BVC - Boletin normativo 26 de 2024
Documento Legal
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- BVC - Boletin normativo 26 de 2024
- Autor
- No disponible
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Cumplimiento
- Año
- 2024
_________________________________________________________________________
Bogotá D. C., 04 de septiembre de 2024 No. 026 _________________________________________________________________________
De conformidad con lo previsto en los artículos 1.1.8.9, 1.1.8.11, 1.1.8.12, y siguientes del Reglamento General del Sistema Centralizado de Operaciones de Negociación y Registro MEC – Mercado Electrónico Colombiano, administrado por la Bolsa de Valores de Colombia S.A., se publica:
TABLA DE CONTENIDO
1. INSTRUCTIVO OPERATIVO
Páginas
015
ASUNTO: INSTRUCTIVO OPERATIVO No. 015 PARA EL PROCESO
DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE EL MECANISMO DE
CONSTRUCCIÓN DE LIBRO DE OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DEL
PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS
DE VEH ÍCULOS TIV-V7 A EMITIR POR LA TITULARIZADORA
COLOMBIANA S.A., UNA VEZ SE PUBLIQUE EL AVISO DE
APERTURA DEL LIBRO DE OFERTAS DEL PRIMER LOTE DE LOS
TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEH ÍCULOS TIVV7.
37
BOLETÍN NORMATIVO1
INSTRUCTIVO OPERATIVO _________________________________________________________________________
Bogotá D. C., 04 de septiembre de 2024 No. 015 _________________________________________________________________________
ASUNTO: INSTRUCTIVO OPERATIVO No. 015 PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN
MEDIANTE EL MECANISMO DE CONSTRUCCIÓN DE LIBRO DE OFERTAS Y
_________________________________________________________________________
ASUNTO: INSTRUCTIVO OPERATIVO No. 015 PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN
MEDIANTE EL MECANISMO DE CONSTRUCCIÓN DE LIBRO DE OFERTAS Y
CUMPLIMIENTO DEL PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEH ÍCULOS TIV-V7 A EMITIR POR LA TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A., UNA VEZ SE PUBLIQUE EL AVISO DE APERTURA DEL LIBRO DE OFERTAS DEL PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS
DE CRÉDITOS DE VEHÍCULOS TIV-V7.
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. (en adelante la “Bolsa” o “bvc”), informa que con ocasión de la oferta pública de colocación en el mercado primario del PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEHÍCULOS TIV-V7 - modalidad estandarizada (en adelante “TIVV7") que adelantará la Titularizadora Colombiana S.A. (en adelante el “Emisor” o “La Titularizadora”) una vez se publique el Aviso de Apertura del Libro de Ofertas del Primer Lote (en adelante el “Aviso de Apertura”), le ha sido encargada la administración de la construcción del libro de ofertas para la emisión de los Títulos TI V-V7 en el mercado primario (en adelante el “Libro de Ofertas”), y el cumplimiento de las operaciones resultantes de la adjudicación de la operación.
En desarrollo de la aceptación a la oferta recibida, la Bolsa establece el Instructivo Operativo que aplicará para la adjudicación de los Títulos TIV-V7, mediante el mecanismo de construcción de Libro
En desarrollo de la aceptación a la oferta recibida, la Bolsa establece el Instructivo Operativo que aplicará para la adjudicación de los Títulos TIV-V7, mediante el mecanismo de construcción de Libro de Ofertas y para el cumplimiento de las operaciones producto de la adjudicación, en la fecha que se informe en el Aviso de Apertura. Lo anterior siempre que se cumpla previamente con la inscripción de los títulos en la Superintendencia Financiera de Colombia y en bvc.
Las operaciones que se celebren de conformidad con lo establecido en el presente Instructivo Operativo serán consideradas para todos los efectos como operaciones realizadas a través del Sistema Centralizado de Operaciones de Negociación y Registro MEC - Mercado Electrónico Colombiano (en adelante “Sistema MEC”), administrado por la Bolsa.
