CAMACOL - INFORME JURIDICO 861 OCTUBRE 27 DE 2022
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURIDICO 861 OCTUBRE 27 DE 2022
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2022
Informe J urídico Nacional www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 1
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Informe J urídico Nacional 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Circular 2022EE0104926 de 2022. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 5
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Decreto 2060 - 2073 de 2022 Presidencia de la República de Colombia Comunicado de prensa 2022. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Nuevos nombramientos en el Gobierno Nacional: Viceministro de Vivienda y Presidente del Fondo Nacional del Ahorro El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se refirió a la necesidad de implementar el programa Mi Casa Ya en ciudades intermedias y espacios rurales Manual de Marca Medidas para garantizar la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el marco de la segunda temporada de lluvias del año.Informe J urídico Nacional www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 2
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Medidas para garantizar la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el marco de la segunda temporada de lluvias del año
CIRCULAR 2022EE0104926 DE 2022. MINISTERIO
DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA
DOCUMENTO).
y aseo en el marco de la segunda temporada de lluvias del año
CIRCULAR 2022EE0104926 DE 2022. MINISTERIO
DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA
DOCUMENTO).
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular 2022EE0104926 de 2022 dirigida a Municipios, Distritos, Departamentos, Gestores PDA y Prestadores de los Servicios Públicos Domiciliarios de acueducto, Alcantarillado y Aseo AAA, con el fin de informar las medidas que se deben adoptar para atender las emergencias causadas como consecuencia del incremento de lluvias y el fenómeno de la Niña en el territorio nacional, por la cual se establece, entre otras aspectos, los siguiente:
1. Activación de planes de emergencia y contingencia para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestación de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. a) La atención de Emergencias: Consiste en implementar medidas de manera inmediata por la interrupción o alteración de la prestación del servicio de acueducto, alcantarillado y aseo, y la implementando de un plan de emergencia y de contingencia del prestador de servicios respectivo de tal manera que disponga de una serie de protocolos para cada tipo de emergencia.
NORMATIVIDAD VIGENTE b) Rehabilitación - reconstrucción: Son acciones para el restablecimiento de la prestación del servicio en corto plazo, como la limpieza de obras afectada por sedimentos y reparaciones necesarias, entre otros. Igualmente, se debe revisar, actualizar e implementar los protocolos de respuesta a
para el restablecimiento de la prestación del servicio en corto plazo, como la limpieza de obras afectada por sedimentos y reparaciones necesarias, entre otros. Igualmente, se debe revisar, actualizar e implementar los protocolos de respuesta a emergencias por temporada de lluvias (inundaciones, avenidas torrenciales y movimientos de masa) c) Reducción del Riesgo: Medidas de mitigación y prevención del riesgo en el territorio, mitigándolo mediante la formulación de proyectos y con un adecuado soporte técnico y de diseños. Se indica que, todos los prestadores de servicios deberán iniciar un proceso de alistamiento que incluye la revisión y actualización de los inventarios, insumo y recursos para la operación de los sistemas, con el fin de incrementar la reserva de aquellos elementos que soporten y faciliten la infraestructura durante la temporada de lluvias.
2. Acciones en caso de emergencia: En el caso de presentarse desabastecimiento de agua e interrupciones en los servicios de acueducto,
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www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 3 P-F06-PEJ-01 V.15 alcantarillado y aseo, se solicita que por parte de las entidades se ponga en marcha los siguientes protocolos: a) Atención de la emergencia: Asegurar el abastecimiento de agua, el manejo de aguas servidas y la recolección y disposición de residuos sólidos en el corto plazo a través de medios alternativos (carrotanques, tanques de almacenamiento provisionales, agua en bolsa, volquetas, equipos de succión, motobombas,
de residuos sólidos en el corto plazo a través de medios alternativos (carrotanques, tanques de almacenamiento provisionales, agua en bolsa, volquetas, equipos de succión, motobombas, entre otras). Efectuar reparaciones temporales que restablezcan la prestación del servicio (adquisición e instalación de equipos, insumos y accesorios, mangueras y tuberías, entre otros). Acometer la adecuación de sistemas alternativos como la realización de perforaciones de pozos poco profundos. Monitorear quebradas o ríos, desde el nacimiento y hasta la desembocadura, con mayor recurrencia de eventos o antecedentes de avenidas torrenciales o inundaciones en el área, debido a lluvias extremas. Realizar campañas periódicas de limpieza, con el fin de prevenir posibles taponamientos de los desagües y ductos de aguas lluvias. Realizar de manera simultánea la evaluación de daños y necesidades - EDAN
b) Rehabilitación: Realizar la reparación temprano de los daños ocasionados a los sistemas de prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo con base en la evaluación de daños — EDAN, previamente realizada. Recuperación de la infraestructura colapsada o que sus daños afecten su operación. Reducción de un riesgo inminente asociado a inestabilidad de laderas, socavación de orillas o inundaciones que puedan afectar directamente la infraestructura principal de acueducto, alcantarillado o aseo, y que de no intervenirse de
inestabilidad de laderas, socavación de orillas o inundaciones que puedan afectar directamente la infraestructura principal de acueducto, alcantarillado o aseo, y que de no intervenirse de forma inmediata puede generar la interrupción de los servicios. Implementación de medidas alternativas temporales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, de recolección, transporte y disposición adecuada de residuos, que permitan mitigar la situación de emergencia y prevenir emergencias sanitarias.
