CAN - Resolución 2514 de 2025
CAN - Comunidad Andina de Naciones
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Detalles
- Título
- CAN - Resolución 2514 de 2025
- Autor
- CAN - Comunidad Andina de Naciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN N° 2514
Encargo temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: Los literales a) del artículo 30 del Acuerdo de Cartagena, el literal b) del artículo 11, y el artículo 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; las Resoluciones 2133, 2326, 2460; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el Secretario General se ausentará del 26 al 28 de agosto de 2025 con motivo de su participación en el III Foro Andino de Transporte Aéreo y en el lanzamiento del Proyecto Turístico Caminos Andinos, a realizarse de manera presencial en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia; Que, se ha informado a los miembros del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante Nota SG/E/DS/1559/2025, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Decisión 409; Que, mediante la Resolución 2133, de 25 de febrero de 2020, se designó al señor Diego Fernando Caicedo Pinoargote, como Director General de la Secretaría General de la Comunidad Andina por un período de tres años, el cual fue prorrogado mediante Resolución 2326 por tres años más, hasta el 31 de marzo de 2026, quien actualmente ejerce el cargo de Director General de Comercio, en virtud de la Resolución 2460; RESUELVE: Artículo 1º. - Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General de
ejerce el cargo de Director General de Comercio, en virtud de la Resolución 2460; RESUELVE: Artículo 1º. - Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General de Comercio, Diego Fernando Caicedo Pinoargote, en tanto dure la ausencia del Secretario General de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- El Director General encargado deberá informar al Secretario General sobre las actuaciones y decisiones que haya suscrito y/o autorizado durante la vigencia del encargo.2 Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil veinticinco. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General