1. CONDICIONES DE LA OFERTA Y CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS OFRECIDOS
De conformidad con lo establecido en el Aviso de Apertura y en el prospecto preliminar de información (en adelante el “Prospecto Preliminar”), se señalan las siguientes condiciones de la oferta y las características generales de los títulos ofrecidos:
- Condiciones de la oferta:
Monto de la Emisión: El monto de la emisión será determinado por La Titularizadora a partir del resultado obtenido del proceso de construcción del Libro de Ofertas , teniendo en cuenta el monto máximo2
ofrecido para la serie , así como el procedimiento de colocación establecido en el Aviso de Apertura. Monto Máximo de la Oferta para Primer Lote: El monto máximo ofrecido en el Primer Lote de la emisión de los Títulos No Hipotecarios de Créditos de Vehículo TIV-V7
colocación establecido en el Aviso de Apertura. Monto Máximo de la Oferta para Primer Lote: El monto máximo ofrecido en el Primer Lote de la emisión de los Títulos No Hipotecarios de Créditos de Vehículo TIV-V7 será el establecido en el Aviso de Apertura. Serie que se ofrece – Primer Lote:
CLASE SERIE
TIV A A 2029
Cantidad de Títulos Ofrecida: La cantidad ofrecida de los Títulos No Hipotecarios de Créditos de Vehículo TIV-V7 en la serie ofrecida serán los indicados por La Titularizadora en el Aviso de Apertura.
Tasa de Corte: Es la tasa que será definida por La Titularizadora como resultado del proceso de Construcción de Libro de Ofertas y a la cual se adjudicarán los valores a los inversionistas. Esta tasa corresponde a la Tasa Facial Final de los TIV-V7 – TIV A 2029 que se incorporará en el Prospecto de Información definitivo para la formalización de la Oferta Pública. Esta tasa deberá ser igual o inferior a la Tasa Facial Máxima que define el Emisor y que se publicará en el respectivo Aviso de
Apertura.
Para la Serie A la Tasa de Corte corresponde a los puntos efectivos anuales (E.A) expresados con un máximo de dos (2) unidades y dos (2) decimales.
Tasa Facial Máxima: Corresponde a la tasa máxima a la cual se aceptarán las órdenes de demanda dentro del proceso de colocación de los valores bajo el mecanismo de construcción del Libro de Ofertas y que se publicará en el respectivo Aviso de Apertura.
Destinatarios de la Oferta: De conformidad con lo establecido en el Aviso de Apertura del
valores bajo el mecanismo de construcción del Libro de Ofertas y que se publicará en el respectivo Aviso de Apertura.
Destinatarios de la Oferta: De conformidad con lo establecido en el Aviso de Apertura del Primer Lote y el Prospecto Preliminar, los TIV V -7 serán ofrecidos al mercado principal, en particular a los clientes inversionistas y a los inversionistas profesionales, conforme se encuentran definidos en el Decreto 2555, incluyendo a los ahorradores, personas naturales, personas jurídicas, inversionistas institucionales, entidades oficiales y los fondos de pensiones y cesantías.
- Libro de Ofertas
Pruebas de conectividad: El día que se publique el presente Instructivo Operativo de 2:00 p.m. a 2:45 p.m.
Agentes Colocadores designados por el Emisor y Afiliados al MEC: Serán los Agentes Colocadores o Afiliados al MEC, los cuales pueden presentar demandas a nombre propio o por cuenta de terceros en el Sistema de Emisiones de Renta Fija. Todos los agentes deberán crear como cliente a la Titularizadora Colombiana S.A. con NIT 830.089.530-6.
