CAMACOL - INFORME JURÍDICO 900
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURÍDICO 900
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
P-F06-PEJ-01 V.15
Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Resolución 0555 de 2023. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
P-F06-PEJ-01 V.15
Manual de Marca
Se anunció la implementación del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 4Pág. 3 Comunicado de prensa del 17 de agosto de 2023. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Decreto 1371 de 2023. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Doctora Laura Milena Roa Zeidán nueva Presidente del Fondo Nacional del Ahorro. Predios para la construcción de proyectos de vivienda rural en antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. Informe Jurídico Nacional Desde el 10 al 16 de agosto del 2023www.camacol.co Jurídico Nacional 2 Predios para la construcción de proyectos de vivienda rural en antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación.
RESOLUCIÓN 0555 DE 2023. MINISTERIO DE
VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
(DESCARGA DOCUMENTO).
NORMATIVIDAD VIGENTE Foto: Freepik.es Con la expedición de la Resolución 0555 de 2023, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, modificó los artículos 7 y 17 de la Resolución 094 de 2021, por la cual se estableció las condiciones del Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están ubicapor la cual se estableció las condiciones del Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están ubicados en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación -ETCR-. Así las cosas, en lo que se refiere a los predios en los que se construirán los proyectos de vivienda rural nucleada de interés social en los antiguos -ETCR-, la normativa establece, entre otros aspectos, lo siguiente: Titularidad: la titularidad podrá estar en cabeza de las cooperativas, así como en cualquier forma asociativa de la que hagan parte personas en Ruta de Reincorporación, cuando estas hubieran adquiridos los predios, de las comunidades indígenas y comunidades negras, cuando se trate de propiedades colectivas o resguardos indígenas, de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), de las entidades del nivel territorial y de las entidades del Gobierno
Nacional.
Requisitos: los predios deberán, entre otras cosas: a) estar ubicados en suelo rural conforme con lo establecido en los instrumentos del ordenamiento territorial, b) tener disponibilidad para el acceso al agua potable y c) acreditar su la viabilidad técnica y jurídica.
En cuanto al Subsidio Familiar de Vivienda Rural para vivienda nueva en especie, la norma señala que, una vez este se asigne, FONVIVIENDA directamente, a través de un intermediario ejecutor o de la gerencia de los proyectos de vivienda, deberá remitir la solicitud de registro de vivienda con la anotación de mejora a cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria.
tamente, a través de un intermediario ejecutor o de la gerencia de los proyectos de vivienda, deberá remitir la solicitud de registro de vivienda con la anotación de mejora a cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria. Nacional de Tierras, las cooperativas, las formas asociativas de la que hagan parte personas en Ruta de Reincorporación -cuando estas hubieran adquiridos los prediosy las demás entidades que tengan título de dominio sobre los predios, deberán: (i) efectuar los procesos de desenglobe, de expedición de folios de la matrícula inmobiliaria y de adjudicación de lotes y (ii) en coordinación con la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, informar al Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAsobre la individualización de los folios de matrícula inmobiliaria de los hogares beneficiarios. Proceso de adjudicación y registro: la Agencia Informe Desde el 10 al 16 de agosto del 2023 900www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 900 Desde el 10 al 16 de agosto del 2023 3
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Doctora Laura Milena Roa Zeidán nueva Presidente del Fondo Nacional del Ahorro.
DECRETO 1371 DE 2023. MINISTERIO DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
(DESCARGA DOCUMENTO).
Lorem ipsum El Presidente de la República a través del Decreto 1371 de 2023 nombró para el cargo de Presidente del Fondo Nacional del Ahorro a la doctora Laura Milena Roa Zeidán, quien inició el ejercicio de sus función a partir del 21 de agosto de 2023.
1371 de 2023 nombró para el cargo de Presidente del Fondo Nacional del Ahorro a la doctora Laura Milena Roa Zeidán, quien inició el ejercicio de sus función a partir del 21 de agosto de 2023.
Foto: Freepik.esSe anunció la implementación del Registro de Emisiones y Transferencias de
Contaminantes (RETC).
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COMUNICADO DE PRENSA DEl 17 DE AGOSTO DE
2023. MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE (DESCARGA DOCUMENTO).
SABÍAS QUE… Lorem ipsum Lorem ipsum La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhammad, anunció la implementación en Colombia del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Este registro tiene como objetivo proporcionar información accesible al público sobre los contaminantes potencialmente perjudiciales para la salud y el medio ambiente provenientes de diversas fuentes industriales, así como fomentar la conciencia sobre la necesidad de proteger la biodiversidad y el medio ambiente e impulsar procesos productivos más sostenibles. El RETC se integrará en el Registro Único Ambiental (RUA) y se implementará gradualmente por cada uno de los sectores productivos del país, siendo el primero el sector manufacturero, el cual deberá inscribirse en 2024 y presentar su primer informe en 2025, mientras que los demás sectores se inscribirán en 2025 y presentarán sus informes en 2026.
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en 2024 y presentar su primer informe en 2025, mientras que los demás sectores se inscribirán en 2025 y presentarán sus informes en 2026.
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Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega Investigadores
Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro
Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda
Diagramación: Karen Yulieth Moreno
Manual de Marca Informe 900 Desde el 10 al 16 de agosto del 2023 La Cámara Colombiana de la Construcción procura que los datos suministrados en la serie titulada “Informe Jurídico”, publicada en su página web y/o divulgada por medios electrónicos, mantengan altos estándares de calidad. Sin embargo, no asume responsabilidad alguna desde el punto de vista legal o de cualquier otra índole, por la integridad, veracidad, exactitud, oportunidad, actualización, conveniencia, contenido y/o usos que se den a la información y a los documentos que aquí se presentan. La Cámara Colombiana de la Construcción tampoco asume responsabilidad alguna por omisiones de información o por errores en la misma, en particular por las discrepancias que pudieran encontrarse entre la versión electrónica de la información publicada y su fuente original. La Cámara Colombiana de la Construcción no proporciona ningún tipo de asesoría. Por tanto, la información publicada no puede considerarse como una recomendación para la realización de operaciones de construcción, comercio, ahorro, inversión, ni para ningún otro efecto. Los vínculos a otros sitios web se establecen para facilitar la
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