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CAMACOL - INFORME JURIDICO 925 MARZO 11 DE 2024-

Cámara colombiana de la construcción

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Título
CAMACOL - INFORME JURIDICO 925 MARZO 11 DE 2024-
Autor
Cámara colombiana de la construcción
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2024

www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 1

P-F06-PEJ-01 V.15

Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Decreto 0263 de 2024. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 6Pág. 4

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Comunicado de Prensa. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. El Ministerio de Comercio y Bancóldex anunciaron la implementación de líneas de crédito para la reactivación de las MiPymes Manual de Marca Circular No. 0003 de 2024. Fondo Nacional de Vivienda. Convocatoria del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento dirigida a Entidades Territoriales y ESAL “Cambia Mi Casa” Nueva línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a vivienda VIS y VIP .www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 2

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Nueva línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a vivienda VIS y VIP

DECRETO 0263 DE 2024. MINISTERIO DE HACIENDA

Y CRÉDITO PÚBLICO. (DESCARGA DOCUMENTO).

Mediante Decreto 0263 de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Financiera de Desarrollo Territorial – Findeter para crear una línea de crédito de redescuento con

Mediante Decreto 0263 de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Financiera de Desarrollo Territorial – Findeter para crear una línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a vivienda VIS y VIP para el desarrollo regional (urbano y rural) por un monto correspondiente a un billón de pesos ($1 .000.000.000.000 M/Cte.). NORMATIVIDAD VIGENTE La disponibilidad de recursos estará sujeta a las asignaciones presupuestales establecidas por el Decreto 2295 de 2023, por el cual se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal

2024. Para el año 2025 y siguientes, deberán ser considerados los respectivos recursos en la programación presupuestal para ser incluidas en las siguientes vigencias Presupuesto General de la Nación.

El Decreto 0263 de 2024 estableció los modelos y condiciones financieras en los siguientes terminos:

Foto: Freepik.es

>> Uso Adquisición y autoconstrucción de vivienda nueva Capital de Trabajo en la ejecución de Programas de Mejoramiento de Vivienda VIS y VIP Capital de Trabajo y sustitución de deuda a Constructoras que desarrollen Viviendas VIS y VIP Plazo: Hasta 20 años Hasta 6 meses Hasta 5 años Periodo de gracia N/A N/A Hasta 1 año de gracia a capitalwww.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 3

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Uso Adquisición y autoconstrucción de vivienda nueva Capital de Trabajo en la ejecución de Programas de Mejoramiento de

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Uso Adquisición y autoconstrucción de vivienda nueva Capital de Trabajo en la ejecución de Programas de Mejoramiento de Vivienda VIS y VIP Capital de Trabajo y sustitución de deuda a Constructoras que desarrollen Viviendas VIS y VIP Tasa de Interés Tasa fija 6,3% E. A Tasa fija 6,3% E. A IBR3% M. V Para proyectos en: Para municipios 3,4,5 y 6 Departamentos 3 y 4 Distritos 3,4,5 y 6 IBR -2,5 % M.V Para proyectos en Distritos especiales 1 y 2. Departamentos 1 y 2 Municipios 1y 2. Beneficiarios Personas naturales Organizaciones populares, empresas y otros actores interesados. Constructoras Montos de la Línea de crédito Hasta ($1 .000.000.000.000 M/Cte.) Línea de vigencia Agotar recursos del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio para el mejoramiento de vivienda de interés social y prioritario; y las constructoras que desarrollen viviendas de interés social y prioritario. Los beneficiarios para la línea de financiación de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada serán: las personas naturales, organizaciones populares comunitarias, empresas y otros actores interesados en ejecutar programas gubernamentaleswww.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 4

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Convocatoria del subsidio familiar de

teresados en ejecutar programas gubernamentaleswww.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 4

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Convocatoria del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento dirigida a Entidades Territoriales y ESAL “Cambia Mi Casa”

CIRCULAR NO. 0003 DE 2024. FONDO NACIONAL DE

VIVIENDA. (DESCARGA DOCUMENTO).

