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CAMACOL - INFORME JURIDICO 867 DICIEMBRE 13 DE 2022

Cámara colombiana de la construcción

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Detalles

Título
CAMACOL - INFORME JURIDICO 867 DICIEMBRE 13 DE 2022
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2022

Informe J urídico Nacional www.camacol.co 867 De noviembre 24 a noviembre 30 de 2022 1

P-F06-PEJ-01 V.15

Informe J urídico Nacional 867 De noviembre 24 a noviembre 30 de 2022 Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Resolución 2223 de 2022. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 5Pág. 4

P-F06-PEJ-01 V.15

Resolución 2224 de 2022. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución 13297 de 2022. Superintendencia de Notariado y Registro. Se establecen coberturas para la asignación del subsidio del programa de vivienda “Mi Casa Ya” Suspensión de términos para la prestación del servicio público registral Manual de Marca Definición de coberturas aplicables a contratos de leasing habitacional y cré- ditos para la compra de Vivienda de Interés Social.Informe J urídico Nacional www.camacol.co 867 De noviembre 24 a noviembre 30 de 2022 2

P-F06-PEJ-01 V.15

Coberturas aplicables a contratos de leasing habitacional y créditos para la compra de Vivienda de Interés Social

RESOLUCIÓN 2223 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2022.

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

(DESCARGA DOCUMENTO).

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través de la Resolución 2223 de 2022 modificó la Resolución 3039 de 2021. Esta última, fija los términos y condiciones para el intercambio de flujos de las coberturas de tasa de interés ofrecidas por el Fondo de Reserva, para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH) respecto de los contratos de leasing habitacional y los créditos para la compra de Vivienda de Interés Social. Con la expedición de la Resolución 2223 de 2022 se establece en lo que respecta a los créditos desembolsados o contratos de leasing habitacional que iniciaron a partir del primero 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, lo siguiente: • Para las viviendas avaluadas en hasta noventa (90) SMLMV por los establecimientos de crédito, las entidades de economía solidaria o las cajas de compensación, se otorgará un total de 3.433 coberturas de cinco (5) puntos porcentuales, para los créditos y contratos de leasing habitacional que NORMATIVIDAD VIGENTE se hayan desembolsado o iniciado desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, o hasta el agotamiento de las coberturas establecidas en este periodo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.3.1.2 y el numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015. • Para las viviendas avaluadas por los establecimientos de crédito, las entidades de economía solidaria o las cajas de compensación, en más de noventa (90) SMLMV y hasta ciento treinta y

  • Para las viviendas avaluadas por los establecimientos de crédito, las entidades de economía solidaria o las cajas de compensación, en más de noventa (90) SMLMV y hasta ciento treinta y cinco (135) SMLMV, o en hasta ciento cincuenta (150) SMLMV, en el caso de las viviendas ubicadas en los municipios y distritos definidos en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, se otorgará un total de 33.213 coberturas de cuatro (4) puntos porcentuales, para los créditos y contratos de leasing habitacional que se desembolsaron o iniciaron desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022, o hasta el agotamiento de las coberturas establecidas en este periodo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.3.1.2 y el numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015.

Foto: Freepik.es >>Informe J urídico Nacional

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P-F06-PEJ-01 V.15

Las coberturas antes mencionadas se distribuirán según el año de desembolso del crédito o de inicio del contrato de leasing habitacional, hasta el número de coberturas establecidas para cada año, así:

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P-F06-PEJ-01 V.15

Coberturas para la asignación del subsidio del programa de vivienda “Mi Casa Ya”

RESOLUCIÓN 2224 DE 2022. MINISTERIO DE VI4

P-F06-PEJ-01 V.15

Coberturas para la asignación del subsidio del programa de vivienda “Mi Casa Ya” RESOLUCIÓN 2224 DE 2022. MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO). Con la Resolución 2224 de 2022 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio modificó la Resolución 3041 de 2021, por medio de la cual se fijó los términos y condiciones para efectuar el intercambio de flujos de la cobertura de tasa de interés del programa “Mi Casa Ya”. Al respecto, para solicitudes de asignación del subsidio familiar de vivienda en el desarrollo del Programa Mi Casa Ya a partir del primero (1°) de enero de 2020, se estableció que: • Para las viviendas que de acuerdo con el avalúo comercial del respectivo establecimiento de cré- dito, la entidad de economía solidaria o la caja de compensación familiar al momento en el que la familia solicite la asignación del subsidio, sean de hasta noventa (90) SMLMV, se otorgará un total de 47.364 coberturas 5 (cinco) puntos porcentuales, para los créditos de leasing habitacional que se desembolsen o inicien desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, o hasta el agotamiento de las coberturas de conformidad con el numeral 2 del artículo 2.1.1.4.2.4 del Decreto 1077 de 2015. • Para las viviendas que de acuerdo con el avalúo comercial del respectivo establecimiento de crédito, la entidad de economía solidaria o la caja de compensación familiar al momento en el que la familia

