CAMACOL - INFORME JURÍDICO 915
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURÍDICO 915
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
P-F06-PEJ-01 V.15
Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Decreto 2103 de 2023. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
P-F06-PEJ-01 V.15
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio anunció el lanzamiento del programa “100 Ciudades”. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 3 Comunicado de prensa.Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. Decreto 2064 de 2023. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Directrices para la planeación, planificación y descentralización turística en Colombia. Informe Jurídico Nacional 915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023 Medidas transitorias para la vigencia de licencias urbanísticas en los Departamentos de Nariño y Cauca. Manual de Marcawww.camacol.co Jurídico Nacional 2 Medidas transitorias para la vigencia de licencias urbanísticas en los Departamentos Nariño y Cauca.
DECRETO 2103 DE 2023. MINISTERIO DE VIVIENDA,
CIUDAD Y TERRITORIO.
NORMATIVIDAD VIGENTE El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del Decreto 2065 de 2023 adoptó medidas excepcionales para los departamentos de Nariño y Cauca, en respuesta a las afectaciones en la vía Panamericana. Así las cosas, se contempla ampliar automáticamente por un período de doce (12) meses la vigencia de las licencias urbanísticas, sus prórrogas o revalidaciones de estas , que se encuentren vigentes al cinco (05) de diciembre. Este beneficio se aplica a todos
te por un período de doce (12) meses la vigencia de las licencias urbanísticas, sus prórrogas o revalidaciones de estas , que se encuentren vigentes al cinco (05) de diciembre. Este beneficio se aplica a todos los municipios del departamento de Nariño y a municipios específicos del Cauca, entre ellos Almaguer, Argelia, Balboa, Bolívar, Florencia, La Vega, La Sierra, Mercaderes, Patía, Piamonte, San Sebastián, Santa Rosa y Sucre. Las licencias urbanísticas, sus prórrogas o revalidaciones expedidas en los municipios mencionados, que no se contemplen en lo anteriormente señalado y que estuvieran vigentes al 9 de enero de 2023, tendrán la posibilidad de solicitar una prórroga por doce (12) meses. No obstante, esta solicitud debe presentarse a más tardar el 31 de enero de 2024. El término de esta prórroga se contabiliza a partir de la expedición del acto administrativo que la reconoce, es decir el 05 de diciembre de 2023. Además, se requiere que la solicitud sea presentada por el titular.
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915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023 Informewww.camacol.co Jurídico Nacional 3 Directrices para la planeación, planificación y descentralización turística en Colombia.
DECRETO 2064 DE 2023. MINISTERIO DE COMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO.
Mediante el Decreto 2064 de 2023, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, definió las medidas de planeación, planificación y descentralización
INDUSTRIA Y TURISMO.
Mediante el Decreto 2064 de 2023, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, definió las medidas de planeación, planificación y descentralización turística con el propósito de promover el desarrollo equitativo y sostenible del turismo en distintas regiones del país, con el fin de fomentar la participación de gobiernos locales y comunidades en la planificación, gestión y promoción del turismo. La normativa plantea como meta establecer las bases y lineamientos para la inclusión de actividades de planeación en armonía con los intereses regionales y el desarrollo sostenible. Así las cosas, con el Decreto 2064 de 2023 se abordan entre otros aspectos, los siguiente: Planificación del Turismo en Armonía con las Regiones La planificación del turismo debe ser integral, participativa, transparente y orientada a resultados, considerando las características y necesidades específicas de cada región. Se enfatiza la coordinación entre las políticas y planes de desarrollo turístico de las regiones y entidades territoriales con la política nacional en materia turística. Las entidades territoriales deben impulsar la participación y consulta de diversos actores del sector turístico, como autoridades locales, gremios, empresarios, comunidades y organizaciones de la sociedad civil. Esto se realizará en la formulación y actualización de los Planes Sectoriales de Desarrollo a nivel departamental, distrital y municipal, así como en la toma de decisiones relacionadas con la política y planificación del turismo. Se deberán establecer mecanismos específicos para recoger visiones, necesidades y propuestas con el fin de fortalecer la
departamental, distrital y municipal, así como en la toma de decisiones relacionadas con la política y planificación del turismo. Se deberán establecer mecanismos específicos para recoger visiones, necesidades y propuestas con el fin de fortalecer la legitimidad, pertinencia y efectividad de la política y planeación del turismo. Objetivos de Planificación Territorial Los principales objetivos de la planificación territorial son: a) Establecer políticas para el desarrollo turístico sostenible, regenerativo, equitativo y ordenado.