AGENTES COLOCADORES CÓDIGO3
CORREDORES DAVIVIENDA S.A. 002
ITAÚ COMISIONISTA DE BOLSA S.A. 004
BBVA VALORES S.A. 005
VALORES BANCOLOMBIA S.A. 010
ALIANZA VALORES S.A. 018
CASA DE BOLSA SCB S.A. 045
Fecha de la construcción del Libro de Ofertas: Los inversionistas deberán presentar sus órdenes de demanda en la fecha y hora que se informe en el Aviso de
CASA DE BOLSA SCB S.A. 045
Fecha de la construcción del Libro de Ofertas: Los inversionistas deberán presentar sus órdenes de demanda en la fecha y hora que se informe en el Aviso de Apertura. Horario para la recepción del Límite de Adjudicación por Portafolio. El Límite de Adjudicación por Portafolio podrá ser informado a partir de la publicación del presente Instructivo Operativo y hasta el cierre de recepción de demandas, informado en el Aviso de Apertura. La información debe ser reportada a bvc en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3.4. del Anexo No. 1 y el Anexo No. 3 del presente Instructivo Operativo.
La información que se reciba después de la hora señalada o no cumpla con las indicaciones prevista no será considerada como válida y por tanto no será reportada al Emisor.
Horario del Libro de Ofertas: El libro de ofertas estará abierto en la fecha y hora que se informe en el Aviso de Apertura.
Los Inversionistas no afiliados al MEC y los afiliados al MEC que deseen presentar sus demandas a través de los Agentes Colocadores deberán hacerlo en el horario establecido en el Aviso de Apertura. El Agente Colocador a su vez deberá presentar las solicitudes de demanda a la Bolsa en los términos descritos en el presente Instructivo Operativo, dentro del horario establecido en el Aviso de Apertura.
Los Afiliados al MEC que deseen presentar ofertas directamente deberán presentar las demandas a la Bolsa en el horario establecido en el Aviso de Apertura.
La hora oficial será la hora del servidor que procesa el
Los Afiliados al MEC que deseen presentar ofertas directamente deberán presentar las demandas a la Bolsa en el horario establecido en el Aviso de Apertura.
La hora oficial será la hora del servidor que procesa el aplicativo, la cual será difundida al Agente Colocador y Afiliados al MEC a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija.
Horario Carga Masiva: El horario para ingresar demandas a través de carga masiva será habilitado en el horario establecido en el Aviso de Apertura y hasta 15 minutos antes del cierre del horario. A partir de este momento, el sistema permitirá el ingreso de demandas por pantalla hasta la hora de cierre del sistema.
Mecanismo para la presentación de las órdenes de demanda:
Los destinatarios de la oferta, que en adelante se denominarán “Inversionistas”, podrán ser o no afiliados al MEC y deberán presentar sus órdenes de demanda de acuerdo con lo previsto en el Aviso de Apertura, así:4
● Los Inversionistas NO AFILIADOS AL MEC deberán presentar sus órdenes de demanda a través del Agente Colocador, para su registro en el Libro de Ofertas en los términos que se describen en este Instructivo Operativo y según lo establecido en el Aviso de Apertura.
● Los Inversionistas AFILIADOS AL MEC podrán presentar sus órdenes de demanda directamente a bvc o a través del Agente Colocador. Dichos Afiliados podrán actuar por cuenta propia o por cuenta de terceros según se lo permita su objeto social y su régimen legal, en los términos que se describen en este Instructivo Operativo y según lo establecido en el Aviso de Apertura. En caso
cuenta propia o por cuenta de terceros según se lo permita su objeto social y su régimen legal, en los términos que se describen en este Instructivo Operativo y según lo establecido en el Aviso de Apertura. En caso de presentar sus demandas directamente, deberán asignarlas al Agente Colocador designado.
El Agente Colocador y los Afiliados al MEC deberán presentar las órdenes de demanda directamente o por cuenta de terceros según lo descrito anteriormente y de acuerdo con lo establecido en el Aviso de Apertura, registrándolas en el Libro de Ofertas que adm inistra bvc, de conformidad con los parámetros establecidos y bajo los términos que se describen en este Instructivo Operativo.
En el evento en que un Inversionista Afiliado al MEC opte por presentar más de una orden de demanda empleando más de una de las alternativas mencionadas anteriormente, la totalidad de las órdenes de demanda presentadas se entenderán válidas e independiente s en tanto reúnan los requisitos previstos en el Prospecto Preliminar, en el Aviso de Apertura y en este Instructivo Operativo.
