CAMACOL - INFORME JURIDICO 805 SEPTIEMBRE 8 DE 2021
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURIDICO 805 SEPTIEMBRE 8 DE 2021
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
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Informe J urídico Nacional 805 De agosto 19 a agosto 25 de 2021 Pág. 2Seguir leyendo InformacIón JurídIca n acIonal Ley 2152 de 2021. Congreso de Colombia. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 4Pág. 3
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Decreto 951 de 2021. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución 1149 de 2021. Instituto Geográfico Agustín Codazzi. El ministerio de Vivienda, ciudad y Territorio modificó aspectos relacionados con la cobertura a la tasa de interés aplicable a la adquisición de vivienda de interés social Se actualiza y unifica la reglamentación técnica de la formulación, actualización, conservación y difusión catastral Manual de Marca Se eliminan las tarifas del impuesto de timbre sobre actuaciones realizadas ante funcionarios diplomáticos o consulares del país.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 805 De agosto 19 a agosto 25 de 2021 2
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Se eliminan las tarifas del impuesto de timbre sobre actuaciones realizadas ante funcionarios diplomáticos o consulares del país lEy 2152 dE 2021. congrESo dE colombIa. Mediante la Ley 2152 de 2021, el Congreso de Colombia eliminó el impuesto de timbre que era recaudado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con trámites como; pasaportes ordinarios, certificaMediante la Ley 2152 de 2021, el Congreso de Colombia eliminó el impuesto de timbre que era recaudado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con trámites como; pasaportes ordinarios, certificaciones, autenticaciones, reconocimiento de firmas y protocolización de escrituras públicas, los cuales, son realizados en los consulados y embajadas de Colombia fuera del territorio Nacional. Sin perjuicio de lo anterior, el gravamen que recae sonorma TIVIdad VIgEnTE bre el trámite de expedición de visas realizados por los consulados y embajadas de Colombia fuera del territorio Nacional continuará vigente. Finalmente, se precisa que el artículo 524 -Las visas que se expidan a los extranjeros causan impuesto de timbredel Estatuto Tributario, continua vigente, caso contrario de los artículos 525 - Impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el exteriory 550 -Para las actuaciones ante el exterior el impuesto se ajusta cada tres años-, los cuales son derogados a partir de 25 de agosto de 2021.
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El ministerio de Vivienda, ciudad y Territorio modificó aspectos relacionados con la cobertura a la tasa de interés aplicable a la adquisición de vivienda de interés social dEcrET o 951 dE 2021. mInISTErIo dE VIVIEnda, cIudad y TErrITorIo. El Decreto 951 del 2021, tiene por objeto reglamentar
adquisición de vivienda de interés social dEcrET o 951 dE 2021. mInISTErIo dE VIVIEnda, cIudad y TErrITorIo. El Decreto 951 del 2021, tiene por objeto reglamentar el ingreso de nuevos operadores de subsidios, razón por la cual, establece que las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria podrán otorgar créditos sujetos a la cobertura de tasa de interés del programa Mi Casa Ya, dinamizando el desembolso de estas ayudas. De igual manera, con la normativa se hace un ajuste general a las condiciones de cumplimiento de los programas de cobertura de la tasa, con lo que se busca optimizar los tiempos y recursos asociados al trámite de restitución de coberturas al Tesoro Nacional. Permitiendo que los subsidios solicitados por los establecimientos de crédito, las entidades de economía solidaria vigiladas por la Superintendencia Solidaria o las cajas de compensación familiar, a través del método que se cree para tal fin, sean asignados de acuerdo con el valor señalado en la norma vigente al momento de realizar la solicitud, sin que haya lugar a la realización de ajustes o incrementos posteriores por parte de del Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA-. Por otra parte, se establece como competencia de FONVIVIENDA, la verificación de los requisitos para acceder al subsidio de vivienda de interés social que sea entregado por las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, razón por la que, se precisa que los beneficiarios del subsidio, en el que el crédito haya sido aprobado por los
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entregado por las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, razón por la que, se precisa que los beneficiarios del subsidio, en el que el crédito haya sido aprobado por los Foto: Freepik.es actores anteriormente mencionados, podrán acceder a la tasa de interés de cobertura del Fondo de Reserva para la Estabilización de Cartera Hipotecaria (FRECH). Se precisa como tope del valor de la vivienda de interés social urbana nueva, en la que aplicará los subsidios que podrán entregar las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, en 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, con excepción de los municipios y distritos relacionados en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, en los cuales el tope es de 150 salarios mí- nimos legales mensuales vigentes, dicho valor deberá incluir todos los bienes muebles e inmuebles que presten uso o servicio complementario o conexo. Quienes deseen acceder a la aplicación del subsidio de vivienda de interés social, deberán contar con la aprobación del crédito otorgado por las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, las cuales procederán a realizar la solicitud a FONVIVIENDA, sin necesidad que el solicitante realice alguna otra gestión o trámite. Por último, se precisa que, la aplicación y cobertura de las medidas reglamentadas serán de aplicación gradual, con el fin de que las entidades financieras y cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, permitan acceder a los beneficios de tasas de interés