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915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023 Informe>> www.camacol.co Jurídico Nacional 4 P-F06-PEJ-01 V.15 b) Promover la participación de comunidades y actores turísticos en decisiones de planificación. c) Definir estrategias para la protección y gestión sostenible del medio ambiente y patrimonio cultural. d) Fomentar la competitividad y promoción turística mediante mejoras en infraestructura, formación de talento humano y desarrollo de productos turísticos. e) Fortalecer la gestión integral e innovación de destinos, aumentando la competitividad de la oferta turística. f) Impulsar el turismo doméstico y receptivo mediante la promoción de productos turísticos en los territorios respectivos. Instrumentos de planificación turística territorial Las entidades territoriales podrán llevar a cabo la planificación turística territorial, mediante los siguientes mecanismos: a) Planes sectoriales de desarrollo regionales, departamentales, distritales y municipales: Corresponde a los departamentos, a las regiones, a los distritos y municipios, la elaboración de planes sectosiguientes mecanismos: a) Planes sectoriales de desarrollo regionales, departamentales, distritales y municipales: Corresponde a los departamentos, a las regiones, a los distritos y municipios, la elaboración de planes sectoriales de desarrollo turístico en su respectiva jurisdicción, con fundamento en Ley 17 de la Ley 300 de 1996. Estos planes son documentos fundamentales que establecen políticas, estrategias, objetivos y acciones para promover el desarrollo turístico sostenible en sus respectivas jurisdicciones. Su contenido abarca aspectos como oferta turística, demanda turística, infraestructura turística, promoción turística, gestión del patrimonio cultural y natural, participación comunitaria, calidad turística, entre otros. El objetivo es crear condiciones propicias para el desarrollo del turismo en los ámbitos social, económico, cultural y ambiental. b) Otros instrumentos: Plan de Ordenamiento Ecoturístico: Instrumento público específico para áreas protegidas con vocación ecoturística, con el objetivo de ordenar, manejar y direccionar actividades recreativas en concordancia con la conservación de valores naturales y culturales. Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP): Instrumento para la planeación y gestión del Patrimonio Cultural de la Nación, estableciendo acciones necesarias para garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de bienes culturales, conforme a normativas específicas.
Plan de Vida Indígena: Instrumento de planeación para pueblos indígenas, en conformidad con su ley de origen, derecho mayor o derecho propio, según lo establecido en el Decreto 1953 de 2014.
normativas específicas.
Plan de Vida Indígena: Instrumento de planeación para pueblos indígenas, en conformidad con su ley de origen, derecho mayor o derecho propio, según lo establecido en el Decreto 1953 de 2014.
Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA): Instrumento para la planeación del uso coordinado del suelo, aguas, flora y fauna, así como el manejo de la cuenca, con participación de la población local, según el Decreto 1076 de 2015. Informe 915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023 c) Reglamentos de Uso y Gestión Turística del Patrimonio Cultural y Natural: Normativas expedidas por entidades territoriales, estableciendo pautas y regulaciones para la protección, conservación y gestión sostenible del patrimonio cultural y natural, considerando la identificación, valoración, declaratoria, uso, manejo y conservación de bienes y recursos patrimoniales para su aprovechamiento turístico, de acuerdo con el marco legal y reglamentario vigente. d) Programas y Proyectos Turísticos: Acciones concretas que se desarrollan en el territorio para la implementación de políticas y estrategias establecidas en los instrumentos de planificación, enfocándose en infraestructura turística, competitividad y promoción turística, con el fin de fortalecer el sector turismo. Los instrumentos de planificación turística territorial deben desarrollarse considerando los determinantes del ordenamiento territorial y su orden de prevalen-www.camacol.co Jurídico Nacional 5 P-F06-PEJ-01 V.15 cia. También se establece que el alcance de algunos instrumentos, específicamente PEMP y POMCA en lo
deben desarrollarse considerando los determinantes del ordenamiento territorial y su orden de prevalen-www.camacol.co Jurídico Nacional 5 P-F06-PEJ-01 V.15 cia. También se establece que el alcance de algunos instrumentos, específicamente PEMP y POMCA en lo que se refiere a la planeación y descentralización del turismo, se entenderá conforme a lo señalado por las normas que los reglamentan. Implementación y seguimiento Será responsabilidad de las autoridades de turismo de cada entidad territorial. Se destaca la importancia de la coordinación con otras autoridades y actores relevantes, para evaluar el progreso del turismo y realizar ajustes en la planificación, las Entidades Territoriales establecerán un sistema de seguimiento y evaluación. Incentivos y estímulos Las entidades territoriales tienen la capacidad de ofrecer reconocimientos y estímulos para incentivar el cumplimiento de las políticas y estrategias de los instrumentos de planificación territorial. Asimismo, resalta la participación del sector privado y la sociedad civil en el desarrollo turístico sostenible del territorio. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Fondo Nacional de Turismo y dentro del marco legal vigente, puede gestionar estos incentivos. Programas de asistencia técnica y asesoría El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo creará programas de asistencia técnica y asesoría para las entidades territoriales en materia turística. Estos programas buscaran promover el desarrollo turístico en todo el país, asegurando la coordinación entre diferentes entidades y niveles de gobierno. El enfoque está en la descentralización administrativa y el ejercicio de competencias territoriales en turismo. Informe 915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023
en todo el país, asegurando la coordinación entre diferentes entidades y niveles de gobierno. El enfoque está en la descentralización administrativa y el ejercicio de competencias territoriales en turismo. Informe 915 Desde el 23 al 29 de noviembre de 2023
Foto: Freepik.esEl Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio anunció el lanzamiento del programa
“100 Ciudades”.
