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CAN - Decisión 953 de 2025

CAN - Comunidad Andina de Naciones

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Detalles

Título
CAN - Decisión 953 de 2025
Autor
CAN - Comunidad Andina de Naciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año
2025

PERIODO 164 DE SESIONES

EXTRAORDINARIAS DE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA 30 de septiembre de 2025

Modalidad Presencial

DECISIÓN N° 953

Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Fortalecimiento de las capacidades técnicoanalíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal” LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 literal f) de la Decisión 409 Reglamento de la Secretaría General, el artículo 11 literal f) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión, el artículo 8 de la Decisión 874, y la Decisión 887 Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 8 de la Decisión 874, se instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con el Grupo de Presupuesto, a crear un Fondo de Iniciativas Comunitarias, destinado a proyectos especiales de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros respectivamente, previa aprobación de la Comisión de la Comunidad Andina; Que, mediante Decisión 887, se aprobó el Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión; Que, el 15 de abril de 2025, el Director General de Comercio de la Secretaría

Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión; Que, el 15 de abril de 2025, el Director General de Comercio de la Secretaría General remitió al Secretario General de la Comunidad Andina la postulación del Proyecto: “Fortalecimiento de las capacidades técnico-analíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal” del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria COTASA – Grupo Técnico de Inocuidad Agroalimentaria GTIA al Fondo de Iniciativas Comunitarias – FIC, cumpliendo así la oportunidad señaladaen el artículo 14 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias, aprobado mediante Decisión 887 de la Comisión; Que, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias revisó el proyecto de iniciativa comunitaria en reuniones del 04 y el 20 de junio de 2025; en la primera reunión el Comité realizó observaciones que fueron subsanadas por la instancia proponente y validadas con el Grupo Técnico de Inocuidad Agroalimentaria del COTASA, y en la segunda reunión, los delegados del Comité encontraron que el proyecto estaba ajustado y recomendaron que fuera presentado ante la Comisión de la Comunidad Andina para su aprobación, como consta en la respectiva acta de reunión; Que, a la fecha, el Fondo de Iniciativas Comunitarias cuenta con $ 3,226,901.47 (tres millones doscientos veintiséis mil novecientos uno con 47/100 dólares de los Estados Unidos de América), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada;

3,226,901.47 (tres millones doscientos veintiséis mil novecientos uno con 47/100 dólares de los Estados Unidos de América), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada; Que, en consecuencia, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, remitió a la Secretaría General de la Comunidad Andina, el informe de valoración y la ficha preliminar del proyecto, recomendando su financiamiento para consideración de la Comisión a efectos de aprobación; Que, la Secretaría General en uso de la atribución prevista en el artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, presentó a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina, la Propuesta No. 454/2025; que contiene la Iniciativa Comunitaria “Fortalecimiento de las capacidades técnico-analíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal”; Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto; DECIDE: Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Decisión 887 “Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias”, el proyecto presentado por el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, el mismo que se detalla en los anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Decisión.

Nombre del Proyecto: “Fortalecimiento de las capacidades técnico-analíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal”.

Instancia Proponente: Secretaría General de la Comunidad Andina - SGCAN.

Monto Solicitado: USD $27,900.00 (veintisiete mil novecientos dólares de los

Estados Unidos de América).

metales pesados en productos de origen vegetal”.

Instancia Proponente: Secretaría General de la Comunidad Andina - SGCAN.

Monto Solicitado: USD $27,900.00 (veintisiete mil novecientos dólares de los

Estados Unidos de América). Artículo 2.- En cumplimiento del artículo 11 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, el responsable de la ejecución de la Iniciativa Comunitaria será el proponente y deberá realizar el seguimiento al cronograma de ejecución y al cronograma de desembolsos correspondientes de la Iniciativa Comunitaria.Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 16 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, la Secretaría General de la Comunidad Andina adelantará las actuaciones contractuales a que haya lugar que permitan la ejecución, seguimiento y evaluación de la Iniciativa Comunitaria bajo sus procedimientos internos, de acuerdo con el cronograma de ejecución y cronograma de desembolsos acordado para la misma, y en conformidad con las normas y procedimiento legalmente establecidos y vigentes. Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Bogotá, Colombia, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.