EL DILIGENCIAMIENTO DEL CAMPO AGENTE
COLOCADOR POR DECISIÓN DE LA TITULARIZADORA
COLOMBIANA S.A. ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO.
Mínimo de Inversión y Múltiplo de Colocación: La inversión mínima: El monto mínimo de suscripción de los TIV-V7 en el mercado primario será la suma de un millón ($1.000.000) de Pesos Colombianos.
Múltiplo nominal de demanda: Será la suma de cien mil
($100.000) Pesos Colombianos.
los TIV-V7 en el mercado primario será la suma de un millón ($1.000.000) de Pesos Colombianos.
Múltiplo nominal de demanda: Será la suma de cien mil
($100.000) Pesos Colombianos.
Límites de Demanda: El monto que un inversionista ingrese por cada demanda de la serie no podrá ser superior al Monto Máximo de la emisión, ni inferior a un millón ($1.000.000) de Pesos Colombianos, según lo dispuesto en el Prospecto Preliminar y en el Aviso de
Apertura del Primer Lote. Límite de Adjudicación por Portafolio: Corresponde al Límite de Adjudicación propio de cada Portafolio, que podrá ser informado a bvc y a la Titularizadora de acuerdo con el procedimiento descrito en el numeral 3.4 del Anexo No.1 y el Anexo 3 del presente Instructivo5
Operativo, con el fin de que se tenga en cuenta por la Titularizadora en el proceso de adjudicación.
Mecanismo de Adjudicación: Construcción del Libro de Ofertas, que es aquel mediante el cual la Titularizadora determina el monto, la tasa, distribución y asignación de los valores a emitir de acuerdo con las órdenes de demanda registradas en el Libro de Ofertas y el Límite de Adjudicación reportado por los Inversionistas, según lo establecido en el Aviso de Oferta y en el Prospecto.
Link de acceso al Libro de Ofertas:
https://opespeciales.bvc.com.co/auctions/faces
Link manuales del Sistema de
Emisiones de Renta Fija: https://bvc.co/renta-fija
- Cumplimiento
Sistema de Cumplimiento: DVP – Entrega contra pago.
https://opespeciales.bvc.com.co/auctions/faces
Link manuales del Sistema de
Emisiones de Renta Fija: https://bvc.co/renta-fija
- Cumplimiento
Sistema de Cumplimiento: DVP – Entrega contra pago.
Fecha de Emisión: Fecha y hora establecida en el Aviso de Apertura del Primer
Lote de los Títulos No Hipotecarios de Créditos de Vehículo
TIV-V7.
Fecha de Cumplimiento: Fecha y hora establecida en el Aviso de Apertura del Primer
Lote de los Títulos No Hipotecarios de Créditos de Vehículo
TIV-V7.
Horario Límite de Cumplimiento: Hora máxima 5:00 p.m. de la fecha de cumplimiento.
Forma de Pago: El pago se hará en Pesos Colombianos
Todo lo pertinente a los términos y condiciones del PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEHÍCULOS TIV-V7, objeto del presente Libro de Ofertas son los definidos en el Prospecto Preliminar y en el Aviso de Apertura.
