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CAMACOL - INFORME JURÍDICO 919

Cámara colombiana de la construcción

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Detalles

Título
CAMACOL - INFORME JURÍDICO 919
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año

P-F06-PEJ-01 V.15

Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Resolución 102591 de 2023. Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-.

P-F06-PEJ-01 V.15

Existirán 23 nuevas estaciones para la red geodésica del país que apoyarán el proceso de catastro multipropósito. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 5 Comunicado de Prensa. Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC. Acuerdo 05 de 2023. Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. La Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía fija el valor de los subsidios de vivienda para el 2024. Informe Jurídico Nacional 919 Del 18 al 24 de enero de 2024 Lineamientos para la adjudicación y seguimiento en los desembolsos de apoyo de sostenimiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción - FIC. Manual de Marcawww.camacol.co Jurídico Nacional 2

RESOLUCIÓN 102591 DE 2023 SERVICIO NACIONAL

DE APRENDIZAJE -SENA

NORMATIVIDAD VIGENTE Mediante la Resolución 102591 de 2023, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENAmodificó la Resolución 2140 de 2021 en la cual establece los lineamientos y requisitos para la adjudicación y distribución de los apoyos de sostenimiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC. En este sentido, se establece que, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo en coordinación con la Dirección de Formación

los apoyos de sostenimiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción – FIC. En este sentido, se establece que, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo en coordinación con la Dirección de Formación Profesional del SENA presentará al Director General la propuesta de distribución del presupuesto del FIC para cada vigencia fiscal. Una vez expedida la resolución de la respectiva vigencia, se debera asignar los recursos del FIC a los Centro de Formación Profesional Integral para financiar las siguientes actividades: Atender el pago de los apoyos de sostenimiento para programas FIC que corresponda a los aprendices que reciben formación en los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción. Financiar las actividades enmarcadas en el Plan Nacional de Bienestar al Aprendiz de acuerdo con lo establecido por la Dirección de Formación Profesional en los procedimientos y documentos asociados y conforme al presupuesto disponible. Financiar la creación, desarrollo, revisión y actualización de los programas de formación profesional integral, relacionados con los oficios y ocupaciones de la Industria de la Construcción. Financiar la compra de materiales de formación para el desarrollo de los programas de formación profesional integral relacionados con los oficios y ocupaciones de la Industria de la Construcción. Apoyar la ejecución de los programas de formación profesional en los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción, a través de la contratación de instructores y de personal de apoyo que deben estar acorde con los diseños curriculares y las tendencias de la industria.

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a través de la contratación de instructores y de personal de apoyo que deben estar acorde con los diseños curriculares y las tendencias de la industria.

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>> Informe Del 18 al 24 de enero de 2024 919 Lineamientos para la adju-dicación y seguimiento en los desembolso de apoyos de sostenimiento del Fondo Nacional de Formación Pro-fesional de la Industria de la Construcción - FIC.www.camacol.co Jurídico Nacional 3

Financiar las giras técnicas para los programas de formación profesional integral relacionados con los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción de acuerdo con los lineamientos adoptados en el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol SIGA. Financiar el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de bienes muebles, enseres, maquinaria, equipo, transporte y software usados en el proceso formativo de los programas relacionados con el sector de la Industria de la Construcción, lo cual incluye gastos de reparación y compra de repuestos para máquinas, equipos o herramientas de propiedad del SENA o asignados por convenios a la entidad, o por medio de proyectos de Innovación e investigación I+D+i. Comprar o alquiler de maquinaria, equipos, software, plataformas y herramientas tecnológicas de aprendizaje que se requieran para el desarrollo de programas de formación presencial, virtual y distancia y/o proyectos formativos, así como el transporte de los residuos de construcción o demolición. Comprar elementos de protección personal (EPP) para los aprendices de programas de formación profesional integral relacionados con los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción, de acuerdo con los lineamientos

