CAMACOL - Informe Jurídico 1030
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - Informe Jurídico 1030
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 Pág. 2Descargar documento INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Decreto No. 0510 del 19 de mayo de 2026. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Descargar documento Pág. 5Pág. 4
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Resolución No. 000929 del 12 de mayo de 2026. Ministerio de Salud y Protección Social. Adoptan los criterios técnicos constructivos y de seguridad para los establecimientos e inmuebles con piscinas y estructuras similares. Decreto No. 0514 del 19 de mayo de 2026. Ministerio del Interior. Mininterior expidió un nuevo Decreto que precisa la delimitación del territorio ancestral conocido como la “Línea Negra” en la Sierra Nevada de Santa Marta. Descargar documento Establecen nuevas reglas aplicables a los negocios fiduciarios.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 2
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Establecen nuevas reglas aplicables a los negocios fiduciarios.
DECRETO NO. 0510 DEL 19 DE MAYO DE 2026. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
(DESCARGAR DOCUMENTO).
Con el Decreto No. 0510 de 2026, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público adicionó el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a todos los actos que se deriven del desarrollo de los contratos de fiducia mercantil y encargo fiduciario, en virtud de las operaciones autorizadas a las sociede 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a todos los actos que se deriven del desarrollo de los contratos de fiducia mercantil y encargo fiduciario, en virtud de las operaciones autorizadas a las sociedades fiduciarias para la prestación de este servicio. El Decreto incorpora definiciones relevantes sobre negocio fiduciario, servicio fiduciario, fiducia mercantil, encargo fiduciario, riesgos fiduciarios y riesgos no fiduciarios, al tiempo que consagra principios orientadores como la segregación, la profesionalidad, la prevalencia de los intereses del negocio, la previsión y la transparencia. Así, fija deberes específicos para las sociedades fiduciarias, entre ellos, actuar con diligencia de un experto profesional en los actos necesarios para la consecución de la finalidad del negocio fiduciario, suministrar información clara, completa y comprensible a consumidores financieros y destinatarios de la información, rendir cuentas sobre las gestiones encomendadas y adelantar un análisis de los riesgos fiduciarios desde la etapa precontractual hasta la liquidación del contrato. INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Foto: Freepik.es Por su parte, reglamenta el contenido mínimo de los contratos fiduciarios, los cuales deberán incluir aspectos relacionados con destinatarios de la información, información mínima a divulgar, mecanismos conjuntos de información, matriz de riesgos, manejo de conflictos de intereses, valoración de bienes, información sobre inversiones y resultados, uso del nombre de la fiduciaria, procedimiento de liquidación y mecanismos de control técnico, seguimiento o verificación. De manera especial, en materia de fiducia inmobiliaria, la norma prevé obligaciones particulares para
uso del nombre de la fiduciaria, procedimiento de liquidación y mecanismos de control técnico, seguimiento o verificación. De manera especial, en materia de fiducia inmobiliaria, la norma prevé obligaciones particulares para las sociedades fiduciarias cuando el negocio sirva de instrumento para el manejo de activos en proyectos inmobiliarios de vivienda, que implican la verificación de que el fideicomitente o encargante constructor cuente con un contrato de interventoría para el desarrollo del respectivo proyecto inmobiliario de vivienda. En todo caso, la relación contractual de la interventoría surge exclusivamente entre el fideicomitente o encargante constructor y el interventor, por lo que, en ningún caso, las funciones de este último serán parte del servicio fiduciario, ni del contrato del negocio fiduciario. Adicionalmente, la normativa dispone que los modelos de contratos de adhesión o de prestaciónwww.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 3 P-F06-PEJ-01 V.15 masiva de servicios de fiducia mercantil o encargo fiduciario deberán ser evaluados previamente por la Superintendencia Financiera. Para efectos de su clasificación y reporte, establece una tipología de negocios fiduciarios, entre ellos, la fiducia inmobiliaria, la cual incluye funciones relacionadas con el control del cumplimiento de las condiciones financieras como: administración del flujo de caja del proyecto para el pago de las obligaciones con los financiadores y proveedores del proyecto, la transferencia de sus unidades inmobiliarias, conforme a lo pactado en el contrato fiduciario, entre otras. Finalmente, el Decreto contempla un régimen de
de caja del proyecto para el pago de las obligaciones con los financiadores y proveedores del proyecto, la transferencia de sus unidades inmobiliarias, conforme a lo pactado en el contrato fiduciario, entre otras. Finalmente, el Decreto contempla un régimen de transición según el cual las instrucciones derivadas del mismo deberán ser impartidas por la Superintendencia Financiera dentro de los 12 meses siguientes contados a partir del 20 de mayo, de manera que los negocios fiduciarios en curso continuarán rigiéndose por las normas vigentes al momento de su celebración.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 4
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Mininterior expidió un nuevo Decreto que precisa la delimitación del territorio ancestral conocido como la “Línea Negra” en la Sierra Nevada de Santa Marta.