Mediante la Circular No. 0003 de 2024, el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDAanunció la convocatoria dirigida a Entidades Territoriales y Entidades Sin Ánimo de Lucro -ESALpara que presenten su manifestación de interés respecto del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento, en el marco del programa “Cambia Mi Casa”, a través del cual se busca; entre otros aspectos, mejorar las condiciones de habitabilidad de la vivienda. Así las cosas, de conformidad con el Decreto 1077 de 2015 y las Resoluciones 0536 de 2020 modificada por la 0725 de 2023, el valor del subsidio en la modalidad de mejoramiento mediante intervenciones para áreas urbanas será de hasta 12 SMMLV y, para áreas rurales de hasta 18 SMMLV. De acuerdo con lo anterior, el esquema asociativo de este programa busca suscribir convenios con entidades donde según su naturaleza, puedan cofinanciar las intervenciones mediante recursos del sector público y privado. De esta manera, el Decreto 1077 de 2015 y las Resoluciones 0536 de 2020 modifidades donde según su naturaleza, puedan cofinanciar las intervenciones mediante recursos del sector público y privado. De esta manera, el Decreto 1077 de 2015 y las Resoluciones 0536 de 2020 modificada por la 0725 de 2023, establecen las distintas modalidades de intervención como: i) locativas, ii) modulares rurales, iii) de acceso a servicios públicos esenciales y/o módulo sanitario, iv) conexiones intradomiciliarias y mejoras estructurales. Para la ejecución de esta modalidad, las entidades territoriales y ESAL, podrán adelantar el mejoramiento de vivienda bajo la cofinanciación por parte de FONVIVIDENDA, a través de la asignación de subsidios familiares de vivienda en la modalidad descrita, mediante la celebración de convenios interadministrativos y convenios de asociación. Así las cosas, mediante la Circular se establece que las enunciadas entidades, que manifiesten su interés mediante comunicación escrita, deberán relacionar entre otros, lo siguiente: Requisitos para ESAL.

1. Informar naturaleza jurídica de la entidad, anexando documentos de existencia y representación legal.

2. Acreditar por la entidad los territorios en que tiene presencia para realizar mejoramientos de vivienda tanto urbano como rural acompañado del listado de municipios a intervenir.

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3. Número aproximado de mejoramiento por municipio y por tipo de suelo, que podría financiar con recursos propios y capacidad operativa con co925

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3. Número aproximado de mejoramiento por municipio y por tipo de suelo, que podría financiar con recursos propios y capacidad operativa con cofinanciación de FONVIVIENDA. Se hará especial prelación a quienes presenten un mínimo de 20% de los mejoramientos en suelo rural.

4. Acreditar la experiencia previa de la entidad en programas de hábitat, tanto de vivienda nueva y/o mejoramiento, obras de infraestructura y otras obras civiles, así como la idoneidad de la entidad.

5. Presentar certificación de revisor fiscal con la disponibilidad de recursos que planea intervenir en los proyectos de mejoramiento de vivienda, de conformidad con el artículo 5 del Decreto 092 de 2017.

6. Se priorizará a las de ESAL que aporten mayor cofinanciación de los mejoramientos.

Requisitos para la entidad territorial.

1. Si es gobernación, informar los municipios en los cuales se ejecutarían los mejoramientos de vivienda.

2. Si es alcaldía, informar las zonas urbanas y rurales en las cuales se ejecutarían los mejoramientos de vivienda.

3. Manifestar si tiene polígonos urbanos o veredas identificadas donde puedan desarrollarse los mejoramientos de vivienda.

4. Informar número aproximado de mejoramientos, por municipio y por tipo de suelo, que podría financiar y capacidad operativa. Se dará especial prelación a quienes presenten un mínimo de 20% de mejoramientos en suelo rural.

