CAMACOL - INFORME JURIDICO 937 JUNIO 11 DE 2024-
Cámara colombiana de la construcción
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Detalles
- Título
- CAMACOL - INFORME JURIDICO 937 JUNIO 11 DE 2024-
- Autor
- Cámara colombiana de la construcción
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2024
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P-F06-PEJ-01 V.15
Informe Jurídico Nacional 937 Del 30 de mayo al 5 de junio de 2024 Pág. 2Seguir leyendo INFORMACIÓN JURÍDICA NACIONAL Concepto 1-2024-011748 del 1 de abril de 2024. Consejo Técnico de la Contaduría Pú - blica (CTCP). Seguir leyendo Seguir leyendo Pág. 4Pág. 3
P-F06-PEJ-01 V.15
Comunicado de prensa del 01 de junio de 2024. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) Se reactiva plataforma para registro nacional de reducción de emisiones y remoción de GEI – RENARE Comunicado de prensa del 04 de junio de 2024. Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). Inició el Censo Económico Nacional Urbano (CENU) 2024, operación estadística desarrollada por el Departamento Nacional de Estadística (DANE) Contabilización de los excedentes ocasionados en la propiedad horizontal. Manual de Marcawww.camacol.co Informe Jurídico Nacional 937 Del 30 de mayo al 5 de junio de 2024 2
P-F06-PEJ-01 V.15
Contabilización de los excedentes ocasionados en la propiedad horizontal
CONCEPTO 1-2024-011748 DEL 1 DE ABRIL DE 2024.
CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA
(CTCP). (DESCARGA DOCUMENTO).
de los excedentes ocasionados en la propiedad horizontal
CONCEPTO 1-2024-011748 DEL 1 DE ABRIL DE 2024.
CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA
(CTCP). (DESCARGA DOCUMENTO).
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en sus facultades legales se pronuncia acerca de la contabilización de los excedentes ocasionados en la ejecución del presupuesto en la propiedad horizontal, los cuales son presentados en los estados financieros. Al respecto señala que, los excedentes (resultados acumulados o ganancias retenidas) pueden ser apropiados como reservas y continuar como parte del patrimonio, bien sea por disposición expresa en el reglamento de propiedad horizontal o por autorización de la Asamblea de copropietarios. Así pues, la copropiedad dentro de sus funciones puede aprobar la constitución de reservas con los excedentes que se generan por los recaudos del fondo de imprevistos y por excedentes de otras fuentes, que pueden apropiarse para el mantenimiento, reparación, construcción o fabricación de bienes comunes, esenciales o no esenciales. Sin perjuicio de lo anterior, estas reservas que continúan en el patrimonio, por efecto de la reclasificación de las NORMATIVIDAD VIGENTE ganancias retenidas no necesariamente se encuentran como fondos líquidos, ya que es posible que se tengan resultados acumulados de periodos previos, como por ejemplo; cuando se reconoce la causación de cuentas por cobrar se incrementan los ingresos y así los excedentes, pero no obligatoriamente los flujos de efectivo, toda vez que si los
que se tengan resultados acumulados de periodos previos, como por ejemplo; cuando se reconoce la causación de cuentas por cobrar se incrementan los ingresos y así los excedentes, pero no obligatoriamente los flujos de efectivo, toda vez que si los copropietarios no cancelan de forma oportuna sus cuotas de administración, el recaudo se aplaza para periodos futuros. Así mismo, el Consejo Técnico de la Contaduría Pú- blica (CTCP), precisa que el presupuesto no hace parte de la contabilidad, sino que es empleado más como una herramienta administrativa con el fin de tener un control financiero. No obstante, el presupuesto constituye en sí una proyección futura de los ingresos y gastos necesarios para actividades como el mantenimiento, vigilancia, mejoras y reparaciones de los bienes de la copropiedad, pero en el caso de que las expensas planificadas no se ejecuten durante el período establecido para ello, esto resultaría en un excedente contable al cierre del ejercicio para la copropiedad. Finalmente, se aclara que los excedentes se generan cuando los ingresos superan los gastos de la propiedad horizontal.