de los residuos de construcción o demolición. Comprar elementos de protección personal (EPP) para los aprendices de programas de formación profesional integral relacionados con los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción, de acuerdo con los lineamientos vigentes y conforme al presupuesto disponible. Financiar proyectos de adecuación o construcción de ambientes de formación y de áreas de apoyo a la formación profesional integral, para garantizar la calidad y pertinencia de los programas de formación profesional relacionados con los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción impartidos en los diferentes centros de la formación del SENA. Pago de ARL de los trabajadores independientes adscritos a la entidad con riesgo IV y V requeridos para la ejecución de los programas formación profesional relacionados con los diversos oficios y ocupaciones relacionados con la Industria de la Construcción la construcción. Financiar con recursos FIC el pago de ARL para los aprendices que realicen la etapa productiva en los diferentes riesgos que pertenezcan a los programas relacionados a las Industria de la Construcción. Financiar la adquisición de los recursos tecnológicos y demás bienes que requieran los ambientes de formación y los aprendices para el proceso formativo de los programas de formación de la Industria de la Construcción. Realizar seguimiento a la empleabilidad de los aprendices formados con recursos del FIC con el fin de orientar la inversión y analizar el impacto generado con los programas. Adicionalmente, durante el tercer trimestre de cada vigencia fiscal la Dirección de Formación deberá presentar al Comité Asesor Nacional del FIC, un mapa de necesidades de formación priorizadas de

do con los programas. Adicionalmente, durante el tercer trimestre de cada vigencia fiscal la Dirección de Formación deberá presentar al Comité Asesor Nacional del FIC, un mapa de necesidades de formación priorizadas de los Centros de Formación, teniendo en cuenta la actividad edificadora de cada región, será la base para la elaboración de la propuesta de distribución del presupuesto del FIC para cada vigencia fiscal. Así mismo, la distribución del presupuesto del FIC para cada vigencia fiscal, así como los informes de planeación, presupuesto, desarrollo, evaluación y control del FIC, deberán presentarse al Comité Nacional del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción - FIC, antes de ser presentado al director general. El comité asesor nacional en el marco de sus funciones analizará los informes y presentará sus recomendaciones. Sin perjuicio de lo anterior, para la selección del apoyo de sostenimiento de los programas FIC deberá cumplir con los siguientes requisitos: Estar matriculado y en estado “en formación” en uno de los programas del sector de la Industria de la Informe Del 18 al 24 de enero de 2024 919 >>www.camacol.co Jurídico Nacional 4

Construcción, en la modalidad presencial, virtual o a distancia. No poseer contrato laboral, ni contrato de prestación de servicios. No tener contrato de aprendizaje vigente. No tener condicionamiento de matrícula vigente de acuerdo con el Reglamento al Aprendiz. No tener apoyo de sostenimiento regular o FIC vigente. No ser beneficiario de apoyos del Programa Jóvenes en Acción (o el que lo modifique) asignados por Prosperidad Social.

de acuerdo con el Reglamento al Aprendiz. No tener apoyo de sostenimiento regular o FIC vigente. No ser beneficiario de apoyos del Programa Jóvenes en Acción (o el que lo modifique) asignados por Prosperidad Social. Encontrarse en estado formación y que hayan transcurrido treinta (30) días calendario a partir de la matrícula, previa disponibilidad de los recursos presupuestales en los Centros de Formación Profesional. No ser beneficiario de apoyo de alimentación temporal o ración alimentaria entregada por el SENA. La aplicación de la Resolución 102591 de 2023, procederá una vez el SENA proceda gradualmente a realizar los requerimientos y actualizaciones para el trámite de adjudicación de los apoyos de sostenimiento FIC en el aplicativo Sofia Plus por parte de la Oficina de Sistemas. Durante el tiempo de la implementación, los Centros de Formación deberán continuar el proceso de adjudicación para los beneficiarios acorde a lo establecido en la Guía GFPI-G-007 o la que la modifique, establecida en el aplicativo Compromiso. Informe Del 18 al 24 de enero de 2024 919

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Jurídico Nacional 5

ACUERDO 05 DE 2023. CAJA PROMOTORA DE VIVIENDA

MILITAR Y DE POLICÍA.

La Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía mediante el acuerdo 05 de 2023 estableció el valor de los subsidios de vivienda vigencia fiscal 2024 para las categorías Oficial, Suboficial/Nivel Ejecutivo y Soldado Profesional/Agente, en los siguientes términos :

mediante el acuerdo 05 de 2023 estableció el valor de los subsidios de vivienda vigencia fiscal 2024 para las categorías Oficial, Suboficial/Nivel Ejecutivo y Soldado Profesional/Agente, en los siguientes términos :

