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CAMACOL - INFORME JURIDICO 846 JULIO 14 DE 2022

Cámara colombiana de la construcción

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Detalles

Título
CAMACOL - INFORME JURIDICO 846 JULIO 14 DE 2022
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2022

www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 1

P-F06-PEJ-01 V.14

Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 Pág. 2Seguir leyendo InformacIón JurídIca n acIonal Decreto 1104 de 2022. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 5Pág. 4

P-F06-PEJ-01 V.14

Decreto 1132 de 2022. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Comunicado de prensa de Julio de 2022. Ministerio de Vivienda, Cuidad y Territorio. medida transitoria sobre el valor en aduanas del alambrón y las barras de acero importadas al territorio aduanero nacional El Gobierno nacional ha desarrollado 62 proyectos de equipamiento social en el marco de la política de vivienda Manual de Marca condiciones para la asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento para la población migrante.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 2 P-F06-PEJ-01 V.14 condiciones para la asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento para la población migrante dEcrEto 1104 dE 2022. mInIStErIo dE VIVIEnda, cIudad y tErrItorIo. (dEScarGa documEnto). El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el Decreto 1104 de 2022, con el fin de atender la

cIudad y tErrItorIo. (dEScarGa documEnto). El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el Decreto 1104 de 2022, con el fin de atender la crisis habitacional de los hogares migrantes de nacionalidad venezolana para la asignación del subsidio en modalidad de arriendo para esta población, esto, a través de recursos de donación provenientes del Proyecto de Vivienda Resiliente e incluyente del Banco Mundial -BM y el Programa de Integración Sociourbana de migrantes en ciudades colombianas del Banco Interamericano de Desarrollo -BID. Así las cosas, el Decreto 104 de 2022 establece, entre otros aspectos, lo siguiente:

1. Valor del subsidio familiar de vivienda destinado a hogares migrantes.

Aplicará al canon de arrendamiento mensual, para los hogares migrantes beneficiarios, así: a) Para contratos de arrendamiento con plazo igual o inferior a seis (6) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación normatIVIdad VIGEntE Foto: Freepik.es del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento. b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento. El valor de canon de arrendamiento de las viviendas no podrá ser superior al 1% del valor de una vivienhasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento. El valor de canon de arrendamiento de las viviendas no podrá ser superior al 1% del valor de una vivienda de interés social. El subsidio asignado podrá cubrir la totalidad del canon mensual o solo una parte de este, caso en el cual el beneficiario será el responsable por el porcentaje del valor del canon mensual no cubierto en el subsidio. Para estos casos, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definirá los casos en los cuales se podrá aplicar alguna de estas alternativas.

2. Postulación de Vivienda para hogares migrantes.

Para la postulación, no se exigirá el requisito de matrícula de arrendadores de que trata el artículo >>www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 3 P-F06-PEJ-01 V.14 2.1.1.6.4.4 del Decreto de 1077 de 2015, excepto cuando el arrendador se encuentre en algunas de las causales dispuestas por el artículo 28 - Matrícula de arrendadoresde la Ley 820 de 2003. La postulación de las viviendas para hogares migrantes podrá ser realizada directamente por el hogar migrante habilitado. Los hogares migrantes que postulen las viviendas objeto de arrendamiento deberán solicitar la asignación del subsidio en los términos que defina FONVIVIENDA aportando los siguientes documentos a la solicitud: • Contrato de arrendamiento debidamente suscrito. • Documentos que permitan acreditar las condicioción del subsidio en los términos que defina FONVIVIENDA aportando los siguientes documentos a la solicitud: • Contrato de arrendamiento debidamente suscrito. • Documentos que permitan acreditar las condiciones mínimas de habitualidad de la vivienda objeto de arrendamiento. • Acta de entrega y recibo de la vivienda objeto de arrendamiento. • Información del arrendador. Las condiciones mínimas de las viviendas, respecto de a los requisitos y documentos requeridos, serán definidas por FONVIVIENDA o a través del patrimonio autónomo que administra los recursos del programa. 3. asignación del subsidio familiar de vivienda para hogares migrantes. Una vez se verifique el cumplimiento de las condiciones por parte de FONVIVIENDA o por quien contrate para ello, se procederá a la expedición de acta administrativo de asignación de subsidio familiar de vivienda, el cual estará condicionado a la disponibilidad de recursos.