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P-F06-PEJ-01 V.15
Inició el Censo Económico Nacional Urbano (CENU) 2024, operación estadística desarrollada por el Departamento Nacional de Estadística (DANE)
COMUNICADO DE PRENSA DEL 04 DE JUNIO DE 2024.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (DAPRE). (DESCARGA DOCUDepartamento Nacional de Estadística (DANE)
COMUNICADO DE PRENSA DEL 04 DE JUNIO DE 2024.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA (DAPRE). (DESCARGA DOCUMENTO).
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) inició el Censo Económico Nacional Urbano (CENU) 2024, que busca recopilar información detallada y actualizada sobre las unidades económicas de sectores clave, información vital para la planificación y desarrollo de políticas públicas con las cuales se fomente el crecimiento y competitividad, conocer el tejido empresarial, y actualizar la información económica del país. De esta manera, serán cinco (05) los principales sectores de la producción que se van a censar, el primero será el sector transporte y, progresivamente, los sectores de producción de industria manufacturera, construcción, comercio y servicios. De acuerdo con la operación logística del CENU, los resultados se obtendrán a través de dos vías, la primera por medio de visitas presenciales y la segunda de manera digital, conforme a siguientes etapas: • Autodiligenciamiento web: Las empresas objeto del censo recibirán vía correo electrónico el formulario CENU para su diligenciamiento.
- Recuento: Personal del DANE se acercará a los establecimientos, viviendas con actividades econó-
micas visibles y vendedores de calle para verificar la ubicación geográfica de las unidades de estudio.
- Barrido: Los censistas del DANE visitarán los establecimientos y vendedores de calle en las cabeceras municipales y centros poblados.
Finalmente, la entidad informó que para garantizar
la ubicación geográfica de las unidades de estudio.
- Barrido: Los censistas del DANE visitarán los establecimientos y vendedores de calle en las cabeceras municipales y centros poblados.
Finalmente, la entidad informó que para garantizar que cada sector reciba la atención adecuada y se cumpla con los estándares de calidad establecidos por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), se iniciará de manera escalonada con la recolección de la información para los sectores económicos de industria manufacturera, construcción, comercio y servicios.
SABÍAS QUE…
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Se reactiva plataforma para registro nacional de reducción de emisiones y remoción de GEI – RENARE
COMUNICADO DE PRENSA DEL 01 DE JUNIO DE 2024.
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADS). (DESCARGA DOCUMENTO).
Mediante comunicado de prensa el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), informa que se reactiva la plataforma tecnológica para el Registro Nacional de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) a partir del dos (2) de junio de 2024, en fase de factibilidad, con el objetivo de que se registren las iniciativas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero – GEI y remoción de GEI, lo que permitirá hacer seguimiento al cumplimiento de metas climáticas en materia de mitigación Así mismo, se informa que transitoriamente la plataforde emisiones de gases de efecto invernadero – GEI y remoción de GEI, lo que permitirá hacer seguimiento al cumplimiento de metas climáticas en materia de mitigación Así mismo, se informa que transitoriamente la plataforma tecnológica estará alojada en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), mientras se desarrolla la migración técnica al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS). En ese sentido, se podrán utilizar los siguientes accesos:
- Para la plataforma RENARE mediante el URL:
https://renare.ideam.gov.co/.
- Para la solicitud de usuarios a través de:
https://renare.ideam.gov.co/ • Para soportes técnicos, cambio de fase, actualización de información, inactivación de plataforma, a través del correo: soporte.renare@ideam.gov.co.
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P-F06-PEJ-01 V.15
Presidente Ejecutivo: Guillermo Herrera Castaño
Directora Jurídica Natalia Robayo Bautista Coordinación de Estudios Jurídicos: Lizeth Díaz Torres Investigadores
Jurídicos: Giselle Stephany Chaparro
Natalia Vanessa García Monica Sierra Avellaneda
Practicante: Estefanía Arroyave
Diagramación: Carlos A. Gómez R.
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