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CAN - Resolución 2542 de 2025

CAN - Comunidad Andina de Naciones

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Detalles

Título
CAN - Resolución 2542 de 2025
Autor
CAN - Comunidad Andina de Naciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año
2025

RESOLUCIÓN N° 2542

Encargo temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: El literal a) del artículo 30 del Acuerdo de Cartagena; el literal b) del artículo 11 y el artículo 14 de la Decisión 409; el artículo 57 de la Resolución 2518 que contiene el Reglamento Interno de la Secretaría General de la Comunidad Andina; la Resolución 2461; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 de la Decisión 409, en concordancia con el artículo 57 de la Resolución 2518, en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales; Que, el Secretario General se ausentará el 21 de noviembre de 2025, con motivo de su participación en la sesión plenaria del Parlamento Andino, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia; Que, se ha informado la participación del Secretario General en la citada sesión a los miembros del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante la comunicación SG/E/DS/2307/2025; Que, mediante la Resolución 2461, de 30 de diciembre de 2025, se designó al señor Alberto Lora Aguancha como Director General de Transformación Productiva, Integración Física y Servicios de la Secretaría General de la Comunidad Andina, a partir del 13 de enero del 2025 y por un periodo de tres años; RESUELVE: Artículo 1º. - Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General de Transformación Productiva, Integración Física y Servicios, Alberto Lora Aguancha, en tanto

2025 y por un periodo de tres años; RESUELVE: Artículo 1º. - Encargar temporalmente la Secretaría General al Director General de Transformación Productiva, Integración Física y Servicios, Alberto Lora Aguancha, en tanto dure la ausencia del Secretario General de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- El Director General encargado deberá informar al Secretario General sobre las actuaciones y decisiones que haya suscrito y/o autorizado durante la vigencia del encargo.2 Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General

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