ANEXO 1

FICHA PROYECTO DE INICIATIVA COMUNITARIA “Fortalecimiento de las capacidades técnico-analíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal”

FICHA PROYECTO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA

“Fortalecimiento de las capacidades técnico-analíticas de los servicios oficiales de sanidad agropecuaria para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal” FICHA PROYECTO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA I Nombre del proyecto “FORTALECIMIENTO DE LAS

CAPACIDADES TÉCNICO ANALÍTICAS DE

LOS SERVICIOS OFICIALES DE SANIDAD

AGROPECUARIA PARA LA

DETERMINACIÓN DE METALES PESADOS

EN PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL”

II Instancia Proponente al FIC (Países Miembros, Comités Técnicos y Grupos de Trabajo,

SGCAN).

Secretaría General de la Comunidad Andina III Objetivos de la iniciativa (Incluyendo metas a alcanzar).

Objetivo General del Proyecto: Fortalecer las capacidades de los laboratorios pertenecientes a las entidades oficiales de sanidad agropecuaria de los Países Miembros, en el análisis químico de metales pesados en alimentos agrícolas de la producción primaria.

Objetivos específicos: a) Contar con un diagnóstico del estado actual de los laboratorios oficiales en análisis de metales pesados en alimentos de origen vegetal. b) Capacitar a los técnicos de laboratorio de los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria en la determinación de metales pesados en matrices de origen vegetal. c) Desarrollar un Protocolo regional estandarizado y armonizado para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal. d) Emitir una guía andina para la mejora de las capacidades de los laboratorios

vegetal. c) Desarrollar un Protocolo regional estandarizado y armonizado para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal. d) Emitir una guía andina para la mejora de las capacidades de los laboratorios oficiales en la determinación de metales pesados en alimentos de origen vegetal. IV Participantes. Profesionales de los Servicios Oficiales de los Países Miembros, responsables del diagnóstico de metales pesados en los laboratorios de referencia. V Monto total solicitado (equivalente en dólares). USD $27,900.00 (Veintisiete mil novecientos dólares de los Estados Unidos de América)VI Fundamentación y descripción del Proyecto. En el 2022, la Unión Europea (UE) adoptó una serie de conclusiones sobre normas de seguridad alimentaria en el ámbito del comercio internacional, con el fin de ampliar la incorporación de cuestiones relacionadas con la sostenibilidad en el ámbito de actuación de la Comisión del Codex Alimentarius. De igual modo, la UE adopta y modifica sus medidas sanitarias y fitosanitarias con regularidad para prevenir la propagación de plagas y enfermedades entre los animales y las plantas, y para garantizar que los alimentos sean seguros para el consumo. Estas medidas contemplan los residuos de plaguicidas y otros contaminantes, entre ellos los metales pesados. La entrada en vigor de estas medidas y normativas supone, entre otros aspectos, la reducción del uso de plaguicidas químicos de

contemplan los residuos de plaguicidas y otros contaminantes, entre ellos los metales pesados. La entrada en vigor de estas medidas y normativas supone, entre otros aspectos, la reducción del uso de plaguicidas químicos de uso agrícola y la disminución de la cantidad admitida de metales pesados en los productos agrícolas producidos en los países de la Comunidad Andina. Esta situación plantea retos para los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria y mejora la capacidad analítica de los laboratorios, entre otros. En consecuencia, fortalecer el sistema de inocuidad agroalimentaria y de los laboratorios oficiales constituyen pilares fundamentales para facilitar las exportaciones de productos agrícolas a la UE. De acuerdo con las notificaciones realizadas a través de la Plataforma del Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos RASSF se realizaron notificaciones de presencia algunos metales pesados como Cadmio y plomo por encima de los parámetros permitidos en productos agrícolas como aguacate (palta), cacao y jengibre originarios de los Países Miembros con destino a la Unión Europea. Asimismo, la UE está considerando incluir al níquel entre los metales pesados a vigilar. Considerando esta preocupación de los Países Miembros, la Presidencia Pro Tempore Colombia propuso como parte de su Plan de Trabajo, la ejecución de una consultoría con la finalidad de fortalecer las capacidades analíticas de los laboratorios oficiales de las instituciones de Sanidad Agropecuaria en la

