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CAMACOL - INFORME JURIDICO 881 ABRIL 17 DE 2023

Cámara colombiana de la construcción

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Detalles

Título
CAMACOL - INFORME JURIDICO 881 ABRIL 17 DE 2023
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 881 Del 30 de marzo al 5 de abril de 2023 1

P-F06-PEJ-01 V.15

Informe Jurídico Nacional 881 Del 30 de marzo al 5 de abril de 2023 Pág. 2Seguir leyendo

INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL

Decreto 490 de 2023. Ministerio de Vivienda, Ciudad Y Territorio. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 4

P-F06-PEJ-01 V.15

Comunicado de Prensa 05 abril de 2023. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se pronunció sobre los ajustes al Programa Mi Casa Ya Manual de Marca Circular 0001 de 2023. Fondo Nacional de Vivienda. Procedimiento para la postulación, asignación, aplicación y cobro de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya Nuevas condiciones para ser beneficiario del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social “Mi Casa Ya”.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 881 Del 30 de marzo al 5 de abril de 2023 2

P-F06-PEJ-01 V.15

Nuevas condiciones para ser beneficiario del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social “Mi Casa Ya”

DECRETO 490 DE 2023. MINISTERIO DE VIVIENDA,

CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO).

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio con la expedición del Decreto 490 de 2023 procedió con la modificación de las condiciones del programa

CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO).

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio con la expedición del Decreto 490 de 2023 procedió con la modificación de las condiciones del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social “Mi Casa Ya”, estableciendo entre otros aspectos, lo siguiente: Valor del subsidio familiar de vivienda: El monto de los subsidios familiares de vivienda destinados a la adquisición o a la suscripción de contratos de leasing habitacional de vivienda de interés social nueva, que el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENOAasigne a los hogares que cumplan las condiciones del programa, dependerá de la clasificación socioeconómica de acuerdo con la información del SISBÉN IV, según con los siguientes parámetros: • A los hogares que adquieran vivienda de interés social y se encuentren clasificados entre los grupos A 1 Y C8 del SISBÉN IV, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes (30 NORMATIVIDAD VIGENTE SMLMV), al momento de la solicitud de la asignación. • A los hogares que adquieran vivienda de interés social y se encuentren clasificados entre los grupos C9 y D20 del SISBÉN IV, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes (20 SMLMV), al momento de la solicitud de la asignación.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios del programa Mi Casa Ya los hogares que cumplan siguientes condiciones: • Contar con una clasificación de SISBÉN IV entre

A1 y D20.

gentes (20 SMLMV), al momento de la solicitud de la asignación.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios del programa Mi Casa Ya los hogares que cumplan siguientes condiciones: • Contar con una clasificación de SISBÉN IV entre A1 y D20. • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional. • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar, excepto cuando el subsidio

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>>www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 881 Del 30 de marzo al 5 de abril de 2023 3 P-F06-PEJ-01 V.15 recibido anteriormente haya sido en modalidad de mejoramiento o arrendamiento. • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, efectivamente aplicado excepto cuando el subsidio recibido anteriormente fuera en la modalidad de mejoramiento o arrendamiento. • No haber sido beneficiarios, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés, establecidas en el Decreto 1068 de 2015. • Contar con un crédito aprobado para la adquisición de la solución de vivienda.

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P-F06-PEJ-01 V.15

Procedimiento para la postulación, asignación, aplicación y cobro de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya

CIRCULAR 0001 DE 2023. FONDO NACIONAL DE VIVIENDA. (DESCARGA DOCUMENTO).

En consideración a las nuevas disposiciones establesubsidios familiares de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya

CIRCULAR 0001 DE 2023. FONDO NACIONAL DE VIVIENDA. (DESCARGA DOCUMENTO).

En consideración a las nuevas disposiciones establecidas por Decreto 490 de 2023 respecto en lo de las condiciones del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social “Mi Casa Ya”, el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDAexpidió la Circular No.0001 de 2023 por medio de la cual da a conocer el procedimiento para la postulación, asignación, aplicación y cobro de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya”. Así las cosa, la Circular No.0001 de 2023 se encuentra dirigida a establecimientos de crédito, entidades de economía solidaria y cajas de compensación familiar, constructoras y/o vendedores de vivienda de interés social, hogares beneficiarios o interesados en acceder al subsidio familiar de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya y establece, entre otros aspectos, lo siguiente:

1. Definición de los estados del hogar.

A través de la página Web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrán consultar las personas mayores de edad del núcleo familiar, allí encontrara la definición de los estados que puede tener el hogar. Los cuales se nombrarán a podrían ser: • No postulado

  • Interesado: Interesado-Cumple, InteresadoNo Cumple y Interesado-pendiente de Sisbén • Rechazado Solicitante: Solicitante – Cumple y SolicitanteNo cumple • Por asignar
  • Asignado • Aplicado • Aplicado sin cobertura

Cumple y Interesado-pendiente de Sisbén • Rechazado Solicitante: Solicitante – Cumple y SolicitanteNo cumple • Por asignar

  • Asignado • Aplicado • Aplicado sin cobertura • Marca para pago • Reportado para pago
  • Pagado
  • Anulado-interesado
  • Anuladosolicitante
  • Anulado • Vencido • Perdida de ejecutoriedad
  • Renuncia

2. Procedimiento para la postulación, verificación de requisitos, asignación, aplicación y cobro del subsidio familiar de vivienda.

