CAMACOL - INFORME JURÍDICO 918
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURÍDICO 918
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
P-F06-PEJ-01 V.15
Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Circular 0023-4 de 2023. Departamento Nacional de Planeación.
P-F06-PEJ-01 V.15
Se dará inicio a la asignaciones de los subsidios de vivienda del programa Mi Casa Ya para el 2024. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 4 Comunicado de prensa. Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. Circular 0001 de 2024. Fondo Nacional de Vivienda. Modificación al procedimientos para la postulación, asignación, aplicación y cobro del subsidio de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya. Informe Jurídico Nacional 918 Desde el 11 al 17 de enero de 2024. Transición del Kit de Planeación Territorial -KPTal nuevo Sistema de Planeación Territorial -SisPTen entidades territoriales. Manual de Marcawww.camacol.co Jurídico Nacional 2 Transición del Kit de Planeación Territorial -KPTal nuevo Sistema de Planeación TerritorialSisPTen entidades territoriales.
CIRCULAR 0023-4 DE 2023. DEPARTAMENTO
NACIONAL DE PLANEACIÓN.
NORMATIVIDAD VIGENTE La Subdirección de Planeación Territorial del Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió la Circular 0023-4 de 2023 dirigida a las Secretarias de Planeación de entidades territoriales y equipos encargados de la formulación, implementación y seguimiento de los planes de desarrollo territorial, con el objetivo de brindar orientación frente a la transición del Kit de Planeación Territorial (KPT) al nuevo
Planeación de entidades territoriales y equipos encargados de la formulación, implementación y seguimiento de los planes de desarrollo territorial, con el objetivo de brindar orientación frente a la transición del Kit de Planeación Territorial (KPT) al nuevo Sistema de Planeación Territorial (SisPT) en entidades territoriales. Estas directrices buscan facilitar el proceso de cambio, en concordancia con las funciones del DNP, respecto a la preparación, seguimiento y evaluación de políticas y proyectos del sector público, así como el diseño de metodologías para analizar la gestión de entidades territoriales. El -SisPTproporcionará insumos, orientaciones, documentos conceptuales y facilitará la carga de grandes volúmenes de información, lo cual permitirá el seguimiento mediante tableros de control y reducirá la cantidad de informes requeridos por las entidades territoriales. Así las cosas, la Circular 0023-4 de 2023 define entre otros aspectos, las siguiente consideraciones:
1. Reporte en el KPT del Cumplimiento de los Planes de Desarrollo Territoriales Vigentes. • La plataforma KPT desempeña un papel vital en el monitoreo y registro del grado de cumplimiento de los actuales Planes de Desarrollo Territoriales (PDT). • En concordancia con la Circular 14-4, emitida en julio de 2023 y publicada en la plataforma KPT, se establece como fecha límite para la presentación de informes sobre el avance de los PDT el 31 de enero de 2024.
- Durante el mes de diciembre de 2023, se emitió un llamado a los gobiernos territoriales salientes, instándolos a suministrar información detallada acerca del cumplimiento de sus respectivos PDT antes del 31 de diciembre de 2023, utilizando la plataforma KPT. Lo anterior, con el objeto de facilitar
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>> Informe Desde el 11 al 17 de enero de 2024. 918www.camacol.co Jurídico Nacional 3 a los nuevos gobiernos territoriale s la actualización, únicamente cuando sea necesario, de la información proporcionada por sus antecesores. • En los casos en que no se haya presentado el informe o se requiera una actualización adicional, se insta a los nuevos gobiernos territoriales a llevar a cabo dicho reporte en la plataforma KPT.
2. Formulación y seguimiento en SisPT de los nuevos Planes de Desarrollo Territorial 2024-2027. • Iniciando las primeras semanas de enero de 2024, la puesta en marcha del Sistema de Planeación Territorial (SisPT) marcará un cambio en la gestión de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT) para los nuevos gobiernos locales. Esta transición estratégica representa un paso crucial hacia la modernización y mejora en la formulación y seguimiento de los PDT durante el periodo 2024-2027. • La plataforma SisPT remplazara a la plataforma KPT, siendo la herramienta central para elaborar y reportar el progreso de los nuevos PDT. Este cambio
implica una metodología más específica, organizada en módulos como Gestión de Usuarios, Planeación Estratégica, Plan Plurianual de Inversiones, y un Capí- tulo Independiente de Regalías vinculado al Sistema General de Regalías. • La solicitud de acceso a SisPT debe realizarse a través de la plataforma oficial (https://sispt.dnp.gov.co/), utilizando el correo institucional de la entidad territorial como clave. La implementación de este nuevo sistema busca optimizar la planificación estratégica y la gestión de inversiones en el próximo ciclo de desarrollo territorial, ofreciendo a los gobiernos locales una herramienta integral y eficaz adaptada a las necesidades actuales.
