CAN - Decisión 911
CAN - Comunidad Andina de Naciones
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CAN - Decisión 911
- Autor
- CAN - Comunidad Andina de Naciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- —
DECISIÓN N° 911
Extensión del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 al año 2025 LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 53 y 54 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 115 y 828 de la Comisión y las Decisiones 792 y 797 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con la Comisión; CONSIDERANDO: Que, para la evaluación de los avances del proceso de integración, la información estadística constituye uno de los principales instrumentos que permiten a los Países Miembros y la Secretaría General ejecutar sus políticas y determinar sus acciones en torno a la integración comunitaria; Que, para el diseño, aplicación y seguimiento de tales políticas y acciones, los órganos e instituciones que conforman el Sistema Andino de Integración (SAI), deben contar con información y acceder en el momento oportuno a datos estadísticos comparables entre los Países Miembros; Que, para asegurar la coherencia y comparabilidad de la información estadística en la Comunidad Andina se deberá establecer un programa estadístico comunitario plurianual, que proporcione un marco para el desarrollo, la generación y la difusión de las estadísticas andinas; Que, como resultado del proceso de reingeniería del Sistema Andino de Integración, se ha priorizado los ámbitos de acción de la Comunidad Andina, entre estos la integración comercial, la interconexión eléctrica, y los aspectos sociales de la integración, con el fin de adecuarla a los retos del actual contexto internacional; Que, el Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 contiene las prioridades de política comunitaria en aspectos relativos al desarrollo estadístico que
integración, con el fin de adecuarla a los retos del actual contexto internacional; Que, el Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 contiene las prioridades de política comunitaria en aspectos relativos al desarrollo estadístico que permitirán atender las demandas de información de los Países Miembros y de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, teniendo presente los temas y Comités priorizados por las Decisiones 792 y 797 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los representantes titulares ante la Comisión, y demás normas comunitarias conexas; Que, el Comité Andino de Estadística en su XLIV Reunión Ordinaria del 9 de febrero de 2023, fue informado sobre las actividades realizadas en el período 20182022, quedando un saldo -al 31 de diciembre de 2022en el Fondo de Contraparte del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 que alcanzó a $US 104.808,8 (Ciento cuatro mil ochocientos ocho con 80/100 dólares americanos) pendientes de ejecución; Que, varias actividades de índole presencial útiles en la consecución de los objetivos estadísticos previstos fueron postergadas debido a la pandemia de la COVID-19, motivo por el cual el Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 no se ha podido cumplir en su totalidad;Que, el Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 es el marco de referencia para realizar planes estadísticos comunitarios y, cuyos lineamientos continúan estando vigentes para el logro de los objetivos estadísticos previstos en el
referencia para realizar planes estadísticos comunitarios y, cuyos lineamientos continúan estando vigentes para el logro de los objetivos estadísticos previstos en el futuro, los mismos que están en concordancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y con la agenda y el desarrollo de los sistemas estadísticos internacionales, Que, el Comité Andino de Estadística en su XLIV Reunión Ordinaria del 9 de febrero de 2023 consideró necesario continuar realizando las actividades estadísticas enmarcadas en el Programa Estadístico Comunitario 2018-2022 y para ello extender la vigencia del mismo para el periodo 2023-2025 utilizando los saldos del Fondo de Contraparte; DECIDE: Artículo 1.- Aprobar la extensión del Programa Estadístico Comunitario (PEC) contenido en la Decisión 828 para el período 2023 – 2025, el cual establece los principales ámbitos, los objetivos y las acciones previstas a realizarse durante dicho período extendido. Artículo 2.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los 03 días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.