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CAN - Decisión 501

CAN - Comunidad Andina de Naciones

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Detalles

Título
CAN - Decisión 501
Autor
CAN - Comunidad Andina de Naciones
Categoría
Constitucional
Área del derecho
Migratorio
Año

BOLIVIA / COLOMBIA / ECUADOR / PERÚ

NORMAS SOBRE

MIGRACIÓN EN LA COMUNIDAD ANDINA - TEXTO COMPILADO2 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 3odalipmoc otxeTANIDNA

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NORMAS SOBRE

MIGRACIÓN EN LA

COMUNIDAD ANDINA

- TEXTO COMPILADO

NORMAS SOBRE

MIGRACIÓN EN LA

COMUNIDAD ANDINA

Secretaría General de la Comunidad Andina Av. Paseo de la República 3895 San Isidro, Lima - Perú

Teléfono: (511) 710 6400

www.comunidadandina.org Editado por la Secretaría General de la Comunidad Andina Primera Edición - Marzo 2018

Diseño y Diagramación: Lorena Herencia Espinoza

Se terminó de imprimir en marzo de 2018 en: The Box Publicidad S.A.C Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2018-04004 6 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 7odalipmoc otxeTANIDNA

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ERBOS SAMRON PRESENTACIÓN Con mucho agrado tengo a bien presentar este texto, referido Fue la CAN pionera en la creación de la Tarjeta Andina de Migración (TAM) íntegramente a las normas en materia migratoria que rigen al interior a través de la Decisión 397 de 16 de septiembre de 1996, formulario de uso

de la Comunidad Andina, es decir que ostentan la cualidad de normas común en los países de la subregión, que el año 2016 pasó a ser una tarjeta supranacionales, esencia del quehacer jurídico de la CAN desde su electrónica que ha facilitado enormemente el tránsito de personas entre creación, hace casi cincuenta años. los cuatro Países Miembros de nuestra organización. No podía ser más oportuna la publicación en el marco de la Reunión Precisamente en el presente libro se expone el trabajo de los Países Regional sobre Migración y Políticas Migratorias en América Latina y Miembros y de esta Secretaría General en pro de la integración y la El Caribe, organizado conjuntamente por la Secretaría Permanente del construcción de la Ciudadanía Andina y contiene las Decisiones de la SELA (Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe) y la Secretaría CAN en temas tan relevantes como Migración Transfronteriza, Migración General de la CAN. Y es que el incremento de la migración en nuestra Laboral, Pasaporte Andino y la validez de los documentos de identificación aldea global se ha convertido en un tema prioritario en la agenda pública nacional para circular al interior de los países andinos (beneficio que hoy de muchos países. Latinoamérica y El Caribe no son lo excepción. Y en la llega prácticamente a todos en el continente suramericano). Comunidad Andina las estadísticas muestran un constante incremento de las migraciones, tanto al interior como al exterior de la subregión. Valga como acotación que el Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM) compuesto por funcionarios de alto nivel de Colombia, Ecuador,

Sólo las políticas que tiendan a una migración con márgenes de seguridad, Perú y Bolivia viene trabajando un proyecto de Estatuto Migratorio Andino, ordenada y regulada generan flujos migratorios con impactos positivos norma que de ser aprobada en la presente gestión mostraría nuevamente para las familias e inciden en su nivel de vida, lo cual aporta al desarrollo a la CAN como pionera en la sistematización de normas migratorias que económico y social de nuestros países. Es por ello que la Comunidad beneficiarán tanto al turista como al trabajador y a las familias en general Andina ha trabajado durante décadas en armonizar normas de asistencia y que sin duda aportará a la integración subregional andina, suramericana consular bajo los principios de cooperación y asistencia. y latinoamericana. Walker San Miguel R. Secretario General 8 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 9odalipmoc otxeTANIDNA

