CAMACOL - INFORME JURIDICO 826 FEBRERO 23 DE 2022
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURIDICO 826 FEBRERO 23 DE 2022
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2022
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Informe J urídico Nacional 826 De febrero 10 a febrero 16 de 2022 Pág. 2Seguir leyendo InformacIón JurídIca n acIonal Resolución No. 315 de 2022. Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 5
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Resolución No. 129 de 2022. Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. Comunicado de Prensa del 16 de febrero de
2021. Instituto Geografico Agustín Codazzi. condiciones para la distribución territorial y aplicación de subsidios con enfoque diferencial del programa casa digna, Vida digna En cuatro capitales del país se habilitaron ventanillas para trámites catastrales Manual de Marca Se establece una herramienta transitoria para el reporte y entrega periodica de la información catastral a cargo de los gestores catastrales.www.camacol.co 1
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Se establece una herramienta transitoria para el reporte y entrega periodica de la información catastral a cargo de los gestores catastrales rESolucIón no . 315 dE 2022. InStItuto GEoG rá- fIco aGuStín codazzI. (dEScarGar documEnto) La Resolución 315 de 2022, tiene como propósito establecer un mecanismo transitorio a través del cual los gestores catastrales peudan realizar los reportes de la
fIco aGuStín codazzI. (dEScarGar documEnto) La Resolución 315 de 2022, tiene como propósito establecer un mecanismo transitorio a través del cual los gestores catastrales peudan realizar los reportes de la información en las bases catastrales de la entidad, con el fin de conservar los procesos de actualización, conservación y difusión catastral a nivel nacional, esto, mediante los mecanismos de observación dinámica, continua del territorio y que dan cuenta de las variaciones de la información catastral frente a la realidad física y juridica. Así mismo, busca implementar opciones de consulta para diferentes entidades que requieran de la información catastral. La entidad mantendrá los procedimientos del enfoque multiporposito para el desarrollo de la actividad catastral, los cuales son: El barrido predrial masivo Integración con el registro Incorporación de datos de información en la propiedad Actualización permanente e integridad de los trá- mites inmobiliarios Interoperabilidad e integración de capas no parcelarias • Servicios digitales • Innovación y evolución continua normatIVIdad VIGEntE >> Foto: Freepik.es Esta medida transitoria operará hasta que entre en funcionamiento el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC), sin embargo, la entegra de la información periodica no limita, restrige o suple los requermientos de información que el Instituto Geografico Agustín Codazzi - IGAC o la Superintendencia de Noatariado y Registro – SNR, realicen a los gestores catastrales en el ejercicio de sus competencias. El IGAC se encargará del proceso de capacitación y el acceso al sistema que debe tener cada gestor
Noatariado y Registro – SNR, realicen a los gestores catastrales en el ejercicio de sus competencias. El IGAC se encargará del proceso de capacitación y el acceso al sistema que debe tener cada gestor catrastral para que pueda entregar de forma periodica la información producto de la gestión catastral repecto de la totalidad de los predios ubicados en los municipios en los que preste el servicio público, tendiendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. No se incluirá solictudes catastrales de predios ubicados en municipios que hayan sido formados o actualizados en los último 5 años.
2. Solo se tendrá en cuenta la última mutación efectuada sobre el predio, para el periodo objeto de reporte. ( se deberá consolidar esta información y reportar una vez por cada predio).www.camacol.co 1
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3. Solo se debe reportar información relacionado con actos administrativos que adqueiran firmeza en los términos establecidos en la Ley 1437 de 2011.