DECRETO NO. 0514 DEL 19 DE MAYO DE 2026.
MINISTERIO DEL INTERIOR. (DESCARGAR DOCUMENTO).
El Ministerio del Interior expidió el Decreto No. 0514 de 2026, con el cual precisó la delimitación del territorio ancestral de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, expresado en el sistema de espacios sagrados de la “Línea Negra - Sheshiza”, como ámbito tradicional de especial protección integral, valor espiritual, cultural y ambiental. En ese sentido, la normativa reconoce y precisa dicho ámbito ancestral, así como establece medidas y garantías para su protección efectiva, conforme con los principios y fundamentos de la Ley de Origen de
tural y ambiental. En ese sentido, la normativa reconoce y precisa dicho ámbito ancestral, así como establece medidas y garantías para su protección efectiva, conforme con los principios y fundamentos de la Ley de Origen de estos pueblos, en desarrollo de la Ley 21 de 1991 y atendiendo lo dispuesto por el Auto 189 de 2013 de la Corte Constitucional. De tal forma, se reconocen 348 espacios sagrados interconectados, terrestres, litorales, marinos y de aguas continentales, que integran el territorio ancestral, con base en la cartografía oficial consolidada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), en coordinación y concertación con los cuatro pueblos indígenas. Entre otros aspectos, el Decreto prevé medidas para Foto: Freepik.es garantizar el acceso a los espacios sagrados, ordena a las entidades públicas incorporar la cartografía oficial del IGAC en sus sistemas de información, y establece acciones de salvaguardia, protección y conservación del territorio ancestral demarcado. Además, la mesa de seguimiento y coordinación para la protección del territorio tradicional y ancestral de los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, se creó como una instancia encargada de velar por la implementación del decreto, proponer planes y estrategias de protección, así como articular a entidades nacionales y territoriales con las autoridades tradicionales indígenas. Finalmente, se ordena a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), establecer un programa de adquisición de predios del sistema de espacios sagrados de la Línea Negra, que deberá incluir, como mínimo, una
Finalmente, se ordena a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), establecer un programa de adquisición de predios del sistema de espacios sagrados de la Línea Negra, que deberá incluir, como mínimo, una identificación de aquellos predios en los que se ubiquen espacios sagrados que, por su importancia ambiental, cultural y espiritual, los cuales deberán ser priorizados para su adquisición.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 5
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Adoptan los criterios técnicos constructivos y de seguridad para los establecimientos e inmuebles con piscinas y estructuras similares.
RESOLUCIÓN NO. 000929 DEL 12 DE MAYO DE
2026. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. (DESCARGAR DOCUMENTO).
El Ministerio de Salud y Protección Social, por medio de la Resolución No. 000929 de 2026, adoptó los criterios técnicos constructivos y de seguridad que deben cumplir los establecimientos e inmuebles con piscinas y estructuras similares, así como las disposiciones relacionadas con la autorización para su funcionamiento. En este sentido, la Resolución aplica a dependencias administrativas de municipios y distritos, secretarías de salud, personas naturales y jurídicas responsables de establecimientos con piscinas de uso colectivo, restringido y en parques acuáticos. Todo proyecto de construcción o modificación de estanques deberá cumplir con las disposiciones técnicoconstructivas, urbanísticas y sismo resistentes vigentes, los requisitos mínimos de la Ley 1209 de 2008 y los criterios del anexo técnico de la resolución.
tanques deberá cumplir con las disposiciones técnicoconstructivas, urbanísticas y sismo resistentes vigentes, los requisitos mínimos de la Ley 1209 de 2008 y los criterios del anexo técnico de la resolución. Para el efecto, el municipio o distrito determinará la dependencia encargada de expedir el certificado de cumplimiento de normas de seguridad con una vigencia de cuatro (4) años, revocable en cualquier momento ante incumplimiento, para cuya obtención se deberán aportar licencia de aprobación, planos, memorias descriptivas, manual de operación, plan de seguridad, reglamento de uso y concepto sanitario, todos suscritos por ingeniero o arquitecto con tarjeta profesional vigente. Por otro lado, el responsable del establecimiento debeFoto: Freepik.es rá elaborar, implementar y mantener actualizado un plan de seguridad integral con actualización mínima cada tres (3) años, que incluya procedimientos de operación, gestión de riesgos y estrategias de promoción de la salud. La inspección, vigilancia y control corresponde a la dependencia u oficina administrativa municipal o distrital, con facultad para efectuar auditorías periódicas y aplicar las sanciones del artículo 16 de la Ley 1209 de
2008. Los responsables deberán adoptar gradualmente medidas de eficiencia energética y de reducción del impacto ambiental, atendiendo la normativa ambiental vigente en materia de vertimientos no domésticos.