Colombia propuso como parte de su Plan de Trabajo, la ejecución de una consultoría con la finalidad de fortalecer las capacidades analíticas de los laboratorios oficiales de las instituciones de Sanidad Agropecuaria en la CAN para el análisis de metales pesados en alimentos, a fin de ayudar a mejorar la seguridad alimentaria y dar cumplimiento a lasexigentes normativas internacionales en la materia (Reglamento UE 2023/915 de la comisión Europea, Codex Alimentarius CXS 193-1995). Mediante el fortalecimiento de las capacidades analíticas de los laboratorios se podrá asegurar una vigilancia más eficiente de la inocuidad de los alimentos y mantener la competitividad de los productos agrícolas de la región en el mercado global. El proyecto estima la contratación de una consultoría que desarrolle los siguientes productos: Producto 1: Plan de trabajo: El Consultor deberá diseñar y entregar un Plan de Trabajo para el desarrollo de la consultoría, que incluya el detalle, cronograma, metodología, contenido, entre otros del Taller presencial y las reuniones de coordinación. Producto 2: Un Diagnóstico del estado actual de los laboratorios oficiales: Informe que evalúe las capacidades actuales de los laboratorios en la determinación de metales pesados, en términos de infraestructura, equipos, talento humano, métodos, necesidades, entre otros. Producto 3: Un Taller regional práctico, que deberá incluir aspectos teórico – práctico y participativo con la temática abordada. Dicho

equipos, talento humano, métodos, necesidades, entre otros. Producto 3: Un Taller regional práctico, que deberá incluir aspectos teórico – práctico y participativo con la temática abordada. Dicho taller práctico se llevará a cabo en el Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas (LANIA), del ICA en Colombia. Producto 4: Un protocolo estandarizado y armonizado: Con base en las técnicas instrumentales de análisis de los Países Miembros, que establece un protocolo regional de referencia para los laboratorios oficiales para el análisis de metales pesados y los límites de cuantificación, rangos lineales, condiciones de análisis, matrices, entre otros. Producto 5: Una guía andina emitida: Documento técnico con lineamientos y recomendaciones para la operación, estandarización y mejora de las capacidades de los laboratorios oficiales en la determinación de metales pesados en alimentos agrícolas de la producción primaria. Esta guía incluye un enfoque en las actividades específicas que los laboratorios deben realizar para garantizar resultados precisos (validación, participación en ensayos de aptitud, materiales de referencia, etc.), confiables y comparables entre los Países Miembros. Habiendo identificado que el desarrollo de estaconsultoría seria de aproximadamente USD $15,000.00 (quince mil dólares de los Estados Unidos de América) , también a nivel del Comité Técnico Andino de Sanidad

Miembros. Habiendo identificado que el desarrollo de estaconsultoría seria de aproximadamente USD $15,000.00 (quince mil dólares de los Estados Unidos de América) , también a nivel del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria COTASA – Grupo Técnico de Inocuidad Agroalimentaria se tomó nota de que los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria no cuentan con el presupuesto en sus organizaciones para participar de este taller de entrenamiento; por lo que a nivel de COTASA – GTIA se tomó la decisión de postular al Fondo de Iniciativas Comunitarias FIC. El taller de entrenamiento de técnicas analíticas para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal se desarrollará en el Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas (LANIA), dependiente del ICA, con una duración de cinco (05) días, el contenido a ser desarrollado por el consultor será descrito en su plan de trabajo. VI Área geográfica de impacto de la IC. Países Miembros de la Comunidad Andina. VII Beneficiarios. Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria:  Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria SENASAG, Bolivia  Instituto Colombiano Agropecuario ICA , Colombia  Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario AGROCALIDAD, Ecuador  Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, Perú VIII Fechas estimadas de inicio y de término de la Iniciativa Duración: 150 días IX Responsable de la ejecución del

 Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, Perú VIII Fechas estimadas de inicio y de término de la Iniciativa Duración: 150 días IX Responsable de la ejecución del entrenamiento. Consultoría por Producto en coordinación con la Secretaría General de la Comunidad Andina X Jornadas de entrenamiento presencial. El taller se realizará en instalaciones del Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas (LANIA), las otras actividades inherentes a la consultoría se realizarán a través de reuniones virtuales con los Países Miembros y la SGCAN.

