no tiene que excluir otro Entre sus ideas centrales expone que Ia adolecentes aprendan a ejercitar Ia libertad mismo ejemplo a los efectos de uniformar tipo de manifestacion como Ia expresion conducta inteligente de los niiios y las niiias de expresion, para que Ia desarrollen a y generalizar dicha practica. escrita, Ia gestual, el lenguaje de sellas, se expresa en los lenguajes que le son etcetera. Por ejemplo, en el caso de los propios de acuerdo con el ciclo vital. El ninos con discapacidad Ia situacion es muy problema no es Ia expresi6n de las niiias y los niiios sino Ia incapacidad de los adultos para especi~l. comprender los mensajes que se desprenden La Doctora LIGIA GALVIS ORTIZ, autora de las miradas, los gestos, los movimientos y del Libro LAS NINAS, LOS NINOS Y LOS los sonidos que emiten y que constituyen los 8 UiDEM, pag. 34. 7 9 LIGIA GALVIS ORTIZ, LAS NINAS, LOS NINOS Y LOS ADOLESCENTES. TITULARES ACTIVOS DE DERECHOS. Ediciones wUAN JOSE MONTENEGRO, Primeras Jornadas de Protecci6n al Menor en Espana y su Proyecci6n Hacia lberoamerica. Aurora, Bogota, 2006, pag. 33. Casa de Americas, Madrid 1999, pag. 224. 82 83

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