CAN-Decisión 557 de 2003
CAN - Comunidad Andina de Naciones
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Detalles
- Título
- CAN-Decisión 557 de 2003
- Autor
- CAN - Comunidad Andina de Naciones
- Categoría
- Constitucional
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2003
DECISIONES
3.35
DECIMOPRIMERA REUNION DEL CONSEJO
ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE LA COMUNIDAD ANDINA 24 - 25 de junio de 2003
Quirama, Antioquia - Colombia
DECISION 557
CREACIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS DE ENERGÍA,
ELECTRICIDAD, HIDROCARBUROS Y MINAS
DE LA COMUNIDAD ANDINA
DECISION 557
Creación del Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, VISTOS: El literal e) del artículo 22 y el artículo 116 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 471 de la Comisión; y la Propuesta 108 de la Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena establece que los Países Miembros desarrollarán una acción conjunta para lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico, fortalecer la infraestructura y los servicios necesarios para el avance del proceso de integración económica de la Subregión, ejerciéndose esta acción principalmente en los campos de la energía, los transportes y las comunicaciones; Que en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra de enero de 2002, el Consejo Presidencial Andino resaltó la creciente importancia estratégica de la temática energética en el Hemisferio y su interés por vigorizar la integración subregional andina, latinoamericana y hemisférica; Que, con fecha 19 de junio de 2003, en la I Reunión de Ministros de Energía y Minas de la Comunidad Andina se acordó solicitar ante los órganos decisorios comunitarios la creación del Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina a fin de dar un adecuado impulso institucional a las acciones de dicho sector en el marco del proceso andino de integración; DECIDE: Artículo 1.- Créase el Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina. Artículo 2.- Incorporar en la lista de los Consejos y Comités vigentes contenida en la Disposición Final de la Decisión 471 al Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina. Dada en el Recinto Quirama, Departamento de Antioquia, República de Colombia, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil tres.