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ERBOS SAMRON INTRODUCCIÓN La migración y la movilidad humana al interior de la región reconocimiento de la migración como derecho, el aporte m andina y de América Latina en general, cobran cada vez de las migraciones y de los migrantes a las sociedades de mayor importancia. Los flujos migratorios toman especial acogida, entre otros. relevancia debido a la integración económica y comercial en la subregión que contempla la Comunidad Andina. Así, En esa línea, la Comunidad Andina ha emitido un conjunto se tiene que como consecuencia de dicha integración se de normas (Decisiones y Resoluciones) que constituyen el

genera el interés y la necesidad de circular libremente en derecho comunitario en materia migratoria, que tiene como los territorios que comprenden los Países Miembros de la objetivo primordial regular y facilitar los procesos migratorios Comunidad Andina. de los ciudadanos andinos, así como proteger sus derechos. Desde la perspectiva de la política migratoria, los países Las normas comunitarias en materia de migraciones se andinos comparten principios comunes, tales como la pueden agrupar en tres ejes: facilitación de la circulación y defensa de los derechos humanos de los migrantes, el control migratorio en el espacio intracomunitario, facilitación 10 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 11odalipmoc otxeTANIDNA

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ERBOS SAMRON INTRODUCCIÓN de la migración laboral en el espacio intracomunitario y Se espera que próximamente se apruebe en el seno del m protección y asistencia consular de los ciudadanos andinos Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores el en terceros países. Estatuto Migratorio Andino, el cual coadyuvará a mejorar la libre circulación de personas entre Bolivia, Colombia, La presente publicación busca que el ciudadano andino Ecuador y Perú, Países Miembros que integran la Comunidad conozca la regulación (deberes y derechos) en el ámbito Andina. migratorio al ser parte de la Comunidad Andina. En tal sentido, - José Antonio Arróspide se presenta a continuación un compilado actualizado de Embajador Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina todo el marco normativo andino en materia de migraciones,

  • Jorge Salas consistente en temas que regulan la asistencia consular, Jefe del Servicio Jurídico de la Secretaría General de la Comunidad Andina la tarjeta andina de migraciones, el pasaporte andino, la - Carlos Nieto migración transfronteriza, migración laboral, entre otros. Funcionario especialista en Migración, Movilidad Humana y Seguridad Social de la Secretaría General de la Comunidad Andina 50 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 51odalipmoc otxeTANIDNA

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MIGRACIÓN TRANSFRONTERIZA con el apoyo del BID y la CAF; DECISIÓN 501 Que, la mencionada Política Comunitaria adoptada mediante Decisión 459 establece que, para el desarrollo de sus lineamientos y objetivos generales, los Países Miembros definirán y Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) delimitarán Zonas de Integración Fronteriza (ZIF); en la Comunidad Andina Que el desarrollo sostenible para ámbitos fronterizos binacionales y particularmente para las zonas de integración EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES fronteriza implica la responsabilidad compartida de los Países EXTERIORES, Miembros para asegurar la conservación y uso sostenible de sus ecosistemas y recursos naturales de interés común, así como el VISTOS: Los Artículos 3, 16, 144 y 155 y el Capítulo XI del bienestar armónico de sus poblaciones; conlleva el fortalecimiento

Acuerdo de Cartagena, el Acta de Cartagena, el Acta de Lima, la de una cultura de paz en dichos ámbitos; demanda poner en Decisión 459 y la Propuesta 49 de la Secretaría General; práctica los mecanismos más avanzados del proceso de integración andino; y, requiere transformar los espacios fronterizos en áreas CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena establece dinamizadoras del desarrollo compartido; que los Países Miembros emprenderán acciones para impulsar el desarrollo integral de las regiones de frontera e incorporarlas Que el perfeccionamiento y profundización de la acción efectivamente a las economías nacionales y andina; bilateral y del apoyo comunitario debe propiciar que las áreas fronterizas se constituyan en porciones territoriales que potencien Que, en el Acta de Cartagena de la XI Reunión del Consejo la interacción de la Comunidad Andina con terceros países, para Presidencial Andino se determinó que, entre las tareas prioritarias lograr una mayor y mejor inserción en la economía internacional; para profundizar la integración se encuentra el establecimiento del Mercado Común y la ejecución de una Política Comunitaria de Que la acción bilateral y el apoyo comunitario en las zonas Integración y Desarrollo Fronterizo; de frontera debe propiciar e incentivar el respeto y la preservación de la identidad étnica y cultural de los habitantes de esas porciones Que, en el Acta de Lima de la XII Reunión del Consejo territoriales y promover su desarrollo económico y social; Presidencial Andino se establece que, con base en los lineamientos y en la normativa establecidos por el Consejo Andino de Ministros Que el Grupo de Trabajo de Alto Nivel para la Integración