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919 Del 18 al 24 de enero de 2024 Informe La Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía establece el valor de los subsidios de vivienda para el 2024. Categoría Oficial $121.011.200 + 1 SMLMV de 2024 Suboficial/Nivel Ejecutivo $121.011.200 + 1 SMLMV de 2024 Soldado Profesional/ Agente 41 SMLMV de 2024 Valor subsidio vivienda 2024 Por otra parte, la entidad establecerá el valor de los subsidios 2024 teniendo en cuenta el valor base de los subsidios 2023, para las categorías Oficial y Suboficial/Nivel Ejecutivo, y, el incremento del salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional en el 2024, para la categoría Soldado Profesional. Para la categoría Agente se mantendrá en 41 SMLMV. Las disposiciones contenidas en el Acuerdo regirán para los afiliados que cumplen la cuota 168 de ahorro mensual obligatorio a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 919 Del 18 al 24 de enero de 2024 6

P-F06-PEJ-01 V.15

SABÍAS QUE…

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COMUNICADO DE PRENSA. INSTITUTO GEOGRÁFICO

AGUSTÍN CODAZZI – IGAC. (DESCARGA DOCUMENTO).

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SABÍAS QUE…

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COMUNICADO DE PRENSA. INSTITUTO GEOGRÁFICO

AGUSTÍN CODAZZI – IGAC. (DESCARGA DOCUMENTO).

Lorem ipsum El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC adquirió 23 nuevas estaciones geodésicas GNSS permanentes – CORS que permitirán continuar con la densificación de puntos de red geodésica nacional para el territorio nacional y respaldar los procesos de catastro multipropósito que se viene gestando a través del Plan Nacional de Geodesia. Estas nuevas estaciones, se instalarán a lo largo del país durante el primer trimestre del 2024. Siendo autónomas en energía y transmisión de datos, encontrándose conectadas al Centro de Control Geodésico Nacional, siendo parte de la Red Geodésica Activa. Las estaciones CORS, permiten calcular a través de los datos suministrados las dimensiones, distancias, ubicación, áreas y demás características del territorio, información base para toma de decisiones en planificación urbana, catastro multipropósito, gestión del riesgo, ordenamiento territorial, ordenación de cuencas hidrográficas, entre muchos usos más. El subdirector de Cartografía y Geodesia del IGAC, Carlos Franco, sobre el particular, destacó que actualmente Colombia cuenta con el 67% de estas estaciones a lo largo del país, y tienen por objetivo adquirir 300 más, con el fin de que las entidades del territorio nacional puedan adelantar los diferentes procesos de planeación y ordenamiento territorial. Existirán 23 nuevas estaciones para la red geodé- sica del país que apoyarán el proceso de catastro multipropósito.www.camacol.co

nacional puedan adelantar los diferentes procesos de planeación y ordenamiento territorial. Existirán 23 nuevas estaciones para la red geodé- sica del país que apoyarán el proceso de catastro multipropósito.www.camacol.co Jurídico Nacional 10

P-F06-PEJ-01 V.15

Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega Investigadores

Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro

Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda

Diagramación: Karen Yulieth Moreno Manual de Marca La Cámara Colombiana de la Construcción procura que los datos suministrados en la serie titulada “Informe Jurídico”, publicada en su página web y/o divulgada por medios electrónicos, mantengan altos estándares de calidad. Sin embargo, no asume responsabilidad alguna desde el punto de vista legal o de cualquier otra índole, por la integridad, veracidad, exactitud, oportunidad, actualización, conveniencia, contenido y/o usos que se den a la información y a los documentos que aquí se presentan.

La Cámara Colombiana de la Construcción tampoco asume responsabilidad alguna por omisiones de información o por errores en la misma, en particular por las discrepancias que pudieran encontrarse entre la versión electrónica de la información publicada y su fuente original. La Cámara Colombiana de la Construcción no proporciona ningún tipo de asesoría. Por tanto, la información publicada no puede considerarse como una recomendación para la realización de operaciones de construcción, comercio, ahorro, inversión, ni para ningún otro efecto. Los vínculos a otros sitios web se establecen para facilitar la

no puede considerarse como una recomendación para la realización de operaciones de construcción, comercio, ahorro, inversión, ni para ningún otro efecto. Los vínculos a otros sitios web se establecen para facilitar la navegación y consulta, pero no implican la aprobación ni responsabilidad alguna por parte de la Cámara Colombiana de la Construcción, sobre la información contenida en ellos. En consideración de lo anterior, la Cámara Colombiana de la Construcción por ningún concepto será responsable por el contenido, forma, desempeño, información, falla o anomalía que pueda presentarse, ni por los productos y/o servicios ofrecidos en los sitios web con los cuales se haya establecido un enlace. Se autoriza la reproducción total o parcial de la información contenida en esta página web o documento, siempre y cuando se mencione la fuente. Del 18 al 24 de enero de 2024 919 8 Informe

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