Finalmente, la Resolución establece disposiciones transitorias en tres supuestos: los establecimientos en proceso de construcción deberán presentar un plan de mejoramiento dentro de los treinta días siguientes a la visita de inspección de seguridad, con un cronograma
Finalmente, la Resolución establece disposiciones transitorias en tres supuestos: los establecimientos en proceso de construcción deberán presentar un plan de mejoramiento dentro de los treinta días siguientes a la visita de inspección de seguridad, con un cronograma de cumplimiento que no puede exceder un (1) año. Los establecimientos con piscinas en funcionamiento contarán con un (1) año para hacer las adecuaciones que no impliquen modificaciones en la infraestructura; y cuando se trate de modificaciones en la infraestructura, deberán justificarlas en un plan de mejoramiento con cronograma sujeto a los mismos plazos del primer supuesto. De tal forma, las disposiciones contenidas en la Resolución aplican desde el 12 de mayo.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 6
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Definen el procedimiento para asignar capacidad de transporte a proyectos de generación con obligaciones energéticas y licencias ambientales cumplidas.
RESOLUCIÓN NO. 000358 DEL 20 DE MAYO DE
2026. UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉ -
TICA. (DESCARGAR DOCUMENTO).
La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) expidió la Resolución No. 000358 de 2026, mediante la cual determinó el procedimiento y los criterios de evaluación para resolver las solicitudes de asignación de capacidad de transporte presentadas por los interesados responsables de proyectos clase 1 de generación, cogeneración y autogeneración con entrega de excedentes que cuentan con obligaciones con el Sistema Interconectado Nacional (SIN) o con trámites ambientales cumplidos, conforme a la Resolución CREG 101
cogeneración y autogeneración con entrega de excedentes que cuentan con obligaciones con el Sistema Interconectado Nacional (SIN) o con trámites ambientales cumplidos, conforme a la Resolución CREG 101 094 de 2025. De tal forma, la Resolución determina los mecanismos de recepción de solicitudes y comunicaciones a través de la ventanilla única, define escenarios de evaluación, fija los criterios para el análisis eléctrico y establece la información básica que deben radicar los interesados para que su solicitud pueda ser estudiada. En particular, se establece un procedimiento diferenciado para los proyectos que cuentan con obligaciones con el SIN, el cual define, entre otros aspectos, los plazos para la radicación desde el momento de la asignación, el proceso de evaluación técnica y, la emisión de conceptos de conexión por parte de la UPME o, en determinados casos, por parte del Operador de Red competente. Así mismo, prevé un esquema de evaluación técnica con intercambio de comentarios entre la UPME, el inFoto: Freepik.es teresado y los transportadores, orientado a verificar la viabilidad eléctrica y la disponibilidad de espacio físico, así como a definir, cuando corresponda, las obras de expansión o mitigación requeridas para viabilizar la conexión. Así las cosas, las disposiciones contenidas en la Resolución No. 000358 del 2026, regirán a partir de su publicación en el Diario Oficial.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 1030 Desde el 14 hasta el 20 de mayo de 2026 7
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Abrieron convocatoria para la ejecución de obras e interventoría en el marco del
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Abrieron convocatoria para la ejecución de obras e interventoría en el marco del “Programa Barrios y Veredas de Paz” en el municipio de Ipiales, Nariño.
COMUNICADO DE PRENSA DEL 21 DE MAYO DE
2026. MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGAR DOCUMENTO).
En el marco del Programa Barrios y Veredas de Paz, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), abrió el proceso de contratación de obra e interventoría para la ejecución del proyecto de mejoramiento integral de barrios en el municipio de Ipiales, en el Departamento de Nariño. Esta convocatoria está dirigida a contratistas de obra y firmas interventoras interesados en la ejecución integral del proyecto, que abarcará estudios, diseños, construcción y acompañamiento social, en cumplimiento de los objetivos del programa Barrios de Paz. El cierre para la recepción de ofertas será el 16 de junio a las 10:00 a. m., para dar paso a la evaluación de propuestas y selección final prevista para el 17 de julio de 2026. Para consultar los términos de referencia y el cronograma, podrá acceder a través del siguiente link https://www.avalfiduciaria.com/en/ barrios-de-paz
SABÍAS QUE…
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Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Lizeth Díaz Torres Investigadores
Jurídicos: Natalia Vanessa García
Estefanía Arroyave Paula Andrea Quecan
Practicante: Laura Valentina Sanabria
Diagramación: Ricardo Hernández Condiciones de uso La Cámara Colombiana de la Construcción procura que los datos suministrados en la serie titulada “Informe Jurídico”, publicada en su página web y/o divulgada por medios electrónicos, mantengan altos estándares de calidad. Sin embargo, no sume responsabilidad alguna desde el punto de vista legal o de cualquier otra índole, por la integridad, veracidad, exactitud, oportunidad, actualización, conveniencia, contenido y/o usos que se den a la información y a los documentos que aquí se presentan.
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