de Relaciones Exteriores, deben ejecutarse programas integrales y Desarrollo Fronterizo, creado por Decisión 459, en su Cuarta para el desarrollo de las Zonas de Integración Fronteriza, y que Reunión revisó el correspondiente Proyecto de Decisión y en el marco del programa de acción para el establecimiento del recomendó su aprobación dada la importancia de las ZIF para el mercado común, en el tema de Integración y Desarrollo Fronterizo desarrollo e integración fronterizo; se determina la aprobación de una Norma Comunitaria sobre Zonas de Integración Fronteriza; DECIDE: Que, en el Acta de Lima se señala que se establecerá, en la Artículo 1.- A los efectos de esta Decisión, se entiende por Secretaria General, el Banco de Proyectos de Desarrollo Fronterizo “Zona de Integración Fronteriza” (ZIF) los ámbitos territoriales 52 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 53odalipmoc otxeTANIDNA

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MIGRACIÓN TRANSFRONTERIZA fronterizos adyacentes de Países Miembros de la Comunidad d) En la dimensión institucional: promover la participación Andina para los que se adoptarán políticas y ejecutarán planes, activa de las instituciones públicas y privadas de las ZIF en los programas y proyectos para impulsar el desarrollo sostenible y la procesos de planificación, seguimiento y evaluación de los integración fronteriza de manera conjunta, compartida, coordinada planes, programas y proyectos que permitan consolidar el

y orientada a obtener beneficios mutuos, en correspondencia con desarrollo de esos ámbitos, buscando compartir obligaciones las características de cada uno de ellos. y responsabilidades; y, Artículo 2.- Los Países Miembros de la Comunidad Andina e) En la dimensión de la integración: promover en las ZIF el podrán establecer, mediante los mecanismos bilaterales que libre tránsito de personas, vehículos, mercancías y servicios, así convengan, Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) entre sí y, de como armonizar y simplificar los procedimientos migratorios, considerarlo conveniente, con terceros países. aduaneros y fito/zoosanitarios. Artículo 3.- Las Zonas de Integración Fronteriza, las Artículo 5.- Son objetivos de las ZIF: Regiones Fronterizas de Integración y las Zonas Especiales ya existentes podrán adecuar sus disposiciones a lo establecido en la a) Contribuir a diversificar, fortalecer y estabilizar los vínculos presente Decisión. económicos, sociales, culturales, institucionales y políticos entre los Países Miembros; Artículo 4.- Las Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) se establecen con la finalidad de generar condiciones óptimas para b) Contribuir a la creación y la puesta en vigencia, a través el desarrollo fronterizo sostenible y para la integración fronteriza de las instancias nacionales o bilaterales pertinentes, de entre los Países Miembros de la Comunidad Andina, conforme a los los mecanismos económicos e institucionales que doten siguientes criterios: a sus ámbitos territoriales de mayor fluidez comercial y la

interconecten con el resto de las economías andinas y con el a) En la dimensión del desarrollo social: estimular y promover mercado mundial; acciones orientadas a la satisfacción de las necesidades básicas de los pobladores de las zonas fronterizas; c) Flexibilizar y dinamizar el intercambio económico y comercial, así como la circulación de personas, mercancías, b) En la dimensión del desarrollo económico: fomentar servicios y vehículos en dichos ámbitos y entre éstos con el crecimiento, modernización y diversificación de la base terceros mercados; productiva de las zonas fronterizas, aprovechando las posibilidades que habilitan los mecanismos de la integración d) Establecer mecanismos eficaces para crear y manejar y las ventajas de la ubicación de dichas zonas respecto de los conjuntamente los mercados fronterizos de trabajo y para mercados subregional, regional e internacional; administrar los flujos migratorios, bilaterales e internacionales, que se desarrollen en las ZIF; c) En la dimensión de la sostenibilidad ambiental: procurar que el desarrollo social y económico mejore la calidad de e) Favorecer a las colectividades locales, eliminando los vida de la población, considerando las limitaciones del medio obstáculos que dificultan una potenciación de sus capacidades ambiente y potenciando sus ventajas; productivas, comerciales, culturales y de coexistencia pacífica; 54 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 55odalipmoc otxeTANIDNA

