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CAMACOL - INFORME JURIDICO 895

Cámara colombiana de la construcción

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Título
CAMACOL - INFORME JURIDICO 895
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año

www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 1

P-F06-PEJ-01 V.14

Informe Jurídico Nacional 895 Del 06 al 12 de julio de 2023 Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Ley 2300 de 2023. Congreso de la República. Pág. 5Pág. 3

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Comunicado de prensa de 2023. Ministerio de Trabajo. Se actualiza la lista de bienes y servicios GEE para acciones o medidas de gestión eficiente de energía-GEE. El Ministerio de Trabajo se pronunció sobre la aplicabilidad de la reducción gradual de la Jornada laboral en el año 2023. Manual de Marca Medidas aplicables a la gestión de cobranza y él envió de mensajes publicitarios o comerciales. Resolución 000504 de 2023 Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 2

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Medidas aplicables a la gestión de cobranza y él envió de mensajes publicitarios o comerciales.

LEY 2300 DE 2023. CONGRESO DE LA REPÚBLICA.

(DESCARGA DOCUMENTO).

El Gobierno Nacional en sus facultades legales sancionó la Ley 2300 de 2023 mediante la cual se establece medidas para protegen el derecho a la intimidad de los consumidores financieros y comerciales. El objetivo de la normativa es generar pautas respecto a la periodicidad, los canales autorizados y los horarios en los que las que se pueden contactar a

blece medidas para protegen el derecho a la intimidad de los consumidores financieros y comerciales. El objetivo de la normativa es generar pautas respecto a la periodicidad, los canales autorizados y los horarios en los que las que se pueden contactar a los consumidores financieros por parte de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y las personas naturales y jurídicas que se dedican a actividades de cobranza de manera directa, tercerizada o mediante cesión de la obligación. Así mismo, las enunciadas pautas son aplicables a los productores y proveedores de bienes y servicios tanto del ámbito público como privado para el envío de mensajes publicitarios o comerciales a los consumidores comerciales a través de mensajes cortos de texto (SMS), mensajería POIaplicaciones o web, correos electrónicos y llamadas telefónicas a consumidores comerciales. Entre otros aspectos la normativa establece que: Horarios de prácticas de cobranza envió de mensajes publicitarios: El contacto con los consumidores se debera realizar de manera respetuosa y sin afectar la intimidad personal y familiar del consumidor dentro del horario de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y los sábados de 8 :00 a. m. a 3:00 p. m., a través de los canales autorizados previamente por el consumidor para tal efecto. Periodicidad para adelantar las prácticas de cobranza y envió de mensajes publicitarios: Una vez establecido un contacto directo con el consumidor financiero y/o comercial, este no podrá ser contactado mediante varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día.

branza y envió de mensajes publicitarios: Una vez establecido un contacto directo con el consumidor financiero y/o comercial, este no podrá ser contactado mediante varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día.

Canales autorizados: Las personas obligadas, podrán contactar a los consumidores financieros y comerciales únicamente a través de los canales que estos autoricen, para lo cual, se les deberá informar los canales habilitados para que sean estos quienes elijan los calanes que autorizaran.

Prohibiciones respecto a los consumidores financieros : Las entidades obligadas no podrán 1) Consultar al consumidor el motivo del incumplimiento de la obligación financiera, 2) Adelantar visitas al domicilio o lugar de trabajo del consumidor exceptuando los casos en que no exista información actualizada de los canales autorizados o no sea posible contactar o entregar los mensajes al consumidor y se traten de cobros por microcréditos, crédito de fomento, desarrollo agropecuario o rural, siempre que el consumidor haya autorizado esto. 3) Contactar a las referencias personales o de otra índole. Al avalista, codeudor o deudor solidario se le contactará en la misma condición definidas por la Ley. >> 895 Del 06 al 12 de julio de 2023

NORMATIVIDAD VIGENTE

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Prohibiciones respecto a los consumidores comerciales: los productores y proveedores de bienes y servicios tanto del ámbito público como privado

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Prohibiciones respecto a los consumidores comerciales: los productores y proveedores de bienes y servicios tanto del ámbito público como privado deberán: 1) Abstenerse de exigir a los consumidores comerciales que acepten recibir mensajes comerciales o publicitarios, salvo cuando estos estén relacionados con los bienes o servicios adquiridos., y 2) Cuando se trate de promociones para alimentar bases de datos deberán informar al consumidor comercial para su autorización.

Registro de Números Excluidos: El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en un plazo de seis (6) seis meses, deberán desarrollarán los lineamientos técnicos para incluir en el Registro de Números Excluidos las medidas establecidas en esta Ley.