2. CONTACTOS
2.1. En el Emisor:
Las personas autorizadas por La Titularizadora para impartir instrucciones relacionadas con este encargo o resolver inquietudes y conflictos son:
Nombre Cargo Email Teléfono Juan Pablo Herrera Gutiérrez Vicepresidente de Negocios jherrera@titularizadora.com 601-6183030 Ext. 256 Ricardo Molano León Secretario General rmolano@titularizadora.com 601-6183030 Ext. 218 Ana María Salcedo Ospina Directora de Inversiones y Desarrollo de Mercados
Ext. 256 Ricardo Molano León Secretario General rmolano@titularizadora.com 601-6183030 Ext. 218 Ana María Salcedo Ospina Directora de Inversiones y Desarrollo de Mercados asalcedo@titularizadora.com 601-6183030 Ext. 2252256
Héctor Andrés Giraldo Castellanos Director de Control Interno hgiraldo@titularizadora.com 601-6183030 Ext. 232
La persona designada por la Titularizadora para atender lo relacionado con el proceso de cumplimiento es:
Nombre Cargo Email Teléfono Silvio Eduardo Benavides Reyes Director de Operaciones sbenavides@titularizadora.com 6016183030 Ext. 261
2.2. En Servicios Depósito - deceval:
Las personas autorizadas por deceval para atender lo relacionado con el proceso son:
Nombre Cargo Email Teléfono Carlos Torres Director Administración de Emisiones carlos.torres@bvc.com.co 601-3139000 Opción 5 y luego Opción 1 Rafael Daza Analista Senior rafael.daza@nuamx.com Alejandra Gallo Girón Analista Renta Fija / Renta Variable alejandra.gallo@nuamx.com
2.3. En Servicios Bolsa - bvc:
Las personas designadas por la Bolsa para atender lo relacionado con el presente proceso son:
Nombre Cargo Email Teléfono Diana Nieto Directora Operaciones Especiales Operacionesespeciales@ nuamx.com 6013139000 Opción 7 Felipe Muñeton Especialista Operaciones Especiales
Nombre Cargo Email Teléfono Diana Nieto Directora Operaciones Especiales Operacionesespeciales@ nuamx.com 6013139000 Opción 7 Felipe Muñeton Especialista Operaciones Especiales Jeison Basto Analista Operaciones Jean García Analista Operaciones Especiales
Las líneas telefónicas utilizadas contarán con sistema de grabación y servirán como prueba en caso de ser necesario.
Las personas designadas por la Bolsa para atender lo relacionado con el proceso de complementación y cumplimiento son:7
Nombre Cargo Email Teléfono Michael David Murillo Analista Operaciones Cumplimiento michael.murillo@bvc.com.co 6013139000 Opción 4 Gildardo Angarita Analista Operaciones Cumplimiento gildardo.angarita@nuamx.com
3. ADVERTENCIAS
LA INSCRIPCIÓN EN LA BOLSA DE LA EMISIÓN DE TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEH ÍCULOS TIV-V7 A EMITIR POR LA TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A., CON RESPALDO EXCLUSIVO DE LA UNIVERSALIDAD TI V-V7, ASÍ COMO LA ORGANIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL LIBRO DE OFERTAS POR PARTE DE LA BOLSA NO IMPLICA CERTIFICACIÓN SOBRE LA BONDAD DEL VALOR O LA
SOLVENCIA DEL EMISOR.
LA INFORMACIÓN AQUÍ CONTENIDA, ASÍ COMO LA DEL PROSPECTO PRELIMINAR DE INFORMACIÓN Y EL AVISO DE APERTURA HA SIDO SUMINISTRADA POR EL EMISOR Y
EN CONSECUENCIA, LA BOLSA NO RESPONDE POR DICHA INFORMACIÓN.
INFORMACIÓN Y EL AVISO DE APERTURA HA SIDO SUMINISTRADA POR EL EMISOR Y
EN CONSECUENCIA, LA BOLSA NO RESPONDE POR DICHA INFORMACIÓN.
TODO LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO OPERATIVO SE REGIRÁ POR LO
INDICADO EN EL AVISO Y EN EL REGLAMENTO DEL MEC.
4. ANEXOS
Hacen parte del presente Instructivo Operativo los siguientes Anexos:
Anexo No. 1: Proceso Operativo de la Construcción del Libro de Ofertas. Anexo No. 2: Sistema de Emisiones de Renta Fija. Anexo No. 3: Formato para el Reporte de Límites por Portafolio.
Este Boletín Normativo rige a partir de su publicación y sólo opera para el caso exclusivo de la Construcción del Libro de Ofertas y cumplimiento del PRIMER LOTE DE LOS TÍTULOS NO HIPOTECARIOS DE CRÉDITOS DE VEH ÍCULOS TIV-V7 A EMITIR POR LA TITULARIZADORA
COLOMBIANA S.A. CON RESPALDO EXCLUSIVO DE LA UNIVERSALIDAD TIV-V7.