Los gestores catastrales, contaran con dos formatos para la entregra de la información y deben seleccionar uno por cada municipio para cada periodo, los cuales son: Formato de Intercambio de Interlis (xtf): Esta implementado para toda la política de catastro multipropósito. Formato archivos planos: es un formato de intercambio opcional, para el cargue de la información geográfica la cual será opcional para el primer y segundo reporte únicamente. En lo que se refiere al periodo y término para la entrega de la información, se indica que, esta se recambio opcional, para el cargue de la información geográfica la cual será opcional para el primer y segundo reporte únicamente. En lo que se refiere al periodo y término para la entrega de la información, se indica que, esta se relaizará de manera acumulada conforme al siguiente cronograma: PErIodo a Informar tÉrmIno dE EntrEGa Primer bimestre (enero - febrero) Del 1 al 6 del mes de marzo: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de marzo: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de marzo: grupo 3 Segundo bimestre (marzo - abril) Del 1 al 6 del mes de mayo: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de mayo: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de mayo: grupo 3 Tercer bimestre (mayo - junio) Del 1 al 6 del mes de julio: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de julio: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de julio: grupo 3 Cuarto bimestre (Julio - agosto) Del 1 al 6 del mes de septiembre: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de septiembre: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de septiembre: grupo 3 >> Quinto bimestre (septiembre - octubre) Del 1 al 6 del mes de noviembre: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de noviembre: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de noviembre: grupo 3 Sexto bimestre (noviembre - diciembre) Del 1 al 6 del mes de enero: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de enero: grupo 2
Del 13 al 18 del mes de noviembre: grupo 3 Sexto bimestre (noviembre - diciembre) Del 1 al 6 del mes de enero: grupo 1 Del 7 al 12 del mes de enero: grupo 2 Del 13 al 18 del mes de enero: grupo 3 La primera entrega de información corresponderá al consolidado del año 2021, incluyendo enero y febrero del año 2022. Solo para este primer reporte y para el que corresponde al segundo bimestre del año 2022, la herramienta permitirá de manera opcional el reporte de información alfanumeraica obligatoria y geográfica opcional en el archivo plano, sin perjuicio de que lo puedan hacer en el formato (.XTF). A partir del segundo bimestre de 2022 solo será válido el formato (.XTF) y el cargue de Ia informaciOn geografica será obligatorio. La plataforma estará disponible las 24 horas El Intituto Geografico Agustin Codazzi, al momento de expedición de la presente resolución, asignara y comunicará al nuevo gestor catastral el grupo de reporte al que pertenece., los cuales se encuentran asignados de la siguiente manera: GruPo GEStor cataStral 1 Municipio de Girardot Municipio de lbagué Municipio de Jamundi Municipio de Neiva Municipio de Rionegro Municipio de Sabanalarga Municipio de Sabaneta Municipio de SahagUn Municipio de San José de Cücuta Municipio de Sesquilewww.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 826 De febrero 10 a febrero 16 de 2022 4
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1 Municipio de Sincelejo Municipio de Soacha Municipio de Zipaquirá
Municipio de Sesquilewww.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 826 De febrero 10 a febrero 16 de 2022 4
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1 Municipio de Sincelejo Municipio de Soacha Municipio de Zipaquirá Municipios Asociados del Altiplano del Oriente Antioqueno - MASORA Municipio de Garzón Municipio de Valledupar Subdirección de Catastro Municipal de Cali Subsecretaria de Catastro de Medellín 2 Area Metropolitana de Barranquilla AMB Area Metropolitana de Bucaramanga AMB Area Metropolitana de Centro Occidente - AMCO Area Metropolitana de Valle de Aburrá - AMV
ASOMUNICIPIOS
Catastro Antioquia Departamento de Cundinamarca Departamento del Valle del Cauca Municipio de Barranquilla 3 Distrito Turistico, Cultural e HistOrico de Santa Marta Municipio Armenia Municipio de Fusagasuga Municipio de Chiriguanã Municipio de El Espinal Municipio de Envigado Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Bogota En cuanto a los gestiores castastrales que sean habilitados con posterioridad a la entrada de la aplicación de la resolución estarán obligados a entregar la información catastral de los predios ubicados en los municipios donde preste el servicio público el funcionario. El IGAC, llevara a cabo la inpección de la información reportada, dentro de los 7 días calendarios siguientes a la entrega, el resultado será la admisión de la información o devolución de esta, sin que ello implique a validación del cumplimiento del regimen juridico catastral, Ia cual corresponde a Ia SNR.