3. Procedimientos para acceder al apoyo de la nación en caso de emergencia
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www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 4 P-F06-PEJ-01 V.15 a) El Prestador de Servicios Públicos Domiciliarios: De acuerdo con los Planes de Emergencia y Contingencia Sectoriales, se deberá realizar la evaluación de los daños y necesidades (EDAN) e identificará las medidas de rehabilitación temprana y a su vez las obras de reconstrucción. En caso, de que la magnitud de la emergencia supere la capacidad de respuesta del prestador, se procederá a solicitar apoyo de la Administración Municipal. b) El Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres – CMGRD: En sus funciones deberá i) brindar apoyo en la respuesta de emergencia sectorial, a través de los recursos económicos y técnicos disponibles en el municipio. ii) reportar la situación de emergencia a la base de datos de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD, y iii) solicitar apoyo al Gobierno
torial, a través de los recursos económicos y técnicos disponibles en el municipio. ii) reportar la situación de emergencia a la base de datos de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD, y iii) solicitar apoyo al Gobierno Departamental para así emitir la respectiva Declaratoria de Calamidad Pública, soportada con el Plan de Acción Específico, que define las intervenciones requeridas y los costos de cada intervención. c) Gobernación Departamental: conforme a los Planes Departamentales de AguaPDA y de los Consejos Departamentales de Gestión del Riesgo de Desastres CDGRD, el sector cuenta con Planes de Gestión del Riesgo Sector de los PDA, donde se han definido recursos para manejo de desastres que brindar apoyo a los prestadores que presentan situaciones de emergencias. Los CDGRD también disponen de recursos para atención de emergencias. En caso de que se supere la capacidad de respuesta a nivel departamental, se solicitará apoyo al Gobierno Nacional. Así, la información será remitida a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres — UNGRD, por parte del CDGRD, y al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por parte de los Planes Departamentales de Agua. d) Gobierno Nacional: De acuerdo con los reportes de emergencias elaborado por las diferentes entidades, se distribuirán los requerimientos de apoyo a la Nación, de la siguiente forma: • Los recursos para la atención de emergencias se solicitaron al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, bolsa de manejo de desastres, con las respectivas declaratorias de Calamidad y
yo a la Nación, de la siguiente forma: • Los recursos para la atención de emergencias se solicitaron al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, bolsa de manejo de desastres, con las respectivas declaratorias de Calamidad y el Plan de Acción Específico. • Los recursos para rehabilitación temprana y reconstrucción de infraestructura afectada por la temporada de lluvias se solicitarán al mecanismo de viabilizarían el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, acorde a los requisitos definidos en la Resolución 661 de 2019.Informe J urídico Nacional www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 5
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Nuevos nombramientos en el Gobierno Nacional: Viceministro de Vivienda y Presidente del Fondo Nacional del Ahorro DECRETO 2060 Y 2073 DE 2022. MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO). El Gobierno Nacional nombró al Doctor Felipe Arbouin Gómez como Viceministro de vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Doctor Gilberto Rondón González como Presidente del Fondo Nacional del Ahorro.Informe J urídico Nacional www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 6
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El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se refirió a la necesidad de implementar el programa Mi Casa Ya en ciudades intermedias y espacios rurales
COMUNICADO DE PRENSA 2022. MINISTERIO DE
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se refirió a la necesidad de implementar el programa Mi Casa Ya en ciudades intermedias y espacios rurales
COMUNICADO DE PRENSA 2022. MINISTERIO DE
VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO).
La Ministra de Vivienda Ciudad y Territorio, en el marco del Congreso Colombiano de la construcción 2022, resaltó la importancia de poder trabajar mancomunada con la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol). Destacó los siguientes mensajes: • De 5 empleos, 1 es aportado por el sector. • La disponibilidad de servicios como acueducto y alcantarillado en todo el territorio generara un mejor desarrollo urbano. Precisa que, 12 millones de personas no cuentan con este servicio y 3.2 millones no tienen ningún servicio de agua potable. • Se refirió a la implementación de planes de ordenamiento territorial y la necesidad de estudiar posibles ajustes a la Ley 388 del 1997. • La importancia del Programa de Mi Casa Ya y su exitosa ejecución financiera. Recalca que, el programa debe enfocarse en ciudades intermedias, el sector rural y las familias con ingresos mensuales entre 0 y 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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SABÍAS QUE…Informe J urídico Nacional www.camacol.co 861 De octubre 13 a octubre 19 de 2022 7
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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación
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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega
Investigadores
Jurídicos: Juan Felipe Portela Urazan
Giselle Stephany Chaparro Natalia Vanessa García
Diagramación: Carlos A. Gómez R.
Manual de Marca