(Original Firmado)
JESÚS ARMANDO LINARES
Representante Legal8
Anexo No.1
PROCESO OPERATIVO DE LA CONSTRUCCIÓN DEL LIBRO DE OFERTAS
1. FUNCIONES DE LA BOLSA
La Bolsa será la entidad encargada de administrar el proceso de emisión a través del mecanismo de construcción del Libro de Oferta y como tal deberá:
(i) Atender todas las consultas, aclaraciones y las capacitaciones relacionadas con el presente Libro de Ofertas.
construcción del Libro de Oferta y como tal deberá:
(i) Atender todas las consultas, aclaraciones y las capacitaciones relacionadas con el presente Libro de Ofertas.
(ii) Administrar la construcción del Libro de Ofertas a partir de las órdenes de demanda que reciba de los Agentes Colocadores y/o los afiliados al Sistema MEC (en adelante “Afiliados al MEC”), de acuerdo con lo establecido por el Emisor en el respectivo Prospecto Preliminar de Información y el Aviso de Apertura (en adelante los “Documentos de la Oferta”).
(iii) Atender las instrucciones de adjudicación que le sean dadas por el Emisor, en aplicación del mecanismo de construcción de Libro de Ofertas , asignando para cada orden de demanda la cantidad informada por el Emisor, previa validación por bvc del cumplimiento de los Límites de Adjudicación por Inversionistas que en cumplimiento de lo dispuesto en el presente Anexo lo hayan informado, cuando la aplicación de dicho control sea informad a por el Emisor en los Documentos de la Oferta.
Para el efecto, todo el proceso estará a cargo de un representante legal de la Bolsa.
(iv) Realizar el proceso de cumplimiento de las operaciones producto de la adjudicación a través del Sistema MEC, para lo cual deberá instruir al Depósito Centralizado de Valores de Colombia Deceval S.A. (en adelante “ deceval”) en la realización de las entregas bajo la modalidad de ENTREGA CONTRA PAGO (DVP), en la siguiente forma:
● Entrega de valores: La Bolsa solicitará, mediante instrucción electrónica, que realice la entrega de los valores del vendedor al comprador.
● Entrega de efectivo: La Bolsa solicitará, mediante instrucción electrónica simultánea a la
● Entrega de valores: La Bolsa solicitará, mediante instrucción electrónica, que realice la entrega de los valores del vendedor al comprador.
● Entrega de efectivo: La Bolsa solicitará, mediante instrucción electrónica simultánea a la indicada en el numeral anterior, que a su vez realice la entrega del efectivo del comprador al vendedor.
2. AUDITORÍA DEL PROCESO
El Libro de Ofertas al que hace referencia el presente Instructivo Operativo podrá ser auditado por quien el Emisor indique mediante comunicación escrita a más tardar el día hábil anterior a la realización de la operación.
3. PRESENTACIÓN DE LAS ÓRDENES DE DEMANDA POR LOS AGENTES COLOCADORES
Y/O LOS AFILIADOS AL MEC9
Los Agentes Colocadores y/o Afiliados al MEC deberán presentar las órdenes de demanda a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija diseñado por la Bolsa para el efecto, que operará bajo las condiciones que se indican a continuación.
3.1. Horario oficial y resultados del Libro de Ofertas
Respecto al Sistema de Emisiones de Renta Fija operarán las siguientes reglas:
(i) El día y la hora de inicio y cierre del Libro de Ofertas corresponderá a la establecida en el Aviso de Apertura del Primer Lote.
(ii) La hora oficial para la presentación de órdenes de demanda será la hora del servidor que procesa el aplicativo, la cual será difundida a los Agentes Colocadores y/o Afiliados al MEC a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija.
(iii) Los resultados del Libro de Ofertas serán difundidos por la Bolsa a cada Agente Colocador
través del Sistema de Emisiones de Renta Fija.
(iii) Los resultados del Libro de Ofertas serán difundidos por la Bolsa a cada Agente Colocador y/o Afiliado al MEC a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija, una vez se tenga la autorización del Emisor para hacerlo.