3. Asistencia Técnica durante la Transición a SisPT • En el proceso de transición al Sistema de Planeación Territorial (SisPT), la Subdirección de Planeación Territorial prestara un servicio integral de Asistencia Técnica. A través de la mesa de ayuda y estrategias de llegada a los territorios, esto proporcionará a las entidades territoriales capacitación, asesoramiento y soluciones para la plataforma SisPT, así como responde dudas en la formulación y seguimiento de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT).
Este apoyo busca facilitar una transición fluida y maximizar el aprovechamiento de la innovadora plataforma SisPT. • La mesa de ayuda estará disponible en enero de 2024, de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm, a través de kpt@dnp.gov.co (para gobiernos salientes)
y planeacionterritorial@dnp.gov.co (para nuevos gobiernos). A partir de febrero, todas las solicitudes se gestionarán exclusivamente a través de planeacionterritorial@dnp.gov.co, abordando asignación de usuarios, problemas tecnológicos y formulación de planes de desarrollo territorial. • Además de la mesa de ayuda, el DNP llevará a cabo la Estrategia de Llegada a Territorio, brindando capacitación directa a cada entidad sobre el eficiente uso del nuevo SisPT y la formulación de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT). Para consultar las fechas de capacitación en el siguiente enlace: https://sispt.dnp.gov.co/
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918www.camacol.co Jurídico Nacional 4 Modificación al procedimiento para la postulación, asignación, aplicación y cobro del subsidio de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya.
CIRCULAR 0001 DE 2024. FONDO NACIONAL DE
VIVIENDA.
Con la expedición de la Circular 0001 de 2024, el Fondo Nacional de Vivienda -Fonviviendaprocedió con la modificación del numeral 2.2 de la sección 2 de la Circular 0003 de 2023, por medio de la cual se estableció el procedimiento para la postulación, asignación, aplicación y cobro de los subsidios familiares de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya. En concordancia con lo anterior, se tiene que la enunciada Circular 0001 de 2024, se encuentra dirigida a establecimientos de crédito, entidades de economía solidaria y cajas de compensación familiar constructores y/o vendedores de vivienda de interés social hogares beneficiarios o interesados en acceder al
ciada Circular 0001 de 2024, se encuentra dirigida a establecimientos de crédito, entidades de economía solidaria y cajas de compensación familiar constructores y/o vendedores de vivienda de interés social hogares beneficiarios o interesados en acceder al subsidio familiar de vivienda en el marco del programa Mi Casa Ya. Así las cosas, se establece entre otros aspectos, lo siguiente: El establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o Caja de Compensación Familiar debe cargar, en la plataforma que dispone el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, los siguientes documentos: a) Avalúo del inmueble, donde se verifica como mínimo: • El nombre completo, tipo de documento y documento de identificación del tomador del crédito (la información consignada debe coincidir con la registrada en la postulación al programa). • El porcentaje de avance de Obra, donde se verifique que la vivienda tiene un avance igual o superior al 70%. • Que el uso del suelo sea vivienda o residencial. • Que la ubicación y el nombre del proyecto corresponda con lo registrado en la plataforma. • Que el tipo de vivienda (VIS / VIP) corresponda con lo registrado en la plataforma. • Que el tipo de suelo donde se va a desarrollar el proyecto (rural / urbano) corresponda con lo registrado en la plataforma.