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TRANSFRONTERIZA f) Contribuir a profundizar los procesos nacionales de cultural de la población en las fronteras entre los Países descentralización administrativa y económica; Miembros; g) Formalizar y estimular procesos y relaciones sociales, b) Que comprendan, en ambos países, ciudades actualmente económicas, culturales y étnicas históricamente existentes en o potencialmente dinamizadoras del desarrollo con miras dichas zonas; a constituirse en soporte de la integración, así como ejes de articulación vial existentes o cuya construcción esté prevista h) Atender adecuadamente las demandas económicas, en el corto plazo; sociales y culturales de los pueblos en las ZIF; c) Que incorporen, en ambos países, áreas económica y i) Incrementar y fortalecer la oferta y el abastecimiento de socialmente deprimidas, que requieran de la conjugación de servicios básicos y/o sociales de utilidad común, tales como esfuerzos a fin de revertir la situación de atraso y prepararlas acueductos, electrificación, comunicaciones, infraestructura para desempeñar un papel activo en los procesos de vial, salud, educación y recreación deportiva y turística; integración; j) Investigar y usar sosteniblemente los recursos naturales d) Que propicien la articulación de zonas fronterizas con alto renovables contiguos y promover mecanismos para su potencial de recursos, que en la actualidad no formen parte de adecuada conservación; la frontera activa; k) Contribuir a la conservación y utilización sostenible de los e) Que coadyuven al desarrollo de cuencas hidrográficas recursos naturales, prestando particular interés a la diversidad binacionales en las que se localicen proyectos y actividades de

biológica; interés compartido, y que propicien la gestión coordinada de áreas naturales protegidas. l) Desarrollar programas de cooperación horizontal que promuevan la transferencia de conocimientos técnicos entre Artículo 7.- Para el establecimiento de las ZIF, a que Países Miembros o regiones fronterizas, encaminados a la se refiere el artículo 2, los países participantes acordarán los adopción de paquetes tecnológicos conjuntos y al desarrollo mecanismos bilaterales apropiados, y podrán solicitar el apoyo de actividades productivas que conjuguen o complementen técnico de la Secretaría General. Los Acuerdos resultantes serán esfuerzos; y, comunicados por los Países Miembros que los acuerden a la Secretaría General de la Comunidad Andina para su respectiva m) Otros que se acuerden bilateralmente. publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Artículo 6.- En la identificación y delimitación de las ZIF, los Artículo 8.- Los Países participantes elaborarán en forma Países Miembros tendrán en cuenta los siguientes criterios: conjunta los planes, programas y proyectos de Desarrollo Fronterizo a ser ejecutados dentro de las ZIF, bajo criterios de sostenibilidad, a) Que sean áreas de frontera donde las condiciones jurídicas, para lo cual podrán solicitar apoyo técnico a la Secretaría General de administrativas y funcionales que se promuevan sirvan para la Comunidad Andina. flexibilizar, liberalizar, dinamizar, potenciar y formalizar la capacidad productiva y comercial; la creatividad y la riqueza 56 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 57odalipmoc otxeTANIDNA

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MIGRACIÓN TRANSFRONTERIZA Artículo 9.- En las ZIF que se establezcan, los Países h) Emprender programas conjuntos de valoración y Miembros procurarán emprender, entre otras, las siguientes fortalecimiento de la identidad cultural común; acciones: i) Fortalecer las instancias nacionales y bilaterales sobre a) Comprometer la participación de los actores sociales, temas fronterizos de tal manera que permitan a los Países empresarios, trabajadores, fundaciones privadas y Miembros establecer un fluido intercambio de información y asociaciones civiles, con el proyecto integracionista andino, y compatibilizar objetivos de interés mutuo; con el fortalecimiento de las relaciones vecinales, estimulando su esfuerzo en la promoción del desarrollo de las ZIF; j) Promover el encuentro e intercambio de puntos de vista e iniciativas entre autoridades locales, organismos de desarrollo b) Estimular la inversión privada local, nacional, binacional y regional y representantes legislativos de los Países Miembros, extranjera, teniendo en cuenta la vocación propia de cada ZIF, sin menoscabo de las políticas nacionales existentes; orientándola hacia nuevas actividades de carácter regional, a fin de abrir espacios o ampliar los existentes para el crecimiento k) Ejecutar proyectos compartidos o complementarios de sistemático del sector empresarial local y binacional, con infraestructura básica, vial, telecomunicaciones y energía, así estrechos vínculos con las economías de los demás Países como de desarrollo productivo, entre otros; y, Miembros;