Finalmente, no serán aplicables las medidas definidas por la Ley 2300 de 2023 cuando se contacte al consumidor para confirmar operaciones financieras sobre ahorros voluntarios y cesantías, alertar sobre transacciones sospechosas o fraudulentas, así como cuando la información sea solicitada por el consumidor; así las cosas, las medidas adoptadas por la Ley 2300 de 2023 serán de obligatorio cumplimiento a partir del 10 de octubre de 2023. >> 895 Del 06 al 12 de julio de 2023 Se actualiza la lista de bienes y servicios GEE para acciones o medidas de gestión eficiente de energía-GEE.

Foto: Freepik.comRESOLUCIÓN 000504 DE 2023 UNIDAD DE PLA -

>> 895 Del 06 al 12 de julio de 2023 Se actualiza la lista de bienes y servicios GEE para acciones o medidas de gestión eficiente de energía-GEE.

Foto: Freepik.comRESOLUCIÓN 000504 DE 2023 UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA – UPME (DESCARGA DOCUMENTO).

La Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME, mediante la Resolución 000504 de 2023 modifica el Anexo 2 de la Resolución UPME No. 000319 de 2022 – en relación a la lista de bienes y servicios GEE para acciones o medidas de gestión eficiente de energíaGEE actualizada con ocasión a la adopción del PAIPROURE 2022-2030. Lo anterior, en el sentido de incluir algunos elementos, equipos, maquinaria, o servicios a la lista de bienes y servicios susceptibles de acceder a los incentivos tributarios, siendo estos, entre otros: •Adquisición de luminarias LED para el sector residencial en cualquier estrato dentro de un de programa de eficiencia energética o equipamiento de nuevas viviendas VIS o VIP •Adquisición de equipos de control y automatización de iluminación para el sector residencial en cualquier estrato dentro de un de programa de eficiencia energética o equipamiento de nuevas viviendas VIS o VIP •Adquisición de luminarias LED para cualquier sector excepto el sector residencialwww.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 4

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Foto: Freepik.com Foto: Freepik.com •Adquisición de materiales y elementos para el aislamiento de cubierta y muros exteriores que permita

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Foto: Freepik.com Foto: Freepik.com •Adquisición de materiales y elementos para el aislamiento de cubierta y muros exteriores que permita regular la temperatura al interior del edificio. Materiales y elementos para el aislamiento de cubierta y muros exteriores que permita regular la temperatura al interior del edificio •Adquisición de equipos y estructuras de control solar en vidrios. Equipos y estructuras para control solar de superficies acristaladas •Adquisición de equipos para ventilación natural.

Equipos de automatización que faciliten la ventilación natural. Extractores eólicos •Adquisición de equipos de control de iluminación en zonas comunes. Equipos de control de iluminación en zonas comunes: sensores fotoeléctricos. •Adquisición de sistemas de medición y control para equipos de aire acondicionado: Equipos de medición para aire acondicionado y Sistemas de control y automatización para equipos centralizados y autocontenidos •Adquisición de ascensores y escaleras eléctricas, ascensores de las categorías A, B y C dadas por la norma ISO 25745-2 y escaleras mecánicas y andenes móviles. •Adquisición de neveras etiqueta A del RETIQ, enmarcada dentro de un programa de eficiencia energética para estratos 1 y 2 o equipamiento de nuevas viviendas VIS o VIP . Neveras etiqueta A del RETIQ, enmarcada dentro de un programa de eficiencia energética o equipamiento de viviendas VIS o VIP •Normalización de acometidas eléctricas internas para cumplimiento del RETIE en viviendas

del RETIQ, enmarcada dentro de un programa de eficiencia energética o equipamiento de viviendas VIS o VIP •Normalización de acometidas eléctricas internas para cumplimiento del RETIE en viviendas residenciales usadas de estratos 1 o 2. Servicios para la normalización de acometidas eléctricas internas para cumplimiento del RETIE en viviendas residenciales usadas de estratos 1 o 2

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Foto: Freepik.comCOMUNICADO DE PRENSA DE 2023. MINISTERIO

DE TRABAJO. (DESCARGA DOCUMENTO).

El Ministerio de Trabajo indicó que partir del 16 de julio empezó la aplicación de la Ley 2101 de 2021, en la cual se redujo la jornada máxima laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores; es decir, se podrá laborar hasta 47 horas semanales, sin disminución salarial, ni excepciones en los derechos adquiridos y garantías. La Cartera señaló que se espera un cambio de gradual-anual para llegar a una jornada de 42 horas semanales máximas en el 2026. Esta Ley se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores del sector privado y no aplica para los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo. Finalmente se indica que, la disminución de la

sector privado y no aplica para los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo. Finalmente se indica que, la disminución de la jornada máxima laboral implica, el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración. Por lo tanto, se deberá realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad SABÍAS QUE… El Ministerio de Trabajo se pronunció sobre la aplicabilidad de la reducción gradual de la Jornada laboral en el año 2023.www.camacol.co 1 Informe J urídico Nacional 846 De junio 30 a julio 6 de 2022 6

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Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

Investigadores

Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro

Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda

Diagramación: Daniel Felipe González

Manual de Marca 895 Del 06 al 12 de julio de 2023

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