ción reportada, dentro de los 7 días calendarios siguientes a la entrega, el resultado será la admisión de la información o devolución de esta, sin que ello implique a validación del cumplimiento del regimen juridico catastral, Ia cual corresponde a Ia SNR. Respecto a la devolución de la información, el gestor tendrá 3 dias calendario siguientes a la devolución para atender a las observaciones y volver a cargar la información catastral, la cual será validada dentro del término de 7 dias calendarios siguientes para su aprobación o rechazo definitivo. Si el rechazo es definitivo, se comunicara a Superintendencia de Nostariado y Registro que el Gestor no cumplio con la información. El IGAC, dispondrá la información que realice el gestor catrastal a através de la plataforma técnologica provisonal para que pueda ser consultadas por las entidades públicas que lo requieran. Sin embargo, la información que sea de carácter confidencial no será remitida a las entidades, y quedara suejta al tratamiento reservado, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 103 de 2015. El Gestor Catastral, podrá hacerlo la modificación por inconsistencia de la información siempre y cuando cuente de manera previa con la autorización del IGAC y en el motivo de la corrección por el funcionario, se deberá precisar: Identificación de la información a corregir Razones de la incosistencia Necesidad de la modificación Y relación de la información ajustada de la que hace entrega Esta solicitud deberá ser remitida a Ia Dirección de Gestión Catastral del IGAC, dependencia que deberá autorizar Ia modificación, dentro de los 8 días ca-
Y relación de la información ajustada de la que hace entrega Esta solicitud deberá ser remitida a Ia Dirección de Gestión Catastral del IGAC, dependencia que deberá autorizar Ia modificación, dentro de los 8 días calendario siguientes al recibo de Ia solicitud.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 826 De febrero 10 a febrero 16 de 2022 5 P-F06-PEJ-01 V.13 rESolucIón no. 129 dE 2022. mInIStErIo dE VIVIEnda cIudad y tErrItorIo. (dEScarGar documEn to) La Resolución 129 de 2022, tiene como objetivo definir los municipios y distritos en los cuales se llevará a cabo la ejecución del programa “Casa digna – Vida Digna” y que a através del “proyecto de vivienda resiliente e incluyente” financiado por medio de un préstamo con el Banco Mundial, se busca mejorar la calidad de vida de los habitantes que se enucentra beneficidos en este proyecto, con el fin de mejorar las viviendas en las que ellos habitan.
Foto: Freepik.es Conforme lo anterior, se adiciona el parágrafo 1 de la Resolución 406 de 2019 modificado por la Resolución 069 de 2020, señalando que los casos en los que la financiación de los subsidios asignados en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna”, se realice a través de contratos de préstamo, empréstito, donación o cualquier otra figura que involucre el ingreso de fuentes externas de financiación de organismos multilaterales, se podrán priorizar las intervenciones en los municipios y distritos protito, donación o cualquier otra figura que involucre el ingreso de fuentes externas de financiación de organismos multilaterales, se podrán priorizar las intervenciones en los municipios y distritos propuestos por la fuente de financiación y que sean aprobados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del instrumento que para el efecto establezcan dichos organismos multilaterales. condiciones para la distribución territorial y aplicación de subsidios con enfoque diferencial del programa casa digna, Vida dignawww.camacol.co 1
Informe J urídico Nacional 826 De febrero 10 a febrero 16 de 2022 6 P-F06-PEJ-01 V.13 comunIcado dE PrEn Sa dEl 16 dE fEbrEro dE
2021. InStItuto GEoGrafIco aGuStín codazzI.
(dEScarGar documEn to) El Instituto Geografico Agustín Codazzi, suscribió convenio con la Superintendencia de Notariado y Registro, con el fin de habilitar cuatro ventanillas para realizar trámites catastrales tales como cambio de propietarios, englobe y desenglobe, modificación de inscripción catastral, la solicitud de productos como certificaciones catastrales, copias de ficha predial, entre otros. Los municpios de Mocoa, Putumayo; San José del Guaviare, Guaviare y Puerto Carreño, Vichada ya cuentan a apartir del 21 de febrero de 2022 con este acceso a las ventanillas para llevar a cabo sus tramites sin necesidad de despalzarsen a lugares lejanos y lo cual permite avanzar de forma efectiva con la implementación del catastro multipropósieste acceso a las ventanillas para llevar a cabo sus tramites sin necesidad de despalzarsen a lugares lejanos y lo cual permite avanzar de forma efectiva con la implementación del catastro multipropósito y las mesas de trabajo que llevan a cabo las entidades para tener mejor agilidad en el trabajo colaborativo de la actualización catastral. La dirección de las oficinas habilitadas y sus horarios son los siguientes:
- Quibdó: Sede Superintendencia de Notariado y
Registro, Carrera 3 #24 Esquina Palacio de Justicia. 1:00 p.m. – 4:00 p.m.
- mocoa: Sede Gobernación del Putumayo, Calle 8 #7 - 40B Centro Mocoa Putumayo. 8:00 a.m. – 12:00 m. / 2:00 p.m. - 4:00 p.m.
- San José del Guaviare: Sede Superintendencia
de Notariado y Registro, Calle 11 #20 - 105 Barrio La Esperanza. 8:00 a.m. – 12:00 m. / 2:00 p.m. – 4:00 p.m.
- Puerto carreño: Sede Superintendencia de Notariado y Registro - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, Calle 12 #18 - 10 Barrio las Acacias. 8:00 a.m. – 12:00 m. / 2:00 p.m. – 4:00 p.m.
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Presidente Ejecutiva:
trámites catastrales
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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega
Investigadores
Jurídicos: Juan Felipe Portela Urazan
Giselle Stephany Chaparro
Diagramación: Carlos A. Gómez R.
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