3.2. Pruebas para el uso del Sistema de Emisiones de Renta Fija
El Sistema de Emisiones de Renta Fija estará disponible en el día y hora previstos en el numeral primero del presente Instructivo Operativo, para que el(los) Agente(s) Colocador(es)y/o el(los) Afiliado(s) al MEC habilitado(s) acceda(n) a través de las terminales autorizadas, en los términos del numeral 3.3 del Anexo 1 del presente Instructivo Operativo y realicen las pruebas de conectividad y de usuario que son consideradas de carácter obligatorio para validar el apropiado ingreso al aplicativo durante la operación.
En todo caso, el(los) Agente(s) Colocador(es) y/o Afiliado(s) al MEC tendrá(n) la obligación de realizar pruebas de conectividad el día del Libro de Ofertas, durante la media hora previa a la apertura del Sistema de Emisiones de Renta Fija.
En caso de presentarse algún inconveniente, debe ser reportado vía telefónica a los contactos definidos por la Bolsa en el numeral 2.3 del presente Instructivo Operativo.
3.3. Condiciones para el ingreso de datos de órdenes de demanda al Sistema de Emisiones de Renta Fija
Las órdenes de demandas deben ser presentadas en forma electrónica a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija diseñado por la Bolsa para el efecto. Los datos requeridos para la
Emisiones de Renta Fija
Las órdenes de demandas deben ser presentadas en forma electrónica a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija diseñado por la Bolsa para el efecto. Los datos requeridos para la presentación de las órdenes de demandas se ingresan en un formulario electrónico, de acuerdo con lo descrito en el presente numeral.
3.3.1. Administración de usuarios
Las claves de acceso al Sistema de Emisiones de Renta Fija fueron suministradas a los Usuarios Administradores de los Agentes Colocadores y/o Afiliados al MEC, de conformidad con lo dispuesto en los Boletines Informativos MEC No. 152 del 19 de octubre de 2 016, No. 003 del 11 de enero de 2017 y No. 004 del 23 de enero de 2017.10
La bvc entregará claves a los Usuarios Administradores de los Afiliados al MEC que no hayan solicitado claves, para que éstos creen sus usuarios operadores, para lo cual cada usuario deberá descargar el dispositivo del VIP Access (ver Anexo No.2).
Una vez finalizado el proceso de creación, cada entidad deberá remitir a la bvc la información de sus Usuarios Operadores, con el fin de que la bvc proceda con la activación de los respectivos No. ID Credencial (máximo dos por entidad).
Se recomienda a los Afiliados al MEC solicitar las claves de acceso al Sistema de Emisiones de Renta fija y reportar la información de los Usuarios Operadores hasta las 5:00 pm del día anterior a la apertura del Libro de Ofertas, debido a que la bvc no garantiza la entrega de claves de Usuario Administrador, o activación de los Usuarios Operadores, en el horario del Libro de Ofertas.
apertura del Libro de Ofertas, debido a que la bvc no garantiza la entrega de claves de Usuario Administrador, o activación de los Usuarios Operadores, en el horario del Libro de Ofertas.
Cada Agente Colocador será responsable de designar a personas capacitadas y competentes y velar porque éstos actúen de acuerdo a las disposiciones aplicables, es decir por el uso que sus funcionarios hagan de las claves de acceso al Sistema de Emisiones de Renta Fija y deberá velar porque las mismas se mantengan y usen bajo estricta reserva y seguridad. En todo caso, cada Agente Colocador será responsable por cualquier uso irregular de las mismas.