A PRESUPUESTO: A continuación, se presenta el detalle del presupuesto correspondiente a

esta solicitud: RUBRO DESCRIPCIÓN COSTO UNITARIO CANTIDAD TOTALConsultoría consultoría por producto 15.000 1 15.000 Pasajes Pasajes aéreos Trinidad - Bogotá - Trinidad 1.100 2 2.200 Pasajes aéreos LimaBogotá - Lima 700 2 1400 Pasajes aéreos QuitoBogotá - Quito 800 2 1600 Viáticos Viáticos (5 días) 240 30 7.200 Alimentación Refrigerios para el taller 10 50 500

TOTAL 27.900

El monto solicitado al FIC es de $27.900 (veintisiete mil novecientos y 00/100 dólares americanos) serán utilizados para la contratación de la consultoría y garantizar la participación de los especialistas de laboratorio de los SOSA. B

El monto solicitado al FIC es de $27.900 (veintisiete mil novecientos y 00/100 dólares americanos) serán utilizados para la contratación de la consultoría y garantizar la participación de los especialistas de laboratorio de los SOSA. B Cronograma estimado para la ejecución de la Iniciativa Comunitaria.Las fechas de inicio y/o finalización podrían ser eventualmente ajustadas, de acuerdo con la firma del Contrato y la presentación del Plan de Trabajo. La presentación de los informes de avance y final al Comité FIC serán presentados luego de que la SGCAN haya dado conformidad a la presentación de los productos 3 y 5. C Cronograma de desembolsos para el capacitador: Los pagos al consultor se realizarán de la siguiente manera: Producto % de Pago Producto 1: Plan de trabajo 10 Producto 2: Diagnóstico laboratorios 20 Producto 3: Taller regional 30 Producto 4: Protocolo estandarizado 20 Producto 5: Guía Andina 20 Para el desarrollo del Taller será importante contar con la disponibilidad de los recursos para garantizar la participación de los Funcionarios de los SOSA. Producto Plazo máximo para la presentación Contratación de la consultoría 30 días aproximadamente Producto 1: Plan de trabajo 10 días después de la firma del contrato Producto 2: Diagnóstico del estado actual de los laboratorios oficiales 20 días después de la aprobación del Producto 1 Producto 3: Taller regional 45 días después de la aprobación del Producto 2 Presentación 1° Informe de avance al Comité FIC Una vez se haya dado conformidad a la presentación del Producto 3 Producto 4: Protocolo estandarizado 20 días después de la aprobación del Producto 3

Producto 2 Presentación 1° Informe de avance al Comité FIC Una vez se haya dado conformidad a la presentación del Producto 3 Producto 4: Protocolo estandarizado 20 días después de la aprobación del Producto 3 Producto 5: Guía Andina 25 días después de la aprobación del Producto 4 Presentación Informe Final al Comité FIC Una vez se haya dado conformidad a la presentación del Producto 5ANEXO 2

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

1. EL NÚMERO DE PARTICIPANTES EN EL TALLER DE ENTRENAMIENTO POR CADA

PAÍS MIEMBRO:

País Número participantes

BOLIVIA 2

COLOMBIA 3

ECUADOR 2

PERÚ 2

SGCAN 1

Total 10 Se tiene previsto la participación de dos (02) funcionarios por país invitado; para el país anfitrión se asignarán tres (03) participantes; también se ha considerado la participación un (01) funcionario de la SGCAN en calidad de supervisor de la consultoría.

2. PERFIL DE LOS PARTICIPANTES  Profesionales que tengan formación y/o experiencia y responsabilidades en los laboratorios de referencia de los Países Miembros y que realicen análisis de contaminantes químicos en productos de origen vegetal con una experiencia mínima general de tres (3) años y relacionada de por lo menos un (1) año.  Los profesionales designados, no debe haber sido beneficiados con la participación en eventos de capacitación financiados por la Comunidad Andina, en los últimos doce (12) meses.  Los profesionales que participarán en el taller adquieren el compromiso de realizar la réplica de los conocimientos adquiridos en sus Países Miembros a los demás funcionarios de la ANC que realicen actividades en los laboratorios, en un plazo

 Los profesionales que participarán en el taller adquieren el compromiso de realizar la réplica de los conocimientos adquiridos en sus Países Miembros a los demás funcionarios de la ANC que realicen actividades en los laboratorios, en un plazo máximo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha la conclusión del entrenamiento. La SGCAN debe garantizar que se grabe el evento de capacitación para compartir con los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria y que la metodología armonizada pueda ser replicada por cualquier funcionario de laboratorio que lo requiera.