5. Comunicar si cuenta con recursos propios, del

Sistema General de Regalías -SGRempréstitos,

nanciar y capacidad operativa. Se dará especial prelación a quienes presenten un mínimo de 20% de mejoramientos en suelo rural.

5. Comunicar si cuenta con recursos propios, del Sistema General de Regalías -SGRempréstitos, donaciones, cooperación nacional e internacional para financiar las actividades del mejoramiento de vivienda a postular durante la vigencia 2024.

Para los entes territoriales, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio -MVCTsolicitara a como mínimo, las siguientes cofinanciaciones: Departamentos categoría Especial, 1 y 2 5 y 6 70% 30% Especial, 1 al 4 50% 50% Departamentos categoría 3 5 y 6 70% 30% Especial, 1 al 4 60% 40% Departamentos categorías 4 Especial, 1 al 6 70% 30% En concordancia con lo anterior, el ente territorial deberá tener en cuenta los siguientes porcentajes: ENTE TERRITORIALCATEGORÍAS Municipios categorías 4 a 6 30% 70% Municipios categoría 3 40% 60% Municipio categorías 1, 2 y Especial 50% 50% Finalmente, las entidades a quienes se dirige la convocatoria deberán presentar la manifestación de interés bajo los parámetros establecidos y, enviar la documentación requerida al correo asociativomc@ minvivienda.gov.co hasta el veinte (20) de marzo de 2024 a las 06:00 p.m. La Circular 0003 de 2023 deja sin efectos a la Circular 2023EE0040710 expedida por el MVCT.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024

2024 a las 06:00 p.m. La Circular 0003 de 2023 deja sin efectos a la Circular 2023EE0040710 expedida por el MVCT.www.camacol.co Informe Jurídico Nacional 925 Del 29 de febrero al 6 de marzo de 2024 6

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El Ministerio de Comercio y Bancóldex anunciaron la implementación de líneas de crédito para la reactivación de las MiPymes

COMUNICADO DE PRENSA. MINISTERIO DE COMERCIO,

INDUSTRIA Y TURISMO. (DESCARGA DOCUMENTO).

El Ministerios de Comercio, Industria y Trismo y Bancóldex, anunciaron el lanzamiento de cuatro lí- neas de crédito con el fin de impulsar el dinamismo MiPymes y la reactivación económica en el mismo. Así mismo, mediante las líneas de crédito apoyarán a las empresas en sus procesos de modernización, adopción de prácticas sostenibles, internacionalización, y el crecimiento de las empresas lideradas por mujeres. Siendo líneas de crédito, las siguientes:

1. Línea Mipymes Competitivas: con $190.000 millones de pesos busca que los beneficiarios puedan invertir en su modernización para aumentar su productividad, así la línea de crédito tendrá plazos ente 2 y hasta 5 años y periodos de gracia de hasta 12 meses.

2. Línea Mujeres Empresarias: con $30.000 millones de pesos las empresas lideradas por mujeres tendrán un plazo de hasta 5 años y periodos de gracia de hasta los 6 meses.

3. Línea Internacionalización para la Productividad: con aproximadamente $60.000 millones de

nes de pesos las empresas lideradas por mujeres tendrán un plazo de hasta 5 años y periodos de gracia de hasta los 6 meses.

3. Línea Internacionalización para la Productividad: con aproximadamente $60.000 millones de pesos, financiará los planes de internacionalización y de posicionamiento de la oferta exportable, en pesos y dólares, con un plazo de hasta 5 años, dependiendo de su tamaño, con periodos de gracia de hasta 12 meses.

4. Línea Sostenible Adelante: con $60.000 millones de pesos, se podrán financiar proyectos relacionados con economía circular, bioeconomía, adaptación y mitigación del cambio climático; y transición energética. Los plazos serán hasta los 5 años, con periodos de gracia de hasta 6 meses.

SABÍAS QUE…

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P-F06-PEJ-01 V.15

Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño

Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Camilo Daza Vega

Investigadores

Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro

Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda

Diagramación: Carlos A. Gómez R.

Manual de Marca

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