tura de las medidas reglamentadas serán de aplicación gradual, con el fin de que las entidades financieras y cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas, permitan acceder a los beneficios de tasas de interés especial a quienes hayan realizado solicitudes de créditos y de subsidios en años anteriores, bajo otros programas o modalidades.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 805 De agosto 19 a agosto 25 de 2021 4
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Se actualiza y unifica la reglamentación técnica de la formulación, actualización, conservación y difusión catastral rESolucIón 1149 dE 2021. InSTITuTo gEográ- fIco aguSTín codazzI. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGACadoptó la Resolución 1149 de 2021 por la cual actualiza disposiciones sobre los procesos de formación, actualización, conservación y difusión catastral dentro del territorio nacional, con el fin de establecer y adoptar un marco normativo que garantice el desarrollo correcto de la gestión catastral con enfoque multipropósito, teniendo en cuenta los objetivos de la gestión catastral, los cuales se basan en que, sirva de insumo en la formulación e implementación de políticas públicas del territorio, brindando seguridad jurídica y garantizando la cobertura del servicio catastral. En tal sentido, la normativa relaciona una serie de definiciones, con el fin de generar claridad frente a cada uno de los términos y su uso. Así las cosas, establece cuales son los procesos catastrales, relacionándoles como:
En tal sentido, la normativa relaciona una serie de definiciones, con el fin de generar claridad frente a cada uno de los términos y su uso. Así las cosas, establece cuales son los procesos catastrales, relacionándoles como:
1. El proceso de Formación, Actualización, Conservación y Difusión Catastral.
2. Las Mutaciones Catastrales
3. La inscripción Catastral En cada uno de estos apartes, se desarrolla la definición de cada figura catastral, los términos para Foto: Freepik.es decidir, las situaciones jurídicas que se pueden presentar en el trámite respectivo y la manera de subsanar en caso de que proceda.
Por otra parte, se desarrolla lo respectivo al Avaluó Catastral y relaciona el procedimiento y los términos procesales para ser resueltas las solicitudes de:
1. Revisión del Avalúo Catastral
2. Auto Estimación del Avalúo Catastral.
Continuando con la actualización de los procesos, se establecen disposiciones comunes a los procesos de formación, actualización y conservación catastral, los cuales deben ser observados por el gestor catastral al momento de aplicar la metodología en cada una de las actuaciones administrativas. De igual manera, define lo referente a las notificaciones, recursos de Ley que puede utilizar el administrado y/o solicitante y el responsable de resolverlos en cada una de las instancias. En las disposiciones finales, se enuncia los correspondiente al código predial nacional, código homologado y número predial nacional, realizando la definición de cada uno ellos y estableciendo que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi será el ente encargado de generarlos.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional
mologado y número predial nacional, realizando la definición de cada uno ellos y estableciendo que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi será el ente encargado de generarlos.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 805 De agosto 19 a agosto 25 de 2021 5 P-F06-PEJ-01 V.13 comunIcado dE 25 dE agoSTo dE 2021. mInISTErIo dE VIVIEnda, cIudad y TErrITorIo. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, manifestó que el país debe continuar profundizando e impulsando la política de arriendo. Por otra parte, señaló que, durante los últimos 12 meses, en el país se han entregado 85.000 subsidios de vivienda; se han vendido 240.000 viviendas en el país y 337.000 personas recuperaron su empleo desde la pandemia hasta hoy, lo que significa que este sector ha bajado la tasa de desempleo significativamente De igual manera, resaltó los resultados del sector inmobiliario, ya que de toda la economía solo 5 subsectores lograron crecer el año pasado y uno de ellos fue el inmobiliario. El último dato relaciona que el sector inmobiliario crece 2.1% en el momento de recuperación actual y resalta que avanzó durante una contracción económica tan compleja. colombia debe seguir profundizando en la política de arriendo
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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez
Directora Jurídica
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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez
Directora Jurídica y de Regulación Técnica: Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega
Investigadores
Jurídicos: Camilo Labrador Moreno
Juan Felipe Portela Urazan
Diagramación: Carlos A. Gómez R.
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