to 1077 de 2015. • Para las viviendas que de acuerdo con el avalúo comercial del respectivo establecimiento de crédito, la entidad de economía solidaria o la caja de compensación familiar al momento en el que la familia solicite la asignación del subsidio, sean mayor de noventa (90) SMLMV y hasta ciento treinta y cinco (135) SMLMV, o en hasta ciento cincuenta (150) SMLMV, en el caso de las viviendas ubicadas en los municipios y distritos definidos en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, será otorgado un total de 113.267 coberturas de cuatro (4) puntos porcentuales, para los créditos de leasing habitacional que se desembolsen o inicien desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, o hasta el agotamiento de las coberturas de conformidad con el numeral 2 del artículo 2.1.1.4.2.4 del Decreto 1077 de 2015. Las coberturas antes mencionadas se distribuirán según el año de desembolso del crédito o de inicio del contrato de leasing habitacional, hasta el número de coberturas establecidas para cada año, así:

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P-F06-PEJ-01 V.15

Se suspenderán términos para la prestación del servicio público registral entre el 02 y 06 de enero de 2023

RESOLUCIÓN 13297 DE 2022. SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO Y REGISTRO. (DESCARGA DOCUMENTO).

prestación del servicio público registral entre el 02 y 06 de enero de 2023

RESOLUCIÓN 13297 DE 2022. SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO Y REGISTRO. (DESCARGA DOCUMENTO).

La Superintendencia de Notariado y Registro, por medio de la Resolución 13297 de 2022 ordenó la suspensión de términos y la no prestación del servicio público registral en las 195 Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, desde el día 2 de enero de 2023 hasta el 6 de enero del mismo año.

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El ministro de Transporte se pronunció sobre las prioridades, acciones y retos de la cartera para los próximos cuatro años de Gobierno

COMUNICADO DE PRENSA DEL 25 DE NOVIEMBRE

DE 2022. MINISTERIO DE TRANSPORTE. (DESCARGA

DOCUMENTO).

El Ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González, durante su intervención en el XIX Congreso Nacional de la Infraestructura, el cual fue organizado por la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI), anunció que entre las prioridades del Gobierno Nacional para este sector se encuentran mejorar la conectividad y accesibilidad, al igual que avanzar en la planeación de la intermodalidad de la infraestructura de transporte. Para ello, desde el Ministerio de Transporte se priorizarán proyectos que busquen, entre otras cosas, el mantenimiento de canales navegables en Barranquilla, Pinillos, Mompox y el Canal del Dique,

tura de transporte. Para ello, desde el Ministerio de Transporte se priorizarán proyectos que busquen, entre otras cosas, el mantenimiento de canales navegables en Barranquilla, Pinillos, Mompox y el Canal del Dique, ampliaciones y remodelaciones a aeródromos y la adecuación de corredores férreos como La Dorada – Chiriguana, Bogotá – Belencito, la Red Férrea del Pacífico, Bogotá - Férreo Central, y La Felisa – Puerto Berrío. Por su parte, en cuanto a la construcción de vías terrestres, el Gobierno proyecta una inversión de cerca de 8 billones de pesos a través del programa Caminos Comunitarios para la Paz Total, los cuales alcanzarían los 33. 000 km, del mismo modo que de 6 billones de pesos para las vías primarias y secundarias y 4.3 billones en las vías regionales. SABÍAS QUE… Foto: https://www.mintransporte.gov.co/Informe J urídico Nacional www.camacol.co 867 De noviembre 24 a noviembre 30 de 2022 7

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Presidente Ejecutiva: Sandra Forero Ramírez

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

Investigadores

Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro

Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda

Diagramación: Carlos A. Gómez R.

Manual de Marca

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