3. PROGRAMA DEL TALLER El consultor deberá incluir en su plan de trabajo, la metodología, contenidos, evaluación de los participantes, evaluación del taller para la determinación de metales pesados en productos de origen vegetal.

4. COORDINACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA SGCAN Estará a cargo de un (1) funcionario de la Dirección General de Comercio, quien acompañará la supervisión de la Iniciativa Comunitaria, y emitirá los informes de conformidad de los productos entregados por el consultor.

5. DISPOSICIÓN DE MATERIALES Y RECURSOS PEDAGÓGICOS La SGCAN recibirá los materiales técnicos y pedagógicos del taller, los cuales pondrá a disposición de las Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria de los Países Miembros, cuando estos lo requieran.6. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS BENEFICIARIOS

BOLIVIA COLOMBIA ECUADOR PERÚ Servicios oficiales de sanidad agropecuari a El SENASAG es un órgano de derecho público, desconcentrado del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, con estructura propia, independencia de gestión

sanidad agropecuari a El SENASAG es un órgano de derecho público, desconcentrado del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, con estructura propia, independencia de gestión técnica, legal y administrativa. El ICA es una entidad Pública del Orden Nacional con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. AGROCALIDAD es una entidad técnica de derecho público, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, desconcentrada, con sede en la ciudad de Quito y competencia nacional, adscrita a la Autoridad Agraria Nacional. El SENASA es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera.BOLIVIA COLOMBIA ECUADOR PERÚ Base legal Creado mediante Ley 2061 de 16 de marzo de 20001. Decreto Supremo No. 25729 de fecha 7 de abril de 2000, reglamenta su organización y funcionamiento2. Ley 830, del 6 de septiembre de

2016. Ley de Sanidad

Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria. Fortalece el funcionamiento del SENASAG3. Creado y organizado conforme al

Ley 830, del 6 de septiembre de

2016. Ley de Sanidad

Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria. Fortalece el funcionamiento del SENASAG3. Creado y organizado conforme al Decreto 1562 del 15 de junio de

19624. En el año 2008 se realizó una reestructuración funcional y administrativa del ICA, mediante el decreto 4765 de diciembre de 20085, que derogó el Decreto

1562. Mediante el Acuerdo No. 2 de 2009 6 se adoptaron los estatutos internos, que rigen la organización y funcionamiento del

ICA. Creada mediante la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria - Registro Oficial Suplemento 27, del 3 de julio de 20177, como la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario. Creado por Decreto Ley No. 25902 del 28 de noviembre de 19928. Decreto Legislativo No. 1062, del 28 de junio de 2008Ley de Inocuidad de Alimentos9. Ámbito de la inocuidad alimentaria Producción primaria y el procesamiento de alimentos. Inocuidad de los alimentos en la producción primaria. Inocuidad de los alimentos en la producción primaria. Alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario. La inocuidad de productos agrícolas en El SENASAG cuenta con seis unidades operativas (4 técnicas y 2 de apoyo), que dependen directamente de la Dirección El ICA cuenta con una Gerencia

primario. La inocuidad de productos agrícolas en El SENASAG cuenta con seis unidades operativas (4 técnicas y 2 de apoyo), que dependen directamente de la Dirección El ICA cuenta con una Gerencia General, de la cual dependen seis Subgerencias:  Subgerencia de Protección AGROCALIDAD cuenta con cinco coordinaciones, que dependen directamente de la Dirección Ejecutiva: El SENASA cuenta con tres direcciones, que dependen directamente de la Jefatura Nacional (alta dirección): 1 Disponible en https://sea.gob.bo/digesto/CompendioII/M/109_L_2061.pdf 2 Disponible en https://www.ecolex.org/details/legislation/decreto-supremo-no-25729-reglamenta-el-servicio-nacional-de-sanidad-agropecuaria-e-inocuidad-alimentarialex-faoc028673/ 3 Disponible en https://www.senasag.gob.bo/images/areas_senasag/Ley_N_830.pdf 4 Disponible en https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=160992 5 Disponible en https://www.ica.gov.co/files/pdf/decreto-4765-de-2008.aspx 6 Disponible en https://www.ica.gov.co/getattachment/7e749a21-dcfc-46c3-90fe-f8ba73238ad4/2009A2.aspx