  1. Promover la configuración de una estructura urbanoc) Promover iniciativas dirigidas a la generación en las ZIF de regional que favorezca el crecimiento y la diversificación de alianzas estratégicas empresariales y a la creación de Empresas los roles y funciones de las ciudades fronterizas, ofreciendo Multinacionales Andinas (EMAs); un adecuado soporte a la consolidación de las iniciativas de desarrollo e integración fronteriza. d) Establecer o perfeccionar, según sea el caso, regímenes de tránsito de personas, vehículos y mercancías a fin de dinamizar Artículo 10.- Se establece en la Secretaría General de los procesos de integración fronteriza y contribuir a generar la Comunidad Andina el Banco de Proyectos de Integración y mercados fronterizos; Desarrollo Fronterizo, el cual contará, entre otros, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Corporación e) Promover el desarrollo de procesos participativos de Andina de Fomento (CAF). zonificación ecológica, económica, social y cultural; Artículo 11.- Para la financiación de planes, programas y f) Impulsar el manejo integral coordinado de ecosistemas proyectos en las ZIF, los Países Miembros: compartidos; a) Gestionarán en forma binacional y, de considerarlo g) Desarrollar programas turísticos conjuntos, que conduzcan conveniente, con la participación de la Secretaría General a lograr el mejor aprovechamiento de los recursos fronterizos y de la Comunidad Andina, ante organismos financieros estimular las actividades económicas vinculadas a los circuitos subregionales, regionales y multilaterales, el establecimiento turísticos que se propicien; de fondos destinados a la ejecución de los planes, programas y

proyectos para las ZIF; y 58 I Secretaría General de la Comunidad Andina Secretaría General de la Comunidad Andina I 59odalipmoc otxeTANIDNA

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MIGRACIÓN TRANSFRONTERIZA b) Estudiarán y acordarán esquemas financieros bilaterales Segunda.- Los Países Miembros que a la fecha de la y/o comunitarios que permitan la recuperación financiera, aprobación de la presente Decisión ejecuten planes, programas administrativa y tecnológica de aquellas inversiones de o proyectos de desarrollo e integración fronterizo, podrán desarrollo regional, públicas y/o privadas, que se encuentren adecuarlos, de considerarlo conveniente, al esquema de las Zonas paralizadas y/o en proceso de deterioro. de Integración Fronteriza contenida en esta Decisión. Artículo 12.- Los Países Miembros adoptarán las previsiones Dada en la ciudad de Valencia, Venezuela, a los veintidós necesarias para incorporar en sus respectivos Planes Nacionales de días del mes de junio del año dos mil uno. Desarrollo, Presupuestos de Inversión, y como parte de sus Políticas Nacionales de Fronteras, los planes, programas y proyectos de desarrollo que acuerden para las ZIF. Artículo 13.- En los acuerdos bilaterales de establecimiento de las ZIF a que se refiere el artículo 2, se establecerán las competencias para la administración y ejecución de los planes, programas y proyectos identificados o convenidos. Artículo 14.- Los Países Miembros acordarán dentro de las ZIF tratamientos más favorables que los establecidos en los distintos mecanismos del ordenamiento jurídico andino para el

resto del territorio subregional, siempre que dichos tratamientos no vulneren tal ordenamiento. Artículo 15.- La Secretaría General de la Comunidad Andina convocará anualmente a los mecanismos bilaterales de las ZIF existentes, a una Reunión de Evaluación y Coordinación de las ZIF, en la cual se analizará el funcionamiento de las mismas, se intercambiará información sobre los planes, programas y proyectos diseñados y/o en ejecución, y se verificará los logros y dificultades existentes. Las conclusiones y recomendaciones de estas Reuniones serán comunicadas a los Países Miembros y a los órganos subregionales competentes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los Países Miembros establecerán o adecuarán a los términos de la presente Decisión, por lo menos una ZIF en cada una de sus fronteras comunes, dentro del año siguiente al de la entrada en vigencia de la presente Decisión. - TEXTO COMPILADOAv. Paseo de la República N0 3895 San Isidro, Lima - Perú T: (511) 710 6400 / F: 221 3329 www.comunidadandina.org Facebook:/comunidadandina

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