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COMUNICADO DE PRENSA. MINISTERIO DE
VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.
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SABÍAS QUE… Lorem ipsum Lorem ipsum
Foto: Freepik.es La ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Catalina Velasco Campuzano, anunció el programa "100
Ciudades" como parte de la política de vivienda social del Gobierno Nacional. Este programa tendrá como objetivo aprovechar la infraestructura existente en las ciudades, como vías, espacio público y redes, para habilitar vivienda social en edificaciones ya construidas. La ministra destacó la colaboración con gobernadores y alcaldes en proyectos de revitalización urbana, con inversiones en infraestructura y subsidios en zonas de renovación, donde el límite de la vivienda de interés social es de 175 salarios mínimos. Se enfatizó en la importancia de permitir el acceso a viviendas en zonas urbanas con mejores oportunidades laborales. La Ministra subrayó el papel crucial del sector de vivienda como impulsor de la economía y estableció la meta de entregar más de 200.000 subsidios bajo el programa "Mi Casa Ya" en los cuatro años de la admilaborales. La Ministra subrayó el papel crucial del sector de vivienda como impulsor de la economía y estableció la meta de entregar más de 200.000 subsidios bajo el programa "Mi Casa Ya" en los cuatro años de la administración.El FNA planea convertir a 24,447 afiliados en propietarios de vivienda y fortalecer el crédito constructor para el 2024.
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COMUNICADO DE PRENSA. FONDO NACIONAL DE
AHORRO. (DESCARGA DOCUMENTO).
Lorem ipsum Lorem ipsum Foto: Freepik.es El Fondo Nacional del Ahorro tiene como objetivo principal convertirse en el mayor banco hipotecario de Colombia con las tasas de interés más bajas. Para el año 2024, planea convertir a 24,447 afiliados en propietarios de vivienda y financiar viviendas por un valor de $2.3 billones. Se enfocará en fortalecer la línea de créditos 'Tasa Preferencial +0%' para facilitar el acceso a la banca a personas con ingresos bajos.
Además, seguirá aprobando créditos con cuotas mensuales de $232,000, beneficiando a aquellos con ingresos de hasta dos salarios mínimos. El FNA también buscará fortalecer su portafolio con el 'Crédito Constructor. En 2023, la utilidad neta del Fondo fue de $426,445 millones, un aumento del 105% respecto a
2022. La Presidenta del FNA, destacó estos resultados y reafirmó el compromiso de brindar oportunidades de acceso a créditos para vivienda. En 2024, el
$426,445 millones, un aumento del 105% respecto a
2022. La Presidenta del FNA, destacó estos resultados y reafirmó el compromiso de brindar oportunidades de acceso a créditos para vivienda. En 2024, el Fondo continuará su plan para ser el principal banco hipotecario del país con tasas de interés competitivas.www.camacol.co
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Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega
Investigadores
Jurídicos: Giselle Stephany Chapar ro
Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda
Diagramación: Karen Yulieth Moreno Manual de Marca La Cámara Colombiana de la Construcción procura que los datos suministrados en la serie titulada “Informe Jurídico”, publicada en su página web y/o divulgada por medios electrónicos, mantengan altos estándares de calidad. Sin embargo, no asume responsabilidad alguna desde el punto de vista legal o de cualquier otra índole, por la integridad, veracidad, exactitud, oportunidad, actualización, conveniencia, contenido y/o usos que se den a la información y a los documentos que aquí se presentan.
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