3.3.2. Especificaciones técnicas de los equipos
Para el ingreso a la aplicación, el sistema debe contar con los siguientes requerimientos:
a) Procesador: Intel CORE I3 o superior b) Memoria RAM: 4 GB o superior c) Disco duro: 120 GB o superior d) Tarjeta de red: 10/100 Mbps o superior e) Sistema operativo: Windows 7 (32 y 64 Bits) f) Navegadores: ● Google Chrome 56.0.2924.28 hasta la versión 65 ● Internet Explorer versión (9,10,11) ● Mozilla Firefox 50.1.0. hasta la versión 55
g) Recomendaciones de seguridad sobre el equipo: ● Dedicación exclusiva durante los horarios de la operación, cualquier software adicional no avalado por la bvc, que se ejecute simultáneamente con el Sistema de Emisiones de Renta Fija generará carga sobre el computador y/o cliente y afectará su rendimiento y aumentará el tráfico a nivel de red, lo cual disminuirá la oportunidad en algunas operaciones. ● Debe contar con los mecanismos adecuados de protección de infraestructura
su rendimiento y aumentará el tráfico a nivel de red, lo cual disminuirá la oportunidad en algunas operaciones. ● Debe contar con los mecanismos adecuados de protección de infraestructura informática, tales como, protección de Firewall, Antivirus, sistemas de detección de Intrusos y Proxy.
3.3.3. Campos del formulario electrónico
Las órdenes de demanda deben ser presentadas en un formulario electrónico a través del Sistema de Emisiones de Renta Fija diseñado por la Bolsa para el efecto (ver Anexo No.2), dentro del cual se ingresa la información según los campos predefinidos que deb en ser diligenciados atendiendo las condiciones enunciadas en los puntos siguientes. El ingreso de cada una de las órdenes de demandas se realizará de forma individual, diligenciando los siguientes campos:11
(i) Tipo de documento: El campo permite la selección del tipo de documento que identifica al inversionista, las opciones que presenta el Sistema de Emisiones de Renta Fija son:
CODIFICACIÓN DESCRIPCIÓN
Cédula de Ciudadanía Cédula de Ciudadanía Cédula de Extranjería Cédula de Extranjería NIP Número de Identificación Personal NIT Número de Identificación Tributario Pasaporte Pasaporte Tarjeta de Identidad Tarjeta de Identidad
(ii) Número de Documento: Estará compuesto por el número de documento, el cual el sistema validará si es numérico (Cédula de Ciudadanía, NIT, NIP y Tarjeta de Identidad) o alfanumérico (Pasaporte y Cédula de Extranjería) dependiendo del tipo de documento seleccionado.
(iii) Dígito de verificación: se habilitará en caso de NIT. El sistema valida el dígito de chequeo y
(Pasaporte y Cédula de Extranjería) dependiendo del tipo de documento seleccionado.
(iii) Dígito de verificación: se habilitará en caso de NIT. El sistema valida el dígito de chequeo y no admite el envío definitivo del formulario electrónico si existe un error en el dato diligenciado.
(iv) Especial fiduciario: Campo alfanúmero de máximo tres (3) dígitos que deberá utilizarse para diferenciar dos (2) entidades jurídicas distintas autorizadas para usar el mismo número de identificación que presenten demandas a la operación. Es responsabilidad de los Agentes Colocadores y/o los Afiliados al MEC ingresar este dato correctamente al Sistema de Emisiones de Renta Fija.
(v) Cuenta Deceval: Es la representación e identificación a través de códigos numéricos de un inversionista (persona jurídica o natural) para controlar las diferentes posiciones de saldos de manera individual y mancomunada.
No debe contener separador de miles, comas o decimales, adicionalmente no permitir el ingreso de cero "0" antes de la cuenta, y solo se permite el ingreso numérico. Es responsabilidad de los Agentes Colocadores y/o los Afiliados al MEC ingresar este dato correctamente al Sistema de Emisiones de Renta Fija
(vi) Apellidos y Nombres / Razón Social: En este espacio deberá registrarse el nombre o razón o denominación social completo. En el caso de personas naturales debe colocarse primero apellidos y luego nombres. Es responsabilidad de los Agentes Colocadores y/o los Afiliados al MEC ingresar este dato correctamente al Sistema de Emisiones de Renta Fija
(vii) Sector económico: El campo permite la selección del sector económico al cual pertenece el
Afiliados al MEC ingresar este dato correctamente al Sistema de Emisiones de Renta Fija
(vii) Sector económico: El campo permite la selección de
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.