Foto: Freepik.eswww.camacol.co 1

Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 4 P-F06-PEJ-01 V.14 medida transitoria sobre el valor en aduanas del alambrón y las barras de acero importadas al territorio aduanero nacional dEcrEto 1132 dE 2022. mInIStErIo dE comErcIo, InduStrIa y turISmo. (dEScarGa documEnto). El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió del Decreto 1132 de 2022, por medio del cual se adopta una medida transitoria para reducir los

InduStrIa y turISmo. (dEScarGa documEnto). El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió del Decreto 1132 de 2022, por medio del cual se adopta una medida transitoria para reducir los efectos negativos en los sobrecostos de las importaciones como consecuencia de incrementos desmedidos de las tarifas de los fletes internacionales, dentro de los cuales se encuentran insumos necesarios para el sector de la construcción, alambrón y barras de acero. Por consiguiente, con la expedición del decreto se excluye temporalmente de la base gravable (a partir del primero de junio por el termino de seis meses ) para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, el 100% de los gastos de transporte, así como los gatos conexos, desde el lugar de entreFoto: Freepik.es ga de las mercancías en el exterior hasta el lugar de importación, entre otros, para la importación de los bienes clasificados en la subpartidas arancelarias 7213100000 (Alambrón de hierro o acero sin alear: Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado) y 7214200000 (Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado: Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado). La exclusión se podrá prorrogar siempre y cuando las circunstancias que dieron su origen persisten durante su vigencia, previa revisión por parte del

nes, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado). La exclusión se podrá prorrogar siempre y cuando las circunstancias que dieron su origen persisten durante su vigencia, previa revisión por parte del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y Comercio Exterior y la cual no puede superar los términos dispuestos por la Decisión 894 de la Comisión de la Comunidad Andina.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 5

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El Gobierno nacional ha desarrollado 62 proyectos de equipamiento social en el marco de la política de vivienda comunIcado dE PrEnSa dE JulIo dE 2022. mInIStErIo dE VIVIEnda, cuIdad y tErrI torIo. (dEScarGa documEnto). El Gobierno Nacional ha desarrollado 62 proyectos de equipamiento social en el marco de la política de vivienda, la cual tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las familias de escasos recursos beneficiados con proyectos de vivienda, invirtiendo $167 mil millones en veintitrés (23) departamentos del país para dotar a estas comunidades con colegios, centro de desarrollo infantil y parques recreodeportivos. Esta estrategia del Ministerio de Vivienda ha permitido un impacto positivo a los departamentos de la Guajira, Nariño, Atlántico, Cundinamarca, Huila, Meta, Cesar, Boyacá, Valle del Cauca, Tolima, Magdalena, Putumayo, Quindío, Sucre, Bolívar, Caldas,

Foto: Freepik.es

la Guajira, Nariño, Atlántico, Cundinamarca, Huila, Meta, Cesar, Boyacá, Valle del Cauca, Tolima, Magdalena, Putumayo, Quindío, Sucre, Bolívar, Caldas,

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Caquetá, Córdoba, Norte de Santander, Risaralda y Santander. Con relación a los proyectos de equipamiento, se instauraron cinco (5) centros de desarrollo infantil – CDI, tres (3) colegios, cinco (5) colegios con CDI cuarenta y siete (47) parques recreodeportivos y dos (2) sacúdete, con los cuales se benefician 44.713 hogares en proyectos de vivienda. Además, 13.384 hogares cuentan con mejoramiento integral, esto es $26 mil millones destinados para adelantar adecuaciones de calles, andenes, rondas, ríos, senderos peatonales y construcción de ciclorrutas, entre otras intervenciones y se realizó la asistencia técnica en la formulación de once (11) proyectos de Mejoramiento Integral de Barrios (MIB), que serán ejecutados con recursos de Banco Mundial entre 2022-2026. SabíaS quE…www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 6

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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

Investigadores

Jurídicos: Juan Felipe Portela Urazan

Giselle Stephany Chaparro Natalia Vanessa García

Diagramación: Carlos A. Gómez R.

Manual de Marca

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