Los hogares deberán tener en cuenta el tipo de estado en el que se encuentran, de acuerdo con el estado d se procederá al diligenciamiento y/o actualización de información en la plataforma que disponga el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para realizar la solicitud de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda, Asignación del Subsidio Familiar de Vivienda, aplicación y cobro del Subsidio Familiar de Vivienda.

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P-F06-PEJ-01 V.15

3. Procedimiento para registrarse como establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o Caja de Compensación Familiar en la plataforma operativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

El establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o Caja de Compensación Familiar debe registrarse en la plataforma operativa que disponga el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para llevar a cabo el proceso detallado. Para ello, debe designar a un funcionario como administrador de la plataforma, quien deberá enviar un correo electrónico a la digistrarse en la plataforma operativa que disponga el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para llevar a cabo el proceso detallado. Para ello, debe designar a un funcionario como administrador de la plataforma, quien deberá enviar un correo electrónico a la dirección pagosmicasaya@minvivienda.gov.co con la información requerida. A continuación, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, desde el correo electrónico informara que el usuario administrador ha sido parametrizado en la plataforma, por lo que este usuario se encuentra habilitado para registrarse y el usuario administrador será el único responsable de habilitar los accesos a la plataforma de los funcionarios designados por cada establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o Caja de Compensación Familiar.

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P-F06-PEJ-01 V.15

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se pronunció sobre los ajustes al Programa Mi Casa Ya COMUNICADO DE PRENSA 05 ABRIL DE 2023. MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

(DESCARGA DOCUMENTO).

Con la expedición del Decreto 490 de 2023, que soporta jurídicamente los ajustes realizados al Programa Mi Casa Ya para profundizar su alcance en términos de equidad, el Ministerio de Vivienda dio inicio al proceso de asignación el pasado lunes 10 de abril, habilitando de manera permanente la plataforma para nuevas inscripciones, así mismo, recibirán las solicitudes de asignaciones pendientes y el 17 de abril se publicará el primer corte para las asignaciones.

de abril, habilitando de manera permanente la plataforma para nuevas inscripciones, así mismo, recibirán las solicitudes de asignaciones pendientes y el 17 de abril se publicará el primer corte para las asignaciones. En ese sentido, se ajustó el requisito de clasificación del Sisbén IV para que más hogares se puedan postular, teniendo como único criterio a nivel nacional para su postulación la clasificación de los hogares entre los subgrupos A1 y D20. Finalmente, el Ministerio se refiere a los pasos para acceder al subsidio de Mi Casa Ya, en los siguientes términos:

1. En la pagina de la entidad, se encuentra un mó- dulo de consulta, el cual, a partir de 10 del abril, los hogares podrán revisar el estado y los pasos para iniciar o continuar con el proceso, digitando el numero de identificación de alguno de los miembros del hogar.

2. El 10 abril también se abrió la plataforma para nuevas inscripciones, en esa medida, si el hogar no se encuentra inscrito en Mi Casa Ya, tiene una inscripción previa o cuenta con una clasificación en Sisbén IV entre A1 y D20 y cumple con los requisitos del programa, deberá dirigirse al establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria de su preferencia para iniciar el proceso.

3. Si el hogar ya cuenta con una inscripción previa, pero aún no tiene clasificación en Sisbén IV, debe dirigirse a la oficina de Sisbén de su municipio y solicitar la aplicación de la encuesta, que es un requisito del programa.

4. La etapa de transición de Mi Casa Ya se adelantará durante todo el año 2023 y tiene como propósito garantizar la vivienda de las familias a

solicitar la aplicación de la encuesta, que es un requisito del programa.

4. La etapa de transición de Mi Casa Ya se adelantará durante todo el año 2023 y tiene como propósito garantizar la vivienda de las familias a quienes solo les falta el subsidio para tener cierre financiero y culminar su negocio inmobiliario.

Una vez el hogar haya cumplido con los requisitos del programa, el establecimiento de crédito o

SABÍAS QUE…

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>>www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 881 Del 30 de marzo al 5 de abril de 2023 7 P-F06-PEJ-01 V.15 entidad de economía solidaria con el que realizó su inscripción debe certificar y acreditar: a) Que el hogar cuenta con la aprobación de un crédito hipotecario o leasing habitacional y b) Que su vivienda ya se encuentra lista para entrega y tiene prevista firma de escrituras en los próximos 6 meses. En ese momento, el estado del hogar cambia de “Interesado” a “Solicitante”.

5. Una vez el establecimiento de crédito o la entidad de economía solidaria acredita estas condiciones, el Ministerio de Vivienda aplicará los criterios de priorización y verificará el cumplimiento de los requisitos. Si el hogar queda priorizado y cumple con la totalidad de requisitos del programa, se procederá con la asignación del subsidio.

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P-F06-PEJ-01 V.15

Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

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P-F06-PEJ-01 V.15

Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

Investigadores

Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro

Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda

Diagramación: Carlos A. Gómez R.

Manual de Marca

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