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918 Desde el 11 al 17 de enero de 2024. Informe >>www.camacol.co Jurídico Nacional 5 • Que el documento se encuentre debidamente suscrito por un avaluador, registrado para tal fin. • Que el avalúo esté vigente. • Las demás que se requieran. b) Carta de aprobación del crédito hipotecario o
Jurídico Nacional 5 • Que el documento se encuentre debidamente suscrito por un avaluador, registrado para tal fin. • Que el avalúo esté vigente. • Las demás que se requieran. b) Carta de aprobación del crédito hipotecario o leasing habitacional, que incluya el nombre completo, tipo y número de identificación del tomador del crédito y periodo de vigencia de la aprobación. • Una vez surtido el proceso anteriormente descrito, el estado del hogar cambia a "Solicitante". Finalmente, se suspende la aplicación de los criterios de priorización hasta el primer semestre de 2025, conforme a la Resolución 1227 del 12 de diciembre de 2023. El cambio de estado a "Solicitante-cumple" dependerá del cumplimiento de requisitos y la disponibilidad de cupos y las demás disposiciones contenidas en la Circular 003 de 2023 se mantienen vigentes.
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918Se dará inicio a la asignaciones de los subsidios de vivienda del programa Mi Casa Ya para el 2024. www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 918 Desde el 11 al 17 de enero de 2024. 6
P-F06-PEJ-01 V.15
SABÍAS QUE… Lorem ipsum
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COMUNICADO DE PRENSA. MINISTERIO DE VIVIENDA
CIUDAD Y TERRITORIO. (DESCARGA DOCUMENTO).
Lorem ipsum La Ministra de Vivienda, Catalina Velasco Campuzano, anunció el inicio de asignaciones del programa nacional Mi Casa Ya, con el objetivo de entregar 50,000 subsidios este año. Destacó la mejora al reducir el porcentaje de obra requerido en la valuación del
no, anunció el inicio de asignaciones del programa nacional Mi Casa Ya, con el objetivo de entregar 50,000 subsidios este año. Destacó la mejora al reducir el porcentaje de obra requerido en la valuación del inmueble de 85% a 70%, beneficiando a hogares y constructores. A partir del 22 de enero de 2024, las entidades financieras podrán cargar la documentación para solicitar la asignación, y la primera resolución se emitirá el 2 de febrero. La asignación de subsidios iniciará con la disponibilidad de 1,700 cupos habilitados semanalmente. El programa ofrece subsidios a la cuota inicial, equivalentes a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) para hogares clasificados entre los subgrupos A1 y C8 de Sisbén IV, es decir, $39 millones. Para hogares entre C9 y D20, el subsidio es de 20 SMMLV, equivalente a $26 millones. Adicionalmente, se otorgan coberturas adicionales para viviendas de interés prioritario (VIP) y viviendas de interés social (VIS) sobre el crédito o el contrato de leasing habitacional, hasta por 7 años. Requisitos para aplicar al programa: Seleccionar la vivienda VIS o VIP. Iniciar el proceso en el establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria. Validar requisitos en la plataforma del programa, incluyendo Sisbén IV (hasta D20), no ser propietario y no haber recibido subsidio previo. Gestionar crédito hipotecario o leasing habitacional si se cumplen los requisitos. La entidad carga la documentación en minvivienda.gov.co. Además, se introduce un nuevo sistema de preasignaciones que permite a las familias incorporar el subsiGestionar crédito hipotecario o leasing habitacional si se cumplen los requisitos. La entidad carga la documentación en minvivienda.gov.co. Además, se introduce un nuevo sistema de preasignaciones que permite a las familias incorporar el subsidio en el plan de pagos de su vivienda. Este mecanismo aporta certeza al negocio inmobiliario, facilita el acceso al crédito hipotecario y constructor, y estimula la iniciación de nuevos proyectos de vivienda.www.camacol.co Jurídico Nacional 7
P-F06-PEJ-01 V.15
Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega Investigadores
Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro
Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda
Diagramación: Karen Yulieth Moreno Manual de Marca La Cámara Colombiana de la Construcción procura que los datos suministrados en la serie titulada “Informe Jurídico”, publicada en su página web y/o divulgada por medios electrónicos, mantengan altos estándares de calidad. Sin embargo, no asume responsabilidad alguna desde el punto de vista legal o de cualquier otra índole, por la integridad, veracidad, exactitud, oportunidad, actualización, conveniencia, contenido y/o usos que se den a la información y a los documentos que aquí se presentan.
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