7 Disponible en https://www.gob.ec/sites/default/files/regulations/2018-09/Documento_Ley%20Org%C3%A1nica%20de%20Sanidad%20Agropecuaria.pdf#:~:text=La %20presente%20Ley%20regula%20la%20sanidad%20agropecuaria%2C%20mediante,y%20que%20podr%C3%ADan%20representar%20riesgo%20fito%20y%20zoosanitario. 8 Disponible en https://docs.peru.justia.com/federales/decretos-leyes/25902-nov-28-1992.pdf 9 Disponible en https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1117319/0106220200731-107894-1odw3dj.pdf?v=1596210485BOLIVIA COLOMBIA ECUADOR PERÚ la estructura orgánica General Ejecutiva (Alta Dirección):  Unidad Nacional de Sanidad Animal  Unidad Nacional de Sanidad Vegetal  Unidad Nacional de Inocuidad Alimentaria  Unidad Nacional de Laboratorios.  Unidad Nacional de Asuntos administrativos y Financieros  Unidad Nacional de Asuntos Jurídicos El Área Nacional de Programas de inocuidad Agroalimentaria, como parte de la Unidad Nacional de Inocuidad Alimentaria, tiene la finalidad de Promover el aseguramiento de la inocuidad en alimentos agropecuarios primarios. Está a su cargo el Registro de Operadores de buenas prácticas agropecuarias y de consolidar el establecimiento de Programas de Buenas Prácticas en la producción primaria de

primarios. Está a su cargo el Registro de Operadores de buenas prácticas agropecuarias y de consolidar el establecimiento de Programas de Buenas Prácticas en la producción primaria de acuerdo a necesidades y requerimientos a nivel nacional. (Resolución Administrativa 224/2024) Animal  Subgerencia de Protección Vegetal  Subgerencia de Protección Fronteriza  Subgerencia de Análisis y Diagnóstico  Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria, y  Subgerencia Administrativa y Financiera. Bajo la Subgerencia de Protección Vegetal, se encuentran:  Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Agrícolas. S e encarga de la inocuidad de alimentos en la producción primaria. Tiene a su cargo el registro de plaguicidas, la certificación de BPA y el sistema de trazabilidad vegetal.  Dirección Técnica de Epidemiologia y Vigilancia Fitosanitaria. Maneja, entre otros aspectos, el programa de registro para exportación de vegetales en fresco de predios, empacadoras y exportadoras (Resolución 824 de 2022). Este registro reúne requerimientos de las BPA.  Coordinación General de Sanidad Animal  Coordinación General de Sanidad Vegetal  Coordinación General de Inocuidad de Alimentos  Coordinación General de Laboratorios  Coordinación General de

Sanidad Animal  Coordinación General de Sanidad Vegetal  Coordinación General de Inocuidad de Alimentos  Coordinación General de Laboratorios  Coordinación General de Registro de Insumos Agropecuarios  Dirección General de Sanidad Vegetal  Dirección General de Sanidad Animal  Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria. En esta última dirección se encuentra la subdirección de inocuidad agroalimentaria , junto a las subdirecciones de insumos agrícolas, insumos pecuarios y producción orgánica.BOLIVIA COLOMBIA ECUADOR PERÚ Laboratorio de referencia en la estructura orgánica La Unidad Nacional de Laboratorios (UNALAB) constituye el laboratorio de referencia del SENASAG. La UNALAB cuenta con instalaciones en las ciudades de Santa Cruz (Central) y Cochabamba. El Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas (LANIA), laboratorio de referencia agrícola en materia de análisis de insumos agrícolas y análisis de residuos de plaguicidas y patógenos en la producción primaria de alimentos de origen vegetal.

AGROCALIDAD cuenta con:  Laboratorio de Contaminantes de Productos Agrícolas, para el análisis de residuos de plaguicidas.  Laboratorio de Bromatología y Microbiología, para el análisis de metales pesados

(cadmio). La Unidad del Centro de Control de Insumos y

el análisis de residuos de plaguicidas.  Laboratorio de Bromatología y Microbiología, para el análisis de metales pesados (cadmio). La Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos Tóxicos (UCCIRT) constituye el laboratorio de referencia. Forma parte de la Oficina de Centros de Diagnóstico y Producción, órgano de apoyo responsable de mantener y ampliar la capacidad de diagnóstico oficial del país en materia de sanidad agraria e inocuidad agroalimentaria.

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